BIBLIOTECA VIRTUAL de Derecho, Economía y Ciencias Sociales

LA REVOLUCIÓN INTEGRAL DE LA SALUD Y SU IMPACTO EN LA LEGISLACIÓN LABORAL CUBANA

Juan Guillermo Quesada Santisteban




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1.1. 6. Aspectos Tendenciales Generales del Derecho Mexicano

El Derecho Mexicano tiene particularidades específicamente en su formación, tanto desde el punto de vista de su nacimiento como nación, estando en dependencia de las condiciones socioeconómicas y su interrelación histórica ,lo cual hace del Derecho Mexicano el que ha mostrado mayor desarrollo en comparación con los demás países que se han expuesto anteriormente

En correspondencia con los argumentos expresados, la colonización del país, tuvo un comienzo singular ,de acuerdo al llegar España al nuevo mundo, se utilizo los mismos reinos que se encontraban habitados por los aborígenes del mencionado país, en este caso nos referimos al Reino de Nueva España, territorio que ocupaba México, en la cual los antiguos moradores se componían de aztecas toltecas, entre los grupos mas fundamentales ,en estas condiciones se iniciaba la colonización siendo presidida por Hernán Cortes que enfrento cruentas batallas en contra de los nativos, aunque con posterioridad logra establecer el gobierno colonial español y con ello comenzar a trasladar las enormes riquezas que se poseía en las mencionadas civilizaciones que se encontraban en la nación

En esas circunstancias México se desarrolla en una forma mas vertiginosa que las demás naciones alejadas de España había comenzado su fortalecimiento de las posiciones especificas de su territorios

Las luchas por la independencia de los países comienza con la aplicación de la corriente independentista en el año del 1810 y específicamente en Septiembre, alcanzando su independencia del reino de España, siendo uno de los iniciados de la implementación de las corrientes filosóficas que dimanan de la revolución francesa de 1789 en la cual la burguesía actúa como la clase revolucionaria desplazo la clase feudal

A partir de es momento la nación mexicana comienza a insertarse en la comunidad de naciones provocando el apetito voraz de las naciones desarrolladas específicamente Inglaterra y Francia ,sin obviar a la antigua metrópolis que tratara por todos los medios de recuperar sus antiguas colonias, situación que no le resulto permisible

Después de haber alcanzado la independencia el gobierno mexicano comienza a la creación de los mecanismos fundamentales que le permitieran la consolidación de la nación mexicana, en correspondencia a ello se realizaron diversas acciones legislativas y constitucionales con el objetivo de legalizar las función habilidades del estrado mexicano

De acuerdo al fortalecimiento de la nación mexicana se produjo un hecho importante que aunque no respondió a las in tensiones de la gran mayoría si represento un avance considerable en aquella época nos referimos a la formulación del Decreto Constitucional de la América Mexicana ,siendo promulgado en la ciudad de Apatzingan el 22 de octubre del 1814 este documento representaba un intento de una constitución que en aquellas ocasiones fueron efectivas sin tener en cuenta la división de los poderes legislativos, ejecutivos y judicial de la nación en el mismo se realiza un recuento general de la nación es de señalar que la composición del gobierno se fundamentaba en la Monarquía Absoluta, aunque no se realizo su aplicación en toda su totalidad

Esa situación permitió a la ejecución del reglamento político del Imperio mexicano el 18 de Diciembre de 1822. Este refleja las tendencias del establecimiento del Imperio Mexicano y con ellas las estructuras que sustentaban las mencionadas actividades ejecutivas. En idéntica función se realiza la documentación de la Legislación Judicial que enmarca los aspectos penales, siendo realizada la documentación que respaldaba las acciones en general

El decursar del tiempo propicio la instauración de nuevas disposiciones legales tales como la Ley Constitucional de la republica Mexicana de 1836, en la misma se expresa lo relacionado con los preceptos legales referidos con el Código Civil, Penal, Comercio, Ley de Procedimiento Penal y Ley Administrativa. De acuerdo a ello se vislumbraba la profundidad del estado mexicano en la Proyección de la Leyes Generales que rigen la estabilidad estatal de las naciones, mas las condiciones socio-históricas, así como las eventualidades nacionales e Internacionales conllevaron a la profundización de los documentos legales anteriormente evaluados en el contexto histórico siendo efectuado el proyecto de Reforma a la Leyes Constitucionales lo cual se llevo a efecto el 30 de Junio de 1840; implicando las modificaciones necesarias para poder evaluar mejor su funcionabilidad de acuerdo a las situaciones especificas de la nación, incidiendo fundamentalmente en la profundización de la Política Penal que se realizaba, activándose con la premisa de los Códigos penales de los demás países limítrofes, esencialmente en la Imposición de la sanción, las libertades políticas y sociales del individuo, la actuación de los Órganos Jurisdiccionales encargados de la Administración de Justicia que se asignaba en la persona del Juez de Instrucción. Este proyecto de reforma se ha considerado como el preámbulo de la futura Constitución política de la Republica Mexicana

En 1842 la Organización Estatal se pronunciaba en situar las condiciones reales en el centro de los análisis del Derecho y su estudio científico los cuales tuvieron influencia por el Triunfo de la Revolución Francesa y el Movimiento de Liberación de lo Países de habla Hispana; surgiendo en esas condiciones el Primer Proyecto de Constitución Política de la Revolución Mexicana en la cual refrenda lo siguiente:

Artículo 7: La Constitución declara todos lo habitantes de la Republica el goce perpetuo de los derechos naturales de Libertad, igualdad, seguridad y propiedad contenidas en las disposiciones siguientes:

 Ningún ciudadano puede ser aprendido, detenido, ni preso sino por previo mandato o auto escrito de Juez Competente de su propio fuero, ni juzgado o sentenciado por otro, ni custodiado fuera de su residencia del que debe juzgarlo, ni preso en otro edificio que el que le señalara el Juez, conservándose en aquel a su absoluta disposición

 Ninguno será aprendido sino cuando contra el obren indicios por los cuales se presuma ser el reo del delito, no será detenido mas de tres días a menos que amerite y sucintan las presunciones

Como se ha podido observar los análisis realizados así como los conceptos en los cuales se pronuncian en el referido documento, estamos en presencia de la Carta Constitucional de la Republica de México. A esto se ha unido la Legislación Vigente tal como se expresa

La injusta explotación de que eran objeto los trabajadores inicialmente no encontró alivio de parte de la autoridades, en razón de que el espíritu liberal individualista que campeaba en esa época

Unido a ello a escala nacional han surgido nuevas legislaciones entre las que se incluye el voto particular de la minoría de la Comisión Constituyente de 1842. En el segundo proyecto de Constitución Política de la Revolución Mexicana se formulo en Mayo de 1842 y las bases Orgánicas de la Republica el 22 de Junio de 1843, el estatuto Orgánico Provisional de la Republica Mexicana el 15 de Mayo de 1856, el 15 de Junio el Proyecto de Constitución Política y finalmente el 5 de Febrero de 1857 se formula la Constitución Política de la Republica de México.

Que con posterioridad se realiza el estatuto provisional del Imperio mexicano del 10 de Abril de 1865, significando un avance en la cual a la monarquía encabezada por Maximiliano Habsburgo, esto se materializa al aplicar el proyecto de protección de los menores así como las modificaciones de la legislación penal y la Organización del estado creando la base para la aplicación de posteriores documentos Legales

En idéntica forma se desplegó una actividad encaminada a establecer el perfeccionamiento del derecho, en ella tuvo una función preferencial el monarca al tener la influencia de la revolución francesa la cual expone la atención a la niñez y al adolescente, el respeto a las disposiciones penales y administrativas unido al perfeccionamiento del Derecho Civil y la aplicación del Código de Comercio. De ello expresaron los teóricos del Derecho:

La razón determinante de abordar esta reflexión histórica ha sido que han transcurrido 175 años de la Independencia y 75 de la Revolución Mexicana y todavía existen legiones de la necesidad de trabajar, principalmente de niños para poder vivir

En el mismo año el monarca expidió un decreto que libero a las deudas a los campesinos, estableció una edad para realizar actividades laborales en 12 años y a la vez expuso que el horario de nueve horas en dos jornadas

“Únicamente cuando el Estado detiene al poderoso y protege al débil, ese organismo coactivo del Derecho merece llamarse Estado”

En los albores del presente siglo, el programa del Partido Liberal Mexicano de 1906, fundo sus opiniones en la alianza de los sectores populares, esto naturalmente influyo en la mentalidad de los habitantes de la nación, haciendo que el nuevo gobierno republicano presidido por Porfirio Díaz el 4 de Enero de 1907, promulgo un laudo Presidencial para resolver los problemas de Puebla y Tiaxcala unido a la exigencia de la educación de los hijos de los trabajadores

Así como en nuestra patria se han creado las posibilidades reales, les corresponde a los jóvenes la creación de una estructura y vertebración de un movimiento nacionalista revolucionario y latinoamericano

En México en 1916 se constituye el proyecto de Constitución de la Republica de Venustiano Carranza, haciéndose efectiva el 1 de Diciembre de 1916, en la misma se hacia alusión a la necesidad del perfeccionamiento de la materia Penal, Civil y Comercial creando la sustentación de futuros preceptos legales. En el desarrollo de la nación mexicana ha llegado el momento mas culminante pues se promulga el 5 de Febrero de 1917 la Constitución Política de los Estados Mexicanos, integrado mediante un sistema integral de Justicia democrática con los objetivos de propiciar la Justicia de todo el pueblo, teniendo su fundamento en que toda persona que reside en el territorio nacional goza de toda libertad política cualquiera que fuera su nacionalidad

También le corresponde a México la gloria de ser el primer país que estableció en su Carta Magna las bases mínimas sobre las cuales deben regularse las condiciones obreras patronales, siendo el punto de partida para que se hayan aportado importantes avances en beneficio de los trabajadores; una muestra de ello han sido los debates del Congreso Constituyente de 1917 al garantizar los derechos de los trabajadores a través de su inclusión de un titulo especial siendo realizada el 23 de Enero de 1917 expresando lo siguiente:

Podemos decir que la Constitución de Querétaro ha tenido prolongación Internacional, pues el águila, símbolo de la nacionalidad ha extendido sus alas a los continentes y los ha cobijado con su sombra y solo nos resta afirmar que un día el águila destruya a la serpiente y vuele alto


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