BIBLIOTECA VIRTUAL de Derecho, Economía y Ciencias Sociales

LAS FINANZAS PÚBLICAS ESTATALES Y MUNICIPALES EN MÉXICO

Hilario Barcelata Chávez




Esta página muestra parte del texto pero sin formato.

Puede bajarse el libro completo en PDF comprimido ZIP (59 páginas, 1,99 Mb) pulsando aquí

 


 

EL GASTO FEDERALIZADO EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS DE MÉXICO. 2000-2002

Introducción.

Uno de los temas más polémicos y debatidos en la actualidad es el del reparto de los recursos fiscales entre la federación y los estados.

La creciente necesidad de proveer de bienes y servicios públicos a una población en crecimiento y el papel cada vez más importante que juegan los gobiernos estatales y municipales, ha propiciado una discusión importante respecto a la forma en que se reparten las potestades tributarias y los recursos que se derivan de la recaudación e incluso ha llevado a cuestionar seriamente, los principios, criterios y fórmulas técnicas a partir de los cuales se lleva a cabo.

Uno de los argumentos que mas se escuchan en esta discusión de parte de los gobiernos estatales, es que la contribución de los estados a la recaudación resulta mayor a los recursos de que disponen para atender la problemática local, ya sea porque la federación se queda con una proporción más grande que la que debería, limitando a los estados; ya sea porque algunos estados reciben más de lo que recaudan.

El presente trabajo constituye un análisis de la forma en que se lleva a cabo el reparto del llamado Gasto Federalizado entre los estados de la república, con el fin de identificar los resultados que en la práctica se obtienen al aplicar los principios, criterios y fórmulas técnicas en la distribución de los recursos fiscales federales, que han de servir para proveer de bienes y servicios públicos a la población de cada una de las entidades federativas.

A través de la elaboración de un conjunto de indicadores, se mide la relación existente entre la magnitud de los recursos recibidos por cada estado, los recursos recaudados y algunas variables asociadas al desarrollo económico de los estados y es posible establecer algunas conclusiones respecto al sistema de reparto de los recursos fiscales del país

Para este fin el análisis se divide en tres partes. En la primera se estudia el Gasto Federalizado total, a partir de la integración de los montos que constituyen los tres fondos más importantes de las transferencias que la federación hace a los estados: las Participaciones Federales (Ramo 028); las Aportaciones Federales (Ramo 033) y el Programa de Apoyos para el Fortalecimiento de las Entidades Federativas (PAFEF).

1. El reparto del gasto federalizado total. 2000-2002

El Gasto Federalizado (GF) está constituido, principalmente, por tres grandes fondos: Las Participaciones Federales (Ramo 028); las Aportaciones Federales (Ramo 033) y el Programa de Apoyos para el Fortalecimiento de las Entidades Federativas (PAFEF).

De acuerdo a la ley de Coordinación Fiscal, por lo que se refiere a las llamadas Participaciones Federales, la federación celebra un convenio con los estados, para crear el Sistema Nacional de Coordinación Fiscal, ya través del cual participan en el total de impuestos federales y otros ingresos que señala la Ley y que quedan comprendidos dentro de la llamada Recaudación Federal Participable (RFP) que obtiene la Federación.

Ésta se constituye por la recaudación que hace la Federación derivada de:

• Todos sus impuestos,

• Los derechos sobre la extracción de petróleo y de minería,

• La resta del total de las devoluciones por los mismos conceptos.

Pero no se incluyen los siguientes rubros:

• Los derechos adicionales o extraordinarios, sobre la extracción de petróleo.

• Los incentivos que se establezcan en los convenios de colaboración administrativa;

• los Impuestos Sobre Tenencia o Uso de Vehículos (ISTUV) en las entidades que celebren convenios de colaboración administrativa en esta materia;

• Los Impuestos Sobre Automóviles Nuevos (ISAN), en las entidades que celebren convenios de colaboración administrativa en esta materia:

• La parte de la recaudación correspondiente al Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios (IEPS) en que participen las entidades:

• La parte de la recaudación correspondiente a los contribuyentes pequeños que las entidades incorporen al Registro Federal de Contribuyentes.

• El excedente de los ingresos que obtenga la Federación por aplicar una tasa superior al 15% a los ingresos por la obtención de premios a que se refieren los artículos 130 y 158 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

Adicionalmente el FGP incluye:

• El 1 por ciento de la RFP, mismo que se distribuye conforme al coeficiente efectivo del FGP que les corresponda para el ejercicio en el que se calcula.

• El porciento que representen en la RFP, los ingresos de las contribuciones locales o municipales que las Entidades convengan con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en derogar o dejar en suspenso.

• Un monto equivalente al 80% del impuesto recaudado en 1989 por los estados, por concepto de las bases especiales de tributación, a valor actual. Este monto se distribuye en la proporción que representa la recaudación de estas bases, en cada Entidad.

• Los accesorios de las contribuciones que forman parte de la RFP.

• Los productos de la Federación relacionados con bienes o bosques, que las leyes definen como nacionales, ubicados en el territorio de cada Entidad.

Del monto total de los ingresos derivados de los conceptos anteriores, se destina un 20% para la creación del Fondo General de Participaciones (FGP), cuyo total se distribuye entre los estados, municipios y D.F., de acuerdo a las siguientes fórmulas y criterios:

• I.- Un 45.17% del FGP se reparte en proporción directa al número de habitantes que tenga cada Entidad en el ejercicio de que se trate . Se considera que este reparto se basa en un criterio de equidad, basado en la proporcionalidad, al considerar el tamaño de la población para la asignación de los recursos federales. Este criterio supone que las necesidades sociales y el costo de proveer los bienes y servicios públicos es el mismo en todas partes.

• II.- Otro 45.17%, que se basa en un criterio de eficiencia, ya que realiza el reparto, a partir de la capacidad recaudatoria que muestren los estados en la recaudación de los llamados impuestos asignables que, son: ISTUV, ISAN E IEPS, de acuerdo con esta misma Ley, mismos que se benefician con el total recaudado en los dos primeros impuestos; con el 20% de la recaudación de cerveza, bebidas refrescantes, alcohol, bebidas alcohólicas fermentadas y bebidas alcohólicas; y el con el 8% de la recaudación de tabacos labrados.

Para llevar a cabo este reparto se calcula un Coeficiente de participación, que se determina conforme a la fórmula establecida en esta ley y mide la mencionada eficiencia recaudatoria.

• III.- El 9.66% restante, se distribuye en proporción inversa a las participaciones por habitante que tenga cada Entidad. Este reparto representa el reconocimiento a un criterio compensatorio, que pretende otorgar más recursos a los estados que se vean desfavorecidos con el reparto de los otros dos criterios, compensando desigualdades existentes, tales como la desigual riqueza per cápita entre estados o el costo diferencial de la provisión de bienes y servicios públicos.

Por lo que se refiere al reparto de las Aportaciones Federales, hay que decir que son recursos que la Federación transfiere a las entidades federativas, condicionando su gasto a la consecución y cumplimiento de los objetivos establecidos para cada tipo de aportación,

Se trata de fondos que no representan un porcentaje fijo de los recursos presupuestales de la federación, ni se derivan de acuerdos institucionales previos, por lo que su monto está sujeto a las disponibilidades presupuestales del Ejecutivo Federal.

Estos recursos se agrupan en siete fondos, cada uno con destino, objetivos y mecanismos y criterios de distribución diferenciados y específicos. Son los siguientes:

I.- Fondo de Aportaciones para la Educación Básica y Normal;

II.- Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud;

III.- Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social;

a) Fondo para la Infraestructura Social Estatal

b) Fondo para Infraestructura Social Municipal

IV.- Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios;

V.- Fondo de Aportaciones Múltiples.

VI.- Fondo de Aportaciones para la Educación Tecnológica y de Adultos, y

VII.- Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal.

El monto total de este gasto en el período 2000-2002 ascendió a 1,241,175 millones de pesos (mdp) para el período 2000-2002, lo cual representa un valor per cápita promedio de 12,417 pesos por persona.

Este total se compone de la siguiente manera: Las Participaciones Federales que recibieron los estados sumaron 589,958.3 mdp, lo cual representó el 48% del total del GF, correspondiendo un valor per cápita promedio, para todo el período, de 5,902 pesos por persona. Por su parte, las Aportaciones Federales alcanzaron un monto de 616,839.4 mdp, lo cual equivale al 50% del total del gasto federalizado y representa un valor per cápita de 6,171 pesos por persona.

Por último, el Programa de Apoyos para el Fortalecimiento de las Entidades Federativas (PAFEF), sumó un total de 34,377.7 mdp constituyendo el 3% del total de los recursos federalizados y equivale a 343.9 pesos por persona.


Grupo EUMEDNET de la Universidad de Málaga Mensajes cristianos

Venta, Reparación y Liberación de Teléfonos Móviles