BIBLIOTECA VIRTUAL de Derecho, Economía y Ciencias Sociales

DETERMINANTES DEL ANÁLISIS Y DISEÑO ORGANIZACIONAL

Grupo de Investigación AdGeO




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6.7. ANÁLISIS DEL EVENTO CRÍTICO

Las políticas y estrategias del nuevo gobierno, no iban encaminadas propiamente a la sostenibilidad de una organización que nació con vacios.

La ley 90 de 1946 en su artículo 16, el cual fue sustituido por el artículo 2 del decreto legislativo 3859 de 1949, adopto el sistema tradicional de contribución obligatoria y tripartita de los asegurados, de los patrones, y del estado, de la siguiente manera: 50% por parte de los patrones, 25% por parte del trabajador y 25% por parte del estado, del monto de los salario asignados. Pero el decreto 433 de 1971 solo obligaba al estado a pagar aportes fijos y no en la misma proporción de los trabajadores. El artículo 31, literal c), del decreto en comento, decía así: “El estado contribuirá al financiamiento de los seguros sociales mediante un aporte anual que se señalará en los presupuestos de renta y gasto de la Nación, en proporción al costo total de las prestaciones y servicios de aquellos. El aporte del estado se aplicará a incrementar los fondos de solidaridad destinados a contribuir al financiamiento de las prestaciones y servicios de los seguros sociales en beneficio de los sectores de la población y de las zonas económicamente activas más débiles del país. El aporte anual del estado para los programas de los seguros sociales no podrá ser inferior a una cuarta parte del costo anual global de las prestaciones y servicios otorgados por el Instituto Colombiano de los Seguros Sociales”. Esta norma sufrió diversas modificaciones como la contemplada en la por el decreto ley 1935 de 1973. Al parecer este aporte por parte del estado no se cumplió en su totalidad, queriendo decir esto que la institución trabajó solo con el 75% de los aportes que la ley 90 contemplaba , en virtud de que el gobierno se autoeximió de seguir contribuyendo con los aportes y rompió el tripartismo con que se había generado el ISS y que le daba la posibilidad de éxito entonces

A esta situación se le suma el hecho de las diversas modificaciones que sufren las normas con el propósito de cumplir con las condiciones que exige la ley 100 de 1993, entre ellas la cobertura familiar.

En el 2001 se llegó a un nuevo pacto tripartito para salvar el Seguro Social, donde los trabajadores aportaron $ 168 mil millones, renunciando a la retroactividad de sus cesantías, equivalente a un proceso de diez años, en un billón 800 mil millones, a cambio de que el Gobierno Nacional se encargara de mejorar el sistema de información y asumir la carga pensional. La tarea sería fácil: dejar de tener politiqueras (el cual fue un problema latente en la institución desde su creación) y nombrar las personas por mérito

En 2002 con la entrada en vigencia de la Ley 975 se congela la planta de personal de las empresas del estado, esto quiere decir que las vacantes que surgían no eran remplazadas y por el contrario desaparecían de la estructura organizacional.

Pero es a partir del 2003 cuando realmente empieza la decadencia del ISS, por medio de unos estudios técnicos realizados por el gobierno nacional se pudo establecer que la institución no era viable, por varias razones; entre ellas el alto consto de la convención colectiva de trabajadores, las reservas no alcanzarían sino hasta cierto periodo y el gobierno nacional deberá girar del presupuesto de la nación unos recursos para responder a los aproximadamente 500.000 pensionados.

El primer paso fue escindir la EPS de las IPS. Mediante el decreto 1750 de 2003, y se crean unas empresas sociales del estado, que ya no dependen el ISS, con ellas se van la mayoría de los Trabajadores (13.000 aprx) que dependían de la EPS y las condiciones laborales de ellos cambian de manera sustancial; posteriormente el gobierno Nacional Ordena la liquidación de cada una de ella.

“ESCISIÓN Y CREACIÓN

ARTÍCULO 1. ESCISIÓN. Escíndase del Instituto de Seguros Sociales la Vicepresidencia de Prestación de Servicios de Salud, todas las Clínicas y todos los Centros de Atención Ambulatoria.

ARTÍCULO 2. CREACIÓN DE EMPRESAS SOCIALES DEL ESTADO. Créanse las siguientes Empresas Sociales del Estado, que constituyen una categoría especial de entidad pública descentralizada del nivel nacional, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio propio, adscritas al Ministerio de la Protección Social, y cuyas denominaciones son:

1. Empresa Social del Estado Rafael Uribe Uribe;

2. Empresa Social del Estado José Prudencio Padilla;

3. Empresa Social del Estado Antonio Nariño;

4. Empresa Social del Estado Luis Carlos Galán Sarmiento;

5. Empresa Social del Estado Policarpa Salavarrieta;

6. Empresa Social del Estado Francisco de Paula Santander; y,

7. Empresa Social del Estado Rita Arango Alvarez del Pino.” ( Dto. 1750-2003)

Las unidades de negocio del ISS, Salud, Pensión y Riesgos profesiones, hasta entonces estaban conformadas de la siguiente manera:

Salud: Los servicios de salud eran ofrecidos a través de 234 Centros de Atención Ambulatoria que prestaban el primer nivel de atención (servicios de baja complejidad) y 37 Instituciones prestadoras de servicios de salud IPS que ofrecían servicios de alta complejidad.

En un año podían atender alrededor de 30 millones de consultas y unas 700.00 cirugías y partos.

Riesgos Laborales: La administradora de riesgos profesionales contaba con 37 centros de atención de salud ocupacional – CASO y 26 centros de atención al usuario _ CAU.

Compraba servicios médicos asistenciales a otras instituciones por valor de $ 600.000 millones y anualmente adquiría en medicamentos un valor aproximado de $ 201.000 millones, a precios del año 2000.

Los servicios médicos asistenciales para tratamiento y rehabilitación de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales en 1990 costaron $ 195216 millones. Al 30 de diciembre de 2001 la entidad contaba con 26.340 pensionados por invalidez o sustitución. En la misma época las mesadas correspondientes a riesgos profesionales tenían un costo de $ 6500 millones mensuales. Para el año 2000 la cifra ascendía a $ 93.346 millones, en este m ismo año la ARP canceló por concepto de auxilios funerarios $ 353 millones. ( Fuente Biblioteca ISS).

Planta de personal a 31 de diciembre de 2001, estaba compuesta por 36.000 colaboradores aproximadamente, de los cuales 22.000 eran de planta y 14.000 de contratación civil.

Cobertura:

Hacia presencia en 28 departamentos de los 35 que tiene el país.


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