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LA CONCEPCIÓN SISTÉMICA EN EL DERECHO AMBIENTAL

Ayli Díaz Bacallao



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RESUMEN

El presente trabajo tiene como objetivo demostrar, a partir del análisis de la legislación ambiental cubana vigente, la necesidad de considerar el enfoque sistémico en el Derecho Ambiental para el reflejo de la realidad ambiental como totalidad material y en desarrollo.

Esto se formula en base a la necesidad de hacer más efectivas y objetivas las regulaciones del Derecho en materia ambiental.

La investigación se centra en una propuesta de comprensión del enfoque sistémico en el Derecho Ambiental que propone el análisis desde dos perspectivas: horizontal y vertical; siendo esto desde el punto de vista metodológico uno de los elementos novedosos en el contexto de este trabajo.

El contenido se estructura en dos capítulos. En el primero de ellos, Marco teórico referativo, se exponen los elementos que desde el punto de vista conceptual sustentan la investigación. El segundo capítulo, El Derecho Ambiental cubano. Su enfoque, centra su atención en el análisis de las normas, tomando como referencia la propuesta metodológica antes enunciada y tomando como criterio tres niveles de concreción del Derecho Ambiental: La Constitución; La Ley No. 81, de 11 de julio de 1997, Del Medio Ambiente y las Categorías normativas que regulan las esferas específicas de protección del medio ambiente y el usos racional de los recursos naturales; a partir de lo cual se demuestra que el Derecho Ambiental cubano aún cuando presenta actualmente una tendencia a lo sistémico, este enfoque no se logra por lo incipiente de su formulación y deficiencias concretas que están asociadas desde el punto de vista históricos a la dispersión de normas sobre elementos concretos de la realidad ambiental.

Finalmente se llega a conclusiones que generalizan los resultados alcanzados y donde se demuestra el cumplimiento del objetivo propuesto.

INTRODUCCIÓN

Desde que el hombre existe sobre la faz de la tierra, ha interactuado con el medio ambiente, modificándolos de diversos modos. Se considera que con el uso del fuego, el hombre produjo el primer cambio ambiental de importancia, al exterminar plantas locales de insuficiente resistencia y estimular el crecimiento de otras. La agricultura y la ganadería constituyeron también una importante fuente de cambios en el mismo.

En efecto, desde hace más de 40 mil años el Homo Sapiens se ha dedicado de manera paciente y laboriosa a conquistar el planeta, a extender su dominio a todas las demás especies y a todas las fuerzas de la naturaleza y ha salido victorioso de un reto que en principio pudo parecer insensato.

Si inicialmente en los albores del desarrollo de la sociedad la relación hombre – naturaleza transitó por una etapa caracterizada por el dominio de la naturaleza sobre el hombre, más tarde, con el progreso científico – técnico y social en general, dicha relación entró en un nuevo estadío de su paulatino dominio sobre la naturaleza, el cual se extiende hasta nuestros días y ha proporcionado al hombre moderno un poderío de tal magnitud que de no emplearse de modo responsable y racional, tiene potencial para aniquilar a la humanidad varias veces, o en el mejor de los casos, alterar de forma esencial e irreversible el equilibrio natural del planeta.

Los conflictos de esta realidad han llevado desde el punto de vista teórico a una serie de consideraciones y alternativas de soluciones que hoy se pronuncian a favor de una acción humana que logre frenar el proceso de destrucción de la naturaleza, sin dejar de transformarla y transformarse para ser mejor, más plena y más libre la vida de las generaciones actuales y futuras, lo que es típico de las concepciones sobre la sustentabilidad en el desarrollo.

Sin embargo, las reflexiones teóricas sobre el ambiente no son tan recientes, datan esencialmente de la década de los 30 – 40 del siglo XX (Ecología Humana y Ecología Cultural ) y cobran fuerza a partir de la década de los sesenta (Club de Roma ); pero sus antecedentes los encontramos a finales del siglo XVIII en Inglaterra a través de la fundación de movimientos ambientalistas de corte higienista en protesta para el control de los excesos del desarrollo industrial [Miranda, 1997: 52-53] y en la polémica acerca de los límites del crecimiento de los economistas políticos clásicos ingleses de finales del siglo XVIII y principios del siglo XIX (Smith, Ricardo, Malthus). [Miranda, 2000: 30-31]

El desarrollo posterior del pensamiento en relación a esta problemática lleva una tendencia a concientizar cada vez más la necesidad de regular la conducta del ser humano y la sociedad en general, en relación a su entorno natural y social. Es así como los elementos de la superestructura social logran encontrar también una realización objetiva a través de mecanismos que ella misma crea en pro de una organización social y que se edifican en función de una base económica.

Uno de esos mecanismos es el Derecho, que surge como expresión jurídica de la propiedad y por tanto, sustenta los intereses económicos de la clase en el poder, a través de una estructura institucionalizada y normativa que de forma coercitiva regula la conducta de los hombres para alcanzar un fin determinado en el contexto de una realidad social, en la cual nace y se modifica constantemente en correspondencia con los momentos históricos por los cuales ésta transita. [Miranda, 1997: 68]

El Derecho es, dentro de una sociedad, el único elemento coercitivo estatal, capaz de ordenar conductas sociales en aras de alcanzar un fin determinado, en este caso, mejorar y preservar el ambiente.

Claro, habría que analizar hasta qué punto el Derecho, como sustento de los intereses de propiedad de la clase en el poder, ha sido capaz de dar solución a las problemáticas ambientales, considerando que por su esencia es un Derecho político, que se sustenta a su vez en la ideología del poder, a lo que tendría que agregarse un cuestionamiento respecto al reflejo que este realiza de lo medio ambiental, que se manifiesta como uno de los sistemas complejos de la realidad.

Siendo así, lo ambiental como totalidad sistémica exige que se visualice como lo que es, una complejidad.

Esto hace que se convierta en objeto de estudio de múltiples ciencias que lo analizan desde el prisma de sus leyes, categorías y objeto de estudio propio, bajo una dispersión y fragmentación del conocimiento en el cual se inserta como ciencia particular el Derecho también.

El Derecho sigue siendo, en tanto reflejo de la realidad, una ciencia que analiza lo ambiental desde el prisma de su objeto de estudio, sin embargo a pesar de ello puede lograr el reflejo de lo ambiental como un todo, una vez que de lo que se trata es de regular las relaciones del hombre con su entorno natural y social en su totalidad para garantizar su preservación al futuro. Pero en la realidad está pasando que, lejos de atenuarse los efectos de la acción del hombre sobre la naturaleza, estos se acentúan, como expresión de que aún los mecanismos de regulación son ineficientes y/o insuficientes para su solución.

En el caso particular cubano sucede que las disposiciones jurídicas ambientales vienen apareciendo por etapas en contextos determinados, en ocasiones deficientes, bajo una concepción parcializada y sectorial del ambiente, lo que ha traído como consecuencia que tales disposiciones coexistan de manera independiente, todas o casi todas con el mismo rango jerárquico y con el mismo reconocimiento jurídico, tratando de resolver situaciones sectoriales que no tienen en cuenta la complejidad, en sí, que encierra el objeto de reflejo “lo ambiental”. [Viamonte, E, 2000: 2]

De modo que no son lo suficientemente eficientes para resolver el problema en su totalidad.

A partir de lo anterior, el problema de investigación se anuncia en base a dos interrogantes esenciales e interrelacionadas entre sí. ¿Refleja el Derecho Ambiental cubano la realidad ambiental en toda su complejidad?. ¿Qué fundamentos teóricos metodológicos garantizarán el reflejo exhaustivo de la realidad ambiental en el Derecho Ambiental?.

Partiendo del presupuesto, a demostrar, de que el Derecho Ambiental cubano actual no refleja la realidad ambiental en su totalidad compleja, se sostiene en este trabajo la hipótesis siguiente: el enfoque sistémico del Derecho Ambiental debe comprender tanto la concepción totalizadora de lo ambiental como expresión de las relaciones históricas sociedad – naturaleza, desde su perspectiva horizontal, en sus diferentes niveles de concreción (Constitución, Ley Marco y las categorías normativas que regulan las esferas específicas de protección del medio ambiente y el uso racional de los recursos naturales), así como la sistematicidad del enfoque en su perspectiva vertical, lo cual debe ser coherente y reflejar el fenómeno objeto de regulación jurídica a través de los niveles de concreción antes mencionados (de lo general a lo particular).

Gráficamente se puede representar la hipótesis anterior de la siguiente forma:

Teniendo en cuenta lo anterior, el objeto de estudio se centra en el Derecho Ambiental cubano a través de sus diferentes niveles de concreción.

Con el trabajo se pretende como objetivo general:

• Demostrar a partir del análisis de la legislación ambiental cubana vigente, la necesidad de considerar el enfoque sistémico en el Derecho Ambiental para el reflejo de la realidad ambiental como totalidad material y en desarrollo.

Se proponen además, los siguientes objetivos específicos:

1. Explicar el contenido del enfoque sistémico del Derecho Ambiental a partir de la concepción de lo ambiental como totalidad.

2. Analizar la orientación de lo sistémico en el Derecho Ambiental cubano vigente teniendo en cuenta sus diferentes niveles de concreción: Constitución, Ley Marco y categorías normativas que regulan las esferas específicas de protección del medio ambiente y el uso racional de los recursos naturales.

Para el logro de los objetivos trazados y la consecuente solución al problema planteado, se ha utilizado la concepción dialéctico materialista del mundo como fundamento filosófico y metodológico de la investigación, y los métodos científicos generales de análisis y síntesis, la inducción – deducción y el método de análisis histórico y lógico; los cuales fueron indispensables para la selección e interpretación del material bibliográfico consultado y la formulación del problema de investigación y la hipótesis enunciada.

El método de análisis histórico se utilizó también para abordar el proceso de surgimiento de la legislación ambiental a nivel mundial y en el caso particular cubano.

Este método es fundamental para las investigaciones jurídicas, pues con él se analizan las instituciones del derecho, se verifican los hechos pasados y se garantiza la previsión de los futuros; de esta manera se valorizan a los hechos, partiendo de las opiniones y de los juicios tomados de los relatos del pasado que han realizado diferentes autores e historiadores.

A través del presente trabajo de investigación se utilizó además el método teórico – jurídico, el cual está presente en el diseño, en el desarrollo y en las propias conclusiones de la investigación jurídica. Así como también, por considerarse que las investigaciones jurídicas necesariamente deben contener un adecuado basamento teórico - conceptual que permita comprender la esencia del problema que investigamos; y concomitante con ello, es prácticamente inevitable la utilización de conceptos, o lo que es lo mismo, la conceptualización teórico - operacional de las diferentes categorías jurídicas que han de utilizarse durante toda la investigación.

Para la realización de esta tesis de corte teórico y cualitativo, se analizaron diversas fuentes bibliográficas las cuales se pueden agrupar de la siguiente forma:

• Bibliografía filosófica: Se utiliza en función del enfoque del trabajo y del método universal a considerar incluyendo la concepción de lo sistémico (Marx, Engels, Miranda, Ursul, entre otros).

• Bibliografía ambientalista: Se utiliza fundamentalmente bibliografía actualizada que sobre el ambiente contiene un enfoque que trasciende lo puramente naturalista y/o ecológico, lo que no significa que no se haya consultado sobre esto último. En los autores consultados (Angel Maya, Miranda, Bansart), se observan propuestas interesantes que explican lo ambiental como totalidad en desarrollo desde la perspectiva histórica del fenómeno y una definición más integral sobre el mismo.

• Bibliografía sobre Derecho en general: Se utiliza a fin de establecer un marco teórico adecuado desde lo general a particularizar en el derecho ambiental (Cañizares, Bulté).

• Bibliografía sobre Derecho Ambiental: Se utiliza para establecer un referente teórico del derecho ambiental a nivel internacional e insertar en ellos la experiencia del Derecho Ambiental cubano, valorando incluso, la problemática que lo identifica. (Brañes, Castro, Valenzuela).

• Bibliografía sobre el Derecho Ambiental cubano: Se utilizaron fuentes primarias para la realización del análisis, en este caso la Constitución de la República de Cuba, Reforma Constitucional de 12 de julio de 1992; La Ley No. 81, de 11 de julio de 1997, Del Medio Ambiente y las categorías normativas que regulan las esferas específicas de protección del medio ambiente y el uso racional de los recursos naturales.

• Se utilizan también fuentes secundarias que realizan análisis y valoraciones de estos mismos documentos, a fin de tener como referente una interpretación de los mismos. (Viamonte, Torres, Rey Santos)

Se ha concebido esta tesis bajo la estructura de dos capítulos, al final de los cuales se establecen conclusiones parciales que se retoman en una valoración sintética en el acápite de Conclusiones y Recomendaciones.

En el primer capítulo, denominado: Marco teórico referativo, se establecen las bases conceptuales en las que se sustenta este trabajo. Se puntualiza la concepción acerca de lo ambiental como totalidad material y en desarrollo, a fin de esclarecer la necesidad del enfoque sistémico en el Derecho Ambiental y se profundiza en la concepción misma de este enfoque.

En el segundo capítulo, denominado: El Derecho Ambiental cubano. Su enfoque, se realiza un análisis de sus antecedentes con el objetivo de incorporar la perspectiva histórica en la formulación de la problemática que se identifica en el trabajo, así como la propuesta de solución al mismo. Se analiza la orientación de lo sistémico en el Derecho ambiental cubano en sus diferentes niveles de concreción.

Como resultado del trabajo se llega a formular la necesidad de la visión de integralidad que demanda el conocimiento científico contemporáneo respecto a lo ambiental, a lo cual el Derecho no es ajeno. Es novedoso la consideración de la concepción de “totalidad ambiental” (muy reciente) a la concepción de lo sistémico en el Derecho Ambiental cubano, así como la propuesta de la perspectiva (horizontal y vertical) a considerar en el enfoque sistémico del Derecho Ambiental cubano.

Finalmente se resumen las conclusiones a las que se arriban como resultado del estudio, las cuales se articulan en base al problema científico planteado, a los objetivos propuestos y la hipótesis concebida, que guiaron la reflexión de la investigación; y se derivan un conjunto de recomendaciones que apuntan a la necesidad de enriquecer el Derecho Ambiental cubano, a tenor con las exigencias de la sustentabilidad en el desarrollo.


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