BIBLIOTECA VIRTUAL de Derecho, Economía y Ciencias Sociales

LA REVOLUCIÓN INTEGRAL DE LA SALUD Y SU IMPACTO EN LA LEGISLACIÓN LABORAL CUBANA

Juan Guillermo Quesada Santisteban




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1.1.7. El Análisis Histórico Tendencial del Derecho Laboral Cubano

En el estudio científico del Derecho se ha visto materializado por los criterios realizados por los teóricos de las diversas tendencias siempre conceptualizados al exponer que el derecho en términos amplios es el conjunto de normas obligatorias que rigen las actividades de una sociedad que están sancionados por la fuerza del estado

El derecho y las relaciones jurídicas no son más que el reflejo de las condiciones económicas de la sociedad y no pueden ser deducidos de si mismo, ni del desarrollo del espíritu humano

Así mismo la concepción del derecho por el carácter ideológico del pensamiento social expresado siempre desde distintos puntos de vista de los intereses sociales clasistas, respondiendo en general a las concepciones del mundo

En correspondencia de ello se han manifestado diversos tipos de derecho en correspondencia de las instituciones jurídicas, siendo considerado que el rango de importancia la corresponde al derecho laboral, siendo el más importante

En las concepciones del derecho laboral se ha tenido en cuenta la relación directa que mantiene en la sociedad teniendo en sus conceptos los destinos de la legislación laboral en correspondencia de la solución de los litigios laborales y las contradicciones existentes en las relaciones laborales

Después de una lucha de treinta años sostenida con una tenacidad admirable, la clase obrera inglesa aprovechándose de una desinencia momentánea entre los señores del dinero, consiguió arrancar las jornadas de diez horas

La valoración esencial del derecho laboral se encuentra esencialmente asignado a las categorías filosóficas y los acontecimientos históricos principalmente en los análisis de los hechos sociales y los acontecimientos históricos y que su concreción se materializa en las relaciones sociales reales

La jornada de las diez horas se convirtió en ley de las diez horas ,no solo fue un triunfo practico ,fue también el triunfo de un principio por primera vez la Economía Política del Capitalismo había sido derrotado en pleno día por la Economía Política de la clase obrera

En los conceptos evaluados se considera que la regulación por le Derecho que se encuentran fundamentalmente en el carácter obligatorio de las normas jurídicas que se impone el Estado, mas el derecho laboral su campo de acción se circunscribe a las relaciones laborables las cuales se establecen en las esferas de la PRODUCCION, CAMBIO ,DISTRIBUCCION y CONSUMO, en la cual tiene un papel preponderante el obrero como el elemento fundamental que interviene en las etapas señaladas atemperadas en las valoraciones que se realizan sobre los acontecimientos sociales que producen la instauración en las formaciones económicas, sociales que ha atravesado la historia

En cuanto a la forma del Derecho se compone dos aspectos fundamentales, su organización interna y su organización externa, las cuales revisten una importancia fundamental en los aspectos que se realicen el análisis integral.

En la producción de los hechos históricos se señala la participación de los integrantes de la sociedad, en ellos tiene un valor priorizado en los diversos países la aparición de los líderes históricos que pueden acelerar o retardar el desarrollo social de un país. En similar importancia se encuentran lo acontecimientos económicos pues son los elementos esenciales que conducen a la estabilidad económica de un país y las dos unidas, no referimos a los hechos históricos y acontecimientos económicos forman el basamento legal del Derecho Laboral

En el Derecho Laboral se valora como una de la ramas autónomas del derecho socialista, al tener su objeto de regulación económica social definida siéndole su actuar propio y los mecanismos de acción que le corresponde

En las conquistas sociales que ha tenido la sociedad fundamentalmente en el capitalismo siendo un lugar preponderante el derecho laboral, partiendo de la interrelación del desarrollo de la sociedad y su influencia económica, siendo determinante en correspondencia del tipo de propiedad existente

Los hechos económicos y acontecimiento0s históricos han influido en la aparición y desarrollo del derecho laboral, al igual que influyeron las manifestaciones del pensamiento social de las que se derivaron las escuelas y doctrinas políticas

La importancia que le confieren los teóricos del Marxismo Leninismo al Derecho laboral se centraliza en las relaciones laborales, siendo considerada como el elemento dinámico de las fuerzas productivas, surgiendo cuando se admire al obrero para la realización de su función en la producción

Las mencionadas relaciones laborales se componen de los elementos en las cuales se encuentran lo sujetos de la relación siendo representado por los obreros y empleados que desarrollan la actividad laboral, en el cumplimiento de la función laboral dentro de la cooperación del trabajo y una labor concreta y material, los cuales deben cumplimentar la existencia de un orden laboral interno, basado en las condiciones de un régimen laboral determinado de trabajo

Otro aspecto que se le ha conferido una gran importancia ha sido los rasgos que caracterizan a las ramas del derecho, los que tiene su especificidad de acuerdo a los siguientes tópicos:

 Hecho jurídico: es el surgimiento, modificación y cese de la relación jurídica, siendo expresado en el derecho laboral cuando el estado utiliza sus formas y métodos para otorgar un empleo, a la vez realiza la acción de distribuir y redistribuir la fuerza laboral

 Sujeto de Derecho: son los participantes de la relación jurídica dentro de la disciplina laboral, los sujetos de tal relación son por un lado los obreros y empleados y de otro las entidades laborales

 Contenido de la Relación Jurídica: son los derechos y las obligaciones de las partes que integran la relación jurídica, unido a los preceptos constitucionales, los Códigos y las Legislaciones complementarias que se manifiestan en correspondencia de la relación Laboral. Su realización esta dada en la jornada laboral, el salario que se devenga, los beneficios de la seguridad social, las normas de protección e Higiene del Trabajo y otras funcionabilidades que se encuentran subsumidas en la actividad laboral

Conocidas las particularidades del Derecho Laboral se procederá en forma resumida a los conceptos teóricos manifestado por algunos autores:

Es el sistema de normas laborales aplicadas y establecidas por regla general por el estado los cuales regulan las relaciones laborales de obreros y empleados y otros expresamente regulados para ellos que permiten el desarrollo de la organización socialista del trabajo y su transformación en comunista

Constituye el conjunto de normas jurídicas que regulan las relaciones socios jurídicos volitivos y aquellas otras estrechamente vinculadas, las cuales surgen a consecuencia de la incorporación laboral con el objetivo de satisfacer las necesidades materiales y espirituales de obreros y empleados de la sociedad

Reglamenta lo concerniente al contrato de trabajo, la jornada laboral y el descanso, el salario, la disciplina laboral, la protección al trabajo, el orden de concertación y el contenido de los convenios colectivos, procedimiento de los litigios laborales y los recursos sociales del Estado

El derecho laboral socialista es el conjunto de normas que regulan las relaciones sociales de carácter laboral que surgen entre los trabajadores y las administraciones con motivo de la participación de los mismos en la actividad laboral como obreros o empleados de los centros de trabajo

Es la expresión de la política del poder de los trabajadores, como clase dominante que va organizando todo el trabajo de modo socialista de apoyo al derecho

De acuerdo a los criterios por los teóricos del derecho Laboral se ha considerado oportuno exponer que los mismos abarcan la concepción del Marxismo Leninismo, enfocando a su vez otros conceptos teóricos, todo ello ha permitido que se emita un concepto general y abarcador del citado derecho

Unido a estos criterios de los teóricos del derecho de nuestra parte consideramos lo siguiente:

Derecho Laboral: es la expresión jurídica de la voluntad de la clase que ostenta el poder sobre los medios de producción en detrimento de quien no lo posee y su expresión se efectúa en las relaciones laborales, manifestándose en las esferas de la producción, distribución, cambio y consumo

En el estudio realizado sobre el derecho laboral cubano como disciplina jurídica se ha realizado una estructuración que se encuentra definida en los objetos específicos y que son representados por la parte general y la parte especial, exponiéndose los siguientes conceptos:

-Parte General: Es el conjunto de aspectos teóricos elementales que establecen las bases necesarias para el estudio de la instituciones jurídicas laborales y otros aspectos de índole general específicamente laborales

-Parte Especial: son los que lo estudios a partir del sistema de normas jurídicas laboral y armónicamente estructuradas cuyo eje central es la Constitución de la Republica, en la cual se especifica los derechos constitucionales de los obreros y empleados unido a la aplicación de la instituciones del derecho

La valoración del Derecho Laboral se encuentra fundamentado en la realización del estudio científico de las partes que los componen teniendo en cuenta la sustentación jurídica de las instituciones del derecho que se utilizan y que representan los derechos laborales que son refrendados en la Constitución, señala además las funcionabilidades que realizan los obrero y empleados siendo materializado en las disposiciones y regulaciones laborales que establecen sus formas funcionales, teniendo una mención especial la documentación legal que se utiliza para la formalización de los convenios colectivos de trabajo esta documentaciones son contemplados en la parte especial, señalando su procedimiento en las cuales participan la administración y los trabajadores. En cambio la sustentación jurídica de las acciones específicas que se realizan en el ordenamiento laboral se encuentra contenida en la parte general y rigen los preceptos legales sobre el aspecto productivo

Mención especial tiene la evaluación específica que se efectúa sobre la codificación del derecho laboral, la misma se materializa al agrupar la documentación referida a la funcionabilidad del citado derecho. En nuestro país ha sido recogido en el Código de Trabajo mediante la Ley 49 de fecha 28 de Diciembre de 1984, para ello se sustento en la legislación Jurídica exponiendo lo siguiente:

“Durante los años del 1976 hasta el 1981 se dictaron un número apreciable de disposiciones en materia laboral como resultado de la definición de esta etapa de los requerimientos planteados por los Congresos de la CTC, el sistema de Dirección de planificación de la economía, la constitución de la Republica de Cuba y la Institucionalización del país. Son fruto de este periodo entre otras disposiciones el Decreto 4 del 22/12/77 sobre el Sistema de Inspección Nacional del Trabajo, el Decreto Ley 11 de fecha 14/12/77 sobre la Disciplina Laboral de los trabajadores que fue modificada por el Decreto Ley 32 de fecha 16/2/80, la Ley 12 de fecha 27/12/77 sobre la Creación de Nuevos Salarios Históricos, la Ley 13 de fecha 28/12/77 sobre la Protección e Higiene en el Trabajo, el Decreto 42 del 24/5/79 sobre la Empresa Estatal, la Ley 24 del 28/8/79 sobre la Seguridad Social, el Decreto 50 de 19/10/79 sobre los Premios, El Decreto 56 del 25/12/79 sobre el Pago de las Interrupciones Laborales, El Decreto Ley 36 de fecha 23/3/80 sobre la Disciplina de los Dirigentes y Administrativo Estatales, el Decreto Ley 40 del 16/10/80 sobre el Contrato de Trabajo y el Decreto 81 del 10/3/81 sobre las Vacaciones Anuales Pagadas

De acuerdo a las disposiciones laborales expresada anteriormente se ha definido que el Derecho laboral se encuentra vinculado con la base económica de la sociedad siendo una muestra la relación directa con los acontecimientos económicos y los hechos históricos, siendo considerado como consecuencia de los cambios que repercuten rápidamente en la Sociedad, hay que señalar que los cambios sociales tienen una relación directa con la forma en que se manifiestan los teóricos de la materia

El Derecho Laboral es un elemento del sistema jurídico cuyo núcleo central es la Constitución de la Republica. Al igual que la Constitución constituye el núcleo central del sistema jurídico en general, el Código de trabajo lo constituye con relación al derecho Laboral

1.1.7.1. La valoración Doctrinal del Derecho Laboral Cubano

El Surgimiento del Derecho significo una revolución en la superestructura jurídica de la sociedad dividida en clases en correspondencia con al propiedad de los medios de producción es que se le asigna el nombre del derecho del pueblo trabajador, esta expresión esta dada por el significado fundamental que para los trabajadores y el estado reviste su aplicación correctamente de acuerdo a los procedimientos que rigen esta actividad

En la clasificación de las fuentes del derecho laboral se ha Tenido en cuenta la opinión relacionada por la teoría socialista del Estado y el Derecho en la cual expresa:

Son fuentes los elementos que sirven de partida para la elaboración de las disposiciones normativas de una rama determinada del derecho o el Ordenamiento Jurídico en general

De acuerdo a la Filosofía Marxista Leninista se expone que existen dos tipos de fuentes que son las siguientes:

-FUENTES MATERIALES: son las que constituyen el contenido, la concreción de la esencia del derecho y se materializan las condiciones materiales debidas, las relaciones entre las clases, los documentos de los Organismos políticas y Sociales determinadas, la concreción de las leyes generales del socialismo en cada país de acuerdo a las tradiciones políticos ideológicos y las características nacionales

-FUENTES FORMALES: son las que constituyen el basamento jurídico, siendo manifestado en su forma externa y se representa en las disposiciones normativas emanadas de los órganos competentes del estado que regulan determinadas relaciones sociales

De acuerdo al Derecho Cubano se dividen en dos tipos de fuentes que son las siguientes:

-FUENTES MATERIALES Son las que se producen en correspondencia con la esencia del derecho y se manifiestan en la realización de las actividades que realiza el estado para su manutención, siendo las siguientes:

 La correspondencia que existe entre el grado de desarrollo de las fuerzas productivas y las relaciones de producción

 El carácter del trabajo y las relaciones que de el se derivan

 Las disposiciones de los órganos superiores del Partido Comunista de Cuba

 Los acuerdos de los Congresos de la Central de Trabajadores de Cuba y sus sindicatos

 La concreción de las leyes generales del socialismo en nuestro país

-FUENTES FORMALES Son las que constituyen el basamento jurídico de la sociedad en general y se manifiestan en la forma siguiente

 La Constitución de la Republica de Cuba

 E l Código del Trabajo

 La legislación complementaria del Código del Trabajo

 Los Convenios Colectivos de Trabajo

 Los acuerdos del consejo de gobierno del Tribunal Supremo Popular

 Los acuerdos de la organización internacional del trabajo

El desarrollo de la teoría jurídica han permitido que se promueva nuevas concepciones de los tratadistas del Derecho Laboral teniendo una visión actualizada en la cual se expresa con mayor claridad la que se muestra a continuación emitida por Miguel Reyes Salía

• Fuentes Específicas. Son las que se dictan el órgano que rige la política laboral y que se relaciona directamente con la disciplina

• Fuentes Eventuales. Son aquellas que son promulgadas por un órgano que no tiene dentro de sus funciones la de trazar la política laboral del país

• Fuentes Directas. Son aquellos actos jurídicos que de por si son causa u origen de la norma y son de aplicación inmediata

• Fuentes Indirectas. Son aquellos actos que sin contener intrínsicamente disposiciones de inmediato debido a su naturaleza, sirviendo de base para una ulterior aplicación de dichos actos

De esta forma se puede resumir que la diferencia de esta clasificación radica en que las fuentes directas son de aplicación inmediata mientras que las indirectas son de aplicación mediata, lo que entraña otras modalidades en su aplicación y la combinación entre ambas


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