BIBLIOTECA VIRTUAL de Derecho, Economía y Ciencias Sociales

FAMILIA, IDENTIDAD Y TERRITORIO, ACTORES Y AGENTES EN LA CONSTRUCCIÓN DE LA CIUDADANÍA DEMOCRÁTICA

Coordinadoras: Maria Teresa Ayllón Trujillo y Maria Rosa Nuño




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La territorialidad de la familia en la construcción de ciudadanía democrática

María Teresa Ayllón Trujillo

Tal como dijera el célebre geógrafo brasileño Milton Santos, con la aceleración contemporánea es un verdadero desafío para la comunidad científica el reflexionar y estudiar la multitud y magnitud de las transformaciones sociales procurando vislumbrar algunos rasgos del inmediato futuro para aminorar la ansiedad social producida por la incertidumbre de la postmodernidad (Bericat, E., 2003: 387) y la anomia o ingobernabilidad. Estudiada desde las más diversas disciplinas y perspectivas, según M. Santos, Daniel Bell, J-F Lyotard, Frederic Jameson, Jean Baudrillard, Niklas Luhmann, Anthony Giddens, Adela Cortina, Manuel Castells, Celia Amorós, y tantas otras personalidades, la sociedad –postindustrial, postmaterialista, hipermoderna, del riesgo, de los servicios, del conocimiento, de la información, globalizada, etc.,- ha dejado de responder al paradigma de la modernidad, los procesos de modernización neoliberal, implantados modélicamente en México en los años ochenta -programa de Washington (liberalización, privatización y estabilización)-, tuvieron como consecuencias la crisis económica más grande de su historia, la desestructuración poblacional, la deslegitimación de muchas instituciones y el estallido de una protesta armada. En resumen, al cambio de milenio se culminó el desmantelamiento de un anterior proceso de participación y elaboración de la confianza de la población en sus instituciones de gobierno construida con grandilocuencia por el Partido Revolucionario Institucional.

Confianza que, junto con la existencia de redes sociales y de valores éticos que las cohesionen, son las tres condiciones necesarias (Cortina, A., 2003 y 2004) para la gobernabilidad (Cortina, 1997: 153-161. 2003, 11-44. y 2004). La democracia, definida actualmente como un sistema complejo de gestión de conflictos en el que prima lo político sobre lo económico (UNESCO, 2002), preocupa a todos los Estados de derecho que ven como avanza la desestructuración social y aumentan las tensiones no resueltas por los estados representativos. ¿Cómo componer la democracia frente a la crisis de la representación política y la aparición de nuevas formas de ciudadanía a veces antagónicas? Para el Foro Social Mundial (FSM) y para la UNESCO tres resultaron ser los conceptos clave: Participación, ciudadanía y gobernanza democrática.

La ciudadanía y su estructuración constituyen vectores que suelen servir de base a la transformación de los agentes de la sociedad civil: ciertos derechos que no se respetan como derechos universales constituyen con frecuencia el fundamento del conflicto. La ciudadanía se ve afectada por el proceso de mundialización pero también por el fraccionamiento de las tradiciones deontológicas y la "glocalización" o proceso de transformación local bajo impactos producidos globalmente. Como resultado aparecen nuevas formas de lealtad ciudadana según dos procesos diferentes: el reconocimiento de identidades complejas y cruzadas que no son la identidad nacional; y las identidades globales o cosmopolitas; estos dos tipos de ciudadanía hacen referencia a derechos humanos diferentes. (UNESCO-FSM, 2002).

I.-La ciudadanía: evolución del concepto

Cuando queremos abordar un tema desde su génesis solemos recurrir al mito de origen europeo u occidental: la Grecia Clásica y al pasado grecorromano. Pues bien, sigamos la tradición: La polis era en la Antigüedad, la única forma de organización social conveniente al pueblo civilizado, decían los antiguos pensadores griegos quienes oponían civilización a barbarie, las formas de vida más rurales o tribales de la época. Para Aristóteles se es verdadero hombre cuando se vive en una ciudad y se participa de su gobierno, claro que esto excluye a los esclavos, los extranjeros y a las mujeres nativas o extranjeras, incluso a los hombres nativos que renuncian a responsabilizarse del gobierno de la ciudad. La ciudad por lo demás no era sólo una aglomeración de calles, plazas, templos, ágoras, gimnasios y vecindarios, sino también una unidad política, un estado, y unas fuerzas de orden moral y coactivo emanadas de la Asamblea y defendidas mediante un ejército. Cuando el ciudadano griego (polites) era soldado, lo era para defender su ciudad, cuando realizaba actos religiosos, era para honrar a los dioses de su ciudad. Cuando actuaba en política, era para cumplir con la parte que le corresponde de la gerencia de la ciudad .

Nicola Abbagnano (1998: 168) señalaba un fuerte contraste histórico: en la Antigüedad la ciudadanía implicaba deberes mientras que en la Edad Moderna significó derechos. Sin embargo, una breve revisión a la Historia nos permite ver que no es un salto ni una inflexión sino que hay todo un largo proceso que encadena la transformación del Estado y que se puede ver en la Grecia Helénica pero sobre todo en la evolución del Imperio Romano.

Durante el auge de la República de Roma, el ciudadano (civis), por el mismo privilegio de serlo podía ejercer en la esfera del Derecho Público una serie de prerrogativas: Ius suffragii o derecho a votar en las asambleas. Ius honorum o capacidad a presentarse como candidato a los cargos y magistraturas. Ius militae o deber de cumplir el servicio militar con el derecho de servir en las legiones. En el ámbito del Derecho Privado, también podían ejercer otra serie de facultades: Ius commercii o facultad de hacer transacciones de la propiedad y efectuar contratos y contraer obligaciones. Ius connubi o derecho a casarse y construir una familia y ejercitar todas las prerrogativas inherentes a su situación (status familiae), en ella (patria potestad, tutela, etc). Ius testamenti o derecho a testar (testamentifactie) a decidir a quién y a dónde han de ir o no ir las propiedades adquiridas en vida. Ius actionis o facultad de actuar judicialmente, derecho al amparo de las instituciones de justicia.

En resumen, una primera conclusión en la génesis del concepto es que, en la polis griega y más tarde en la ciudadanía romana extendida por medio mundo conocido, la condición de ciudadano estaba vinculada indisolublemente a las responsabilidades y obligaciones de los ciudadanos, en el desarrollo legislativo romano que acompaña el aumento de sus fronteras y el proceso de complejidad de sus ciudades, se introduce la idea de la ciudadanía como garante de derechos mientras se mantiene la obligación de participar de las responsabilidades de la Administración, aunque estas últimas van desprendiéndose del común de los romanos según avanza la nueva Roma, la Roma aristocrática o Imperial. Así, de la mano de este proceso entramos en la edad moderna donde reaparece en Europa la noción de ciudadanía como fuente de Derechos, siendo el primero el ser juzgado por una ley escrita. La ley escrita o positiva, en pleno proceso de racionalización, fue demandada como Carta Magna, Constitución, Contrato Social o Derecho Positivo, supuso la garantía de igualdad y recortó la voluntad del monarca y del juez.

Revolución Francesa: emergencia de la ciudadanía excluyente

Presidida por el agotamiento del modelo absolutista, se produce la suficiente sinergia para un proceso renovador o revolucionario basado en las comunas o gobiernos de las villas o ciudades, el aumento de los libros y de las personas letradas, la culminación de la Ilustración, el jusnaturalismo, el liberalismo publicitado en el Contrato Social roussoniano y, por supuesto por la irresistible emergencia de una clase social que competía en toda Europa con la aristocracia: la burguesía. El cambio de poder se legitimó con la proclamación de los Derechos del Hombre y del Ciudadano. Sin embargo este momento es también el que caracteriza la limitada renovación social triunfante ya que estos derechos se otorgan de forma sumamente excluyente: a los hombres con propiedades y otras condiciones. La proclamación de la primera Carta de Derechos Ciudadanos en Francia, es la proclamación del fin del sometimiento por la sangre y el comienzo de una guerra de clases y una guerra de sexos. Había comenzado la Revolución Industrial y ésta estaba reforzando el viejo modelo patriarcal. Las líderes de la Revolución Francesa fueron silenciadas o guillotinadas por traición a la patria, como Olimpia de Gouges por responsabilizarse de la publicación de Los Derechos de la Mujer y de la Ciudadana. Todo el siglo XIX fue testigo de la persistente demanda de derechos políticos de las mujeres, así como del proletariado y de la población negra (en el caso de Los Estados Unidos de América). No fue hasta la primera mitad del siglo XX que se logró el sufragio “universal” masculino en el ámbito occidental y el sufragio universal (incluyendo el voto femenino) en España pioneramente (1930) y en otras naciones de los continentes europeo y americano. El derecho a votar en las urnas desembocó rápidamente en la concesión de otros derechos cívicos económicos, políticos y sindicales.

El nuevo concepto de ciudadanía o participación ciudadana

Parece haber consenso en que es Marshall (1950) quien reabre el debate moderno del concepto ciudadanía el cual surge con los problemas de desplazamiento de contingentes tras la Segunda Guerra Mundial. Para T.H. Marshall la ciudadanía es un status de plena pertenencia de los individuos a una sociedad que se confiere a quienes son miembros a pleno derecho de una determinada comunidad en virtud de que disfrutan de derechos en tres ámbitos: civil, político y social. Marshall define estos tres ámbitos o elementos:

El elemento civil, compuesto por los derechos necesarios para la libertad individual, libertad personal, libertad de palabra, de pensamiento y de la fe religiosa y derecho a la justicia. Elemento político o derecho de participar en el ejercicio del poder político como miembro de un cuerpo dotado de autoridad política o como elector de los miembros de tal cuerpo. Finalmente el elemento social abarca el derecho a un mínimo de bienestar económico y seguridad, a tomar parte en el conjunto de la herencia social y a vivir la vida de un ser civilizado, de acuerdo con los estándares prevalecientes en la sociedad.

El debate actual sobre ciudadanía ya presenta de manera inseparable los derechos y deberes como se puede ver en Marshall: un ciudadano debe trabajar, pagar impuestos, enviar a los hijos a la escuela, cumplir con el servicio militar, entre otras responsabilidades. La ciudadanía tiene que ver con la pertenencia a un grupo comunidad y con los derechos y las responsabilidades que se asocian a tal membresía. Además de ser una condición que confiere derechos y obligaciones, la ciudadanía es también una práctica a través de la cual las personas son capaces de participar para dar formas a sus sociedades. Para Marshall la ciudadanía implica no sólo derechos y responsabilidades, sino también interacción e influencia dentro de la comunidad.

Casi cincuenta años después y en pleno proceso de discusión de la nueva ciudadanía europea, vuelve el debate (Adela Cortina, 1997 y Alain Touraine, 1997) pero esta vez se marcan dos vertientes: una excluyente que busca limitar los derechos de ciudadanía a condiciones “culturales” e “históricas” que, en resumen excluyen a los inmigrantes y varias de las generaciones de procedencia inmigrante que presentan tradiciones religiosas diferentes a las de la mayoría. La otra corriente contraria o inclusiva, de base constructivista, busca vínculos ontológicos como en la campaña política por el voto de los inmigrantes (“Aquí vivo, aquí trabajo: Aquí voto”) en reconocimiento de la riqueza que generan al común y que algunos les quieren negar a los inmigrantes.

Para Adela Cortina (1997) la ciudadanía se construye y se construye ciudadanía democrática cuando se brinda a las personas en cada uno de los tres momentos formativos (jurídico, público y ético) todos los elementos necesarios que les permitan el más amplio desenvolvimiento de la libertad y la igualdad, que se transforman en derechos universales y positivos (o efectivos) y responsabilidades a través de su difusión, reconocimiento y protección, así como del desarrollo de las garantías constitucionales y supraestatales con el propósito de garantizarlos efectivamente.

Alain Touraine relativiza la bondad del concepto pues señala que la ciudadanía trata de una limitación de la libertad individual: La ciudadanía reduce el individuo al ciudadano, es decir, aquel que acepta las leyes y las necesidades del Estado, que sólo tiene derechos si cumple deberes, si contribuye a la utilidad colectiva, al interés general; pero al mismo tiempo, la ciudadanía afirma que el poder político no tiene otro fundamento legítimo que la soberanía popular. (Touraine, 1997).

La versión más restrictiva niega el derecho a la ciudadanía en prevención de un supuesto peligro de invasión o desnaturalización cultural. Dice Constantino Urcuyo Fournier que la ciudadanía tiene variados componentes, entre ellos la nacionalidad; el ciudadano es titular de una parcela de la soberanía y sólo los nacionales son ciudadanos, pues sólo ellos pueden ejercer los derechos políticos, de tal manera, el ciudadano se define ante todo por oposición al extranjero en tanto que la ciudadanía aparece como un subsistema de la nacionalidad. En ese sentido la ciudadanía no se enfoca exclusivamente a los derechos, sino que significa compartir una misma historia o una misma cultura versus religión (Urcuyo,1999).

En el nuevo milenio aparecen otros matices menos abstractos, ya no tan basados en la libertad/ausencia de libertad del individuo o en la proclamación y positivación de Derechos o Deberes, sino persiguiendo elementos concretos de factibilidad, como las condiciones de partida para el acceso real a los recursos que hacen posible la ciudadanía o la misma identidad sentida, frente a la identidad adjudicada desde fuera, incluso la idea del compromiso con la transformación social. Se busca cada vez más comprender cómo elementos racionales y emotivos juegan en la mayor o menor participación y compromiso político.

Para Raúl Laquiche (2001) la ciudadanía debe ser entendida como conjunto de derechos y responsabilidades legales pero también como identidad nacional, la expresión de la pertenencia a una comunidad, pueblo o nacionalidad. (Laquiche: 2001). Para el filósofo español Xavier Etxeberria, ser ciudadano nos sugiere ser sujeto de derechos y miembro activo de nuestra sociedad. La ciudadanía viene definida fundamentalmente por la participación intensa en la vida de la comunidad política, hasta el punto de que es más relevante incluso para la realización de las personas, el bien común, que el bien particular. (Xavier Etxeberria: 2002).

Luís Moreno define la ciudadanía como la condición de pertenencia a la organización política donde se integran los miembros de la sociedad. La ciudadanía es principalmente un estatus conformado por el acceso a los recursos básicos para el ejercicio de deberes y derechos. La no discriminación en el acceso a estos recursos constituye la condición necesaria y suficiente de la ciudadanía (Moreno, 2003).

Marcia Ochoa (2004) parte de considerar que el entorno sociopolítico posibilita o no la participación ciudadana, y ese entorno está bajo custodia del Estado con lo cual desmonta el socorrido reproche de los gobiernos a la “baja participación política” que en realidad alude a la baja participación electoral; es una interpretación constructivista que lleva al compromiso de los gobiernos y de la población. Así, Ochoa define la ciudadanía como los procesos que producen a la persona como parte de un grupo social, las cosas que lo hacen sentir parte integrante de ese grupo tanto como las cosas que hacen que la sociedad lo vea como parte de su grupo. La ciudadanía no es exclusivamente para los sujetos de Estados-naciones, así que para tener ciudadanía se necesita, más que un pasaporte, un sentido de pertenencia y un ambiente sociopolítico democrático.

La construcción social de la ciudadanía no ocurre automáticamente a partir de un proclamación constitucional ni revolucionaria sino que se trata de un proceso largo que, a finales del siglo XX, va incorporando elementos de la vieja democracia burguesa o del republicanismo, elementos de la tradición europea del Estado del Bienestar y la nueva exigencia de espacios de participación ciudadana activa y responsable en todos los ámbitos del poder. Esta nueva exigencia del nuevo actor que se perfila la sociedad civil, aparece como ruptura de la confianza en las bondades del Estado benefactor (Cuadros 1,2 y 3)

Cuadro 1 La gestación jurídica de la ciudadanía: los tres elementos de López Jiménez

Momento jurídicoConfiere a los individuos un conjunto de derechos y deberes garantizados constitucional e institucionalmente por el Estado. Este status jurídico de la ciudadanía comprende, a su vez, tres elementos:1- Elemento político (ciudadanía política)Derecho a participar en el ejercicio del poder político, como autoridad política o elector. La ciudadanía política se establece en el vínculo político entre el individuo y la comunidad política. La ciudadanía es el reconocimiento oficial de esa integración, en la cual el ciudadano se convierte en miembro de pleno derecho de un Estado nacional al cual le debe lealtad permanente. Esta relación otorga al ciudadano una identidad o identificación nacional que lo aproxima a sus semejantes de una misma ciudadanía y lo separa de los diferentes.2- Elemento social (ciudadanía social)Comprende desde el derecho al bienestar y a la seguridad hasta el derecho a compartir la herencia social y la vida civilizada. De ahí que el concepto de ciudadanía social plantee una dirección doble: de la comunidad política hacia el ciudadano y del ciudadano hacia la comunidad política, donde aquél contrae unos deberes y asume activamente sus responsabilidades, y aquélla demuestra por su propia justicia que le reconoce como miembro suyo (reconocimiento de la pertenencia) defendiendo sus derechos indispensables para llevar adelante una vida humana digna.3- Elemento civil (ciudadanía civil)Compuesto por los derechos necesarios a la libertad individual: libertad de palabra, pensamiento y acción, libertad de propiedad y de contrato, derecho a la justicia (defender y afirmar por ley todos los derechos de uno en términos de igualdad con otros). Ciertamente, junto a la ciudadanía política, social y económica, se debe considerar la dimensión de ciudadanía civil por la que una persona pertenece y se integra espontánea, libre y voluntariamente a las comunidades y asociaciones civiles, consideradas como una potencial fuente de civilidad, solidaridad y participación social; y, asimismo, portadoras de un impulso ético que se expresa, según Cortina, en tres lugares privilegiados: el tercer sector, las profesiones y la opinión pública.Fuente: Resumido de Sinesio López Jiménez, Ciudadanos reales e imaginarios. Concepciones, desarrollo y mapas de la ciudadanía en el Perú, Lima, 1997, IDS, p. 43, 53 y 54

Habermas, quien al desarrollar el concepto de patriotismo constitucional integra la defensa de los derechos subjetivos junto al poder comunicativo del modelo republicano. En efecto, este último debe concebirse como:

“La búsqueda de un mayor nivel de acuerdo entre individuos y grupos sociales (...) a través del toma y daca de la política. No requiere que los participantes suscriban otros principios que los que están implícitos en el diálogo político mismo -la disposición a argumentar y a escuchar las razones dadas por los demás, abstenerse de violencia y coerción...” (Habermas 1998: 628)

Habermas habla de la necesidad de un anclaje político cultural para los pueblos de diferente origen o multiculturales pero afirma que la ciudadanía encontrará camino sin necesidad de una herencia histórica compartida ni un patriotismo previo. Pone como ejemplo Suiza y Estados Unidos y su anclaje es la propia Constitución.

López Jiménez, señala que la gestación de la ciudadanía requiere de tres facetas o momentos: el jurídico, el público y el ético, éstos pueden darse consecutivamente o en procesos diferentes pero simultáneos, con distintas dinámicas y fundamentos complementarios. En su aportación interesa destacar la idea de recursividad o reciprocidad entre estado y sociedad civil para llevar a buen fin la construcción de una ética participativa y responsable o del buen ciudadano. (Ver cuadros 1 y 3)

Adela Cortina, para conseguir la construcción jurídica de la ciudadanía distingue seis elementos o fundamentos: los elementos de ciudadanía política, social y civil de López Jiménez (cuadro 1) más la condición de poder para la toma de decisiones económicas que les afecten, el respeto a la identidad cultural mayoritaria o minoritaria y la conciliación de una ciudadanía nacional o particular con la identificación consmopolita o un sentirse parte de la gran ciudadanía global, lo que llama república ética universal (Cuadro 2).

Cuadro 2 Los seis elementos que componen la gestación jurídica de la ciudadanía

Elementos 1-político, 2-social y 3-civilDescritos ya por López Sinesio (1997)4-Elemento económico

(ciudadanía económica)Para que los miembros de una sociedad se sientan suyos es fundamental garantizarles el ejercicio de una ciudadanía económica, asegurando que participen de un modo significativo en la toma de decisiones económicas que les afectan

5-Elemento cultural (ciudadanía intercultural)Que hace justicia para con la identidad de las personas, planteando la necesidad de construirla, fomentarla y mantenerla desde un diálogo intercultural, que permita aprender y entender los intereses de personas con distintos bagajes culturales, luchar por el reconocimiento de sus derechos, comprenderse a sí misma, buscar cooperativamente la verdad y la justicia y, en última instancia, descubrir nuestra riqueza humana, crecer personal y socialmente en humanidad. Así, se constituye en ciudadano económico "habitantes del mundo de la empresa", como los llama Cortina cada uno de los afectados por las decisiones empresariales que se sabe y siente miembro integrante de una determinada empresa, parte fundamental de un proyecto compartido y que, por lo tanto, se asume a sí mismo como sujeto protagonista y corresponsable de las actividades emprendidas por ésta.6-Elemento cosmopolita (ciudadanía universal)Que se debe fraguar desde la "semilla de universalismo" entrañada en los seres humanos, capaz de obviar todas las fronteras en una suerte de república ética universal con la realización de mayor libertad, igualdad y solidaridad para todos los seres humanos (globalización ética): un mundo en que todas las personas se sepan y sientan ciudadanas.Fuente: Adela Cortina, Ciudadanos del mundo. Hacia una teoría de la ciudadanía, Madrid, Alianza Editorial, 1997, pp. 265.

En resumen, podemos concluir que la epistemología, desde la perspectiva no excluyente, coincide en que la ciudadanía es la construcción de una ética basada en la reiterada práctica política de:

• La igualdad legal, social y humana.- El concepto de ciudadanía exige la puesta en práctica de una ética generalizada pero imperfectamente conseguida: que todos somos iguales ante la ley, con derechos que reclamar y deberes que cumplir en tanto miembros de una sociedad y un Estado.

• La pertenencia activa.- Igualmente, esta noción propone la idea de pertenencia, vinculación y membresía a una determinada comunidad política entre cuyos miembros se establecen relaciones de interde-pendencia, responsabilidad, solidaridad y lealtad.

• La integración social.-En donde cada grupo social minoritario o no, somos parte de una sociedad.

Cuadro 3 Facetas de la construcción de la ciudadanía

a) Momento jurídicoConfiere a los individuos un conjunto de derechos y deberes garantizados constitucional e institucionalmente por el Estado. Este status jurídico de la ciudadanía comprende, a su vez, tres elementos: político, social y civilb) Momento públicoEste momento tiene un carácter público, los ciudadanos asumen una competencia política, conjunto específico de roles sociales a través de los cuales los ciudadanos pueden tomar decisiones, fiscalizar, exigir, demandar y ejecutar todas aquellas acciones que los lleven a defender sus intereses como miembros de diversos grupos sociales en la arena política.c) Momento éticoConjunto de cualidades morales y responsabilidades cívicas necesarias para definir a alguien como "buen ciudadano". Por lo tanto, este momento ético está enlazado con el buen desempeño de los derechos y responsabilidades en los espacios públicos.Fuente: Resumido de Sinesio López Jiménez, Ciudadanos reales e imaginarios. Concepciones, desarrollo y mapas de la ciudadanía en el Perú, Lima, 1997, IDS, p. 43, 53 y 54

Añadiremos que esa construcción social de la participación o ciudadanía democrática no se hace solamente desde arriba hacia abajo, sino que camina en varias direcciones pues diversos actores y agentes están facilitando u obstaculizando la formación de conciencia ciudadana mediante sus prácticas y su poder relativo. Hablamos de agentes como la escuela, la religión, los establecimientos militares, los medios de comunicación, los movimientos sociales y la familia.

En concreto la familia, al influir sobre sus miembros desde la edad más tierna y durante toda su vida, es un agente poderoso, muy poderoso en la conformación de valores de sus miembros. Valores como la pertenencia activa al grupo, mediante el reparto de responsabilidades; aún en la convivencia de personas heterogéneas por sexo, edad y autoridad, la familia es capaz de promover la actuación equitativa aunque ésta se produzca de manera imperfecta, atravesada por criterios discriminatorios relacionados con el género y la jerarquía. Los conflictos en la familia suelen resolverse conforme a unos principios de justicia distributiva, retributiva e incluso superando ésta por medio del afecto –tal como reclamaba Aristóteles- ya que la justicia en familia es el elemento necesario para mantener unido el grupo pues, de lo contrario, los miembros injustamente tratados tienden a alejarse del grupo. Por último, si contemplamos la familia en sus relaciones parentelares menos próximas, es decir como red familiar, resulta que los lazos y alianzas que los núcleos familiares contraen y mantienen con otros núcleos, permiten la integración social con fuertes garantías de éxito.

La familia, a pesar de expresarse continuamente como la institución básica de la sociedad, no ha sido considerada en las ciencias sociales ni políticas, hasta muy recientemente. Hubo aproximaciones al debate en la década de los 60’s (Lévi-Strauss 1962) pero no lograron consensuar una definición universal ya que desconsideraron algunas aportaciones muy valiosas que se habían dado aisladamente (Beauvoir, 1949 y resto de su obra) a la vez que se renunció a discutir dudosas teorías mal fundamentadas pero enunciadas por uno de los varones intocables: Friedrich Engels en su obra El origen de la familia, la propiedad privada y el estado (1884), la cual a mi entender es la peor obra de este autor y causante de varios mitos, tópicos y prejuicios que se han arrastrado desde el marxismo e incluso desde cierta corriente del feminismo. Levi-Strauss por su parte hizo similar papel en su tratado sobre la familia, pecando de progresista, llegando a conclusiones contradictorias en la definición de familia por no ver el dinamismo y la competencia adaptativa de esta institución y por no admitir la insuficiencia del estructuralismo en terrenos tan sutiles, dinámicos y complejos como la tradición o la familia. Veinte años después renació el debate, en plena expansión de las ideas feministas, sin embargo, al producirse estas fuera del ámbito académico, apenas fueron recogidas en trabajos de investigación, por el contrario el descrédito acompañaba a las profesionales que intentaban insertar las nuevas perspectivas en la investigación y la enseñanza superior; con todo, apareció desde esta perspectiva una línea de estudios de las estrategias familiares que arrojaron información sobre la organización interna de ciertas familias; el cambio socioeconómico del llamado neoliberalismo y la aparición de nuevos tipos de pobreza, así como a la visibilización por vez primera de la magnitud de familias monoparentales a cargo de una mujer fue el fenómeno que llevó a esos estudios. Pero estudiar la crisis de la familia monoparental o los efectos de la crisis socioeconómica sobre las familias, cuando “la familia misma estaba sin definir” (Arriagada, 2001) concluyó en el abandono de está línea de trabajo. Además, se estudiaban las estrategias de supervivencia, cuando en realidad la familia crea estrategias no a la defensiva o para sobrevivir, sino porque crear estrategias ofensivas o defensivas (de avance o de supervivencia) es el objetivo de todo grupo familiar (Ayllón, 2003).


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