BIBLIOTECA VIRTUAL de Derecho, Economía y Ciencias Sociales

ESTUDIOS CUBANOS SOBRE VICTIMOLOGÍA (COMPILACIÓN)

Dager Aguilar Avilés




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ORGANIZACIÓN DE LA INFORMACIÓN.

El conocimiento de VICTIMAL

VICTIMAL posee un conocimiento que fue recogido por un experto en peritación mental para ser utilizados por el sistema.

Este conocimiento ayuda al usuario a realizar cada una de las evaluaciones y puede ser consultado por este en cada caso.

No todo el conocimIento del sistema es mostrado para cada expediente, el usuario tiene la ventaja de consultar solo la parte que se corresponda con la información del expediente que está peritando.

Este conocimiento no es estático. Puede ampliarse o modificarse cuando se desee, pero solo por el experto que lo creó. El usuario que adquiera el sistema tendrá una copia actualizada del conocimiento del mismo cada vez que este sea ampliado. Una vez al año los usuarios pueden comunicarse con el distribuidor y enviar al Instituto de Medicina Legal la información de los expedientes en los cuales los resultados de las peritaciones no coincidieron con las sugerencias del sistema. Este es un mecanismo de retroalimentación que servirá a los autores para enriquecer el conocimiento de VICTIMAL, rectificar algún posible error y a la vez mantener a los usuarios actualizados, si es de su interés.

Almacenamiento de los expedientes peritados

Los expedientes que se periten son almacenados en bases de datos compatible con Foxpro versión 2.0 o superior. Esto se hizo con la intención de que el usuario pueda manipular las bases de datos independiente del sistema para realizar algún tipo de cálculo estadístico si lo desea. Se debe tener mucho cuidado en no modificar las bases de datos desde el Foxpro, cualquier tipo de modificación debe hacerse a través del sistema.

Manual del usuario

Como se ha mencionado VICTIMAL consta de un Manual del usuario en el que se dan todas las indicaciones acerca de como operar con el mismo, así como guías estandarizadas de la exploración clínica a efectuar para obtener la información necesaria para el procesamiento pericial del caso en el sistema.

Resultados posibles

Utilizando este sistema puede arribarse en un caso a cualquiera de los siguientes resultados:

Competencia para testimoniar: Es la posesión de los mínimos requisitos psicológicos por parte del explorado que le permitan percibir un hecho, recordarlo y describirlo posteriormente utilizando el lenguaje oral, gestual o escrito. Los elementos utilizados para establecer esta competencia especifica, son aplicables a cualquier otra competencia relativa a otras acciones judiciales como declarar en juicio, hacer retrato hablado, participar en presentación para reconocimiento, etc.

Competencia para decidir: El sujeto posee en cualquier grado la posibilidad de tomar decisiones con conocimiento de causa. Convencionalmente puede considerarse que esto ocurra tan solo a partir de los 12 años de edad en sujetos sanos y está, ausente en edades inferiores a la misma, existiendo entre los 12 y 15 años, ambos inclusive. Puede ser un problema pericial a establecer en determinados delitos si en ese margen de edad hay trastornos mentales (Ejemplo: violación por enfermedad mental o estupro) y algo a aclarar siempre. Es un campo diseñado solo para menores de 16 años (Los mayores de 15 años se procesan por "Estado Mental de la Víctima") y en los delitos que lo requieran.

Estado mental de la víctima: Se refiere al estado mental de la victima de más de 15 años en el momento o período mismo de sufrir la acción delictiva.

En delitos como la Violación y la Pederastia con Violencia, resulta incuestionable la importancia que tiene en lo criminalístico la demostración del estado del sujeto en el momento de sufrir la acción delictiva. El hecho de no actuar por su voluntad, de carecer de la posibilidad de defensa o de no responder a sus reales intereses y motivaciones puede cambiar la tipificación de un delito o ser esencial para tipificarlo. Por ejemplo en el análisis de una relación sexual no impuesta por fuerza, coacción o amenaza con una adulta afecta de una Demencia Postraumática puede tipificarse Violación si se demuestra que ella era incapaz de acceder al coito con conocimiento de causa y riesgo. Ocurrirá algo similar si se accede al coito con una mujer adulta y habitualmente normal mientras ella se encuentra inconsciente por cualquier razón.

En todos los casos será necesario el conocimiento de las circunstancias del hecho, para poder detectar si durante el mismo existían trastornos mentales transitorios o permanentes que determinaran indefensión, carencia de voluntad o juicio, o invalidismo de la víctima. En consecuencia el dictamen pericial debe dar respuesta sobre el estado mental, presente en la tipificación de determinados delitos.

Secuela: En este estudio no se trata de establecer la existencia de determinados trastornos mentales en el momento de la acción delictiva, sino de patologías, que habiendo aparecido en el sujeto a consecuencia del delito (por tanto posteriores al mismo) tienen, además, carácter de permanentes.

Enfermedad grave: En algunos delitos, especialmente los contrarios al normal desarrollo de las relaciones sexuales, como la Violación, la ley agrava la responsabilidad penal del que delinque si a consecuencia de su acción resultan lesiones o enfermedad grave. En materia de salud general de la victima el criterio de enfermedad grave pudiera sustentarse en variadas formas, desde riesgo para la vida alcanzado por un evento natural provocado inequívocamente por la acción delictiva (una infección), hasta la repercusión social de una enfermedad venérea, o ambas (SIDA).

En el ámbito de la psicopatología puede considerarse Enfermedad Grave al trastorno que aparece a consecuencia del hecho, pero que a diferencia de la Secuela tiene carácter reversible, no permanente. Pero se tratará de un trastorno que representa gran disturbio que pone en riesgo el status social y el equilibrio resultante de la interacción del sujeto con su medio, o conlleva alto riesgo suicida.

Validación del testimonio: Exploración del testimonio y certificación de su grado cualitativo de confiabilidad (confiable, no confiable, dudoso) para su utilización en el proceso judicial. Se trata de emitir un criterio valorativo pericial respecto a su coherencia, credibilidad, competencia y sobre todo ajuste a la real posibilidad psicológica del testimoniante. Se refiere a la configuración y características intrínsecas de la descripción y lo descrito, no a su veracidad como criterio absoluto.

El criterio pericial para la validación se basa en las irregularidades del testimonio o índices discriminativos que son las características o signos específicos de la forma en que el menor da el testimonio y el contenido del mismo, algunos surgen espontáneamente y otros son provocados por el explorador. Reciben valor negativo si se oponen a la confiabilidad y positivo si no se oponen.

En dicha validación deben tomarse en cuenta factores como los prejuicios culturalmente yacentes acerca de la veracidad de los niños, y el hecho de que los delitos sexuales transcurren en un contexto donde por lo general los menores provienen en un alto porciento de hogares disfuncionales, presentando desde antes trastornos psicológicos de diverso tipo y son victimizados por sujetos que son parte del medio familiar o están próximos a él. En estos casos pueden surgir innumerables hipótesis a favor o en contra de que el niño esté interesado en mentir (Ejemplo: conflictos con el acusado).

En casos en que se vaya a efectuar la pericia Validación del Testimonio, el usuario puede decidir efectuar la exploración en uno o dos tiempos: Efectuarla en dos tiempos significaría que en una primera etapa se realice toda la exploración menos la del testimonio. Con esa primera información obtenida puede consultarse el sistema y obtenerse expectativas sobre los distintos índices que pueden producirse dadas las peculiaridades psicológicas, patológicas, familiares, victimológicas, etc. del menor explorado. Disponiendo de esa información previa que le aportará el sistema relativa a posibles tendencias del testimonio, los peritos pueden enfrentar en menores condiciones, en un segundo tiempo, la validación de ese aspecto en el menor víctima y obtener así la información definitiva correspondiente para introducirla en VICTIMAL.

Estado actual

En la actualidad el sistema VICTIMAL se encuentra en uso en el Instituto de Medicina Legal de Ciudad de la Habana, Cuba y en vías de las gestiones imprescindibles para su generalización y comercialización.


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