BIBLIOTECA VIRTUAL de Derecho, Economía y Ciencias Sociales


MARCO INSTITUCIONAL DE LA CONTABILIDAD Y LAS FINANZAS

Alfonso Galindo Lucas



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5.4. Métodos de registro y valoración

Dentro del criculante, las cuentas a cobrar y a pagar se valoran con los mismos criterios que las partidas a largo plazo, es decir, las inversiones financieras y las deudas, respectivamente.

Sin duda, la valoración de existencias es la que más dificultad entraña en la práctica y la que más aporta a la ambigüedad o posibilidad de manipulación de la pretendida "imagen fiel". La adquisición de existencias de todo tipo se valora por su costo, al igual que el inmovilizado material, es decir, por su precio de adquisición o coste de producción, salvo en caso excepcionales, en que la adquisición se haya realizado a precios muy rebajados, fuera de lo que se entendería por un mercado. En definitiva, por el coste de puesta en almacén, siempre que éste pueda considerarse un valor "razonable".

Cuando las distintas mercancías (mercaderías, materias primas, otros aprovisionamientos) salen de almacén, incorporan parte de esos costes de adquisición y también otros de almacenamiento y fabricación y se convierten en saldos de otra naturaleza (productos en curso, terminados o semi-terminados, saldos a cobrar) y entonces hay que determinar por qué precio se dan de baja. El proceso de valoración de las salidas es más complicado de lo que podría parecer, ya que, en dichas salidas, no siempre es posible identificar unidades que fueron adquiridas a precios distintos. Debido a esta dificultad, se aceptan diversos métodos de valoración de existencias y se usa un procedimiento de contabilización (llamado especulativo) que permite modificar la cuenta de existencias solamente al final de cada año (que es lo mismo que decir al principio de cada año), a fin de presentar la información contable obligatoria.

5.5. Operaciones financieras a corto plazo

En las operaciones financieras que la empresa realiza con duración inferior al año, suelen encontrarse tanto fuentes financieras (operaciones que incrementan el pasivo de la empresa) como operaciones de liquidez que también tienen un coste financiero. También hay inversiones financieras temporales que, de forma inversa, suponen un ingreso financiero para la empresa. Normalmente, se utiliza la técnica del interés simple para este tipo de operaciones, a diferencia de las fuentes financieras a largo (financiación básica) o de las inmovilizaciones financieras, cuyos cálculos se hacen en interés compuesto.

El coste financiero aparente de estas operaciones puede ser engañoso, precisamente debido al corto plazo. También encarece el coste efectivo el hecho de que, en estas operaciones, el interés puede ser al descuento (anticipado), las manipulaciones en "fecha valor" que realizan las entidades financieras y otras "flotaciones" que acortan el plazo o bien comisiones y otros gastos que reducen el nominal, etc. Por eso, el cálculo del coste en términos anuales (TAE) es fundamental para saber si es interesante llevar a cabo este tipo de operaciones. En muchas ocasiones, es preferible incurrir en un endeudamiento a largo plazo, en vez de renovar la financiación a corto. El problema es que el crédito a L/P no siempre es accesible para la mayoría de las empresas.

En general, el coste de las fuentes financieras a corto plazo se determina a partir de una equivalencia financiera. El concepto de equivalencia financiera se define como una igualdad entre las cantidades recibidas (o abonadas) hoy (C0) y las cantidades, de signo contrario, a abonar (o recibir) en el futuro (C1). Los importes actuales y futuros son distintos, pero esta igualdad matemática los hace equivaler por medio de un tipo de interés (i):

C0 × (1 + i) = C1 (5.1)

Cuando el interés se paga al descuento (es decir, como porcentaje del capital futuro (C1), la equivalencia (5.1), que es de capitalización, se sustituye por la de descuento:

C0 = C1 × (1 - id) (5.2)

Al capital inicial, cuando el interés se calcula al descuento, también se le denomina “efectivo” (E) y al capital futuro “nominal” (N).

Entre el interés de capitalización y el de descuento, existe una relación. Es decir, que se puede establecer un interés sobre C0 que equivaldría a un interés de descuento dado o viceversa. Veamos como:

A partir de la equivalencia financiera (5.2), el interés nominal se puede despejar directamente:

(C0 – C1) / C1 = id = (N- E) / N (5.3)

El resultado se interpreta en porcentaje sobre el nominal. El interés en euros viene expresado como N – E. El resultado de dividirlo entre el nominal responde a la misma lógica que las ratio de coste financiero (6.7): Cuánto pago de intereses, en relación a cuánto me prestaron.

En términos efectivos, la ratio se expresaría de forma más apropiada, tratándose de operaciones de descuentos, dividiendo por el efectivo, en vez de el nominal. Eso significa que se puede obtener un interés efectivo (o sobre el efectivo) que equivale a un interés nominal (o sobre el nominal).

ie = id × N / E (5.4)


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