BIBLIOTECA VIRTUAL de Derecho, Economía y Ciencias Sociales

INTEGRACIÓN. TEORÍA Y PROCESOS. BOLIVIA Y LA INTEGRACIÓN

Alberto Solares Gaite




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2. LA INTEGRACIÓN EN LAS RELACIONES INTERNACIONALES

La conformación de esquemas regionales motivados por el propósito de lograr mercados más amplios, como una mejor base de su desarrollo recíproco y una mejor inserción internacional, incidió en las relaciones internacionales, creando una nueva constelación de conceptos, objetivos y proyecciones para un desarrollo internacional comunitario, que superó muchos conceptos del Derecho Internacional, promoviendo la unificación de grupos de países en torno a objetivos y esfuerzos comunes y perfilándose como un germen de nuevas y más superadas formas de relación, reflejadas en instituciones y mecanismos que configuraron una nueva forma de organización internacional.

Pueden ser varias y diversas las motivaciones que dieron lugar a la emergencia de los procesos de integración pero, generalmente, las razones primarias de los mismos coinciden, en lo económico, en la necesidad de liberalizar el intercambio recíproco para la ampliación de los mercados regionales que sustenten economías de escala e índices adecuados de crecimiento industrial y, en lo político, en la necesidad de fortalecer la capacidad de negociación conjunta, mejorar la inserción internacional y encajar en las tendencias de regionalización o formación de bloques frente a una economía mundial en plena expansión.

Al final de la década de los años cuarenta (1947) se establece el GATT, cuya cláusula de oro fue la institucionalización universal de la Cláusula de la Nación Más Favorecida (CNMF) para lograr un comercio internacional despojado de toda discriminación. Sin embargo el Acuerdo creó algunas excepciones al principio de la Cláusula, entre las que se destaca la contenida en su Artículo XXIV, referida a las zonas de libre comercio y uniones aduaneras, respecto a las cuales puede funcionar una suspensión internacionalmente aceptada de la CNMF. Este es un factor decisivo, que viabiliza la conformación y desarrollo de los primeros procesos de integración y que se mantiene, hasta hoy en día, como el marco que sustenta la viabilidad jurídica de la Integración.

A partir de esta apertura vía GATT, la década de los años 50 y las posteriores son prolíferas en el ejercicio de la integración, cuya evolución, a partir de los procesos concretos que empezaron por conformar zonas de libre comercio y uniones aduaneras - para encuadrarse en la excepción a la CNMF prevista en el GATT - cobraron dimensiones en muchos casos insospechadas, no sólo en materia de liberalización comercial, en el establecimiento de espacios de libre circulación de todos los factores económicos, en la unificación de políticas monetarias o la coordinación de políticas macroeconómicas; sino en el desarrollo de una nueva dimensión jurídica e institucional, sobre la base de nuevos conceptos de supranacionalidad, así como de una nueva dimensión política con la adopción de una política exterior común y de una proyección hacia la unidad o integración política.

En esta dirección, indudablemente el proceso europeo representa la más avanzada experiencia de desarrollo y aplicación de los principios, normas e instituciones de la Integración. Los Tratados de París y Roma, inicialmente, y posteriormente a través del Acta Única, los Tratados de Masstrich, Amsterdam y Niza, que acompañaron la evolución del proceso, se desarrolló un orden jurídico autónomo que descansa sobre un sistema de normas e instituciones comunes que encarnan un nuevo concepto de la soberanía nacional frente a un orden supranacional, marco dentro del cual el proceso de integración ha podido evolucionar hasta las formas superiores de unión económica y monetaria y se apresta a ingresar en un franco proceso de integración política.

Por su parte, los procesos de integración en América Latina y se puede decir que también los de otras regiones del mundo en desarrollo, responden desde ya a motivaciones y circunstancias de formación diferentes. Surgen como una respuesta a la situación desfavorecida y dependiente de estos países en la organización económica mundial y por la conciencia que en forma aislada es improbable el superar el drama común del subdesarrollo, concibiéndose por tanto a la integración como un medio para lograr el desarrollo económico y social y una mejor y más equitativa inserción en el sistema internacional. Esta concepción se refleja en el desarrollo de los procesos de integración latinoamericana, cuyos objetivos se ajustan a las características particulares de la realidad económica y política vigente en la región. Sin embargo, a pesar de las limitaciones que pueden existir, se toma el proceso europeo de integración como modelo paradigmático y como fuente de orientación en todo aquello que la experiencia europea sea válida y pueda ser aprovechada en América Latina.

Hoy en día, el fenómeno de la integración económica, en sus diversas modalidades y manifestaciones, es una realidad casi universal, con una sorprendente y acelerada expansión. La gran mayoría de los estados oficialmente reconocidos participan de algún esquema o convenio de integración, incluso los países más gravitantes en el comercio internacional, que anteriormente fueron reacios a sujetarse a los compromisos y disciplinas que implica la integración, usan actualmente esta herramienta para el sostenimiento de su nivel de desarrollo y, en algunos casos, para sus estrategias de hegemonía económica y política.

En igual forma, a pesar de la tendencia globalizadora dominante que se refleja actualmente en los grandes acuerdos multilaterales de la Organización Mundial del Comercio (OMC), los procesos regionales constituyen también uno de los temas más polémicos frente al fenómeno global. Según algunos criterios, es contradictoria la idea de una integración de dimensión universal frente a los procesos regionales, pero este criterio se descarta cuando se considera a éstos como plataformas necesarias para la integración global, en la medida que constituyen un esfuerzo de complementación más profunda y de una mejor inserción internacional por grupos de países, que facilitará en el mediano plazo los objetivos de la integralidad.

En todo caso, no se puede negar que la Integración es hoy en día una realidad cada vez mas difundida, que presenta grandes diferencias cualitativas respecto al orden jurídico internacional clásico y que se perfila como el germen de nuevas y más superadas formas de relación internacional.


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