BIBLIOTECA VIRTUAL de Derecho, Economía y Ciencias Sociales

INTRODUCCIÓN A LAS FINANZAS PÚBLICAS

Alberto Ibarra Mares


 

Esta página muestra parte del texto pero sin formato.

Puede bajarse el libro completo en PDF comprimido ZIP (114 páginas, 742 kb) pulsando aquí

 

 

CAPITULO VII. EL INGRESO PUBLICO

1. LOS INGRESOS PÚBLICOS Y SU MARCO JURÍDICO

Los ingresos públicos al igual que el gasto público también tienen su sustento y marco jurídico principal en la Constitución Política de cada país. Se parte de la idea que el individuo al vivir bajo la protección de un estado soberano en un territorio determinado, adquiere el compromiso de otorgar a su respectivo gobierno la facultad para imponer las contribuciones necesarias para cubrir el gasto público de la sociedad en donde vive con su familia y conciudadanos.

Así, el estado adquiere las facultades exclusivas a través de su división de poderes para aprobar el presupuesto anual de gastos, discutiendo también los ingresos y las contribuciones que a su juicio, deben decretarse para dicho gasto social.

Para ello se desarrolla todo un sistema de leyes y reglamentos que norman y clasifican a los diferentes tipos de ingresos. El derecho de iniciar leyes o decretos compete normalmente al presidente del país junto con sus ministros y asesores, así como a los Representantes y Senadores que representan al ciudadano a través de sus legisladores.

Los ingresos que recibe el gobierno se pueden clasificar en general en cuatro importantes rubros que son:

1. Ingresos tributarios.

a. Impuestos.

b. Aportaciones de Seguridad Social.

c. Derechos.

d. Contribuciones Especiales.

e. Tributos o Contribuciones Accesorias.

2. Ingresos Financieros.

a. Empréstitos.

b. Emisión de Moneda.

c. Emisión de Bonos de Deuda Pública.

d. Amortización y Conversión de la Deuda Pública.

e. Moratorias y Renegociaciones.

f. Devaluaciones.

g. Revaluaciones.

h. Productos y Derechos.

i. Expropiaciones.

j. Decomisos.

k. Nacionalizaciones.

3. Tarifas y Servicios Públicos

4. Deuda Pública

Otra clasificación de los ingresos públicos, que es más específica es la siguiente:

I. Impuestos.

II. Aportaciones de Seguridad Social.

III. Contribuciones de mejoras.

IV. Derechos.

V. Contribuciones no comprendidas en las fracciones precedentes causadas en ejercicios fiscales anteriores, pendientes de liquidación o pago.

VI. Productos.

VII. Aprovechamientos.

VIII. Ingresos derivados de financiamientos.

IX. Otros Ingresos.

De los anteriores Ingresos, los que en la actualidad y en la historia reciente han sido los más importantes, son los ingresos vía impuestos (ingresos tributarios), y los ingresos derivados del financiamiento (deuda pública). En éste capítulo se analizará con detalle a los ingresos tributarios y en otro posterior los ingresos por financiamiento ajeno o deuda pública (tanto interna como externa). Esto se debe a la importancia histórica que dichos ingresos han representado para los países de la región latinoamericana con respecto a sus ingresos totales, así como por el impacto dentro de las finanzas públicas de cada uno de estos países.

Los ingresos tributarios tienen su base jurídica en el postulado de que los ciudadanos tienen la obligación de contribuir para los gastos públicos del estado soberano en donde residen. Esto de forma proporcional, justa, equitativa y de acuerdo a lo que dispongan sus respectivas leyes. Actualmente los ingresos tributarios están integrados por muchas clases distintas de impuestos entre los que destacan los siguientes (Ver cuadro anexo).

UNA CLASIFCACION DE LOS IMPUESTOS DE ACUERDO A POLITICAS PUBLICAS DE

INGRESOS DE LA FEDERACION

 Impuesto Sobre la Renta (ISR).

 Impuesto al Valor Agregado (IVA).

 Impuesto a los Activos.

 Impuestos Especiales Sobre Producción y Servicios Específicos.

 Impuesto sobre Erogaciones por Remuneración de Trabajos Personales Prestado bajo la Dirección y Dependencia de un Patrón.

 Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles.

 Impuesto Sobre Tenencia o Uso de Vehículos.

 Impuesto Sobre Automóviles Nuevos.

 Impuesto Sobre Servicios Expresamente Declarados de Interés Público por determinada Ley, en los que intervengan empresas concesionarias de bienes del dominio directo de la Nación.

 Impuesto a los Rendimientos de un bien Nacional como Petroleo, Minerales, Mares, Recursos Naturales.

 Impuestos al Comercio Exterior.

A la Exportación.

A la Importación.

 Impuestos por la Prestación de Servicios en Telecomunicaciones (Red Telefonica, uso de aeropuertos, etc.)

Los dos impuestos más importantes en las economías occidentales son el Impuesto Sobre la Renta (ISR), y el Impuesto al Valor Agregado (IVA), cuyas respectivas leyes llevan sus nombres.

Los ingresos del sector público se recaudan por medio de una Tesorería administrada por el gobierno en turno, la cual es un elemento integral del ministerio de hacienda o del tesoro. La tesorería de un Estado debe llevar los registros de la Hacienda Pública del país en todos sus niveles. Sin embargo, en algunos países los ingresos provenientes de las aportaciones de seguridad social y fondos de viviendas, pensiones, cesantías y retiro no los administra ya el Estado, pues ha dejado esta actividad a la iniciativa privada. Tema que en los últimos años se ha prestado a todo una polémica ideológica entre el Estado regulador y el Estado neoliberal.

Usualmente es el poder ejecutivo nacional o federal el único facultado para otorgar los estímulos y subsidios a los contribuyentes, consultando la opinión de las dependencias ministerios o componentes de la Administración Pública Federal. Los estímulos y subsidios tratan de fomentar y desarrollar ciertas actividades o sectores que se consideran prioritarios y estratégicos para un país. Por ejemplo, el abasto de productos básicos, la importación de materias primas insuficientes, la importación de equipo y maquinaria que ayude en la productividad del país, la investigación científica y el desarrollo tecnológico, el crédito al salario de los trabajadores; y en general todas aquellas actividades sectoriales en los términos que establezca los planes nacionales de desarrollo de cada país para su crecimiento sostenible y sustentable, así- como para su estabilidad económica.

Los estímulos y subsidios que concede cada país a nacionales y/o extranjeros en ningún caso deberían afectar las participaciones de la administración pública eficiente. Para ello el poder ejecutivo tiene la obligación de informar al poder legislativo sobre los ingresos percibidos por el Estado en todos sus niveles. Así mismo debe hacer una relación con respecto a las estimaciones que se determinaron en sus respectivas leyes de Ingresos que están incluidos conjuntamente en el presupuesto de ingresos anual. Por último, los ingresos de un Estado parten del principio de que el gobierno sólo debe utilizarlos de acuerdo a lo estipulado y autorizado en su presupuesto de egresos.


Grupo EUMEDNET de la Universidad de Málaga Mensajes cristianos

Venta, Reparación y Liberación de Teléfonos Móviles
Enciclopedia Virtual
Biblioteca Virtual
Servicios