BIBLIOTECA VIRTUAL de Derecho, Economía y Ciencias Sociales

CONSOLIDACIÓN DE ESTADOS FINANCIEROS

Luis Maria Barrera Piragauta


 


Esta página muestra parte del texto pero sin formato.

Puede bajarse el libro completo en PDF comprimido ZIP (143 páginas, 518 kb) pulsando aquí

 

 

5.4. MÉTODO DE PARTICIPACIÓN

Una empresa invierte o compra acciones o hace aportes en otra empresa con el fin de obtener ingresos fijos o variables por tener sobrantes de efectivo o para asegurar el control o mantenimiento de las relaciones como cliente o proveedor. En tal sentido esta inversión puede ser de corto o largo plazo convirtiéndose entonces en inversiones temporales o permanentes y dependiendo seguirá el tratamiento contable.

5.4.1. Inversiones Temporales. Se presentan cuando por no tener efectivo ocioso, se invierte en títulos que se pueden convertir en forma inmediata o dentro del termino de un año, en lo que se denomina mercado de dinero, mesas de dinero u otros y se presentan en los estados financieros dentro del activo corriente.

El tratamiento contable esta previsto en la norma técnica especial aplicable a inversiones en el artículo 61 de las normas de contabilidad general y su mecánica respectiva en plan de cuentas para comerciantes.

5.4.2. Inversiones Permanentes. Son los recursos invertidos con la finalidad de no convertirlos en efectivo en corto plazo sino de mantenerlos indefinidamente por lo cual son a un plazo mayor de un año. Este tipo de inversiones son de dos tipos:

a) Como instrumentos de deuda, es decir la adquisición de pasivos de empresas privadas o del Estado (bonos) por lo cual se obtiene un rendimiento denominado intereses.

Inversionista Receptora de recursos

b) Como instrumentos de Capital, que corresponde a la adquisición de acciones o cuotas de interés social emitidas por las empresas que requieren apalancamiento por este medio. El rendimiento generado se denomina dividendo o participaciones. En este caso el inversionista participa de los riesgos que pueda tener la empresa en la cual se invierte en la proporción de la inversión.

Inversionista Receptora de recursos

En nuestra normatividad Colombiana no esta definido la influencia nula, pero considero que se da cuando no hay participación en la junta directiva o es tan escasa que no puede tomar decisiones y es significativa cuando al menos se tienen dos o tres miembros en la junta directiva de cinco, y en tal caso ya se diría que existe control. El artículo 260 del Código de Comercio, reformado por la Ley 222 de 1995, en su artículo 26 contempla: “Subordinación: Una sociedad será subordinada o controlada cuando su poder de decisión se encuentra sometido a la voluntad de otra u otras personas que serán su matriz o controlante, bien sea directamente, caso en el cual aquella se denomina filial o con el concurso o por intermedio de las subordinadas de la matriz, en cuyo caso se llamará subsidiaria”.

Con una participación del 50%, en una junta directiva de cinco miembros, hay la posibilidad de colocar tres y de esta forma ya se tiene poder de decisión en los aspectos administrativos y financieros.

El valor histórico que incluye el costo de adquisición más todas las erogaciones necesarias como comisiones, honorarios e impuestos, y luego de ser reexpresado por inflación, al final del periodo se debe ajustar al valor de realización mediante provisiones o valorizaciones. Generalmente se tiene como valor de realización, el promedio de cotización representativa en las bolsas de valores en el último mes cuando las acciones se cotizan allí o en caso contrario, tomando el valor intrínseco, o el valor de mercado, utilizando los sistemas especiales de valoración que prescriban las autoridades competentes.

El articulo 61 del Decreto 2649 de 1993 respecto de inversiones en subordinadas contempla lo siguiente: “No obstante, las inversiones en subordinadas, respecto de las cuales el ente económico tenga el poder de disponer que en el periodo siguiente le transfieran sus utilidades o excedentes, deben contabilizarse bajo el método de participación, excepto cuando se adquieran y mantengan exclusivamente con la intención de enajenarlas en un futuro inmediato, en cuyo caso deben contabilizarse bajo el meto de costo”.

5.4.3. Métodos de Valuación de las Inversiones. Existen dos métodos: Costo y participación.

5.4.3.1. Método del Costo. Cuando no existe influencia significativa que para el caso colombiano es menor del 50%. Se tiene en cuenta los siguientes aspectos:

1. Se registra por el valor de adquisición, al igual que las que se hagan posteriormente.

2. Cuando cobra dividendos de utilidades acumuladas con anterioridad a la fecha de adquisición de las acciones, se considera una recuperación del costo.

Ejemplo 1: MN en el mes de enero se compran 8.000 acciones a razón de $150 cada una, que representan el 10% del capital contable de la emisora. Se paga una comisión del 3%. Las acciones incluyen un dividendo de $12.5 por acción de utilidades acumuladas antes de la adquisición que serán cobrados en abril siguiente. En junio decretan y pagan un dividendo también de utilidades generadas antes de la adquisición por lo que le corresponde a MN $5.000. Al cierre de ejercicio el valor de mercado de las acciones es de $160 y el ajuste por inflación durante el año fue del 8%. Se requiere hacer el análisis y registro originado por la compra de las acciones en los libros de MN.

1. En la fecha de compra (enero):

Para registrar la compra de 8000 acciones por el método del costo.

2. En abril se recibe el pago de dividendo: se debita al Caja y acredita Deudores por $100.000.

3. En junio se decreta y paga dividendo por $5.000:

Para registrar el pago de dividendos de utilidades anteriores a la fecha de adquisición de las acciones.

El movimiento de la cuenta de Inversiones durante el año es el siguiente:

Por la inflación se hace el siguiente asiento de contabilidad:

Para registrar el ajuste por inflación a las acciones durante el año.

Valuación en la fecha de cierre:

La anterior diferencia significa que las acciones en el mercado valen $58.520 mas que el registro que se tiene en libros, por lo que se requiere hacer el siguiente asiento de contabilidad:

Para registrar la diferencia entre el valor de mercado de las acciones y el registro en libros a diciembre 31.

En el caso que fuera al contrario, es decir que el valor de mercado fuera inferior al valor en libros, existiría una desvalorización y se haría el siguiente asiento: Debito a GASTOS PROVISIONES con crédito a PROVISIONES ACCIONES por el valor resultante. Lógicamente los dos asientos son excluyentes, o hay valorización o desvalorización. Si para el año siguiente se presentara una desvalorización, se procedería a reversar el asiento de la valorización de $58520, para dar paso al registro de la provisión respectiva.

5.4.3.2. Método de la Participación. “El método de participación, es un método de contabilización según el cual la inversión se registra inicialmente por el costo, y es ajustada posteriormente en función de los cambios que experimenta, tras la adquisición, la porción de activos netos de la empresa que corresponde al inversionista. El estado de resultados recoge la proporción de los resultados de las operaciones de la empresa participada que corresponde al inversionista”.

Adicionalmente el numeral seis de la misma norma al referirse al Método de la Participación establece: “Bajo el método de la inversión se registra inicialmente al costo , incrementando posteriormente su importe en libros para reconocer la parte que le corresponde al inversionista en las perdidas o ganancias obtenidas, por la empresa participada, tras la fecha de adquisición. Las distribuciones de ganancias retenidas recibidas de la empresa participada, reducen el importe en libros de la inversión, para recoger las alteraciones de la porción del inversionista del patrimonio neto de la participada que no hayan pasado por el estado de resultados. Entre estos cambios se incluyen los derivados de la revaluación de las propiedades, planta y equipo, de las inversiones, de las variaciones en las tasas de cambio de las divisas y de los ajustes por las diferencias surgidas en la combinación de negocios”.

Para utilizar este método se requiere que haya subordinación o control por parte del adquirente, es decir que exista dominio económico por parte del poseedor de las acciones, en tal caso la compra o adquisición de las acciones se registra por el valor contable a la fecha de compra. Las variaciones (utilidades o perdidas) en el capital contable de la Subordina, deben ser reconocidas en el estado de resultados de la Controladora en el periodo contable que sean generadas independientemente de la fecha de decreto y pago de dividendos.

Ejemplo 2: En el mes de enero, M adquiere el 60% de las acciones de S por $600.000.000.

El registro contable en la fecha de adquisición de las acciones es el siguiente:

Durante los siguientes cuatro años se obtuvieron los siguientes resultados y pago de dividendos:

Para registrar las variaciones en cada uno de los años se procede de la siguiente forma:

Para registrar el resultado económico del año 1.

(1) Para el caso del plan contable para comerciantes corresponde a la cuenta 4218.

Para el pago de los dividendos: $20.000.000 x 60% = $12.000.000.

Caja $12.000.000

Inversiones en S. $12.000.000

Para registrar el pago de dividendos durante el año 1.

Los mismos asientos se llevarían a cabo en cada uno de los años siguientes.

5.4.4. Acciones Preferentes. Las acciones preferentes son los títulos que proporcionan algún tipo de beneficio o privilegio a sus tenedores (accionistas) particularmente en lo correspondiente al pago de dividendos.

El código de comercio clasifica las acciones y establece: “Las acciones podrán ser ordinarias o privilegiadas. Las privilegiadas además de los derechos que le confieren a los tenedores de las ordinarias, podrán otorgar a los accionistas los siguientes privilegios:

1. Un derecho preferencial para su reembolso en caso de liquidación hasta concurrencia de su valor nominal.

2. Un derecho a que de las utilidades se les destine, en primer termino, una cuota determinada, acumulable o no. La acumulación no podrá extenderse a un periodo mayor de cinco años, y

3. Cualquier otra prerrogativa de carácter económico.

En ningún caso podrá otorgarse privilegios que consistan en voto múltiple o que priven de sus derechos de modo permanente a los propietarios de acciones comunes”.

Si en la Subordinada existieren acciones preferentes, el valor contable de las acciones se establece de la siguiente forma:

Donde: KC = Valor Capital Contable

AP = Valor Acciones Preferentes

AC = Valor Acciones en Circulación.

Antes de aplicar el método de participación es necesario hacer los ajustes del caso en lo relacionado con el porcentaje de participación en relación con el capital suscrito y pagado y os aportes con dividendo preferencial y sin derecho a voto, aplicando los procedimientos establecidos por las Superintendencias de Sociedades y de Valores mediante circulares donde reglamentan el tratamiento sobre la aplicación del método de participación.

Determinación del porcentaje de participación.

Denotemos la siguiente formula: % de participación = (CM – AP) / (CS – AP), donde,

CM = Acciones suscritas y pagadas por la Matriz

CS = Acciones suscritas pagadas de la Subordinada.

AP = acciones con dividendo preferencial sin derecho a voto.

Ejemplo 3: M invierte en S el 80% de $100.000.000 a que asciende el capital suscrito y pagado, y tiene el 10% de acciones con dividendo preferencial.

Se pueden presentar los siguientes casos:

Caso 1. No hay dividendo preferencial, como en los casos vistos:

% de Participación = ($80.000.000 – 0) / ($100.000.000 – 0) = 80%. No hay diferencia.

Caso 2. Las acciones preferentes guardan la misma proporcionalidad que las accione ordinarias:

% de Participación = ($80.000.000 – $8.000.000) / ($100.000.000 – $10.000.000) = $72.000.000 / $90.000.000 = 70%. El resultado es el mismo que en el primer caso.

Caso 3. La proporcionalidad entre las acciones con dividendo preferencial es diferente al de las acciones ordinarias, aparece una diferencia entre el porcentaje de participación por acción y el porcentaje de participación para efecto de aplicar el Método de Participación:

% de Participación = ($80.000.000 – $10.000.000) / ($100.000.000 – $10.000.000) = $70.000.000 / $90.000.000 = 77.78%.

Si hay acciones con dividendo preferencial y sin derecho a voto que no guardan la proporcionalidad con las acciones ordinarias, la Matriz no puede decidir sobre esos dividendos y por lo tanto, no podrá registrarlos como Ingreso por el Método de Participación, sino como un aumento patrimonial.

Ejemplo 4: Suponga que la Subordinada obtiene una utilidad de $20.000.000:

Suponga que al año siguiente se pagan en diferente fecha: 1).Dividendo preferente, 2). Dividendo ordinario.

Pago de dividendo reconocido por Método de Partición.

Ejercicio 1: M tiene el 70% de participación en S. La compañía S obtiene una utilidad de $100.000.000 y durante el año hizo ventas a M por $40.000.000 con una utilidad del 30% que no se ha vendido a terceros y además tiene acciones preferentes del 10%.

Establecer la utilidad a registrar por el método de participación, las diferencias que se presentan y ¿cual sería el tratamiento contable?

Se aplica el siguiente procedimiento:

Calculo de la base:

Utilidades de S $100.000.000

Menos:

Utilidades no realizadas ($40.000.000 x 30%) 12.000.000

Utilidades de Acciones preferentes

($100.000.000 x 10%) 10.000.000 22.000.000

Base para aplicar el porcentaje de participación $78.000.000

Utilidad por el Método de la Participación:

$78.000.000 x 70% $54.600.000.

Mas: 70% de $10.000.000, acciones preferentes 7.000.000

Suma $61.600.000

El registro de contabilidad es el siguiente, donde se incluye lo correspondiente a la parte de las acciones preferentes como un Superávit:

1205 Inversiones – Acciones $61.600.000

4218 Ingresos Método de Participación $54.600.000

3225 Superávit Método de Participación 7.000.000

($10.000.000 x 70% acciones preferentes)

Adicionalmente y como dentro de las utilidades no realizadas, la compañía matriz tiene unas utilidades potenciales y para efectos de control debe registrarlas en cuentas de orden, así:

819505 Diversos – Valores por Recibir $840.000

849505 Derechos contingentes por Contra $840.000 $12.000.000 x 70%.

Este asiento se puede reversar en el momento que la matriz tenga conocimiento de que la subsidiaria vendió la mercancía, sin embargo se puede dejar hasta la próxima consolidación para que sirva de control de las utilidades realizadas en cada periodo.

Ejercicio 2. Teniendo en cuenta el ejercicio 1, al año siguiente, S obtiene utilidades por $150.000.000, M vendió las mercancías compradas a S y vendió a S mercancías por $50.000.000 con utilidad del 20%, de las cuales solo se colocan a terceros el 50%

Desarrollo:

Calculo de la base:

Utilidades de S $150.000.000

Mas Utilidades Realizadas del año anterior 12.000.000

Menos:

Utilidades no realizadas ($25.000.000 x 20%) 5.000.000

Utilidades de Acciones preferentes

($150.000.000 x 10%) 15.000.000 17.000.000

Base para aplicar el porcentaje de participación $145.000.000

Utilidad por el Método de la Participación:

$145.000.000 x 70% $101.500.000.

El registro de contabilidad es igual al utilizado en el ejercicio expuesto anteriormente:

Ejercicio 3. A invierte $80.000.000 en B en enero de 2003. El patrimonio de B a esa fecha es de $100.000.000. En diciembre 31 de 2003, el PAAG fue de 7% y las utilidades de B ascendieron a $20.000.000. En marzo de 2004, B decreta dividendos de $15.000.000. En abril 2004, B hace el pago de dividendos. En diciembre 31 de 2004, el PAAG, fue del 6% y B registra una perdida de $5.000.000.

Se requiere: 1) Hacer los registros en los libros de A en cada una de las fechas; 2) Establecer el patrimonio de B en diciembre 31 de 2004; 3) Establecer y explicar cualquier diferencia que se presente.

Ejercicio 4. La sociedad M adquiere el 80% de las acciones de la compañía S por $2.000.000.000. De acuerdo con los estados financieros a la fecha de adquisición suministrados por S, se indica que:

Total acciones suscritas y pagadas 100.000

Valor nominal $1.000

Valor intrínseco $25.000

Se requiere: 1. Efectuar el análisis y registro de las operaciones en los siguientes cinco (5) años en los libros de la compañía M, sabiendo que el PAAG es de 9, 8, 7, 6 y 5% respectivamente; la compañía S reportó utilidades por $500.000.000, $600.000.000, $700.000.000, $800.000.000 y $1.000.000.000 respectivamente; adicionalmente, S pago dividendos de $2.000, $2.500, $3.000, $3.500 y $4.000 por acción respectivamente. El crédito mercantil se amortiza en cinco (5) años. Para facilidad del trabajo se recomienda apoyarse en una hoja de cálculo.

Hacer los asientos de consolidación en cada uno de los años.

En este ejercicio se introduce el concepto de Crédito Mercantil el cual se registra en el grupo de los Intangibles (1605), se ajusta por inflación y se amortiza de acuerdo con la vida útil estimada en la cual generara utilidades.

5.4.5. Método de Participación Vs Impuestos. El Método de Participación es un método Contable sin incidencia en lo fiscal, de tal manera que los Ingresos por dividendos o participaciones solo se gravan en cabeza del beneficiario (accionista o socio) cuando hayan sido abonados en cuenta y sean exigibles.


Grupo EUMEDNET de la Universidad de Málaga Mensajes cristianos

Venta, Reparación y Liberación de Teléfonos Móviles
Enciclopedia Virtual
Biblioteca Virtual
Servicios