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EL RÉGIMEN JURÍDICO DE LA VIVIENDA Y DEMÁS BIENES INMUEBLES EN CUBA

Gustavo Enrique Rodríguez Montero


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SÍNTESIS

El “El Régimen jurídico de la vivienda y demás bienes inmuebles en Cuba”, contiene un estudio teórico-doctrinal y análisis práctico sobre este tema en Cuba.

La investigación esta integrada por ocho capítulos, en ellos se profundiza en las principales normas que rigen o han regulado este sistema de derecho, constituyendo una sistematización de las disposiciones que ha promulgado el gobierno cubano a través del Instituto Nacional de la Vivienda y otros organismos de la Administración Central del Estado, con relación al régimen jurídico de la vivienda en Cuba y demás bienes inmuebles

En el texto se utiliza la bibliografía y las fuentes doctrinales de carácter nacional, se acude oportunamente al derecho comparado de países de nuestro sistema de derecho romano francés, se concurre también a la revisión de tesis y documentos en soporte digital y consulta de artículos y publicaciones en Internet.

El material resultante de la investigación consigue ser un texto de inestimable valor para estudiantes, profesores y operadores de esta rama del Derecho, es además un libro de consulta y una herramienta de trabajo para estudiantes y juristas. Finalmente aportamos las conclusiones a que llegamos y las recomendaciones que hacemos para complementar la bibliografía vigente en cuanto al tema

INTRODUCCIÓN

La Nueva Universidad Cubana (NUC) de la que hablamos hoy, tiene sus antecedentes, en la Real y Pontificia Universidad de San Gerónimo de La Habana, fundada por la Orden de los Padres Dominicos, el 5 de enero de 1728, verdadera Alma Mater de todos los centros de educación superior que existen hoy en el país y que respondía a las exigencias del dominio colonial español sobre Cuba.

Educadores como el Padre Félix Varela, comienzan a fines del siglo XVIII, a luchar por reformar y modernizar los estudios universitarios en Cuba, se inicia una corriente de relaciones profundas entre el ideario cultural del país y su quehacer político y revolucionario que se mantiene hasta nuestros días, los seguidores de Varela comprendieron que la enseñanza universitaria que se ofrecía no podía dar respuesta a las transformaciones que necesitaba el país.

A inicios del siglo XIX comienzan las llamadas Reformas de Varona, advirtiendo que la Universidad se había enclaustrado en un círculo demasiado estrecho para las exigencias de la vida moderna, reafirma la necesidad de que los estudios universitarios estuvieran más a tono con los requerimientos de la nación.

Ya en los años 20 del propio siglo, era imprescindible la transformación de la educación superior y los ecos de la Reforma de Córdoba (Argentina, 1918) encuentran rápida y efectiva respuesta en los universitarios cubanos, entre ellos en Julio Antonio Mella, cuya aguda visión le hizo comprender que no era posible la revolución universitaria si no se hacia primero la revolución social.

Pocos cambios tiene la Universidad en las décadas siguientes en el plano académico, aunque desempeña un importante papel en las luchas sociales y políticas de esos años.

La creación de la Universidad de Oriente en 1947 y de la Universidad Central de Las Villas en 1952, añaden nueva tónica a la vida universitaria del país. Caracterizaban a estas tres universidades estatales su matrícula, su estructura de carreras, en las que predominaban las de humanidades y el contenido obsoleto y las formas de enseñanza pasiva y memorística que practicaba una parte del claustro y de los que estaba ausente, salvo aislados casos excepcionales, el trabajo de investigación científica de profesores y estudiantes.

José Martí, el más importante intelectual y revolucionario cubano del siglo XIX y uno de los más preclaros hombres de América Latina, advirtió que era necesario ajustar "un programa nuevo de educación, que empiece en la escuela de primeras letras y acabe en una universidad brillante, útil, de acuerdo con los tiempos, estado y aspiraciones de los países en que enseña" . El sueño martiano comenzó a hacerse realidad para el pueblo cubano a partir del año 1959.

A la creación de una nueva universidad se han encaminado los esfuerzos de la Revolución como parte de su política priorizada en el campo de la Educación. En enero de 1962, el Gobierno revolucionario realiza la Reforma Universitaria, importante momento histórico que permite determinar las tendencias en el desarrollo de la educación superior en Cuba en estos años y que aún no se ha detenido, se inició el desarrollo de la investigación científica y se crearon muevas carreras.

La creación en el año 1976 de la Filial Universitaria de Sancti Spíritus, como campus de la Universidad Central "Marta Abreu" de Las Villas marcó un momento importante en el desarrollo de los estudios universitarios en la joven provincia espirituana, en 1994, se constituye Sede Universitaria, transformándose a partir del 6 de junio del 2003, en el Centro Universitario de Sancti-Spíritus “José Martí Pérez” (CUSS).

El objetivo primordial de la educación superior cubana es consolidar la interrelación entre la formación de profesionales y la vida económica, política y social del país, a partir del concepto de integración de la docencia con la producción y la investigación en su concepción más amplia y más rica, que es aquella que revela que sus productos finales son competitivos.

Actualmente, uno de los problemas que tienen mayor incidencia en las instituciones de la Educación Superior donde se forman Licenciados en Derecho radica en la carencia de textos y material bibliográfico para el desarrollo del proceso docente-educativo y que resultan causas de la insuficiente preparación y dominio de los contenidos lo cual repercute negativamente en el desarrollo de su formación y en su desempeño profesional.

Partiendo del principio de que no hay desarrollo de la educación superior sin investigación, desde la segunda mitad de la década del 60 se trabaja para lograr una adecuada interrelación docencia-investigación-producción y por emplear del modo más eficiente posible el potencial científico de profesores y estudiantes universitarios, con el doble objetivo de elevar el nivel y la calidad de la propia docencia universitaria y de contribuir directamente a mejorar las condiciones económicas y sociales del país.

Desde el curso 1992-1993, se desarrollan un conjunto de acciones para garantizar que la ciencia y la tecnología se constituyan en objetivo central del trabajo de la educación superior, para obtener resultados de importancia y de incidencia económica y social en los plazos más breves posibles y que posibilite convertir a las universidades en centros de investigación científica.

A los planes de estudio de la carrera de Derecho se les ha brindado atención especial y han mantenido un sistemático y continuo perfeccionamiento, desarrollándose en estos momentos los modelos pedagógicos de tercera generación, que se basan en el perfil ocupacional amplio, apoyados en el desarrollo de habilidades profesionales de los estudiantes; sin descuidar su formación teórica fundamental, caracterizada por la actualización científico-técnica y la vinculación de profesores y estudiantes con la práctica productiva y de servicios

Durante varios años el contenido académico de la carrera de Derecho estuvo inamovible. A partir de 1976 con la promulgación de la Constitución de la República se comienzan a adecuar los programas a los nuevos intereses del proceso revolucionario, surge así en ese propio año el Plan “A” que respondía a los intereses del proceso de institucionalización con grandes anhelos pedagógicos y científicos a pesar de ser muy elemental. Dicho plan rige la educación superior en la carrera de Derecho hasta 1983. Al año siguiente sale a la luz el Plan “B” que luego de un exhaustivo diseño resuelve alguno de los vacíos del plan anterior, estando en uso hasta el año 1990.

En el año 1991, comienza el Plan “C”, programa que aún hoy está vigente pero en su versión perfeccionada desde 1997 y que se aplica en todos los modelos de enseñanza del Derecho, o sea, en el curso regular diurno, la educación a distancia asistida y el curso por encuentros o lo que llamamos también la modalidad presencial, semipresencial que incluye la distancia asistida. El ya mencionado Plan “C”, constituyó el resumen de la voluntad académica encaminada a brindar un alto contenido científico a los estudios de Derecho, desligándolos de los lastres normativistas y positivistas que pesaron sobre la formación y el ejercicio profesional durante varias décadas.

En el curso académico 2008-2009, comienza el Plan “D”, ajustado a los intereses de la NUC y que se va introduciendo paulatinamente en las diferentes modalidades de estudios, su fin es coadyuvar al objetivo de la formación del jurista como humanista, más que como un técnico del Derecho, de manera que el estudiante adquiera las habilidades de la práctica, no como instrumentos o herramientas prácticas en sí mismas, sino vinculándolas en todo caso con los fundamentos teóricos, científicos y doctrinales en que se deben sustentar, siendo la única manera de asegurar que el jurista no será un simple repetidor pragmático de lo que se hace, sino un corrector de lo que se hace mal y un proyectista de lo que es necesario hacer mejor principalmente en los momentos actuales en los que los avances científicos y técnicos hacen que la legislación se vaya adecuando a las nuevas realidades que vive el país.

Con el inicio del curso académico 2000-2001, se inicia el proceso de universalización en el país y en nuestra provincia comienza un año después, o sea, en el curso 2001-2002; quizás con la premura del inicio de esta modalidad no se crearon todas las condiciones ni se logró contar con los textos adecuados para el desarrollo e impartición del mapa curricular de la carrera. Es así que varios cursos después no se cuenta aún con un libro de texto de la asignatura Derecho sobre Bienes que abarque todos los temas o contenidos que aglomera su plan temático, pues el existente, solo recoge los primeros temas del programa de la materia, lo que no solo es válido para el proceso de universalización sino para los cursos regular diurno (CRD), continuidad de estudios y distancia asistida, es decir, las modalidades presencial y semipresencial.

El Derecho sobre Bienes, pertenece a la disciplina Derecho Civil y Familia, tiene sus antecedentes en el llamado Derecho de Propiedad que figuraba en el programa de la carrera hasta el surgimiento del Plan de Estudios “C” y la asignatura recibe la nueva denominación pero con una mayor amplitud en sus contenidos, puesto que el Derecho de Propiedad se considera parte integrante del Derecho sobre Bienes.

El Plan “D”, que hoy se introduce paulatinamente tiene un enfoque mayor al derecho inmobiliario y registral cubano, con más énfasis en el Derecho sobre la Vivienda, constituye también núcleo fundamental del Derecho Civil Patrimonial y de Familia, ocupando un destacado lugar en el estudio de toda la disciplina. Su importancia radica además en que explica los fundamentos políticos y económicos de la propiedad como apropiación de la riqueza social, determinados por un alto contenido clasista a partir de diferentes enfoques jurídicos, significando la definición socialista del ordenamiento jurídico cubano. Por otra parte, analiza críticamente los principios, instituciones y relaciones jurídicas vinculadas al derecho de propiedad, a partir del tratamiento doctrinal, histórico y normativo del asunto dentro de nuestro sistema jurídico, incluyendo referencias al derecho comparado.

El Derecho sobre Bienes en Cuba, tiene su precedente en el viejo derecho civil español y sus vertientes de la propiedad inmobiliaria. Con el triunfo de la revolución cubana y la promulgación de la Ley de Reforma Urbana, nuestro país se aparta en materia de propiedad de viviendas de esos conceptos retrógrados. Aún cuando hoy no se habla abiertamente de un derecho inmobiliario cubano propiamente dicho, sino de legislación en materia de viviendas, con relativa independencia del resto del ordenamiento jurídico civil.

La Ley General de la Vivienda, con aciertos y desaciertos, es quien rige el régimen jurídico sobre la construcción, conservación y transferencia de la vivienda en Cuba, se divide en el régimen jurídico de la vivienda de propiedad personal y de propiedad estatal, y por tanto la construcción de viviendas, por las personas naturales o jurídicas autorizadas en la propia ley para ello. De esta Ley emanan una indudable cantidad de cuerpos legales de diferentes rangos y denominaciones, que en definitivas, entorpecen la aplicación del derecho, por su dispersión y en muchos casos ambigua redacción, lo cual hace difícil un cabal conocimiento e interpretación adecuada de las normas legales.

Estos elementos justifican la necesidad de contar con un texto complementario que auxilie a estudiantes, profesores y profesionales del derecho, que trabajan las normas en materia de viviendas a interpretarlas y aplicarlas correctamente, además de constituir una compilación de la legislación vigente

Los Doctores Juan Vega Vega y Rodolfo Dávalos Fernández, son los catedráticos que más han comentado de forma abarcadora y acertada la Ley General de la Vivienda y sus normas complementarias. Vega Vega, cumpliendo expresas indicaciones de Fidel Castro, fue quien redactó la Ley de Reforma Urbana y ambos fueron miembros de la Comisión que tuvo a su cargo la redacción de la nueva Ley General de la Vivienda. En cuanto al régimen jurídico de la vivienda en Cuba, no se han encontrado evidencias de que profesionales de otros países hayan incursionado en el tema.

Contar con este texto facilita cumplir el objetivo principal descrito en el nuevo Plan de Estudios “D”, que es lograr un enfoque mayor al Derecho inmobiliario y registral cubano con más énfasis en el Derecho sobre la Vivienda, redactado de forma tal que puede ser actualizado constantemente con las modificaciones que surjan a la ley.

El estudio de la asignatura Derecho sobre Bienes presenta serias limitaciones para la consulta de bibliografía especializada en materia de viviendas, ya que la existente se encuentra dispersa y poco comentada lo que dificulta el estudio individual de los estudiantes y la autopreparación de los profesores. Existen temas del Plan de Estudio de la asignatura del que no existe libro de texto, por lo que la formación de los fututos profesionales resulta incompleta.

En su libro Temas de Derechos Reales, texto que sirve de bibliografía para el estudio de la asignatura, su autor, Orlando Rivero Valdés, reconoce que…”no es una obra terminada, incluso sus postulados requieren mayor complementación y profundidad…” , comentario con el que se concuerda plenamente.

Los resultados de las observaciones realizadas permiten concluir que los estudiantes y profesores de la asignatura Derecho sobre Bienes no tienen la bibliografía necesaria para el estudio, orientación y autopreparación, no disponer de este material provoca que los alumnos no puedan vencer todos los contenidos del plan de estudio y que finalmente se gradúan sin contar con los conocimientos sobre el régimen jurídico de la vivienda en Cuba. Se ha observado además que los profesores que imparten la asignatura en las diferentes modalidades de la enseñanza del derecho, si no están estrechamente vinculados a la materia, dirigen su actuar a la primera parte del programa, o sea, la parte doctrinal del Derecho de Propiedad, relegando a un plano posterior la legislación de la vivienda, enumerando entre otras causas:

• Débil preparación técnica y profesional de profesores, motivada por la carencia del texto adecuado.

• Insuficiente tiempo de autopreparación para la docencia.

• Dispersión legislativa con relación a las normas que rigen el derecho sobre la vivienda.

En consecuencia se plantea el siguiente:

PROBLEMA CIENTIFICO: ¿Cómo contribuir a la preparación profesional del profesor y el estudiante en la asignatura de Derecho sobre Bienes en todas las modalidades de enseñanza de la carrera de Derecho?

OBJETO DE LA INVESTIGACIÓN: El proceso de formación de los Licenciados en Derecho

CAMPO DE ACCION: El proceso de enseñanza-aprendizaje de la asignatura Derechos sobre Bienes

OBJETIVO GENERAL: Elaborar un texto complementario de la asignatura Derecho sobre Bienes que contribuya a mejorar la preparación del profesor y del estudiante de la carrera de derecho

Se formularon las siguientes preguntas científicas:

• ¿Qué fundamentos teóricos-doctrinales sustentan el proceso de enseñanza-aprendizaje del Derecho sobre Bienes?

• ¿Cuál es el estado actual de la bibliografía para el estudio de la asignatura por los alumnos y la autopreparación de los profesores?

• ¿Qué concepciones teóricas se tienen en cuenta en la preparación de los profesores y alumnos dirigida al estudio de la asignatura Derecho sobre Bienes?

• ¿Cómo validar la pertinencia del texto que se propone?

• ¿Qué texto complementario proponer para que contribuya al estudio de la asignatura Derecho sobre Bienes?

Durante la actividad investigativa se desarrollan las siguientes tareas de investigación:

• Determinación de los fundamentos teóricos-doctrinales que sustentan el proceso de enseñanza-aprendizaje del Derecho sobre Bienes

• Diagnóstico de las dificultades fundamentales relacionadas con la bibliografía y la dispersión legislativa del Derecho sobre Bienes en Cuba.

• Elaboración de un texto que incida en la preparación de los profesores y el estudio de los alumnos de la asignatura Derecho sobre Bienes

• Validación del trabajo acometido y su significación teórica y práctica

Como variable independiente el texto complementario dirigido a estudiantes y profesores que imparten la asignatura Derecho sobre Bienes, como variable dependiente la preparación técnico-profesional de los profesores y futuros Licenciados en Derecho.

De las unidades de estudio que son los estudiantes y profesores de la carrera de Derecho, se tomó como población a todos los estudiantes de la carrera de Derecho y profesores que imparten los contenidos de Derecho sobre Bienes, siendo la muestra intencional y no probabilística tomada en los modelos pedagógicos que existen hoy, presenciales y semipresenciales, de la población conformada por los estudiantes del CRD y CPT del CUSS y los CUM y profesores que han impartido la asignatura en los centros ya citados.

Las fuentes de información utilizadas consistieron en el estudio de la doctrina científica y las legislaciones sobre el tema, tanto nacionales como extranjeras, así como una profunda búsqueda en Internet, evidenciándose la poca existencia de publicaciones al respecto en el Derecho comparado.

Para el desarrollo de estas tareas se utilizaron diferentes métodos, procedimientos y técnicas de investigación, del nivel teórico, cuyo empleo posibilita fundamentar el trabajo con relación al sistema conceptual que en el mismo se expresa, el marco teórico referencial y la fundamentación de la propuesta que se hace, se emplearon: el histórico y lógico, el análisis y la síntesis, la inducción y la deducción fundamentalmente. Por su parte, del nivel empírico se utilizaron la observación, la encuesta y la validación por criterio de experto. Se elaboraron además un grupo de instrumentos que se emplean para diagnosticar la situación existente del tema que se investiga, en los controles a clases, en la revisión de los planes de clases, en el análisis de los documentos normativos empleados así como en la validación de la propuesta.

La novedad científica de esta investigación consiste en ofrecer un texto complementario e inexistente hasta ahora, dirigido a elevar el nivel de preparación de estudiantes y profesores en relación al estudio de la asignatura Derecho sobre Bienes.

Los resultados obtenidos luego de concluida la investigación son:

• Sustentar los argumentos que justifiquen la necesidad de introducir un texto complementario que posibilite el estudio de la legislación sobre la vivienda en Cuba.

• Validar la pertinencia de que los egresados de Licenciatura en Derecho cuenten con los conocimientos teóricos y prácticos del régimen jurídico de la vivienda en Cuba, a fin de que su posterior desempeño profesional sea el más adecuado.

La significación práctica se concreta en ofrecer un texto complementario dirigido a elevar el nivel de preparación de los profesores y estudiantes de la carrera de Derecho, específicamente en la asignatura de Derecho sobre Bienes

La investigación se estructura en ocho capítulos con sus correspondientes epígrafes, consta demás de conclusiones, recomendaciones, bibliografía y anexos. En el primero describe todo el proceso de adquisición de derechos y edificación de bienes inmuebles, el segundo capítulo, refiere la adquisición y transmisión de bienes inmuebles de propiedad estatal, el capítulo tercero, trata sobre el régimen jurídico de las viviendas de propiedad estatal, y el cuarto detalla todo el régimen jurídico de la viviendas de propiedad personal, el capítulo cinco relata los regimenes de propiedad horizontal y de edificios multifamiliares, seguidamente el capítulo seis, muestra el tratamiento de los bienes inmuebles sometidos a regímenes especiales, en el capítulo siete, se hace un pormenorizado análisis del sistema registral inmobiliario cubano, y por último el capítulo ocho, que debate el derecho inmobiliario en el régimen de inversión extranjera.


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