BIBLIOTECA VIRTUAL de Derecho, Economía y Ciencias Sociales

DESARROLLO SOSTENIBLE EN ESPAÑA EN EL FINAL DEL SIGLO XX

Alfredo Cadenas Marín y otros




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8.3 OBJETIVOS ESPECÍFICOS PARA UNA ESTRATEGIA NACIONAL DE DESARROLLO SOSTENIBLE ENDS

Los objetivos específicos de la ENDS deben responder al cúmulo de principios expuestos en el anterior epígrafe 8.1.

La selección de objetivos específicos, en cualquier caso, ha de efectuarse obligatoriamente en el marco de las políticas emanadas de la cesión nacional de soberanía a las instituciones de la UE. Asimismo y con carácter indicativo, en algunos casos debe de responder a lo sugerido en la Estrategia Europea de Desarrollo Sostenible, la cual deja un considerable margen de maniobra a los países miembros en tanto en cuanto el principio de subsidiariedad se antepone a otros relativos fundamentalmente a la integración económica y monetaria.

Los objetivos de la ENDS deben además contemplarse en un marco de creciente descentralización administrativa debido a la estructura autonómica regional del Estado español. Asimismo, los citados objetivos deberían enmarcarse en Planes y Programas de actuación específica que permitan tanto su seguimiento como la evaluación posterior de su desempeño final.

8.4 LA INSERCIÓN DE LA ENDS EN LA ORGANIZACIÓN Y EL FUNCIONAMIENTO POLÍTICO-ADMINISTRATIVO DEL ESTADO

Una exigencia operativa fundamental de toda estrategia nacional de desarrollo sostenible debe consistir en conseguir un alto grado de cooperación institucional como base de eficacia administrativa en la puesta en marcha de la propia estrategia y, fundamentalmente, para la integración del desarrollo sostenible en las diversas políticas transversales y sectoriales. Además, la cooperación institucional no debe limitarse exclusivamente a las entidades de carácter público, sino que ha de hacerse extensiva a las instituciones privadas y a los agentes y organizaciones sociales.

Es imprescindible que el Estado ejerza como articulador principal y primer impulsor de los objetivos generales del desarrollo sostenible. El largo alcance, tanto temporal como espacial de los principios de sostenibilidad (económica, social, ambiental y territorial) exige que el Estado adopte un papel catalizador de intereses y convicciones, a veces, contrapuestas y no semejantes.

Asimismo, el Estado debe armonizar la cooperación entre las diferentes instituciones públicas que conforman el Estado, incluyendo el poder judicial cuya función es la de velar por el cumplimiento de la legislación y normativa, en aspectos no sólo ambientales sino económicos y sociales. Ello exige la responsabilidad compartida como forma de actuar y de aplicar las actuaciones dirigidas a la consecución del desarrollo sostenible.

8.5 NECESIDAD DEL SEGUIMIENTO, EVALUACIÓN Y ACTUALIZACIÓN CONTINUA DE LA ENDS

Debido a que el desarrollo sostenible constituye una senda y, a la vez, un proceso abierto y dinámico, la formulación estratégica debe concebirse para que sea capaz de adaptarse a los cambios del entorno y a la reorientación de las actuaciones, instrumentos, medidas y políticas, en función de los resultados que vayan consiguiéndose al transcurso del tiempo. Por ello, es necesario arbitrar mecanismos de seguimiento y procedimientos de evaluación de su aplicación y resultados. De la bondad de estos procesos de seguimiento y evaluación, dependen la revisión y actualización continua de las orientaciones estratégicas y, por ende, la eficacia final con que se apliquen los programas.

Asimismo, es preciso tener en cuenta que en el desarrollo sostenible los horizontes temporales son extensos y de largo plazo. Ello implica la concreción y progresiva puesta al día de los objetivos y metas a ser contemplados y conseguidos. A este respecto la gestión de la ENDS, tal y como se propugna en la UE, podría fundamentarse alrededor de cuatro ejes.

En primer lugar la gestión de la ENDS debe contemplar la evaluación y caracterización de las tendencias de evolución de los fenómenos y factores que afectan a la sostenibilidad del desarrollo. Este proceso de evaluación debe realizarse de manera continuo, orientada a contrastar las tendencias e hipótesis de partida y a identificar e incorporar los efectos de los nuevos factores de cambio sobre dichas tendencia y datos de partida.

La realización continua de la evaluación debe, asimismo, contar con avances en los conocimientos relativos a prospectiva y metodología de evaluación (entre ellos los de evaluación de impacto ambiental. (EIA) y los de Evaluación Ambiental Estratégica (EAE) de Programas y Planes en el ámbito de la UE. Además la evaluación debe esforzarse en la mejora y sistematización de la información mediante indicadores de sosteniblidad. Finalmente deben realizarse informes periódicos de estado y avance de tal forma que se impulse la sensibilización y participación ciudadanas.

En segundo lugar y al par del desarrollo de procedimientos de evaluación continua en conformidad con lo mencionado en lo párrafos anteriores, resulta también imprescindible la creación y mantenimiento de procedimientos de seguimiento que habrían de llevarse a cabo en el seno de un Observatorio Permanente de la Sostenibilidad. Las posibles funciones de este Observatorio, tal y como se preconiza en las agendas 21 y las estrategia europea de desarrollo sostenible, deberían consistir en: a) la realización de investigaciones, análisis prospectivos y estudios temáticos específicos; b) la gestión, mantenimiento y utilización de sistemas de indicadores de sostenibilidad y bases de datos asociados; c) la preparación de informes de seguimiento y evaluación y, en general, de las actividades de carácter técnico-científico relativas a procesos de gestión de la EEDS; d) relaciones de cooperación y coordinación con organizaciones análogas tanta en el ámbito internacional y de la UE, como en el nacional incluyendo los contextos locales y regionales.

Finalmente, en tercer lugar, la gestión y aplicación de la EEDS debe ejercerse de un modo continuo, de forma que se realimente en función de los avances que se registren en su instrumentación práctica y de sus resultados, así como del carácter y ritmo de los cambios que se produzcan en el futuro. Un plazo razonable para la revisión y actualización continua podría extenderse a periodos de cuatro a cinco años.

En suma la ENDS de los primeros años podría diseñarse en un tono ambicioso aunque introduciendo grandes dosis de modestia intelectual en tanto en cuanto los conocimientos actuales, sobre todo acerca de las vinculaciones entre la actividad humana y los fenómenos ecológicos, son bastante escasos e inciertos pero ciertamente sujetos a avances muy sustanciales, tanto de índole científica como de tipo tecnológico.


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