BIBLIOTECA VIRTUAL de Derecho, Economía y Ciencias Sociales

DERECHO DE ¿AUTOR?

Lillian Álvarez Navarrete




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ANEXOS

DECLARACIÓN DE PRINCIPIOS. RED “EN DEFENSA DEL CONOCIMIENTOYLA CULTURA PARA TODOS”

Enel mundode hoy, signado porla fiebre del consumoy eldinero, se encuentra seriamente amenazada la espiritualidad del ser humano, su creatividad,el conocimiento acumulado alo largo de miles de años, el rico mosaico de culturas que como huella, ha conformado la especie.

Algo de tanta importancia no debería escapar de la protección de las leyes. Pero los intereses económicos de las transnacionales lo han tergiversado todo. Lo que debió y dice servir de protección a la creación, ha devenido protección a la inversión, impidiendo incluso el ejercicio efectivo de los derechos más elementales del ser humano, tales como el derecho a la vida, al conocimiento, a su identidad, su derecho a participar activamente de la vida espiritual de la sociedad.

En la actualidad el régimen de derecho de autor vigente no satisface las necesidades de la sociedad, ni está acorde con las posibilidades que el desarrollo tecnológico pone en sus manos. Este sistema se ha convertido en legitimador del sometimiento de la cultura a las leyes del mercado, favoreciendo con ello la dominación económica y cultural de los pueblos.

El derecho de autor como derecho humano debe llevar implícito el equilibrio entreel derecho del autor sobre su obray elderecho

de la sociedad a tener acceso a ella. Este equilibrio ha sido roto, no a favor de los autores ni de la sociedad, sino a favor de quienes ejercen los derechos a nombre de los autores, o sea, de los cada vez más grandes monopolios de la industria editorialy del entretenimiento.

El ejercicio de los monopolios exclusivos que otorga la legislación de propiedad intelectual entra frecuentemente en contradicción con el ejercicio de otros derechos humanos tan importantes comoel derecho ala salud, ala vidayala educación, y son estos los que salen perdiendo.

Tras una aparente defensa de los derechos de los autores, los intereses empresariales suman a creadores, gobiernosyalasociedad en general al reforzamiento de las legislaciones de propiedad intelectualyasu homogeneización internacional, tomando como referente las propuestas de los países más desarrollados, con el apoyo de organismos internacionales que han respondido a estos intereses. De este modo, la cultura, el intercambio de conocimientosy
el desarrollo se ven severamente dañados.

La inclusión de normas de propiedad intelectual en los acuerdos de la OMC y en los tratados de libre comercio, constituye la última vuelta de la soga, amenazando seriamente la soberaníayla diversidad cultural de los pueblos. Al obligar a los Estados a adoptar estándares de protección muy elevados y no contar estos con posibilidades de ejercer políticas culturales de protección efectivas, se garantiza un comercio de productosy servicios culturales desigual y se ahoga el desarrollo de las expresiones culturales nacionales.

Por otra parte, el estudio de los procesos creativos en todo el mundo demuestra la falta de universalidad de muchos de los conceptos e instituciones creadas por el derecho de autor para la protección de la creación, al no reconocer, entre otros aspectos, las formas colectivas de creación y apropiación de los pueblos originarios, ola necesidadde otras formasde regulación diferentesa los monopolios exclusivos de explotación sobre los resultados creativos.El sistema vigente,al ser aplicadoa realidadesy momentos tan diferentes, soloha hecho posible, e

incluso motivado, los usos ilegítimosy el saqueo del patrimo

nio colectivo.

La creación no se protege impidiendo su difusión. Normas más rígidas no traerán como resultado mayor creatividad La tecnología pone al servicio del ser humano cada vez más medios para ello,ylas normas legales se empeñan en prohibirlo. Deben cambiar los modelos utilizados, de manera que autor y sociedad sean mutuamente favorecidosy las industrias ocupen su papel de vehículo, permitiendo el diálogo, el conocimiento de unos y otros. Para proteger la creación hay que garantizar sus espacios, estimularla, incentivarla, tenga ono éxito comercial su resultado, solo en virtud de su condición de expresión de la espiritualidad de los hombresy mujeres, de todosy cada uno de ellos en su infinita diversidad.

En los diferentes foros internacionales comienzan a hacerse evidente las contradicciones señaladasy se delinean posiciones contrarias.

Ha surgido un considerable número de iniciativas que tienen como objetivo el uso de modelos legales más permisivos, que fomentan la solidaridad y la cooperación en lugar de prohibirla.

Principios como el copyleft, las iniciativas Creative Commons, han abierto un camino al que se unen asociaciones de profesionales, intelectuales, creadores que comienzan a transformar poco a poco el escenario internacional.

Nuestros países del Sur presentan una problemática más compleja que la que pueda motivar el nuevo entorno tecnológico.

Este solo la hace más evidente. No hay estímulo a la creatividad sin alfabetización, sin desarrollo educacional, sin salud, sin la satisfacción de las necesidades más perentorias. Por otra parte, nada de esto es posible bajo el neoliberalismo, que ata de brazos a los Estados cada vez más debilitados, sin políticas públicas, especialmente en el campo de la cultura.

La Organización Mundial de la Propiedad Intelectual no ha ocupado el lugar que le corresponde, pues debería establecer como prioridades —más que el fortalecimiento del sistema vigente, propugnado por los países desarrollados y las grandes empresas, y

la capacitación de los órganos administrativosy judiciales de los Estados para que garanticen la observancia de estos—, la solución de los problemas del desarrollo, al tiempo que debería destinar recursos al financiamiento de proyectos que favorezcan la creación de una riqueza intelectual común, pensada en función de las necesidades más perentorias de la humanidad.

Teniendo en cuenta estos principios, el capítulo Cubano de la Red de Redes en Defensa de la Humanidad y el Servicio Autónomo de la Propiedad Intelectual de la República Bolivariana de Venezuela, hemos decidido proponer la construcción de la Red En Defensa de la Cultura y el Conocimiento para Todos, la cual tendrá los siguientes:

Objetivos estratégicos:

1. Conformar, en lo teórico, un pensamiento antihegemónico integrador en materiade derechos culturales e intelectuales.

2.Articularla resistencia a travésdela conexiónde personas, instituciones, medios de difusión, organizaciones y re-
des, sensibles a estas problemáticasy que permitan desarrollar la capacidad movilizativa necesaria para dar respuesta inmediata, por todas las vías posibles, a las maniobras del poder hegemónico, tanto en lo nacional como en lo internacional.

3. Articular la vigilancia sistemática en los diferentes foros internacionales (OMPI, UNESCO, OMC, Cumbre de la Sociedad de la Informacióny otros) en que se discutan los temas relacionados con los derechos culturales e intelectuales,
a finde promover posicionesy acciones comunes en defensa de los intereses de nuestros pueblos.A tales efectos, constituirnos en Observatorio Mundial.

4. Apoyar las alternativas en marcha en el ámbito de la cultura libre.

5. Aportar a la Alternativa Bolivariana para las Américas, o a otras experiencias integradoras similares que pudieran

surgir entre nuestros países del Sur, propuestas o proyectos viables que tengan como objetivo principal el fomento de relaciones culturalesy flujos de conocimientos entre nuestros países, que estimulen la creatividad de la sociedad como vía para el enriquecimiento del patrimonio cultural, educativoy espiritualde los pueblos, ala vez que favorezcan el acceso de todos a los resultados que se alcancen.

Para lograr estos objetivos estratégicos nos proponemos los si-
guientes:
Objetivos específicos:

1. Recopilar y difundir materiales de denuncia de las consecuencias que para la sociedad, y en particular para la educación, la cienciayla cultura, ha traído el régimen de propiedad intelectual vigente.

2. Recopilar y difundir artículos y estudios críticos que pongan en evidencia cómo se ha ido conformando el sistema actualy los mecanismos, algunos muy sutiles, utilizados por las transnacionales y los países desarrollados para imponer en los distintos foros la protección que necesitan sus intereses inversionistas,y que ayudena esclarecera creadoresy otros actores involucrados.

3. Recopilary difundir las alternativas surgidas, tales como los principios del copyleft, conocimiento libre, software libre, el arte libre, bibliotecas de contenidos libres, entre otras.

4. Recopilary difundir el contenido de las discusionesy las posiciones adoptadas por las transnacionalesy países del Norte, y por los defensores de los intereses sociales en los diferentes foros, entiéndase la Cumbre de la Sociedad de la Información, las discusiones en la UNESCO, los reclamos realizados a la OMPI acerca del programa para el desarrollo, las exigencias relativas ala protecciónde los conocimientosy expresiones culturales tradicionales, así como

el desarrollo de encuentros alternativos en materia de propiedad intelectual, creación de redes, observatorios, etc.

5. Promover la elaboración de artículos, ensayos, u otro tipo de investigaciones u obras que coadyuven ala conformación del pensamiento antihegemónico en materia de derechos culturales e intelectuales, así como la celebración de encuentros, talleres, foros de debate, publicacionesy acciones docentes que los divulguen.

6. Trabajar en la conformación de propuestas viables y efectivas que permitan la aplicación paulatina de experiencias alternativas de difusión culturaly del conocimiento para los nuevos modelos de integración.

Teniendo en cuenta las diferentes áreas en las que las normas vigentes de propiedad intelectual han generado contradicciones parala creación,la difusiónyparala vida cultural en general,y a fin de aportar a la conformación de un pensamiento integrador en defensadela culturay el conocimiento,la red se propone interconectara personas, instituciones, organizacionesy otras redes, que, desde puntos de vistay áreas temáticas diferentes, aportan elementos a este debate, entre los que se encuentran:

• Los defensores de la diversidad cultural: Los que abogan por la salvaguarda de las expresiones culturales de los pueblos originarios, los defensores de culturasy formas expresivas en peligro real de ser absorbidas por la cultura hegemónica, los defensores del llamado patrimonio cultural inmaterial, de formas de creación y apropiación culturales colectivas como los conocimientos tradicionales de las comunidades indígenasyla problemática de los afrodescendientes, entre otros.

• Los que cuestionan el sistema vigente a partir del desarrollo tecnológico actual, personas o grupos que consideran que el sistema se pone en crisis a partir de que la tecnología ha hecho variar las reglas del juego, ya que brinda posibilidades tanto para la creación como para la difusión, que no

pueden ni deben ser reguladas de la forma tradicional. De ahí surge el principio del copyleft y el software libre, luego el arte libre, música libre, las licencias Creative Commons y otras variantes.

• Los artistas que presencian o sustentan un cambio en las formas de crear, influido por las nuevas tecnologías pero no solo relacionado con ellas. El nacimiento de la llamada estética de la postproducción, la presencia cada vez mayor de la apropiación, la crisis del concepto de originalidad, la literatura hipermedial, la interactividad de las artes visuales en general, los retos del arte digital donde herramientas y obras preexistentes se mezclan en las nuevas creaciones, ypara quienes la rigidez de las normas actuales se está convirtiendo en un freno a su creatividad.

• La posición de promotores culturales, profesores, bibliotecarios y otros actores que claman por un mayor acceso a la información y al conocimiento en defensa de los intereses sociales, y que ven cómo las inmensas potencialidades del desarrollo tecnológico no pueden ser aprovechadas para favorecerla educaciónyla difusióndela cultura a escala social.

• Los reclamosde activistas sociales e investigadores que desde la ética abordan el tema de la apropiación del conocimiento científico yel resultadode las investigaciones, criticando aspectos tales como el secretismo, la competitividad, y cuestionan que las demandas del mercado se impongan a las verdaderas necesidades de la sociedad.

• Las posiciones de intelectuales y artistas que se oponen a la globalización cultural, ala imposiciónde una pseudocultura enlatada como resultado de someter la cultura a las normas del mercado, al tiempo que es utilizada como medio de dominación.

• Los estudiosos del derecho que claman por un Derecho de la cultura balanceado, y en el que el derecho de autor sea reconocido dentro de los derechos culturales en sus dos vertientes: como derecho otorgado al creadory como de

recho de acceso de la sociedad a los resultados creativos, tal y como aparece establecido en los instrumentos jurídicos internacionales.

• Los economistas, líderes sociales y otros actores que analizan las implicaciones de los tratados de libre comercio para los países subdesarrollados, específicamente los apartados de propiedad intelectual dirigidos impúdicamente a proteger las inversiones de las transnacionales del entretenimiento, así como las consecuencias para las culturas de nuestros pueblos del intercambio desigual de productosy servicios culturales que se genera como consecuencia de estos tratados.

• Los artistas, creadores y productores independientes que, desde modelos alternativos, cuestionan las cadenas tradicionales de producción y distribución de las transnacionales, y buscan nuevas formas de intercambio y difusión que cuenten con alternativas jurídicas.

• Cualquier otra organización, institución o persona que se opongaal pensamiento hegemónicoy que sea sensible a las limitaciones que las transnacionalesy el poder del dinero imponen a la creatividad, la cultura, el conocimiento y a los derechos culturales de los pueblos.

Si construir una red precisa de un trabajo paciente, estructurar un pensamiento nuevo acerca de las urgencias que nos convocan nos involucra a todos, más aún cuando se trata de avanzar por un sendero en el que solo vislumbramos unas pocas luces. No obstante nos impulsa el convencimiento de que el otro camino solo conduce a perpetuar la exclusión y la desigualdad que segrega y esquilma a los pueblos. Recordemos entonces a Simón Rodríguez en esta frase, tantas veces citada por el Presidente Hugo Chávez: “Inventamos o erramos”. Ya por el camino del error hemos retrocedido bastante los pueblos del Sur, al asumir como válido lo que hay de excluyente y reaccionario en el pensamiento de Norte, o al intentar, e incluso justificar un supuesto pensamiento propio a partir de sus mismas estructuras. Se trata de crear un

pensamiento nuevo, cuestionador, rebelde, que no esté atado a instituciones que esencialmente no se corresponden con la ética humanista; un pensamiento que tenga sus raíces en la sociedad de hoy y que se valide en la práctica de nuestras realidades cotidianas.

Al presentarles este documento, sus promotores hacemos un llamamientoala incorporación a esta Redde todas las personas, instituciones, organizacionesy movimientos que compartan la Declaración de principiosy los Objetivos en él expresados. De estar de acuerdo, los invitamos a difundir este proyecto por todas las vías posibles. Las adhesiones pueden remitirse a: porlacultura@icaic.cu .

Caracas, 18 de noviembre, 2005

LA POSTURA DE LA IFLA EN LA DECLARACIÓN DE GINEBRA SOBRE EL FUTURO DE LA OMPI

La Federación Internacional de Asociacionesde Bibliotecas e Instituciones (IFLA) ha firmado la Declaración de Ginebra sobre el Futuro de la OMPI, aprobada el 29 de septiembre de 2004, uniéndose así a varios cientos de organizaciones no gubernamentalesy ciudadanos.

La IFLA ha adoptado esta iniciativa porque entre sus valores básicos se incluye la “creencia en que las personas, las comunidades y las organizaciones necesitan un acceso universal y equitativoala información, a las ideasy a los trabajosde creación para lograr el bienestar social, educativo, cultural, democrático y económico”.

Además, las prioridades profesionalesdela IFLAle obligan a asumir “una doble responsabilidad, tanto respecto a los productores de propiedad intelectual como respecto a las bibliotecas como representantes de los usuarios de la información, porque garantizar y proporcionar el acceso a los productos intelectuales es fundamental para el desarrollo del conocimiento”.

A la vez que la IFLA reconoce y aplaude recientes movimientos de la OMPI que pueden dar respuesta a estos imperativos profesionales —tales como el nuevo enfoque sobre la adecuada protección del conocimiento tradicionaly las necesidades de los discapacitados para accederal conocimiento impreso,y una mayor apertura a ONGs como la IFLA que representan el interés público— la Declaración, acertadamente, advierte a la OMPI y a los estados miembros, que la OMPI, de momento, no protege y fomenta adecuadamente el equilibrio entre usuarios y propietarios, lo cual es fundamental para lograr un régimen eficaz de propiedad intelectual.

La IFLA, por tanto, espera que la Declaración fije la atención de la OMPI en una serie de importantes cuestiones que tienen graves implicaciones para la educación, las bibliotecas y otros proveedores de información.

La libertad,la prosperidady el desarrollodela sociedadyde sus individuos son valores humanos fundamentales. Se alcanzarán solamente graciasala capacidadde los ciudadanos bien informados de ejercitar sus derechos democráticos y jugar un papel activo enla sociedad.La participación constructivay el desarrollo de la democracia dependen de una educación satisfactoria así como de un acceso libre e ilimitado al conocimiento, al pensamiento, a la culturayala información.

La IFLA proclama el derecho fundamental del ser humano tanto a acceder ala información comoa expresarse sin restricciones.

La IFLA, con el apoyo de sus miembros provenientes de todos los países del mundo, defiende y promueve la libertad intelectual tal y como está expresada el la Declaración Universal de los Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas. Esta libertad intelectual incluye la riqueza del conocimiento humano, la opinión, el pensamiento creativo y la actividad intelectual.

La IFLA declara que el compromiso con la libertad intelectual es una responsabilidad esencial de los profesionales de las bibliotecasydela información a nivel mundial, explicitada en códigos éticos y demostrada a través de la práctica.

La IFLA, por tanto, insta a la OMPI a tratar, urgentemente, las siguientes cuestiones fundamentales, guiada por los principios articulados por James Boyle:

1. El desequilibrio en las leyes de propiedad intelectual El preámbulo del Tratado de la OMPI sobre Derecho de Autor manifiesta, sucintamente, “la necesidad de mantener un equilibrio entre los derechos de los autores y el más importante interés público, especialmente en lo que se refiere a la educación, la investigación y el acceso a la información, tal y como se reflejó en la Convención de Berna”.

La IFLA está totalmente a favor de esta afirmación. Sin embargo, el equilibrio se ha perdido a costa de los consumidores de información.

La IFLA, por consiguiente, insta a la OMPI a tratar las cuestiones que afectan al frágil equilibrio entre las justas demandas de los propietarios de los derechos sobre la informacióny los consumidores de la misma. De especial interés son las, siempre en expansión, cláusulas del derecho de autor, que disminuyen rápidamente el ámbito del dominio público para beneficiar a los propietarios de una pequeña minoría de trabajos que aún se están explotando comercialmente.

2. Monopolio sobrela información La monopolización de la información por parte de los propietarios de los derechos sobre la misma, lograda gracias a normas restrictivas de propiedad intelectual aplicables tanto en el entorno impreso como en el digital, ha llevado a un serio desequilibrio en su provisióny acceso, que afecta negativamente ala educación,
la investigacióny el desarrollo, no sólo en los países desarrollados sino, más específicamente, en los países en desarrollo.

Los esfuerzos para desarrollar nuevos medios de protección de bases de datos que contienen material de dominio público son especialmente inquietantes.

3. Medidas de protección tecnológica El Tratado de la OMPI sobre Derecho de Autor afirma “la necesidad de introducir normas internacionales nuevasy clarificar la interpretación de las existentes en orden a facilitar soluciones adecuadas a las cuestiones planteadas por los nuevos desarrollos económicos, sociales, culturalesy tecnológicos”. La IFLA cree que las necesidades educativas y de desarrollo no han sido suficientemente tenidas en cuenta ala horade encontrar soluciones adecuadas.

Leyes de propiedad intelectual más restrictivas, mecanismos de protección tecnológica y sistemas de bloqueo digital, así como la anulación de la aplicación del siempre admitido “uso equitativo”, debido al blindaje contractual, han creado importantes barreras al acceso a la informaciónyala promoción de la investigación y la innovación. La IFLA está especialmente preocupada porque las legítimas actividades profesionales de las bibliotecas están siendo seriamente obstaculizadas por estos procesos.

4. La brecha digital se ensancha La brecha entre los “digitalmente avanzados” y los “digitalmente pobres” continúa ensanchándose. Las sofisticadas leyes de propiedad intelectualyla transferencia tecnológica a los países en desarrollo han exacerbado, en muchos casos, los problemas relacionados con el acceso a la información y el desarrollo. Se pretende que los países en desarrollo se adhieran a unos acuerdos internacionales muy estrictos, a los cuales los países desarrollados no tuvieron que adherirse cuando se encontraban en proceso de desarrollo. La actividad tecnológica, en los países en desarrollo, consiste, principalmente, en aprender a usar, mantener, sostener y mejorar tecnologías importadas a alto precio, más que en fomentar la innovación e independencia a nivel nacional.

Las actuales normas de derecho de autor están, por consiguiente, favoreciendo la dependencia de los países en desarrollo de los países avanzados, más que salvando la brecha.

5. Los acuerdos de libre comercio La IFLA está preocupada porque algunos países desarrollados están imponiendo a otros países leyes de derecho de autor más estrictas que exceden ampliamente los requerimientos mínimos de la Convención de Berna y los Acuerdos sobre los ADPIC. Muchos países en desarrollo encuentran extremadamente difícil adherirsea los actuales acuerdos internacionales sobre propiedad intelectual. Actualmente, estos países, a cambio de estipulaciones comerciales favorables, están teniendo que adoptar regímenes de derecho de autor aún más estrictos, que están destinados al fracaso debido a su incapacidad para cumplirlos.

La IFLA, por consiguiente, instaala OMPIyalaOMCa trabajar juntas para adoptar una aproximación totalmente nuevaala propiedad intelectual a nivel internacional, teniendo en cuenta las necesidades totalmente diferentes de los países desarrolladosy los países en desarrollo. La IFLA apoya la Propuesta de Argentinay Brasil de una “Agenda de Desarrollo” en la OMPI.

Las leyes de propiedad intelectual necesitan revisarse a nivel internacional y nacional para asegurar leyes adecuadas a países en diferentes estadios de desarrollo. Estas leyes deben facilitar el acceso al conocimiento, hacer avanzar la innovación, acelerar el desarrollo y restaurar el equilibrio entre las justas demandas de los propietarios de derechos y de los consumidores.

Comité sobre el Copyright y otros asuntos legales (CLM) 28 de septiembre, 2004

Declaración de Ginebra sobre el futuro de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual

La humanidad enfrenta una crisis mundial de gobernanza del conocimiento,la tecnologíaylacultura.Esta crisisse manifiesta de diferentes maneras:

Al no tener accesoamedicamentos esenciales, millones de personas sufrenymueren;

Una desigualdad moralmente criticablede accesoala educación, al conocimientoyala tecnología socava el desarrolloylacohesión social;

Prácticas anticompetitivas enla economía del conocimiento imponen costos enormes que recaen sobre los consumidoresyretardan la innovación;

Los autores, artistas e inventores afrontan crecientes barreras para seguirle los pasosalainnovación;

La concentración dela propiedady el control del conocimiento, tecnología, recursos biológicosycultura, perjudican el desarrollo, la diversidadylas instituciones democráticas;

Las medidas tecnológicas diseñadas para poner en vigor los derechos de propiedad intelectual en medios digitales, amenazan excepciones básicas a las leyes de derecho de autor establecidas para beneficiar a personas discapacitadas, bibliotecas, educadores, autoresy consumidores,ysocavan la privacidadylibertad;

Mecanismos importantes para recompensaryapoyara los individuosycomunidades creativos son injustos, tanto para los creadores como para los consumidores;

Los intereses privados malversan los bienes socialesy

públicos,ycierranel accesoal dominio público.

Al mismo tiempo, existen innovaciones asombrosamente promisoriasen tecnologíasdela información, medicinay otras tecnologías esenciales, así como en movimientos socialesymodelosde negocio. Somos testigosde campañas altamente exitosas parael accesoamedicinas para combatir el SIDA, revistas científicas, información referente al genoma humanoyotras bases de datos, así como de cientos de esfuerzos colaborativos innovadores para crear bienes públicos, incluyendola Internet,laWorldWideWeb, laWikipedia,el CreativeCommons,GNULinuxyotrosproyectosde software libreydecódigo abierto,así comode herramientasde educaciónadistanciaydeinvestigación médica.Tecnologíastales como Google proveenadecenas de millones con poderosas herramientas para encontrar información. Se han propuesto sistemas alternativos de retribuciónpara expandirel accesoyelinterésen trabajos culturales, al mismo tiempo que se proporciona tanto a los artistas como a los consumidores sistemas eficientesyjustosde compensación.Hayun renovadointerés en reglas de responsabilidad compensatoria, premiosalainnovaciónointermediarios
competitivos, como modelosde incentivos económicos parala cienciaytecnología,
que puedan facilitarla innovación continuayevitar abusos monopólicos. En el año 2001, la Organización Mundial del Comercio (OMC) declaró que sus países miembrosdeben“promoverel acceso universalalosmedicamentos”.

La humanidad se halla en una encrucijada, una bifurcación en nuestro código moraly una prueba de nuestra

capacidadpara adaptarnos y crecer. ¿Evaluaremos, aprenderemosyaprovecharemoslo mejorde estas nuevas ideas y oportunidades, o responderemos a los menos imaginativos alegatos de suprimir todo esto en favor de una política intelectualmente débil, ideológicamente rígida y a veces brutalmente injusta e ineficiente? Mucho dependerá de la dirección futura de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), un cuerpo mundial que fija los estándares que regulan la producción, distribuciónyuso del conocimiento.

Una Convención en 1967 buscó fomentar la actividad creativa al establecer la OMPI para promover la protección de la propiedad intelectual. Su misión se amplió en 1974, cuando la OMPI pasó a ser parte de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), bajo un acuerdo que solicitaba alaOMPI tomar las “acciones apropiadas para promover la actividad intelectual creativa”yfacilitarla transferencia de tecnología a los países en vías de desarrollo, con el objetivo de “acelerar el desarrollo económico, social y cultural”.

Como una organización intergubernamental, sin embargo, la OMPI adoptó una cultura de creaciónyexpansión de los privilegios monopólicos, a menudo sin considerar las consecuencias.La continua expansiónde estos privilegios yde sus mecanismos de ejecución nos ha conducido a graves costos socialesyeconómicos,ha obstaculizadoy amenazado otros importantes sistemas de creatividad e innovación.La OMPI necesita capacitara sus miembros para que entiendan las consecuencias socialesy económicas reales de una excesiva protección de la

propiedad intelectual y la importancia de alcanzar un balance entreel dominio públicoylacompetencia,porun lado,ylaesferadelos derechosde propiedad,porel otro.

Las doctrinasde“másesmejor”o“lopoconuncaesbueno” son falsasypeligrosas,han comprometido seriamentela posición de la OMPI, especialmente entre los expertos en políticas de propiedad intelectual. La OMPI debe cambiar.

No pedimos que la OMPI abandone sus esfuerzos para la promoción de una adecuada protección de la propiedad intelectualoabandonetodoslos esfuerzospara armonizar ymejorar estas leyes. Pero insistimosen que la OMPI trabaje desde el marco más amplio descrito en el acuerdo de 1974 con la ONU y se decida por una visión más balanceadayrealistade los beneficiosycostos sociales de los derechos de propiedad intelectual como una herramienta, pero no como la herramienta única, para apoyar la actividad intelectual creativa.

La OMPI debe además expresar una visión más equilibrada de los beneficios relativos de la armonización yladiversidad,ytratar de imponer una obediencia mundial sólo cuando ésta beneficie realmenteatodala humanidad.

Un enfoque en el que se impone las mismas políticas a todos los paísesyque implica los más altos niveles de protección de la propiedad intelectual para todos, nos conducearesultados injustosyagobiantes para los países que luchan por cubrir las necesidades más básicas de sus ciudadanos.

A la Asamblea General de la OMPI se le ha pedido establecer una agenda de desarrollo. La propuesta inicial,

puestaa consideraciónporlos gobiernosde Argentinay Brasil, podría reformar profundamente la agenda de la OMPI haciael desarrolloynuevos enfoquesque apoyenla innovaciónyla creatividad. Este es un primer paso largamente esperadoynecesario hacia una nueva misión y programa de trabajo de la OMPI. No es perfecto. La ConvencióndelaOMPI debería reconocer formalmenteque es necesario tener en cuenta las “necesidades de desarrollo de sus Estados miembros, particularmente los países en vías de desarrollo y los países menos desarrollados,” como se había propuesto, pero esto no es suficiente. Algunos han argumentado que la OMPI debe sólo “promoverla proteccióndela propiedad intelectual”,y no considerar política alguna que revierta los títulos de propiedad intelectual oque protejaymejoreel dominio público. Esta visión limitante reprimeel pensamiento crítico.

Mejores formasde expresarla misión pueden encontrarse, incluso de aquella condición del acuerdo de 1974 ONU/ OMPI de que la OMPI “promueva la actividad intelectual creativay facilite la transferencia de la tecnología relacionada con la propiedad industrial”. Las funciones de la OMPI no sólo deben ser las de promover “la protección eficiente”yla “armonización” de las leyes de propiedad intelectual, sino que deben acoger formalmente las nocionesde equilibrio, adecuaciónyestimulaciónde los modelos competitivosy colaborativos de actividad creadora dentro de los sistemas de innovación nacionales, regionalesytransnacionales.

La propuesta para elaborar una agenda de desarrollo ha creado la primera oportunidad real para debatir el futuro de la OMPI. No solamente es una agenda para los países

en víasde desarrollo.Es una agenda para todos, Nortey Sur.Debeirhacia adelante.Todaslas nacionesypersonas deben unirseyexpandir el debate sobre el futuro de la OMPI.

Debe haber una moratoria sobre nuevos tratados y la armonizaciónde estándaresque expandenyrefuerzanlos monopoliosy que luego restringen el acceso al conocimiento. Por generaciones la OMPI ha respondido primordialmente a las estrechas preocupaciones de poderosas editoriales, empresas farmacéuticas, productoresde vegetalesyotros intereses comerciales.

Recientemente la OMPI se ha vuelto más abierta a la sociedad civily a los gruposde interés público,ydicha apertura es bienvenida. Pero la OMPI debe ahora abordar las preocupaciones substantivas de estos grupos, tales comola proteccióndelos derechosdel consumidorylos derechos humanos.Sedebedar prioridad entoncesalas largamente desatendidas preocupaciones por los pobres, enfermos, discapacitados visuales, entre otros.

La agendade desarrollo propuesta apuntaala dirección correcta. Al detener sus esfuerzos por adoptar nuevos tratados sobre leyes de patentes substantivas, derechos de los que producen mediosybases de datos, la OMPI creará un espacio para atender necesidades muchísimo más urgentes.

Las propuestas para la creación de comités permanentes y grupos de trabajo en transferencia de tecnología y desarrollo son bienvenidas. La OMPI debería además considerar la creación de uno o más cuerpos que

sistemáticamente se ocupen del control de prácticas no competitivas y de la protección de los derechos del consumidor.

Apoyamos el llamado a un Tratado para el Acceso al ConocimientoylaTecnología.El Comité Permanentede PatentesyelComité Permanentede DerechosdeAutory Derechos Conexos deben solicitar las opiniones de los países miembrosydel público respectoa los elementos de dicho tratado.

Los programas de asistencia técnica de la OMPI deben ser fundamentalmente reformados. Los países en vías de desarrollo deben tener herramientas para implementar la Declaración de Doha de la OMC sobre Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC)ySalud Pública,y“usar al máximo” las flexibilidadesde los ADPICpara “promoverel accesoa las medicinas para todos”. La OMPI debe ayudar a los países en víasde desarrolloa abordar las limitacionesy excepciones en las leyes de patentesyderechos de autor que son esenciales para la equidad, el desarrollo y la innovación. Si la Secretaría de la OMPI no puede entender las preocupaciones y representar los intereses de los pobres, el programa de asistencia técnica debe ser trasladado,ensu totalidad,auncuerpo independienteque sea responsable ante los países en vías de desarrollo.

Las enormes diferencias en la capacidad de negociación conducena resultados injustos entre individuosy comunidades creativas (tanto modernas como tradicionales) y las entidades comerciales que venden

culturayconocimiento como bienes.La OMPI debe honrar y apoyar a los individuos y comunidades creativas investigando la naturaleza de prácticas comerciales injustas, y promover modelos de buenas prácticas y reformas que protejan a los individuosy comunidades creativas en esas situaciones, consistentes con las normas de las comunidades pertinentes.

Selehapedidoalas delegacionesque representanalos Estados miembrosdelaOMPIyalaSecretaríadelaOMPI que escojanun futuro. Queremosun cambioenladirección, nuevas prioridadesy mejores resultados para la humanidad.No podemos esperaraque esto sucedaenla siguiente generación. Es tiempo de tomar al toro por las astasyavanzar.

* Traducción del documento, del inglés al castellano: Sofía Beltrán (UNVolunteers)yPhol Páucar (Cuzco, Perú).

CPSR-Perú http://peru.cpsr.org

OMPI

ORIGINAL:Inglés FECHA: 27 de agosto de 2004

ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL

GINEBRA

ASAMBLEA GENERALDELA OMPI Trigésimo primer período de sesiones (15o extraordinario) Ginebra, 27 de septiembrea5de octubre de 2004

PROPUESTADEARGENTINAYBRASILPARA ESTABLECERUN PROGRAMADELAOMPIPARAEL DESARROLLO

Documento preparado por la Secretaría

1. En una comunicación con fecha 26 de agosto de 2004, la Secretaría recibióuna propuesta oficialdeArgentinayBrasil relativa al establecimientodeun nuevo programaparael desarrolloenla OMPI,enlaquese solicitaque dicha propuestase distribuyay añada al orden del día del presente período de sesiones de la Asamblea GeneraldelaOMPI,de conformidadconlaRegla5.4) del Reglamento GeneraldelaOMPI.

2. La propuesta mencionada figura en el Anexo del presente documento.

3.Se invitaala Asamblea Generala comentarlapropuesta que figuraenel Anexodelpresente documentoyadecidirqué medidas han de adoptarse.

ANEXO

I. EL DESARROLLO, IMPORTANTÍSIMO DESAFÍO QUE SE PLANTEA A LA COMUNIDAD INTERNACIONAL Enlos alboresdel nuevo milenio,el desarrollosigue siendo sinlugaradudasunodelos desafíosmás complejosalos que debe hacer frente la comunidad internacional. La importancia que reviste este desafío ha sido ampliamente corroborada en diversos foros internacionales del más alto nivel. Las Naciones Unidas han adoptado los Objetivos de Desarrollo del Milenio, que recogen la firme voluntad de la comunidad internacionalde hacer frentealos problemas acuciantes que padecen los países en desarrolloylos PMA.

El Programa de Acción en favor de los Países Menos Adelantados para el Decenio 2001-2010, el Consenso de Monterrey, la Declaración de Johannesburgo sobre el Desarrollo SostenibleyelPlandeAcción aprobadosenla Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible, la Declaraciónde PrincipiosyelPlandeAccióndelaprimera fase de la Cumbre Mundial sobre la Sociedad de la Informacióny, más recientemente, el Consenso de São Paulo adoptado durante la undécima sesión de la UNCTAD, señalan el desarrollo como una preocupación primordialentornoalacualgirantodasestas actividades.

Lo mismo ha sucedido durante la actual ronda de negociaciones comerciales multilaterales de Doha (con el “Programa de Doha para el Desarrollo”) iniciada tras la cuarta Conferencia Ministerial de la Organización Mundial del Comercio (OMC), en noviembre de 2001.

II.LADIMENSIÓNDEDESARROLLOYLAPROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL La innovación tecnológica, la cienciaylaactividad creativa en general se reconocen apropiadamente como fuentes importantesde progreso materialybienestar.Sin embargo, pesealas promesasyalos importantes avances científicos ytecnológicos del sigloXXyprincipios del siglo XXI, las naciones ricasylas pobres siguen separadas en muchos aspectos por las significativas disparidades existentes en materiade conocimientosyporla “brecha digital”.

Dado este contexto, en los últimos años se ha debatido mucho acerca de la incidencia de la propiedad intelectual.

La protección de la propiedad intelectual se considera una herramienta parala promocióndela innovación tecnológica ylatransferenciayladifusiónde tecnología.Sin embargo, no pueden contemplarse como un fin en sí mismas la protección de la propiedad intelectual ni la armonización de la legislación sobre propiedad intelectual, cuyo fin es aumentar las normas de protección en todos los países independientemente de su nivel de desarrollo.

El papeldela propiedad intelectualy su incidencia enel desarrollo deben evaluarse de manera cautelosa y en función de cada caso. La protección de la propiedad intelectual es un instrumento de política que en la práctica puede generar beneficiosycostos variables en función del nivel de desarrollo de cada país. De ahí que sea necesario tomar medidas en todos los países para garantizar que los costos no superen los beneficios que ofrece la protección de la propiedad intelectual.

En ese sentido, la adopción de la Declaración de Doha relativa al Acuerdo sobre los ADPICyla salud pública durante la cuarta Conferencia Ministerial de la OMC representó un acontecimiento capital. En ella se reconoce que el Acuerdo sobre los ADPIC, en su calidad de instrumento internacional parala proteccióndelapropiedad intelectual, debería usarseen beneficiodetodoslos países, sin obstaculizar el cumplimiento de los objetivos de salud pública de ninguno de ellos.

A escala internacional, se reconoce cada vez más la necesidad de incorporar la “dimensión de desarrollo” en las políticas relacionadas conla proteccióndela propiedad intelectual. La OMC también ha hecho una referencia explícitaala necesidadde tener debidamenteen cuenta la dimensión de desarrollo en el párrafo 19 de la Declaración Ministerial de Doha, que asigna al Consejo de los ADPIC un mandato en el marco del Programa de Doha para el Desarrollo.

III. INCORPORARLADIMENSIÓNDEL DESARROLLOEN LAS ACTIVIDADES DE LA OMPI Como miembro del sistema de las Naciones Unidas, la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) debe guiarse plenamente por los amplios objetivos de desarrollo que se han fijado las Naciones Unidas, en particular,enelmarcodelos Objetivosde Desarrollodel Milenio. Las preocupaciones existentes en relación con el desarrollo deberían ocupar un lugar esencial en las actividades de la OMPI. De ahí que el papel de la OMPI no deba limitarse a promover la protección de la propiedad

intelectual.

De hecho,el mandatodela OMPI conlleva indudablemente tener en cuenta los amplios compromisosyresoluciones en materia de desarrollo contraídos por todo el sistema de las Naciones Unidas.Noobstante, también cabe considerar la posibilidad de modificar el Convenio de la OMPI (1967) para que garantice definitivamente la inclusión de la “dimensión de desarrollo” como elemento fundamental del programa de trabajo de la Organización.

Hacemos por lo tanto un llamamiento a la Asamblea General de la OMPI para que tome inmediatamente las medidas necesariasafinde incorporarun “Programapara el desarrollo”enel programade trabajodela Organización.

IV.LADIMENSIÓNDE DESARROLLOYLACREACIÓN DE NORMAS DE PROPIEDAD INTELECTUAL: SALVAGUARDAR LA FLEXIBILIDAD NECESARIAENARAS DEL INTERÉS PÚBLICO Actualmente, los distintos comités técnicos de la OMPI llevan a cabo actividades de creación de normas. En relación con alguna de estas actividades, los países en desarrolloy los PMA tienen que adoptar normas de protección de la propiedad intelectual que van mucho más allá de las obligaciones dimanantes del Acuerdo sobre los ADPIC de la OMC, siendo países que todavía luchan por aplicar las disposiciones de ese Acuerdo mediante procesos costosos.

Especialmente preocupantes son los debates que

actualmentese están celebrandoenel Comité Permanente sobre el Derecho de Patentes (SCP) en torno al proyecto de Tratado sobre el Derecho Sustantivo de Patentes (SPLT). El tratado propuesto aumentaría de forma considerable las normas de protección por patente, creando nuevas obligaciones de muy difícil aplicación en los países en desarrollo. Durante los debates, los países en desarrollo han presentado enmiendas para mejorar el proyecto de SPLTcon el fin de adecuarlo al interés público yalas necesidadesde desarrollo específicasdelos países en desarrollo.

En los debates del SCP debe introducirse cuanto antes el examen de la dimensión de desarrollo de la propiedad intelectual. Si han de proseguir los debates relativos al SPLT,éstos deberán basarse en el conjunto del proyecto de tratado, con inclusión de las enmiendas presentadas por lospaíses en desarrollo. Además, los miembros deben obrar por un resultado que dé cuenta inequívocamente de la flexibilidad necesaria en aras del interés públicoyabogar porel mantenimientode dicha flexibilidadydeunmargen de maniobra para los Estados miembros en materia de políticas. Las disposiciones relativas a los “objetivosy principios”,enlasquese reflejael contenidodelos Artículos 7 y 8 del Acuerdo sobre los ADPIC, deberían quedar incluidasenelSPLTyen otros tratadosque actualmente son objeto de debate en la OMPI.

Si bienel acceso ala informacióny el intercambiode conocimientos se consideran elementos esenciales para el fomentodela innovaciónylacreatividadenla economía de la información, toda nueva norma de protección de la

propiedad intelectual que se aplique al entorno digital obstaculizaríael libre flujodela informaciónysabotearía los esfuerzos desplegados con vistas a nuevos arreglos de promocióndela innovaciónylacreatividad, plasmados en iniciativastales como “Creative Commons”.También es especialmente preocupante la polémica sobre el uso de medidas tecnológicas de protección en el entorno digital.

Las disposiciones de los tratados que versan sobre estos temas deberán equilibrarse para tener claramente en cuentalos interesesdelos consumidoresyelpúblicoen general. Es importante que se respeten las excepcionesy limitaciones existentes en el marco de la legislación nacional de los Estados miembros.

Para aprovechar el potencial de desarrollo que ofrece el entorno digital es necesario tener en cuenta los modelos de acceso abierto parala promocióndela innovaciónyla creatividad. En ese sentido, la OMPI debería considerar la posibilidad de iniciar actividades para sondear las prometedoras perspectivas que ofrecen ciertos proyectos de colaboración abierta con vistas al desarrollo de bienes públicos, tales comoel Proyecto del Genoma Humanoy los programas informáticos de código abierto.

Por último, deberían estudiarse diversas disposiciones de la propuestadeTratado sobre la Protección de los Organismos de Radiodifusión sometida a consideración del Comité Permanentede Derechode AutoryDerechos Conexos, para evaluar sus potenciales implicaciones en materiade desarrolloytener presenteslos interesesde

los consumidoresydel público en general.

V. LA DIMENSIÓN DE DESARROLLOYLA TRANSFERENCIA DE TECNOLOGÍA Talcomo queda estipulado en los Artículos7y8delAcuerdo sobre los ADPIC, la transferencia de tecnología es un objetivo que las medidas de protección de la propiedad intelectual deben apoyarynomenoscabar. Sin embargo, muchosdelospaísesen desarrolloyPMAquehan contraído obligaciones muy estrictas en materia de propiedad intelectual en los últimos años no disponen de la infraestructuraylacapacidad institucional necesarias para asimilar tecnología.

La existencia de buenos sistemas de protección de la propiedad intelectual, incluso en los países en desarrollo con capacidadde asimilación tecnológica,nohan permitido impulsar la transferencia de tecnología por medio de la inversión extranjera directaylaconcesiónde licencias.En efecto, son necesarias medidas correctivas que compensen la incapacidad de los acuerdos y tratados existentes sobre propiedad intelectual de promover una auténtica transferencia de tecnología hacia los países en desarrolloylos PMA.

En ese sentido, se podría crear un nuevo órgano subsidiario en la OMPI para considerar qué medidas deben tomarse para que el sistema de propiedad intelectual garantice una transferencia eficaz de tecnología hacia los países en desarrollo,talycomoyaseha hechoen otros foros como laOMCylaUNCTAD. Entre otras medidas, consideramos especialmente interesante la creación de un régimen

internacional en virtud del cual se promueva el acceso por parte de los países en desarrollo a los resultados de investigaciones financiadas con fondos públicos en los países desarrollados. Un régimen de ese tipo podría materializarse en unTratado sobreel Acceso a los ConocimientosylaTecnología.Tambiénes fundamentalla inclusión de disposiciones claras sobre la transferencia de tecnología en los tratados que actualmente se están negociando en la OMPI.

VI. LA DIMENSIÓN DE DESARROLLOYLA OBSERVANCIA DE LOS DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL La observancia de los derechos de propiedad intelectual también debería considerarse desde el punto de vista más ampliodelos intereses generalesdela sociedadydelos objetivosdedesarrollo, conformealoseñaladoenelArtículo 7delAcuerdodelosADPIC. Debería protegerseel derecho de los países a cumplir sus obligaciones internacionales en concordancia con su propio ordenamientoypráctica jurídicos,comoprevé claramenteelArtículo1.1delAcuerdo sobre los ADPIC.

Al establecer el Comité Asesor sobre Observancia (ACE) en 2002, la Asamblea General de la OMPI dejó claro que no deseabairmásalláen materiade observanciadeloya dispuesto en el Acuerdo sobre los ADPIC y decidió deliberadamente excluir el establecimiento de normas del mandato del Comité.Al emprender este comité toda futura labor con arreglo a su mandato, debe proceder con un enfoque equilibradoala horade examinarel temadela observancia de los derechos de propiedad intelectual. El

ACE no puede contemplar la cuestión de la observancia exclusivamente desde el punto de vista de los titulares de derechos, ni limitar sus debates a la lucha contra la infracción de los derechos de propiedad intelectual.

Si bien esos debates son importantes, el ACE también debe considerarlamejor formadegarantizarlaobservancia de todas las disposiciones relacionadas con el Acuerdo de los ADPIC, con inclusión de las disposiciones que imponen obligacionesalos propios titularesde derechos.

Debe prestarse especial atención a la necesidad de garantizar procedimientos de observancia justosy equitativosquenodenlugaraprácticas abusivasporparte de los titulares de derechos que puedan obstaculizar indebidamente la competencia legítima. Cabe resaltar al respecto que el Artículo8del Acuerdo sobre los ADPIC señala que pueden resultar necesarias ciertas medidas correctivas para poner freno a prácticas susceptibles de afectar negativamente al comercioyala transferencia internacionalde tecnología.También debe tenerse presente la disposición del Artículo 40 del Acuerdo sobre los ADPIC en la que se abordan las prácticas anticompetitivas en las licencias contractuales. Todas estas disposiciones del Acuerdo sobre los ADPIC deberían ser incorporadas adecuadamente en el marco de la OMPI.

VII. PROMOCIÓN DE UNA COOPERACIÓNY ASISTENCIA TÉCNICA “ORIENTADAS HACIA EL DESARROLLO” LaOMPIesel principal proveedor multilateralde asistencia técnica en el ámbito de la propiedad intelectual. De

conformidad con elAcuerdo firmado con la OMC en 1995, desempeñaun importantepapelalahorade proporcionar asistencia técnica a los países en desarrollo en relación con la aplicación del Acuerdo sobre los ADPIC. En su calidad de organismo especializado de las Naciones Unidas, la OMPI tiene la obligación de garantizar la orientación de sus actividades de cooperación técnica hacia la puesta en práctica de todos los objetivos de desarrollo pertinentes de las Naciones Unidas, que no se limitan al mero desarrollo económico. Estas actividades también deben mantener una coherencia absoluta con los requisitos establecidos para las actividades de las Naciones Unidas en este campo, es decir, deberán ser neutrales, imparcialesyobedecerauna demanda.

Los programas de cooperación técnica en materia de propiedad intelectual deberían ampliarse considerablementey mejorar su calidad. Esto es importante para garantizar que el costo de proteger la propiedad intelectual no sea mayor que los beneficios que ésta ofrece. En ese sentido, los regímenes nacionales creados para cumplir las obligaciones internacionales deben ser sostenibles desde el punto de vista administrativo y no sobrecargar los escasos recursos nacionales que pueden ser empleados de manera más productiva en otros campos. Asimismo, la cooperación técnica debería permitir que los costos sociales de la protección de la propiedad intelectual se mantengan en unos niveles mínimos.

Enel marcodela asistencia jurídicadelaOMPIse debería velarporquelalegislación nacionalde propiedad intelectual

decadapaísseadapteasunivelde desarrolloyresponda plenamentealas necesidadesyproblemas específicosde cada sociedad.También debería ayudara lospaíses en desarrollo a sacar el máximo provecho de la flexibilidad que ofrecen los acuerdos existentes en materia de propiedad intelectual, en particular, con vistasala promociónde objetivos importantesen materiade políticas públicas.

VIII. UNA ORGANIZACIÓNATENTAA LAS NECESIDADES DE SUS MIEMBROSYDISPUESTAA CONSIDERAR LAS PREOCUPACIONES DE TODAS LAS PARTES INTERESADAS, EN PARTICULAR, LA SOCIEDAD CIVIL.

Un sistema equilibrado de protección de la propiedad intelectual debería estar al servicio de todos los sectores dela sociedad. Dadaslas implicaciones considerablesque tiene la propiedad intelectual en el ámbito de las políticas públicas, es esencial que participe una gran variedad de partes interesadas en los debates sobre la propiedad intelectual, así como en todas las actividades de creación de normas, tantoanivel nacional como internacional.

En la OMPI se emplea actualmente el término ONG al hablar tanto de las ONG de interés público tanto como de las organizacionesde usuarios. Esto crea confusionesy no parece guardar coherencia con la práctica existente en las Naciones Unidas, aplicada en la mayoría de sus organismos especializados. De ahí que sea necesario tomar medidas adecuadasenlaOMPIpara estableceruna distinción entre las organizaciones de usuarios, que representan los intereses de los titulares de derechos de propiedad intelectual,y las ONG, que defienden los intereses del público.

Posteriormente,la OMPI debería fomentarla participación activadelas organizacionesno gubernamentalesdeinterés público en sus órganos subsidiarios para lograr que en la creaciónde normativasla posicióndelos productoresyla de los usuarios queden adecuadamente equilibradas de manera que se satisfagan las expectativas de interés público.

IX. CONCLUSIÓN Promover los beneficios absolutos derivados de la protección de la propiedad intelectual sin reconocer las preocupaciones existentesen materiade políticas públicas sería ofrecer una visión que mina la credibilidad del propio sistema de propiedad intelectual. Sin embargo, si se integra la dimensión de desarrollo en el sistema de propiedad intelectualy en las actividades de la OMPI, aumentarán la credibilidad del sistema de propiedad intelectualysuaceptaciónagran escala como herramienta fundamental para promover la innovación, la creatividady el desarrollo. [Sigue elApéndice] APÉNDICE CUESTIONES Y MEDIDAS QUE HAN DE CONSIDERARSE Sin perjuicio de iniciativas ulteriores, las siguientes propuestas, entre otras, podrían ser consideradas por la Asamblea Generalala horade establecerel propuesto “Programa de la OMPI para el Desarrollo”.

1) Adopción de una declaración de alto nivel sobre la propiedad intelectualyeldesarrolloLa Declaración podríaseradoptadaporlapropiaAsamblea General

o en una conferencia internacional convocada especialmente para tratar cuestiones de propiedad intelectualydesarrollo. En la Declaración deberían señalarse las preocupaciones planteadas por los Estados miembros de la OMPIypor el conjunto de la comunidad internacional en relación con el desarrollo.

2)Modificación del Convenio de la OMPI Con el fin de garantizar la debida incorporación de la dimensiónde desarrolloenlas actividadesdelaOMPI,los Estados miembros podrían considerar la posibilidad de modificar el Convenio que establece la Organización Mundialdela Propiedad Intelectual (1967).La modificación permitiría incluir plenamente la dimensión de desarrollo en los objetivosyfunciones de la OMPI. Puesto que en el Artículo4(“Funciones”)del ConveniodelaOMPIsecitael Artículo3 (“Objetivos”),elapartadoi) del Artículo3 del Convenio de la OMPI podría modificarse de la siguiente forma:

“i) fomentar la protección de la propiedad intelectual en todo el mundo mediante la cooperación de los Estados, en colaboración, cuando así proceda, con cualquier otra organización internacional, teniendo debidamente en cuenta las necesidades de desarrollo de sus Estados miembros, enparticular, lospaíses en desarrolloy los países menos adelantados”.

3)Tratados objetode negociación En los tratados que actualmente se están negociando en la OMPI, como el SPLT,se deberían incluir disposiciones relativasala transferencia de tecnología, las prácticas anticompetitivas y el mantenimiento de la flexibilidad necesaria en aras del interés público. Además, en dichos tratados se deberían incluir cláusulas específicas sobre principiosyobjetivos. El texto de los Artículos7y8del Acuerdo sobrelosADPICesunbuenpuntodepartida,si biendebe recordarsequelos tratadosdelaOMPIno tratan expresamente de “cuestiones relacionadas con el comercio”.

4)Cooperación técnica Instamosal Comitédel ProgramayPresupuestoaque,en sus próximas sesiones, establezca programasyplanes plurianualesycoherentes de cooperación entre la OMPIy los países en desarrollo con el fin de fortalecer las oficinas nacionales de propiedad intelectual y convertirlas en elementos eficaces de las políticas nacionales de desarrollo. Asimismo, esos programas deberían basarse enlos principiosyobjetivos reseñadosenel epígrafeVIII del presente documento.

5)La propiedad intelectualylatransferenciade tecnología Proponemos que se cree un Comité Permanente de Propiedad IntelectualyTransferenciadeTecnologíaenel quese consideren medidas encaminadasaasegurar una transferencia eficaz de la tecnología hacia los países en desarrolloylos PMA.

6)Seminario internacional conjunto OMPI-OMC-UNCTAD sobre propiedad intelectualydesarrollo

La OMPI podría organizar un seminario internacional conjuntamente con la OMCy la UNCTAD sobre propiedad intelectualy desarrollo, contando con laparticipación activa de todas laspartes interesadas, incluidos las ONG de interés público, la sociedad civily el mundo académico.

7) Participación de la sociedad civil La OMPI debe tomar las medidas apropiadas para lograr la amplia participación de la sociedad civil en las actividades de la OMPIy modificar la terminología empleadapara referirsealas ONG.

8)GrupodeTrabajo sobreel Programaparael Desarrollo Sin prejuicio de las propuestas anteriores, podría crearse un Grupo deTrabajo sobre el Programapara el Desarrollo en el que se seguiría debatiendo la puesta en práctica del Programa para el Desarrollo yla ejecución de los programas de trabajo de la Organización en este campo, afin de presentar un informe en la cuadragésima primera serie de reuniones de las Asambleas de los Estados miembros de la OMPI.


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