BIBLIOTECA VIRTUAL de Derecho, Economía y Ciencias Sociales

DIAGNÓSTICO AMBIENTAL DE LOS CUERPOS INTERNOS DE AGUA DE LA CIUDAD DE CARTAGENA DE INDIAS

Angie Paola Beltrán Reales y Leidys Suárez Esquivia


 


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2. MARCO LEGAL

Colombia no es ajena a las problemáticas de índole ambiental, ya que se ha evidenciado que todos sus recursos naturales se ven afectados de forma directa por las acciones antrópicas por esta razón desde la década de los 70 ha sido pionera en América Latina en desarrollar legislaciones que pretenden la preservación del medio ambiente, tal es el caso del Código Nacional de los Recursos Naturales Renovables y de protección al Medio Ambiente (Decreto Ley 2811 de 1974) y la Ley 99 de 1993 siendo estas un instrumento jurídico que se encarga de regular la conducta humana en relación al uso de los recursos naturales y el ambiente. En cuanto a la contaminación marina, Colombia cuenta a con un amplio desarrollo de documentos de política que en su mayoría se describen en la tabla 5.

Plan Nacional de Contingencia contra Derrame de Hidrocarburos, Derivados y Sustancias Nocivas, en Aguas Marinas, Fluviales y Lacustres (PNC). Aprobado por Decreto 321 de 1999Fuente. Diagnóstico integral biofísico y socioeconómico relativo al impacto de las fuentes de contaminación terrestre en la bahía de Tumaco, Colombia y lineamientos básicos para un plan de manejo. 2006

* MARCO NORMATIVO NACIONAL

En Colombia el marco normativo nacional relacionado con la prevención, control y reducción de la contaminación del medio marino, en la actualidad no ha sido desarrollado en su totalidad pues la legislación vigente para regular el recurso hídrico, establecer el manejo de vertimientos, define instrumentos económicos, administrativos e institucionales necesarios para la ejecución de proyectos, solo para aguas superficial continental, y no ha tratado específicamente el manejo y los impactos ambientales sobre mares, sistemas lagunares costeros y aguas subterráneas. A continuación en la tabla 6 se hace una recopilación de las normas que están en vigor en el país, las cuales en cierta medida han sido producto de los convenios internacionales a los cuales se ha suscrito Colombia en los últimos 20 años.

Ley 812 de 2003, Ley del Plan Nacional de Desarrollo 2002 -2006.Establece en el objetivo de impulsar el crecimiento económico sostenible, estrategia de sostenibilidad ambiental, y como acción prioritaria del programa Conservación y uso sostenible de bienes y servicios ambientales, el desarrollo de la política de mares y costas. Así mismo, en el programa Manejo Integral del Agua, se establecen acciones dirigidas a la prevención y control de la contaminación, a través de la formulación e implementación del Plan de Manejo de Aguas Residuales, según los lineamientos del CONPES 3177. Decreto 1713 de 2002Reglamentar e servicio público de aseo en el marco de la gestión integral de los residuos sólidos ordinarios, en materias referentes a sus componentes, niveles, clases, modalidades, calidad, y al régimen de las personas prestadoras del servicio y de los usuarios. Decreto 1180 de 2003Reglamenta la Ley 99 de 1993 respecto a la Licencia Ambiental (LA). Establece los proyectos, obras y actividades sujetos a LA, las competencias de las autoridades ambientales, y el procedimiento para el otorgamiento de la LA.LEY 768 DE 2002 Por la cual se adopta el Régimen Político, Administrativo y Fiscal de los Distritos Portuario e Industrial de Barranquilla, Turístico y Cultural de Cartagena de Indias y Turístico, Cultural e Histórico de Santa Marta.Decreto 347 de 2000Organiza la Comisión Colombiana del Océano (CCO), órgano intersectorial de asesoría, consulta, planificación y coordinación del Gobierno Nacional en materia de Política Nacional del Océano y de los Espacios Costeros, y los diferentes temas relacionados con el desarrollo sostenible de los mares colombianos y sus recursos.Resolución 1096 de 2000Reglamento de agua potable y saneamiento RAS, título E, tratamiento de aguas residuales. Es el documento técnico que fija los criterios básicos y requisitos mínimos que deben reunir los proyectos del sector de agua potable y saneamiento básico. En el caso de sistemas de tratamiento de aguas residuales, el RAS tiene en cuenta los procesos involucrados en la conceptualización, diseño, construcción, supervisión técnica, puesta en marcha, operación y mantenimiento.Decreto 2190 de 1995Por el cual se ordena la elaboración del Plan Nacional de Contingencia Contra Derrames de Hidrocarburos, Derivados y Sustancias Nocivas en Aguas Marinas, Fluviales y Lacustres, PNC. Decreto-Ley 1753 de 1994Por el cual se reglamentan parcialmente los títulos VIII y XII de la Ley 99 de 1993 sobre licencias ambientales. Ley 142 de 1994Régimen de los servicios públicos domiciliarios. Establece la competencia de los municipios para asegurar la prestación eficiente del servicio domiciliario de alcantarillado, que incluye el tratamiento y disposición final de las aguas residuales.

Además, define que las entidades prestadoras de servicios públicos domiciliarios deben proteger el ambiente cuando sus actividades lo afecten (cumplir con una función ecológica). Decreto 93 de 1998Por medio de este decreto se adopta el Plan Nacional para la Prevención y Atención de Desastres. Decreto 901 de 1997Reglamenta los artículos 42 y 43 de la ley 99 de 1993, respecto a la implementación de tasas retributivas por vertimientos líquidos puntuales a un cuerpo de agua. La tasa retributiva consiste en un cobro por la utilización directa o indirecta de las fuentes de agua como receptoras de vertimientos puntuales y por sus consecuencias nocivas para el medio ambiente. La resolución 372 de 1998 establece el monto de las tasas mínimas para Demanda Biológica de Oxígeno (DBO) y Sólidos Suspendidos Totales (SST). Ley 373 de 1997Uso Eficiente y Ahorro del agua. Contribuye a la disminución de aguas residuales, y fomenta el desarrollo del reuso de las aguas residuales. Ley 99 de 1993Reordena el sector público encargado de la gestión y conservación del medio ambiente y los recursos naturales renovables. Define la competencia de las autoridades ambientales regionales relacionadas con: conservación, preservación, uso y manejo del medio ambiente y de los recursos naturales renovables en las zonas marinas y costeras; evaluación, control y seguimiento de las descargas de aguas residuales.

Por medio de esta Ley, se vincula a los institutos de investigación INVEMAR, IDEAM, SINCHI y von Humboldt al SINA y se crea el Instituto John von Newmann, IIAP, que se encarga de la investigación del medio ambiente del Litoral Pacífico y del Chocó Biogeográfico.

Adicionalmente, encarga a los municipios la función específica de ejecutar obras o proyectos de descontaminación de corrientes o depósitos de agua afectados por los vertimientos municipales. Además, crea la tasa retributiva por vertimientos líquidos puntuales a los cuerpos de agua y establece los lineamientos para su implementación. Constitución Política de Colombia de 1991Reconocida como una de las más avanzadas del mundo en asuntos ambientales, relaciona entre otros, específicamente los Artículos 79 y 81 en los que se involucra a la población en el tema y a la protección del ambiente por armas químicas, biológicas y nucleares. Además, el Artículo 215 que señala la posibilidad de declarar estado de Emergencia por hechos que perturbaciones gravemente el orden ecológico y los Artículos 277 y 279 en los que se defienden los derechos colectivos en especial el ambiente y al derecho por un ambiente sano. Decreto 1594 de 1984Norma reglamentaria del Código Nacional de los Recursos Naturales y de la ley 9 de 1979, desarrolla los aspectos relacionados con el uso del agua y los residuos líquidos. En cuanto a aguas residuales, define los límites de vertimiento de las sustancias de interés sanitario y ambiental, permisos de vertimientos, tasas retributivas, métodos de análisis de laboratorio y estudios de impacto ambiental. Decreto 2324 de 1984Orgánico de la Dirección General Marítima, DIMAR. Por medio de esta norma se reorganiza como una dependencia del Ministerio de Defensa Nacional; contiene las competencias y funciones de la institución. En los Artículos 87, 88 y 95 hacen relación a su función como administradora de la zona costera y el control sobre el uso y goce de las aguas, playas y terrenos de bajamar como bienes de la nación y especialmente en la protección del medio ambiente marino a través entre otros, de la prevención de la contaminación causada por buques en las costas del Caribe y Pacífico colombianos. Ley 9 de 1979Conocida como Código Sanitario Nacional. Establece los usos del agua y los procedimientos y las medidas para llevar a cabo la regulación y control de los vertimientos. Decreto 1874 de 1979Crea el Cuerpo de Guardacostas de la Armada Nacional y dicta otras disposiciones. El Cuerpo de Guardacostas cumple importantes funciones de control y vigilancia ambiental, de acuerdo con lo establecido en esta norma. Decreto 1875 de 1979Dicta normas sobre la prevención de la contaminación del medio marino. Establece la definición de "contaminación marina". Establece sustancias que no pueden verterse al mar, y regula el cargue o descargue de hidrocarburos. Decreto 2811 de 1974Denominado Código Nacional de los Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente. Contiene las acciones de prevención y control de la contaminación del recurso hídrico, y específicamente las medidas para impedir o prevenir la contaminación y afectación del ambiente marino.Fuente. Diagnóstico integral biofísico y socioeconómico relativo al impacto de las fuentes de contaminación terrestre en la bahía de Tumaco, Colombia y lineamientos básicos para un plan de manejo. 2006

* MARCO NORMATIVO LOCAL

En Cartagena de Indias, se han realizado con base en el Plan de Ordenamiento Territorial (POT) áreas que por sus características naturales, geográficas, de fauna y flora, localización, topografía, extensión y otras condiciones especiales, se consideran áreas de protección, donde se proponen modificaciones en relación con denominaciones y objetivos establecidos en el Acuerdo 23 Bis de 1996. Según se muestra en la tabla 7. En las áreas de protección tenemos a los cuerpos de agua de la ciudad se refiere a las zonas inundables que favorecen el desarrollo de la vegetación marina.

Tabla 7. Áreas de protección en Cartagena de Indias según el P.O.T. La Ciénaga de La VirgenSe pretende declarar la como Parque Ecológico Distrital, para dedicarla a su recuperación ecológica. Las bases de información ambiental y de calidad de agua se toman de los estudios técnicos y de Impacto Ambiental del Proyecto de la Bocana Estabilizada de Mareas y el Plan Maestro de Alcantarillado y de los estudios anteriores de EDURBANIZACIONE y de la Universidad de Cartagena.

La Bahía de Cartagena y los Caños internosSe proponen como áreas de recuperación ambiental. Los caños y lagunas, o cuerpos de agua internos fueron declarados por Ley 62 de 1937 y ratificados por Decreto Ley 07 de 1984, como áreas de recuperación, mediante obras de limpieza, canalización por dragado y acotamiento de los cuerpos de agua y recuperación de algunos trayectos de sus orillas. Una vez recuperados deberán convertirse en áreas de protección para su conservación, controlando las fuentes de deterioro como son la suspensión de su circulación hídrica, los aportes de aguas negras y disposición de residuos en sus aguas.

El territorio y área de colindante del sistema corresponde a los sectores siguientes: Caño de Juan de Angola, desde el Aeropuerto hasta Marbella, Laguna del Cabrero, sede el Puente Benjamín Herrera hasta el puente de Chambacú, Laguna de Chambacú desde el puente del mismo nombre hasta el puente Heredia, Laguna de San Lázaro, desde el Puente Heredia, hasta el Puente Román, Caño de Bazurto desde puente Las Palmas hasta el Puente Jiménez, Ciénaga de las Quintas, desde el puente Jiménez hasta el Puente de Bazurto. Fuente. Corporación Autónoma Regional del Canal del Dique (CARDIQUE) & Conservación Internacional Colombia. Plan de Ordenamiento y Manejo de la Cuenca Hidrográfica de la Ciénaga de la Virgen (Bolívar-Colombia) (fase II).Cartagena de Indias, 2004


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