BIBLIOTECA VIRTUAL de Derecho, Economía y Ciencias Sociales

ESTUDIOS CUBANOS SOBRE VICTIMOLOGÍA (COMPILACIÓN)

Dager Aguilar Avilés




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El Redescubrimiento del tercer protagonista de la justicia penal. Notas para un debate.

M.Sc. Seida Maria Oliveros Correa.

M.Sc. Rossina de la Caridad. Pérez Guilbeaux.

M.Sc. Marisel Guilarte Legrá

“ En cualquiera de las sociedades existentes, todos somos de cierto modo víctimas potenciales de hechos criminales, de ahí la necesidad de implantar una efectiva política de trato adecuado y justo para con las víctimas; reconociéndoles sus derechos, sin menoscabo del derecho del victimario. Esto es una necesidad imperiosa en una sociedad como la nuestra, donde el bienestar del hombre es el objeto supremo.”

Fidel Castro Ruz

INTRODUCCION

Al dárseme la situación de escoger un tema para la tesis de grado de la Especialidad de Derecho Penal, no vacilé en seleccionar “La Víctima. Su tratamiento en el Proceso Penal Cubano”. Entonces no había imaginado el complejo y controvertido problema que debía enfrentar. Algunos compañeros me lo señalaron, pero otros me alentaron y me auparon en la idea, unos pensando que era un tema del que mucho se ha hablado y del que se han expuesto infinidad de opiniones, tanto favorables a que se cambie el status procesal con que figura actualmente la víctima en el proceso penal, como inclinados a que se mantenga el ordenamiento procesal, pero concretamente no conocían de propuestas, basadas en una fundamentación sólida, que tuviera alguna utilidad para que se tomara en consideración a los efectos de una posible modificación a la legislación.

El reto era muy grande, no creo que el trabajo elaborado haya satisfecho totalmente esas expectativas, pero lo asumí y lo intenté, encontrándome con la realidad de que es muy difícil limitar cualquier estudio de la víctima y su vinculación con el proceso penal, sin entrar a considerar el fenómeno de la victimización y las diferentes aristas de estudio que presenta, de donde no puede escapar el análisis de cómo está estructurado el tratamiento que se reserva para los pacientes del delito en el orden constitucional y en el penal sustantivo.

Tenía que iniciar una investigación, más bien continuarla, pues hacía algún tiempo venía recopilando información al respecto. El tema me llevó por el camino de tratar de demostrar que en el ordenamiento procesal cubano no se facilitaba para la víctima el trato diferenciado, más garantista, que propugnan las corrientes modernas del derecho penal y que a las deficiencias legislativas se unía la falta de conciencia plena de este problema por parte de los operadores del sistema, pues aún con las limitaciones legales se podía mejorar el tratamiento habida cuenta que los que aplican las disposiciones y normativas jurídicas son seres humanos y quienes reciben sus efectos son también seres humanos, y para los seres humanos siempre es posible dispensarse un mejor trato en sus interrelaciones, siempre y cuando exista la voluntad del entendimiento y la comprensión del problema ajeno, sobre todo de aquellos que están en la obligación legal y el deber moral de decidir sobre la situación que aqueja al más débil.

Dicho de otro modo, el tema que se habría a mis pies me llevaba por el sendero de ofrecer una panorámica de los problemas cotidianos que presentan las víctimas cuando son objetos de ataques delictivos, aquellos que después afrontan cuando entran en contacto con el sistema penal, los que se aprecian del propio ordenamiento sustantivo y adjetivo y los no menos significativos que se suscitan de la manera de pensar y actuar de aquellas personas encargadas de la tramitación e incoación de los procesos penales; aquellos que tienen el contacto directo con los protagonistas, o sea con la indisoluble pareja víctima-victimario.

Como todas estas facetas del estudio sobre las víctimas y muchas otras más, imposible de abordar en un solo tema, están interrelacionadas, debía encontrar una fórmula que agrupara los aspectos que me interesaba encontrarle una respuesta y entonces me plantee el siguiente problema para la investigación. ¿En el proceso penal Cubano es efectiva la legislación para garantizar la debida protección a las víctimas o perjudicados por los hechos delictivos?

Una respuesta anticipada al problema me llevó por el camino de establecer la siguiente hipótesis: Las insuficiencias legislativas son las determinantes para que no se garantice esa debida protección que propugnan las corrientes modernas del derecho penal.

Los métodos investigativos fueron varios, aunque de la experiencia acumulada la consideré importante, porque parto de la consideración positiva de los adagios populares que escucho desde niño y que versan más o menos en este sentido: “Vista hace fe”; “Vivir para ver”; “Nadie escarmienta por cabeza ajena”, por lo que indisolublemente se imponía también el empleo del método de la observación examinando muchas causas y expedientes que llegaron a mis manos, o a las manos de otros colegas de profesión, en recursos de casación, recursos de apelación y procedimientos de revisión; el examen de documentos tales como; estadística judicial, la legislación vigente, las instrucciones, acuerdos, dictámenes y circulares del Tribunal Supremo Popular y de otras instituciones vinculadas al proceso penal; investigaciones victimológicas realizadas por juristas cubanos y de otras nacionalidades con particular detenimiento, por lo que aporta a nuestra realidad, la llevada a cabo por el Juez José Ramón González Guadarramas, Presidente de la Sala Segunda de lo Penal del Tribunal Provincial Popular de Villa Clara, el que aplicó un sistema de encuestas a Instructores Policiales, Fiscales y Jueces Profesionales de aquella provincia y también a las víctimas directas de hechos delictivos que revelan un resultado muy interesante. Utilicé el debate abierto con colegas y juristas en cada oportunidad que se presentó y también el intercambio directo con perjudicados de hechos delictivos no escaparon de la perspectiva del trabajo. Los estudios doctrinales los estimé de primera mano, porque ello me posibilitó, no sólo alcanzar más conocimiento sobre el devenir histórico de la víctima y su enrumbamiento en el proceso penal, sino también de las diferentes corrientes que en su entorno se han movido en uno u otro sentido y de las que se mueven en el derecho moderno.

Otro método empleado fue el del estudio comparativo de las legislaciones de varios países, haciendo énfasis en aquellas que se le considera de punta. La opinión de expertos no podía faltar en un trabajo de esta naturaleza y por eso mediante la técnica de las encuestas se elaboró un interrogatorio de seis preguntas a los jueces de las tres salas que trabajan la materia penal en el Tribunal Supremo Popular, un grupo apreciable de especialistas que actúan en apoyo del trabajo jurisdiccional en el propio órgano de justicia, algunos fiscales de la Fiscalía General de la República, abogados de reconocido prestigio y larga experiencia, todos Doctores, Master o Especialistas y que imparten docencia en las Universidades. Estas mismas encuestas se aplicaron a una apreciable cantidad de jueces, fiscales, especialistas y abogados que trabajan en distintas provincias del país, con énfasis en Camagüey, Ciego de Avila, Sancti Spíritus, Cienfuegos, Pinar del Río y Ciudad de la Habana. También encuestas a varias víctimas que asistieron al Tribunal Supremo Popular en ocasión de las vistas convocadas en Procedimientos de Revisión; otras aplicadas directamente a víctimas o perjudicados de hechos delictivos de competencia de los tribunales municipales y provinciales populares, hayan llegado o no a culminación con una sanción penal; otra encuesta practicada a ciudadanos escogidos al azar para conocer como aprecia la población el apoyo que reciben las víctimas o perjudicados de hechos delictivos.

De acuerdo al problema objeto de la investigación se precisaba establecer como objetivo central comprobar la objetividad o subjetividad de la hipótesis planteada y de ello se derivaban otros objetivos encaminados al estudio pormenorizado de los cuerpos legales más importantes que trata la materia y dentro de ellos aquellas instituciones que pueden ser objeto de varias interpretaciones. Así fue preciso el examen de la Constitución de la República, del Código Penal Cubano, de la Ley de Procedimiento Penal Ordinaria y de la Ley Procesal Penal Militar. Otro objetivo derivado fue el de comprobar si había conciencia de los operadores del sistema penal cubano de que debía cambiarse la legislación, pero también la mentalidad, comprobar si las víctimas o perjudicados de hechos delictivos en Cuba y también la población comprendían y aprobaban el trato que reciben o si se quejan de esta situación, así como, si con el cambio de ambas aristas del problema, se evitaban muchas quejas y molestias adicionales para las víctimas y también la incoación de más procedimientos de revisión.

En cada uno de los 10 Capítulos de que se compone el trabajo, el autor vincula la teoría con la praxis judicial y emplea un lenguaje con la pretensión de que sea entendible para todos; por lo que no trata de dibujar frases o criterios que oculten la apreciación real del problema, aún y cuando se sacan a relucir verdades que están muy lejos de la voluntad política del Estado, de las instituciones vinculadas con el proceso penal y de los legisladores, porque, como lo recoge nuestra Carta Magna, los postulados del Partido Comunista de Cuba y la existencia misma de la Revolución cubana y del régimen político-social y económico adoptado, servir al pueblo es la primera premisa de todas y si una parte de ese pueblo, por ínfima que sea, requiere de cambios legislativos, sólo hay que plantearlo y argumentarlo y por eso la pretensión final es que el trabajo realizado sirva en algo para despertar mayor preocupación y ocupación todavía al tema de la víctima y su status desfavorable en el proceso penal cubano y la necesidad de que ocurran cambios legislativos que se conecten efectivamente con los postulados más avanzados del derecho moderno y con el reclamo de importantes eventos internacionales y de la Comunidad de Naciones.

El tema no está agotado, sólo está planteado, por lo que lo someto a la crítica y análisis de todos los que lo hagan con el sano propósito que me animó para estudiarlo.


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