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DESARROLLO REGIONAL DE LOS INGRESOS FISCALES EN MÉXICO: 1980-2006. SU INCIDENCIA EN LA CAPACIDAD INSTITUCIONAL PARA REACTIVAR LA ECONOMÍA EN LA CRISIS ACTUAL

Genaro Sánchez Barajas


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IV.2.3 Medidas Coactivas

1.- Aumentar la revisión del pago de contribuciones y el número de requerimientos fiscales para el cumplimiento del pago de contribuyentes omisos;

2.- Depuración de las bases de datos y uso de mejores estrategias de focalización de los requerimientos;

3.- Derivado d lo anterior, establecer módulos especializados para atender a los contribuyentes que reciban requerimientos fiscales;

4.- Supervisar mejor la evolución de las contribuciones de personas físicas y morales, que por su monto de pagos constituyen una proporción considerable de la recaudación total de impuestos y derechos;

5.- Profundizar en la programación de auditorías directas y visitas domiciliarias en materia de contribuciones locales y federales coordinadas;

6.- Eficientar el control y registro de infracciones de tránsito levantadas en cada entidad federativa;

7.- Reforzar los mecanismos de análisis y control de emisión de requerimientos fiscales, con objeto de focalizar de manera certera a los deudores del fisco;

8.- Mejorar, como sucede en el Distrito Federal, los programas que permitan detectar cuentas importantes con créditos omisos o diferencias en el pago, por ejemplo, del impuesto predial, para lo cual se revisa la situación fiscal de los inmuebles que muestran modificaciones importantes en sus características catastrales ( inmuebles en condominio), y ampliaciones importantes en zonas de alto valor catastral;

9.- Intensificar el envío de cartas a los contribuyentes que presentan inconsistencias en los datos vehiculares necesarios para calcular el Impuesto Sobre Tenencia o Uso de Vehículos, para que efectúen la declaración correspondiente;

10.- Coadyuvar en el aumento de la presencia fiscal haciendo efectivos los cobros por adeudos excesivos de diferentes rubros tributarios derivados de torpes procesos de ejecución fiscal y del mal monitoreo de los trámites de recursos administrativos presentados en la Procuraduría Fiscal;

11.- Preparar mejor a los Abogados que defienden los intereses de la hacienda pública local en los tribunales fiscales, con el fin de reducir el alto porcentaje de los juicios contenciosos en materia fiscal por parte de la autoridad fiscal local (Rodríguez, 2007: 74);

12.- Coadyuvar con la OAT en la actualización de las bases de tributación dado que suelen mostrar serios rezagos en lo que se refiere, por ejemplo, al valor de los bienes raíz, que suele ser muy inferior al valor comercial de los inmuebles;

13.- Evaluar permanentemente y hacer los ajustes coyunturales que sean necesarios para mejorar la relación que tienen en materia de presencia fiscal, las Procuradurías Fiscales con las OAT y OF de cada entidad federativa, ya que en la medida que se eficiente su colaboración, se reducirán los adeudos, créditos, fiscales y recursos interpuestos en contra de la acción de la autoridad fiscal;

14.- Otra de las ventajas que surgirá de la colaboración institucional será la participación del Área de Fiscalización en la desregulación y simplificación administrativas, ya que se deben de establecer bases jurídicas que garanticen una actuación ágil, sustentada en procedimientos expeditos que eliminen o reduzcan complejidades, discrecionalidades y trámites innecesarios;

15.- En general se sugiere que las OF procuren aplicar programas de fiscalización que definan, establezcan y operen los procedimientos de control y verificación del cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes responsables solidarias y demás obligadas en materia de las contribuciones previstas en las leyes fiscales ( Reglamento Interior de la Administración Pública del GDF,2000)

16.- En consonancia con lo anterior, es fundamental que las autoridades de fiscalización ordenen y practiquen todos los actos inherentes al ejercicio de las facultades de comprobación, por medio de sistemas y procedimientos de carácter administrativo que incidan en la reducción de la evasión fiscal;

17.- Ello conlleva a que la OF ejerza la facultad “económica coactiva” a través del procedimiento administrativo de ejecución para captar los ingresos de contribuyentes morosos u omisos;

18.- En este sentido, dado que la OF tiene facultades inclusive para detectar hechos y omisiones que se pueden constituir en delitos fiscales, es importante que para evitar que se cometan, la autoridad fiscalizadora de a conocer a los contribuyentes los castigos o penalizaciones de que serían objeto en caso de que incumplan con sus obligaciones fiscales.


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