BIBLIOTECA VIRTUAL de Derecho, Economía y Ciencias Sociales

PROCESOS INTERCULTURALES

Víctor Ortiz y otros




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CASO 1, Juez Pedro Ek Cituk

El 10 de mayo de 2001, en la comunidad de Tixcacal Guardia, mpio. FCP, comparecen Evaristo Chan Koh acusando a Canuto Caamal Dzul y a su hijo Santiago Caamal Poot, el primero demanda a los segundos porque sus perros entraron en su corral y atacaron a sus borregos. Producto del ataque murieron cuatro borregos. El afectado pide que se le paguen los daños cubriendo la cantidad de $1,800 pesos, ya que los borregos pesaban en total 200 kilos, se le cobra a 9 pesos el kilo de carne de cada borrego. Además se le pide que sacrifique a sus perros.

Los acusados aceptan pagar la cantidad fijada y sacrificar a sus doce perros para evitar más problemas. Durante el juicio se cubre un primer pago por $900 pesos, comprometiéndose a pagar el resto quince días después del juicio.

CASO 2, NO CONCILIACIÓN, Juez Abundio Yama Chiquil

El 25 de marzo de 2001, en la comunidad de Señor, mpio. FCP, comparecen Valentín Poot Chuc y Alicia Pat Chan. El primero demanda a su esposa porque se salió de su casa el 23 de marzo (dos días antes del juicio) sin avisar y sin motivo alguno, abandanonado su hogar. El demandante solicita ante el juez que su esposa le explique ¿por qué lo abandono?

La mujer explica que el motivo por el cual abandonó a su esposo es porque desde que se casaron, quince años atrás, nunca ha vivido tranquila con su esposo. Cada que toma su cerveza llega a su casa insultando y golpeando a su mujer. Constantemente la cela con los vecinos y ya no soporta esa vida que lleva, por lo que decide irse con sus 6 hijos a su pueblo y abandonar definitivamente a su esposo.

Al no haber un acuerdo de conciliación entre las partes, el juez invita a las partes a dirimir sus diferencias por medio de la vía legal que corresponda para hacer valer sus derechos.

CASO 3, Juez Eulalio Tun Can

El 10 de febrero de 2001, en la comunidad de Yaxley, mpio. FCP, comparecen Alberto Cahuich May, Anacleto Ek Pat, Alejandro May Hoy para manifestar un problema que tiene su “compañía” religiosa con los señores Florentino May Balam y Balbino Cauich May en relación con un cuartel localizado en el centro ceremonial de la comunidad de Tixcacal Guardia.

Los demandantes acuerdan que para solucionar el problema con el cuartel, el cual fue construido por todos los involucrados, se destruya el mismo y que se dividan las maderas en partes iguales.

También se solicita la devolución de $100 pesos que se habían pagado para utilizar el cuartel, ya que si se va a destruir, ya no será posible ocuparlo.

Las partes involucradas quedan conformes con el acuerdo y firman el acta del juicio.

CASO 4, Juez Luis Dzib Canul

El 23 de marzo de 2001, en la comunidad de Chan Chen I, mpio. Tulúm, comparecen Lucila Ay Puc y Hermiño Uh Canché, quienes viven en unión libre. La mujer demanda a su cónyugue porque desde que viven juntos, dos años atrás, ha sufrido constantes agresiones de por parte de su pareja sin motivo alguno. En ocasiones han tenido que intervenir los abuelos de Hermiño para evitar que lastime a su mujer. Por ello la mujer acude al juez para separarse definitivamente de su pareja, ya que no está dispuesta a soportar maltratos. Ella asume la custodia del hijo que tienen de un año y medio sin la intervención de su pareja y padre del niño.

Hermiño acepta la acusación y manifiesta que es verdad que en ocasiones se enoja con su esposa, pero no acepta la solicitud de separación de su esposa.

El juez aconseja y orienta a la pareja sobre la responsabilidad que tienen entre ellos y con su hijo. Por lo que se les concede un plazo de seis meses para que reflexionen sobre la desición que tomarán. También se acuerda que el padre puede visitar a su hijo una vez a la semana. Durante los seis meses, la mujer vivirá con sus padres, separada de su conyugue. Ambos están de acuerdo con la resolución y firman el acuerdo.

CASO 5, Juez Antonio Tuz Kumul

El 11 de mayo de 2001, en la comunidad de Sahcab-Mucuy, mpio. Tulum, comparecen Modesta Canul Pech y Egilio Dzib Canul. El señor Egilio fue encarcelado durante 12 horas debido a que estando borracho golpeó a su madre, la señora Modesta Canul. También se le impuso una multa, pero al no tener dinero, se le cambió la multa por trabajo durante cuatro horas en la plaza pública.

El señor Egilio reconoció que actuó mal porque estaba borracho y que no se acordaba de nada de lo que había sucedido. Por lo que también se compromete a evitar tomar mucho para no emborracharse.

Como se puede apreciar, los mayas están aprovechando y utilizando la ley de justicia indígena de Quintana Roo. Los 17 jueces tradicionales son mayas y son personajes reconocidos dentro de su comunidad. Esto es, la justicia la aplica un miembro de la comunidad. A pesar de que el nombramiento es externo y se trata de una figura “nueva” dentro de la organización social de los mayas, se ha integrado a su tradición y costumbre.

Los bautizos les sirven para contar con documentación oficial y poder acceder a diversas instituciones educativas, de salud, de apoyo. Con los matrimonios mayas se formaliza y reconoce la unión de parejas más allá de la comunidad. Y esto tiene importancia incluso de manera interna, ya que los propios mayas dicen que antes de que existiera el reconocimiento del matrimonio, había jóvenes que negaban haber asumido un compromiso con una pareja. Para esto argumentaban diciendo “¿dónde está el comprobante de que me casé?”, a partir de la unión reconocida por el juez, cuentan con un acta de matrimonio.

La justicia por delitos no graves, la tienen a su alcance y sin enfrentarse a autoridades que desconocen sus costumbres y tradiciones. No tiene que salir de su comunidad y en cualquier momento pueden pedir la intervención del juez tradicional. No se busca castigar sino conciliar. En una ocasión los propios mayas decían que ellos no necesitaban de abogados, porque ellos sí se conducían con verdad y para los mayas vale más la palabra que cualquier otro tipo de prueba.

Todavía falta mucho por hacer, pero se está evaluando la experiencia de los jueces tradicionales con el fin de mejorarla y, en su momento, proponer una reforma que le otorgue a los indígenas mayas mayor competencia y reconocimiento como pueblo indígena.

Los jueces indígenas mayas tienen su propia versión de la Ley de justicia indígena. Por ejemplo, el juez tradicional de San Juan de Dios, Gonzalo Canul May, considera que su trabajo como juez lo hace sentirse “contento” ya que ayuda a su comunidad en la impartición de justicia. Para él, la ley les da tranquilidad en su comunidad.

El juez tradicional de Tulum, Víctor Balam Catzín, dice que ellos conservan sus tradiciones y que no permiten que personas ajenas al pueblo pongan en riesgo las creencias mayas. Sobre la zona arqueológica piensa que ahí vivieron sus antepasados y que es parte de su historia. No obstante, se le da mayor preferencia a los turistas extranjeros que llegan a visitarla y los mayas no obtienen ningún beneficio, incluso en ocasiones les quieren cobrar el acceso a la zona arqueológica.

Sobre su experiencia como juez tradicional, plantea que su obligación es aplicar la Ley de Justicia y participar en las bodas y bautizos mayas. Cuenta que en una ocasión una persona extranjera le pidió que lo casara con su pareja por la iglesia maya y él se negó a hacerlo, la razón es que “si los hubiera casado, al día siguiente tendría cientos o miles de extranjeros que me estaría pidiendo que los casara”. En Tulum siguen de manera estricta las normas de su iglesia maya. Nadie puede entrar con zapatos, ni tomar fotos, ni filmar. Cuentan con el respaldo de las autoridades policíacas para que si alguien no respeta sus normas, ellos pueden amarrar a la persona e incluso quitarle su cámara.

En Tixcacal Guardia, el juez tradicional es Pedro Ek Cituk. El caso de esta comunidad es especial, ya que ha habido algunas diferencias internas entre los miembros de la comunidad, lo que los ha llevado a situaciones de enfrentamientos entre autoridades civiles y religiosas. En los juicios, cuando hay un problema de tipo familiar, interviene casi toda la familia y el juez escucha a cada uno de ellos para poder determinar quién tiene la razón.

El juez tradicional de X-Yatil, como ya se comentó, es Juan Witzil Zimá. Además de ser sacerdote maya es juez tradicional. En cuanto al juez tradicional, y sus funciones, me tocó presenciar un juicio por robo, el cual me parece importante describir brevemente para finalizar este trabajo.

El juzgado no permanece abierto todo el tiempo, únicamente se abre cuando el juez realiza un juicio, o alguna actividad relacionada con la iglesia maya, o durante las tardes, después de las 5 de la tarde. Hay ocasiones en que no se abre en varios días debido a que el juez sale fuera de la comunidad, o cuando se va de cacería, o simplemente cuando tiene mucho trabajo en su milpa.

Conclusiones

Antes de poder afirmar que se está o no de acuerdo con el reconocimiento de los derechos indígenas y con el reconocimiento de su autonomía, es necesario entender ampliamente la forma en que se va a dar el ejercicio autonómico.

Hoy vemos que a pesar de todos los avances en materia legislativa, los pueblos indígenas siguen siendo el sector más vulnerable de la sociedad mexicana. Cuyos derechos se siguen violando de manera cotidiana. No sólo sus derechos colectivos, sino también sus derechos individuales, que están relacionados entre sí.

En Quintana Roo podemos observar que los mayas se han apropiado de la ley de justicia indígena, vinculando sus derechos con su cultura.

Los estados nacionales deben de voltear a observar la forma en que se imparte la justicia en las comunidades indígenas para pensar en rescatar algunas de sus experiencias. No necesitan cárceles de máxima seguridad para hacer cumplir la ley.

Tampoco quiere decir que vivan en armonía, existen conflictos de tipo religioso, político, familiar, etcétera. Pero durante su historia han aprendido a resolverlos de tal manera que se llegue a acuerdos que beneficien a la colectividad.

Tampoco quiere decir que los indígenas han logrado conciliar los intereses de los derechos individuales con los derechos colectivos.

Todavía falta muchos por recorrer, pero el principal reto es encontrar puntos de acuerdo y de diálogo que permitan una nueva relación entre los pueblos indígenas y el estado mexicano.

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