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PLURICULTURALIDAD Y EDUCACIÓN. Tomo III

Gunther Dietz y otros




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Del Convenio 169 (OIT) a la Declaración de los Derechos de los Pueblos Indígenas (ONU)

A partir de la segunda mitad del siglo pasado, los pueblos indígenas y sus demandas, son reconocidas por organizaciones internacionales y han sido motivo de modificaciones a las constituciones nacionales. Sin embargo, el incremento de la denuncia permanente de los grupos marginados en forma general y las agresiones socioculturales y educativas a las comunidades indígenas, en particular, se fueron dando en forma creciente en diversos foros internacionales que retomaban, modificaban y actualizaban algunos acuerdos surgidos en años anteriores. (Cfr.Clavero, 1994, pp. 66-85.)

Uno de los logros de las últimas décadas en la lucha política de los pueblos indios, ha sido, el reconocimiento y aceptación del pluralismo étnico en el seno de las constituciones y los proyectos educativos nacionales. (Gómez, 2000).

Lo que aquí conviene destacar, es que ya no se plantea solamente tomar en cuenta la opinión y las aspiraciones de los pueblos indios y admitir su participación, sino afirmar, que son ellos mismos quienes deben tomar en sus manos las riendas de su proyecto educativo y cultural. Se les reconoce como sociedades culturalmente diferenciadas y, en consecuencia, legítimamente capaces de construir proyectos educativos autónomos dentro de los Estados nacionales de los que forman parte, por causa del devenir histórico. (UNESCO, 2003). Sin embargo, ser reconocidos, no es el punto en cuestión, sino, como se ejerce dicho reconocimiento.

Es indiscutible la influencia del movimiento indígena, en la progresiva aceptación de un mayor pluralismo por parte del Estado y de la sociedad, , desde que empezó a cobrar fuerza en los años setenta y se expandió y fortaleció en los noventa. Este progresivo accionar, supone en primer lugar, la constatación de la dimensión cuantitativa de la población:

Hablar de diversidad lingüística, es referirse al gran número de lenguas que se hablan en el mundo: según las distintas estimaciones, hay entre 6000 y 7000 lenguas. En América Latina, la población indígena represente un 10%, el 25 % de la población pobre y 40 % de la población rural. Son 400 grupos étnicos diferentes.

Una de las principales reivindicaciones indígenas en las últimas décadas, se orientó al reconocimiento de sus derechos culturales y educativos en el plano nacional e internacional. Así, en cuanto a este sector se refiere, es patente una mayor presencia indígena en organismos internacionales. Las reivindicaciones, contienen una demanda de pluralismo social, cultural y educativo, y suponen, la superación definitiva del indigenismo tradicional, convirtiéndose ahora las organizaciones indígenas, de meros intermediarios de sus problemas, en interlocutores directos. ( Sánchez. 1996, pp. 93-94)

En 1989, la Organización Internacional del Trabajo (OIT), consensó el Convenio 169 en su Conferencia General congregada en Ginebra, el 7 junio 1989, en su septuagésima sexta reunión, lo que constituiría un avance del sistema jurídico internacional, y su reivindicación incorporada al nuevo convenio de la OIT de 1989, sobre, protección de los pueblos indígenas y tribales.

El Convenio 169, se convirtió en una nueva versión del Convenio 107 de la Reunión de Expertos para la Revisión del Convenio sobre Poblaciones Indígenas y Tribales en su cuadragésima reunión, a la que asistieron representantes de la ONU, OMS, la FAO, la UNESCO, el Banco Mundial y el Instituto Indigenista Interamericano.

El Convenio 169 de la OIT, incorporaría demandas indígenas para regularlas desde diferentes ámbitos de interés y como resultado de diversas consultas iniciadas desde 1986, no sólo con gobiernos y organizaciones no gubernamentales, sino también con la participación de los mismos Pueblos Indígenas.

Abordar el problema de la ética, la educación y la cultura a partir de los acuerdos internacionales, nos invita a revisar el Convenio 169, que en su artículo 5 señala:

Al aplicar las disposiciones del presente Convenio: a) deberán reconocerse y protegerse los valores y prácticas sociales, culturales, religiosos y espirituales propios de dichos pueblos y deberá tomarse debidamente en consideración la índole de los problemas que se les plantean tanto colectiva como individualmente; b) deberá respetarse la integridad de los valores, prácticas e instituciones de esos pueblos; c) deberán adaptarse, con la participación y cooperación de los pueblos interesados, medidas encaminadas a allanar las dificultades que experimenten dichos pueblos al afrontar nuevas condiciones de vida y de trabajo. (OIT/INI, 2001, p.8.)

Por otro lado, el Convenio 169 señala en su artículo 7, el mejoramiento de las condiciones de vida y de trabajo y del nivel de salud y educación de los pueblos interesados, con su participación y cooperación, deberá ser prioritario en los planes de desarrollo económico global de las regiones donde habitan.

En su parte IV, sobre la Formación Profesional, en su artículo 21y 22, plantea que los miembros de los pueblos interesados podrán disponer de medios de formación profesional por lo menos iguales a los de los demás ciudadanos. Considerar medidas para promover la participación voluntaria de miembros de los pueblos interesados en programas de formación profesional de aplicación general.

Cuando los programas de formación profesional de aplicación general existentes no respondan a las necesidades especiales de los pueblos interesados, los gobiernos deberán asegurar, con la participación de dichos pueblos, que se pongan a su disposición programas y medios especiales de formación.

Los programas especiales de formación deberán basarse en el entorno económico, las condiciones sociales y culturales y las necesidades concretas de los pueblos interesados. Todo estudio a este respecto deberá realizarse en cooperación con esos pueblos, los cuales deberán ser consultados sobre la organización y el funcionamiento de tales programas. (OIT/INI, 2001)

En su parte VI, el Convenio destaca el uso de la Educación y Medios de Comunicación para adaptar medidas y garantizar a los miembros de los pueblos interesados la posibilidad de adquirir una educación a todos los niveles, por lo menos en pie de igualdad con el resto de la comunidad nacional.

Los programas y los servicios de educación destinados a los pueblos interesados deberán desarrollarse y aplicarse en cooperación con éstos a fin de responder a sus necesidades particulares, y abarcar su historia, sus conocimientos y técnicas, sus sistemas de valores y todas sus demás aspiraciones sociales económicas y culturales.

Las autoridades deberán asegurar la formación de miembros de estos pueblos y su participación en la formulación y ejecución de programas de educación, con miras a transferir progresivamente a dichos pueblos la responsabilidad de la realización de esos programas, cuando haya lugar.

Además, los gobiernos deberán reconocer el derecho de esos pueblos a crear sus propias instituciones y medios de educación siempre que tales instituciones satisfagan las normas mínimas establecidas por la autoridad competente en consulta con esos pueblos. Deberán facilitárselas recursos apropiados con tal fin.

El artículo 28 del Convenio señala:

l. Siempre que sea viable, deberá enseñarse a los niños de los pueblos interesados a leer y a escribir en su propia lengua indígena o en la lengua que más comúnmente se hable en el grupo a que pertenezcan. Cuando ello no sea viable, las autoridades competentes deberán celebrar consultas con esos pueblos con miras a la adopción de medidas que permitan alcanzar este objetivo.

Se recomienda adoptar medidas acordes a las tradiciones y culturas de los pueblos interesados, a fin de darles a conocer sus derechos y obligaciones, especialmente en lo que atañe al trabajo, a las posibilidades económicas, a las cuestiones de educación, salud y servicios sociales.

Se adaptarán medidas de carácter educativo en todos los sectores de la comunidad nacional, y especialmente en los que estén en contacto más directo con los pueblos interesados, con objeto de eliminar los prejuicios que pudieran tener con respecto a esos pueblos. A tal fin, deberán hacerse esfuerzos por asegurar que los libros de historia y demás material didáctico ofrezcan una descripción equitativa. (OIT/INI, 2001, pp.8-12)

Por su parte, la Primera Conferencia Internacional de los Derechos Culturales y de Propiedad Intelectual de los Pueblos Indígenas en el ámbito de la educación, realizaría un conjunto de recomendaciones como las de Priorizar el establecimiento de educación indígena, centros de investigación y enseñanza para promover su conocimiento, y costumbres ambientales y prácticas culturales.

En la II Conferencia Iberoamericana de Educación con la Declaración de Guadalupe referida a la Cooperación Iberoamericana en el Campo de la Educación , se resalta la especial relevancia del papel que la educación debe desempeñar al servicio de una comunidad que se asienta en la democracia, el respeto a los derechos humanos y las libertades fundamentales» y que se compromete, con el desarrollo económico y social de nuestros pueblos, la plena vigencia de los derechos humanos, la ampliación de los cauces democráticos, el fortalecimiento de nuestros sistemas institucionales y el respeto a los marcos de derecho internacional. Las Acciones Destinadas a Cooperar en el Apoyo a los Procesos de Democratización de la Educación se constituyen para:

(…) articular programas de cooperación técnica y económica para apoyar la generalización de la educación básica con un nivel de calidad adecuado, particularmente en el caso de los países con mayores carencias. En este empeño deberán hacerse compatibles el reconocimiento de las peculiaridades culturales a través de una educación bilingüe-intercultural con la promoción del buen uso y enriquecimiento de las lenguas(...)

Por otro lado, en la V Conferencia Iberoamericana de Educación, haciendo alusión a la Conferencia de Jomtien, Tailandia, en 1990, se planteó que, pese a la afirmación realizada hace más de cuarenta años del derecho a la educación para todas las personas, todavía persisten en todo el mundo graves diferencias en el acceso a ésta. Asimismo, se reconoció que la educación puede contribuir a lograr un mundo más seguro, más sano, más próspero y ambientalmente más puro, y favorecer el progreso social, económico y cultural, la tolerancia y la cooperación internacional.

Al mismo tiempo y con la referencia al Plan de Acción de la Cumbre Social de Copenhague se destaca que el componente vital en la lucha mundial contra la pobreza debería ser la creación no sólo de empleo para todos, sino de empleos productivos que permitan a las personas salir y sacar a sus familias de la pobreza. Para ello, un objetivo importante debe ser: proteger la integridad de las culturas y los modos de vida autóctonos, así como erradicar la discriminación en todas sus formas, promover la igualdad de oportunidades, la utilización de la educación como fuerza integradora y un mayor acercamiento entre el gobierno y el pueblo.

Debemos destacar la Declaración Americana sobre Derechos de los Pueblos Indígenas, que en su Sección tercera señala que, (…) los programas educativos se efectuaran en lenguas indígenas e incorporarán contenido indígena, y proveerán también el entrenamiento y medios necesarios para el completo dominio de la lengua o lenguas oficiales.

En artículo IX, referido a la educación, plantea:

1. Los pueblos indígenas tendrán el derecho a: establecer e implementar sus propios programas, instituciones e instalaciones educacionales; preparar y aplicar sus propios planes, programas, currículos y materiales de enseñanza; y a formar, capacitar y acreditar a sus docentes y administradores.

2. Los Estados tomarán las medidas necesarias para garantizar que dichos sistemas garanticen igualdad de oportunidades educativas y docentes a toda la población, y su complementariedad con el sistema educativo nacional.

3. Los Estados garantizarán que dichos sistemas sean iguales en todos sus aspectos a los ofrecidos al resto de la población

Por otro lado, el 25 y 26 de septiembre de 1997 en Mérida, Venezuela, se llevó a cabo la VII Conferencia Iberoamericana de Educación con la temática “El Respeto y la Promoción del Pluralismo”, cuyo planteamiento en su punto 3 señala:

La escuela debe ser capaz de formar personas que sepan desenvolverse y enfrentarse con éxito a la incertidumbre, que sepan tomar decisiones, que desarrollen satisfactoriamente sus competencias básicas y afiancen su identidad en la pluralidad. Los escenarios educativos que la escuela construye y/o acoge, tanto formales como informales, deben facilitar, además del aprendizaje individual, la interacción entre iguales, el aprendizaje cooperativo, el cultivo de la autonomía, el ejercicio del dialogo y el esfuerzo personal como entrenamiento para superar las dificultades y como aprendizaje para aquellas que puedan presentarse a lo largo de toda la vida. Para ello, debe integrar en su cotidianidad, y no sólo en los documentos legales que la regulan, valores propios de una comunidad democrática, equitativa y justa, basados en derechos y deberes de sus miembros para una convivencia respetuosa y feliz.

Asimismo, la VIII Conferencia Iberoamericana de Educación promovería las siguientes concepciones en su punto 4:

Desarrollar políticas orientadas a garantizar la igualdad de oportunidades y la calidad de las alternativas educativas, así como programas intersectoriales compensatorios, con atención prioritaria a los sectores más rezagados, sustentados en el principio de la equidad y orientados a la prevención de la exclusión social.

Finalmente, en la IX Conferencia Iberoamericana de Educación, se postuló, que con frecuencia coexisten, por una parte, el dinamismo de un sector de la población que avanza aceleradamente hacia una sociedad basada en el conocimiento y la información y, por la otra, grupos de personas analfabetas, de adultos que nunca cursaron o no terminaron su instrucción básica obligatoria y de niños, niñas y jóvenes que permanecen al margen de los servicios educativos.

Numerosos habitantes de la región --los grupos indígenas entre ellos-- se localizan en las zonas más inhóspitas, aisladas y dispersas. Con frecuencia, todavía carecen de servicios educativos, o la atención que reciben es insuficiente o inadecuada para responder a sus necesidades y aspiraciones. Paradójica y lamentablemente, tales carencias son experimentadas también en los sectores marginales de nuestras ciudades. Por motivos de diverso orden --históricos y culturales, de disponibilidad de recursos y dificultades de acceso, entre otros-- quienes más requieren de servicios educativos de calidad son quienes tienen un acceso más restringido a ellos.

Se reafirma el compromiso de los Estados participantes con la educación pública de buena calidad para la generación de las condiciones que permitan que toda nuestra población tenga acceso a una educación básica que facilite procesos de aprendizaje permanente.

La equidad educativa no se limita solamente al acceso universal a los servicios, sino que requiere de una atención diferenciada que responda a la variedad de necesidades que presentan cotidianamente los alumnos.

Se fortalecerá una educación para la paz en estos países a partir del rechazo de toda forma de intolerancia, incluyendo la xenofobia y el racismo, así como para promover y proteger los derechos de los grupos más vulnerables de la sociedad.

Impulsaran políticas y programas compensatorios, orientados a reducir la desigualdad en el acceso a la educación y ampliar las oportunidades de los grupos sociales más desfavorecidos.

Se promoverán, con los pueblos indígenas de la región, una educación que contribuya a la conservación y al cultivo de sus lenguas y sus culturas, y les permita participar de manera plena en la vida nacional.

Por otra parte, en el Proyecto de Declaración sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas de la ONU, se advertían modificaciones substanciales que representarían un reconocimiento importante para la consolidación del respeto a la diferencia. Se reconocen los derechos fundamentales en materia social, cultural y educativa de los pueblos indígenas; el goce de sus libertades y el respeto a sus valores; el derecho a decidir sus prioridades y el control sobre su desarrollo; el derecho a mantener y practicar sus costumbres y, el reconocimiento de la importancia de conservar y promover su idioma.

Básicamente el Convenio 169 de la OIT y la Convención sobre Diversidad Biológica se han convertido en valiosas herramientas para la preservación y promoción de las demandas fundamentales de los indios y el desarrollo sustentable, y son producto de la participación y consulta de organismos gubernamentales, no gubernamentales y Pueblos Indígenas. Asimismo, el Fondo para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas cuyo objeto sería, el de establecer un mecanismo destinado a apoyar los procesos de autodesarrollo de pueblos, comunidades y organizaciones indígenas de América Latina y del Caribe.

Los productos de estos convenios y de la convención, son el punto de partida para el cumplimiento de los objetivos del desarrollo sostenible en lo económico, político, social, cultural, educativo y ecológico, al considerarlos como un elemento indispensable de la comunicación, y fomentar la democracia y la participación de los diferentes grupos que conforman la sociedad.

Se colocaría al ser humano como centro, sujeto y actor del desarrollo, con la finalidad de lograr un desarrollo integral, que conduzca a la realización plena de la capacidad creativa y productiva, elevando su calidad de vida, con la pretensión de superar la pobreza y teniendo presente el respeto a los derechos civiles y humanos, por lo tanto, a la vida en todas sus manifestaciones. Así, el desarrollo debe considerar no sólo la calidad de vida, sino también el respeto a los distintos estilos de vida. (UNESCO, 1997, pp.29-31)

El creciente interés de la opinión pública en las poblaciones indígenas y un largo proceso de negociaciones internacionales, en el que participaron las organizaciones indígenas, indujeron a la comunidad internacional a proclamar 1993, el Año Internacional de las Poblaciones Indígenas del Mundo, y, posteriormente, al período 1994-2003, Decenio Internacional de las Poblaciones Indígenas del Mundo .

Además, desde 1995 se ha celebrado, el 9 de agosto, el Día Internacional de las Poblaciones Indígenas del Mundo. Cada una de estas medidas ha tenido importancia en la lucha por el reconocimiento de los derechos culturales y educativos de las poblaciones indígenas, medidas que cobran mayor significación con el documento histórico relacionado con los derechos humanos y aprobado por las Naciones Unidas hace más de cincuenta años: la Declaración Universal de Derechos Humanos . En la Declaración se reconoce la dignidad inherente a todo ser humano y se establecen en detalle los derechos de que deben disfrutar todos, sin distinción de ningún tipo por motivo de raza, color, sexo, idioma, religión, convicciones políticas o de otra índole, origen nacional o social, propiedad, nacimiento u otra condición.

Existen pocas leyes, que consagren los derechos fundamentales de los Pueblos Indígenas. En el ámbito internacional, algunos países no han ratificado los instrumentos jurídicos en esta materia. Habría que tomar en cuenta, que se presentan problemas al momento de implementar las normas jurídicas; decir, el espíritu de la ley, establece una situación jurídica distinta a la que se produce en la realidad. Adicionalmente, se debe enfatizar, que los derechos indígenas no pueden ser interpretados solamente a la luz del derecho común. En diversos países, se aplica una interpretación distinta a la visión de estos pueblos. De igual forma, en reiteradas ocasiones, dentro del proceso de formación de las leyes, no se toma en cuenta su punto de vista. Ello es contradictorio, porque en última instancia, son a estos pueblos a los que van dirigidas las normas jurídicas.

El cincuentenario de la Declaración Universal constituyó una oportunidad especial para que la comunidad internacional reflexionara acerca de los progresos alcanzados en el mejoramiento de las vidas de los desposeídos y se adoptaran medidas eficaces para enfrentar los desafíos que aún quedan por delante. Se podrían realizar esfuerzos especiales para aumentar el bienestar de las poblaciones indígenas y convertir en realidad los derechos básicos y las libertades fundamentales proclamados en la Declaración Universal de Derechos Humanos, para el disfrute de toda la humanidad y no sólo de algunos pocos de nosotros. En este sentido, la universalidad, indivisibilidad e interdependencia de los derechos humanos cobran importancia capital.

En el proyecto de declaración se reconocerían los derechos humanos básicos y las libertades fundamentales de las poblaciones indígenas y se pedía a los Estados que respetaran y acataran cualquier instrumento jurídico convenido entre ambas partes. En el proyecto de declaración se hacía hincapié, en el derecho de las poblaciones indígenas a ser libres y a disfrutar de igualdad con todas las demás personas y poblaciones en dignidad y con derechos; el derecho a la libre determinación y a decidir libremente su estatuto político y su desarrollo económico, social y cultural; el derecho a practicar y revitalizar sus tradiciones culturales y sus costumbres, y también el derecho a cultivar y enseñar sus tradiciones espirituales y religiosas; el derecho a establecer y supervisar sus sistemas de enseñanza y las instituciones que proporcionan instrucción en sus propios idiomas; el derecho a participar plenamente en todos los niveles de adopción de decisiones en cuestiones que puedan afectar a sus derechos, sus vidas y su destino; el derecho de las poblaciones indígenas a sus tierras, territorios y recursos.

Después de más de 20 años de lucha permanente en el contexto internacional y en el seno de la Organización de la Naciones Unidas, sería aprobada la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas por la Asamblea General, 13 de septiembre de 2007

Los gobiernos, han comenzado a entender que el respeto a la diferencia en la igualdad implica la necesidad de poner en práctica no sólo políticas educativas y culturales diferenciadas para los pueblos indígenas, sino que éstas se elaboren cada vez más con su colaboración y asentimiento; y que en este caso, como en todo análisis de situación de la problemática indígena, sea preciso mantener siempre una doble perspectiva: la que corresponde a su propia visión interna y aquella procedente de agentes externos.

En el plano de la Educación Superior en 1998, el Director General de la UNESCO, de acuerdo con las orientaciones dadas por la Conferencia General, convocó a la realización de una Conferencia Mundial sobre Educación Superior (CMES), que fue realizada en la sede de la Organización.

La reunión preparatoria correspondiente a América Latina y el Caribe fue realizada en La Habana, Cuba, en noviembre de 1996 y tuvo como tema central “Las Políticas y Estrategias para la Transformación de la Educación Superior de América Latina y el Caribe”. El objetivo fue el establecimiento de un plan de acción global, a escala mundial, que contribuyera a la renovación de la educación superior a través de un nuevo “pacto académico” basado en las nociones claves de calidad, pertinencia y cooperación internacional, y acordado en el marco del proceso de globalización del conocimiento.

Se realizaron varias reuniones en distintas regiones, para hacer seguimiento de la Conferencia Mundial, entre ellas, en el año 2003, la reunión de seguimiento de la Conferencia Mundial, denominada París + 5. En América Latina y el Caribe se hicieron reuniones de seguimiento en La Plata, Argentina, en marzo del 2001; en La Habana, Cuba, en el 2002, con la presencia de autoridades de América Latina y Europa; en Montevideo, en junio del 2003 (organizada por la Asociación de Universidades del Grupo de Montevideo - AUGM); en México, en 2004 (organizada por la UDUAL).

Los Acuerdos de la Conferencia Mundial han sido asumidos por una gran parte de las universidades de América Latina y el Caribe, como orientaciones y bases esenciales para su desarrollo. En particular, el desarrollo futuro de la educación superior (ES) se enmarcó en el nuevo papel del conocimiento como instrumento fundamental para el desarrollo sostenible de las sociedades contemporáneas y por ello, en este enfoque, se jerarquizó a la ES como un derecho establecido en la Declaración Universal de los Derechos Humanos (Art.26), se enfatizó su carácter de bien público, y por tanto como una herramienta fundamental para la construcción del futuro de sociedades con desarrollo humano y sustentable. (UNESCO, 1998)

Según el “Documento de Políticas para el Cambio y el Desarrollo en la Educación Superior”, que sirvió de base para el debate en las conferencias regionales preparatorias, tres eran los desarrollos claves en la educación superior en el mundo durante el último cuarto del Siglo XX: a) la expansión cuantitativa; b) la diferenciación de las estructuras institucionales, de los programas y formas de estudio; y c) las restricciones financieras. Estas últimas se habían vuelto perjudiciales para el funcionamiento general de la educación superior, afectando su calidad y dificultando las tareas de investigación, principalmente en los países en desarrollo. Según ese mismo documento, tres aspectos claves determinaban la posición estratégica de la educación superior en la sociedad contemporánea y su funcionamiento interno: pertinencia, calidad e internacionalización. (UNESCO, 1995)

Se concretaron las tendencias de la educación superior de la región, en los puntos siguientes: a) una notable expansión de la matrícula estudiantil; b) la persistencia de desigualdades y dificultades para la democratización del conocimiento; c) una restricción relativa de las inversiones públicas en el sector; d) la rápida multiplicación y diversificación de las instituciones dedicadas a impartir distintos tipos de educación terciaria; y e) una creciente participación del sector privado en la composición de la oferta educativa. Reconoció que, pese a los esfuerzos realizados por los países de la región para aumentar las tasas de escolarización postsecundaria, en varios de ellos se estaba aún muy lejos de lograr la cobertura y la calidad requeridas por los procesos de globalización, regionalización y apertura de las economías, así como para alcanzar una verdadera democratización del conocimiento. (UNESCO, 1998)

La Declaración reconoció que la educación superior estaba desempeñando funciones sin precedentes en la sociedad, como componente esencial del desarrollo cultural, social, económico y político, y como elemento clave del fortalecimiento de las capacidades endógenas, la consolidación de los derechos humanos, el desarrollo sostenible, la democracia y la paz, en un marco de justicia. La educación superior, entonces, debía velar por que prevalezcan los valores e ideales de la Cultura de Paz.

Los nuevos modelos de educación superior, según la Declaración, deberían estar centrados en el estudiante y en su aprendizaje activo. Reconoce, como vimos antes, que el personal docente y los estudiantes son los protagonistas principales de la educación superior. De ahí que un elemento esencial para las instituciones de enseñanza superior sería una enérgica política de formación del personal. Se deberían establecer directrices claras sobre los docentes de la educación superior, a fin de actualizar y mejorar sus competencias, estimulándose la innovación permanente en los planes de estudio y en los métodos de enseñanza y aprendizaje, garantizándoseles condiciones profesionales y financieras apropiadas.

En las últimas dos décadas, los pueblos indígenas de América Latina han venido logrando avances significativos en varios asuntos que competen a su calidad de vida. No obstante, estos avances son aún insuficientes, habida cuenta de los efectos de siglos de discriminación. El educativo es uno de los campos en los cuales, aunque insuficientes, pueden observarse algunos avances. Estos se registran especialmente respecto de acceso a educación básica y en ocasiones media o secundaria, aunque frecuentemente resultan más significativos en el nivel normativo que en el de las realizaciones prácticas. En el caso de la educación superior, si bien ha habido avances, éstos resultan menores que en los otros niveles de formación.

El Proyecto Diversidad Cultural e Interculturalidad en Educación Superior en América Latina, ha logrado identificar la existencia de aproximadamente cincuenta experiencias de este tipo en once países de la región. Prácticamente todas ellas, excepto una que por obstáculos legales aún no ha logrado comenzar actividades (la Universidad Maya, de Guatemala), deben ser consideradas exitosas, por cuanto han logrado avanzar en el cumplimiento de sus objetivos. (Instituto Internacional de la UNESCO para la Educación Superior en América Latina y el Caribe. Diversidad Cultural e Interculturalidad en Educación Superior. Experiencias en América Latina, Caracas, 2008.)

La realización de reuniones en America Latina para atender el tema de las Universidades Interculturales, sugiere la existencia de avances en la convicción de la necesidad y posibilidad de articular esfuerzos y en la adopción de actitudes cada vez más proactivas, propositivas y ejecutivas por parte de esta diversidad de organizaciones, IES y de manera creciente, aunque aún insuficiente, de las agencias de educación o educación superior, o de asuntos indígenas de algunos Estados.

A modo indicativo de lo acontecido hasta la fecha de las principales reuniones realizadas han sido las siguientes:

En 1997, se llevó a cabo el “Seminario Universidades Indígenas y Programas Afines”, organizado por la Universidad de las Regiones Autónomas de la Costa Caribe Nicaraguense (URACCAN), el Saskatchewan Indian Federated College (SIFC), de Canadá y la Universidad de La Paz (UPAZ). Esta reunión realizada en la sede de la UPAZ, en Costa Rica. Uno de los logros de esta reunión fue la creación de una “Red de Universidades Indígenas y Programas Afines”

En 1999, se realizó la reunión “Indígenas 2000”, organizada por URACCAN, en Bilwi (Puerto Cabezas), Nicaragua.

En 2002, se realizó la “Reunión Regional sobre la Educación Superior de los Pueblos Indígenas de América Latina”, organizada por el IESALC, con el apoyo de la Oficina de la Representación de la UNESCO en Guatemala y del Gobierno de Guatemala.

En 2003, se realizó el “Segundo Encuentro Regional sobre la Educación Superior para los Pueblos Indígenas de América Latina”, el cual fue organizado por la Coordinación General de Educación Intercultural Bilingüe (CGEIB) de la Secretaría de Educación Pública (SEP) de México con apoyo del IESALC. Este encuentro se realizó en la Antigua Hacienda San Miguel Regla, en el Estado de Hidalgo, México y se planteó explícitamente como una continuidad del anterior realizado en Guatemala.

En 2004, se realizó el “Seminario Regional sobre la Situación y Perspectivas de la Educación Superior Indígena en América Latina”, organizado por UNESCO-IESALC y el Viceministerio de Educación Superior, Ciencia y Tecnología de Bolivia. Este seminario se realizó en la ciudad de Oruro, Bolivia.

En 2007, se realizó el “Encuentro de Universidades Interculturales e Indígenas de América Latina. Seminario de Expertos”, el cual fue co-organizado por el Programa Universitario México Nación Multicultural de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) y el Programa de Educación Intercultural Bilingüe para los Países Andinos (PROEIB-Andes). La reunión se realizó en Tepoztlán, Morelos, México.

Finalmente en 2007, se llevó a cabo el “II Seminario Povos Indígenas e Sustentabilidades” deliberó en la sede de la Universidad Católica Dom Bosco, institución salesiana de educación superior ubicada en el estado de Mato Grosso do Sul, Brasil. Esta reunión contó con el apoyo del programa Trilhas de Conhecimientos, el cual tiene sede en el Museo Nacional, Universidad Federal de Río de Janeiro, y es auspiciado por la Fundación Ford. (Mato, 2008, pp. 38-40)


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