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EL CAUDAL MÍNIMO MEDIOAMBIENTAL DEL TRAMO INFERIOR DEL RÍO EBRO

Josep Maria Franquet Bernis



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CAPÍTULO 11. RESUMEN Y CONCLUSIONES FINALES

1ª) Al margen del peso específico que -al menos, a nuestro juicio- ofrecen las poderosas razones que se aportan desde diversos sectores para demostrar la inviabilidad de ciertos aspectos de la propuesta técnica del Plan Hidrológico de la Cuenca del Ebro y los graves daños y perjuicios que podrían derivarse para el tramo final de la cuenca hidrográfica que es objeto de nuestro estudio (el comprendido entre el sistema de embalses Mequinenza-Ribarroja-Flix y la desembocadura), surgen otras de innegable matiz socio-económico y geopolítico que requieren un delicado tratamiento y que deben contemplarse con el necesario realismo para que las soluciones que en definitiva se adopten sirvan a la causa de los diversos territorios afectados, sin exigir cruentos sacrificios a aquellos menos favorecidos por el progreso y el desarrollo.

2ª) El Plan Hidrológico de la Cuenca del Ebro, por su extraordinaria importancia, comporta problemas que, trascendiendo de la mera política hidráulica, entran de lleno en otras esferas, especialmente en la de la ordenación del territorio, en la de las políticas agraria, comercial e industrial, etc. Teniendo en cuenta que los recursos hidrográficos de la cuenca del Ebro constituyen un atractivo especial para fomentar su propio desarrollo, consideramos que la utilización de estos recursos en la propia cuenca puede contribuir a la descongestión de otras áreas, convirtiendo este básico dispositivo infraestructural en estimulante de una adecuada política de Planificación Territorial.

3ª) Además de la preocupante falta de caudal en el río de la que venimos hablando, es necesario tener presente otros efectos negativos, directos e indirectos, que cualquier extracción indiscriminada o transferencia del recurso a otras cuencas hidrográficas podría conllevar a las tierras del tramo final del Ebro, que ya han sido suficientemente denunciados en los últimos tiempos, a saber:

A) La regresión geomorfológica del Delta (fenómeno complejo pero debido, básicamente, a que no bajan suficientes materiales sólidos por el río que sean capaces de compensar el efecto de los procesos de subsidencia de la llanura deltaica y de la erosión costera, lo que pone de manifiesto la perentoriedad de establecer un caudal sólido mínimo que compense los expresados fenómenos. Se estima, en este sentido, que el déficit anual de sedimentos en el Delta es del orden de 1’3 x 106 Tm., mientras que las estimaciones del transporte costero de sedimentos señalan un déficit de 0’4 x 106 Tm.).

B) La salinización (la disminución del caudal potenciará la penetración de la "cuña" salina ascendente por el lecho del río, aumentando los problemas de salinización de las tierras y de las aguas contiguas del tramo de estuario). La regulación del flujo de agua por efecto de los embalses, además de provocar unas pérdidas del recurso del orden del 22% por evaporación, ha acentuado este pernicioso efecto, al tiempo que ha forzado un cambio en la dinámica hidrológica de aquella “cuña”. Desde el verano de 1988 al de 1990 se produjo un periodo de dos años con caudales muy bajos que constituyen los mínimos históricos anuales registrados en el río a su paso por las estaciones foronómicas 027 de Tortosa y 121 de Flix, lo que comportó la presencia continuada de la cuña salina en el tramo inferior (IBÁÑEZ, 1993).

C) La alteración del equilibrio ecológico (por efecto del cambio de composición de las aguas freáticas y de las grandes balsas del Delta, así como de la disminución del grado de dilución de los vertidos urbanos e industriales). Debe tenerse presente la existencia de un Parque Natural de gran importancia para las especies animales y vegetales que en él habitan y, sobre todo, por el papel que juega en el proceso migratorio de una gran cantidad de aves procedentes de la Camarga francesa que, en su singladura hacia las marismas del Guadalquivir y el Parque Nacional de Doñana, hacen su estancia en el Delta.

D) El aumento de la contaminación difusa que ya sufre toda la cuenca y el Delta, que procede de los fertilizantes y productos fitosanitarios, puede producir un empeoramiento del estado ecológico del río Ebro. Los niveles actuales de contaminación se verán agravados por la adición de nuevas zonas regables, la disminución de caudales (menor dilución) y el incremento de la regulación. Tal como ha sucedido en Cataluña con el Plan de Saneamiento, pese al considerable esfuerzo inversor de la Administración actuante en depuradoras, el estado ecológico del río puede no mejorar por culpa de la presencia de fosfatos, nitratos, nitritos, amonio, metales pesados, materia orgánica y sales diversas procedentes de la contaminación difusa de origen agrario, industrial y humano.

E) Las interconexiones de redes de abastecimiento entre diferentes cuencas hidrográficas amenazan la diversidad biológica porque incrementan el peligro de bioinvasiones de especies alóctonas, tal como ha puesto de manifiesto el trasvase Tajo-Segura. Las bioinvasiones constituyen ya un hecho real en el tramo inferior del Ebro por el cambio que la regulación provoca en la fluctuación natural de los caudales. Los efectos del cambio climático pueden incrementar el expresado riesgo. Todo ello puede dejar en letra muerta la interesante propuesta de crear “reservas ecológicas hidráulicas” contenida en el artículo 25 del PHN y que presupone la preservación de tramos importantes de ríos en estado natural para mantener hábitats y poblaciones viables de las especies autóctonas.

4ª) En el caso del tramo inferior del río Ebro y de su delta (Flix-desembocadura), espacio natural de extraordinario interés ecológico nacional e internacional, el denominado "caudal de compensación" previsto inicialmente en el Plan Hidrológico de la Cuenca del Ebro de 100 m3/seg., resulta insuficiente y se fijó en su día de modo aleatorio e injustificado. Tal como ya se señala en el estudio anexo, este caudal no debería ser inferior a los 273 m3/seg. en caudal ficticio continuo aguas abajo del azud de Xerta-Tivenys (subtramo II), y de 326 m3/seg. aguas arriba de dicho punto (subtramo I), distribuyéndose anualmente de acuerdo al hidrograma natural de los caudales.

5ª) Para conocer mejor sus problemas hidrogeológicos, consideramos que se deben proponer más concretos y específicos estudios en el Delta, para poder -con el transcurso del tiempo y el análisis de los datos de muchos años- llegar a establecer la alternativa más conveniente para cada zona específica y particular. Y también de acuerdo con los estudios específicos que se deberían llevar a cabo, se podría analizar cuáles deberán ser los niveles del agua más convenientes en las zonas de turbas, para que, permitiendo un correcto cultivo del terreno, se mantengan los niveles de carga de las aguas subálveas en su justo punto.

6ª) Se proyecta la ejecución, en toda la Cuenca, de un cierto número de obras de nueva construcción o ampliación de embalses, sin que, en contraposición, aparezca mención clara y expresa a los estudios obligados de impacto medioambiental y concretamente, a los efectos directos sobre la regresión de las zonas aluviales como el delta del Ebro. La creación y explotación de las grandes presas-depósitos va, sin duda, a regular los caudales y a reducir la frecuencia y los volúmenes máximos de las crecidas; pero la aportación sólida en la desembocadura quedará prácticamente anulada, con todos los efectos negativos que ello supone. Tampoco se contempla claramente que el aumento de la regulación y del uso del agua implican una reducción de los “retornos” al río y, consecuentemente, una disminución de las aportaciones. Sería conveniente, al respecto, la elaboración de un proyecto y/o los correspondientes estudios técnicos que contemplen las posibles soluciones a este grave problema.

7ª) El aumento de la salinidad de las aguas y de los terrenos adyacentes del tramo inferior del río, puede sobrevenir tanto como consecuencia de la disminución del caudal fluvial y el mayor ascenso de la "cuña" salina, como por efecto del menor grado de dilución de las sales, con efectos nefastos previsibles en el propio delta del Ebro. Es por ello que la determinación de los caudales ambientales que es objeto de nuestro Informe resulta de gran relevancia, pues caudales superiores a los 200 m3/seg. pueden limitar la intrusión marina y favorecer la dilución de la propia salinidad de la cuenca. Al respecto, sería conveniente incluir en el futuro Plan una propuesta de soluciones a este problema. Así mismo, con el fin de evitar la contaminación y degradación de las aguas del río, el Plan debería fijar la construcción de estaciones depuradoras de aguas residuales urbanas e industriales, de tal suerte que quedara completado el proceso iniciado hace ya algunos años.

8ª) El delta del Ebro constituye un extraordinario espacio natural, que debe gozar de una protección ejemplar. Pues bien, por lo que se refiere al equilibrio ecológico cabe preguntarse: ¿de qué modo podrá influir en estos singulares ecosistemas la sustancial variación del régimen hidráulico del río Ebro que tendrá lugar como consecuencia inmediata de todas las actuaciones y aprovechamientos previstos a lo largo y ancho de su cuenca hidrográfica?.

9ª) Las actuales concesiones a las comunidades de regantes de los canales de la derecha y de la izquierda del Ebro, en su tramo final, no solamente permiten asegurar la viabilidad económica de los cultivos existentes (fundamentalmente el arroz), sino que el funcionamiento de ambos canales y de todo el complejo sistema hidráulico que de ellos se deriva, con los caudales actuales, permite mantener el equilibrio ecológico del Delta, el ecosistema del Parque Natural y el mantenimiento correcto de la plataforma deltaica para ser explotada desde el punto de vista de la pesca y de los cultivos marinos (bahías del Fangar y de los Alfaques, especialmente), tal como señala un estudio del Instituto de Ciencias del Mar, organismo vinculado al Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC). Por todo ello, no resulta aceptable, en ningún caso, la posible reducción de las actuales concesiones administrativas a las Comunidades de Regantes de ambas márgenes, debiéndose tener en cuenta que las previsiones en cuanto a dotaciones de agua para el cultivo del arroz se sitúan en torno a los 33.500 m3/ha/año para las épocas de cultivo de dicho cereal de verano y en 10.000 m3/ha/año de mantenimiento para la época invernal. Ello permite el sostenimiento del sistema agroambiental del Delta, reconocido y apoyado financieramente por la Unión Europea, que beneficia a la casi totalidad de los agricultores y propietarios deltaicos.

10ª) Habrá que tener presente, en la redacción definitiva de la revisión del PHC del Ebro, que el agua es un recurso natural caro y escaso, debiéndose conseguir una utilización racional y una protección adecuada del mismo. En este orden de ideas, las dotaciones previstas en el Plan Hidrológico de la Cuenca del Ebro podrían considerarse excesivas, tanto para usos y demandas urbanas e industriales como agropecuarias, no asumiéndose el principio básico de carestía y ahorro que debe inspirar cualquier correcta gestión de los recursos hidráulicos en nuestro país.

11ª) La previsión de puesta en riego, en toda la cuenca, de nuevas hectáreas, contemplada en el Plan Hidrológico de la Cuenca del Ebro responde, evidentemente, a los buenos deseos de todas las partes implicadas y a la estimación de necesidades futuras -en el momento de elaborar la documentación básica del Plan- de las diferentes zonas en cuanto a la demanda de agua para regadíos, lo que puede implicar un incremento exagerado de la demanda de agua. Sin embargo, es bien cierto que las previsiones de la reforma o “chequeo médico” de la PAC (Política Agrícola Común de la UE), los acuerdos de la OMC (Organización Mundial del Comercio) sobre la globalización del comercio y la internacionalización de la economía y las prognosis relativas a la actividad agraria conducen a un reforzamiento de los programas de congelación de tierras, jubilaciones anticipadas, disminución de la protección por la vía arancelaria y de los precios garantizados, etc. Debería pensarse, pues, antes que en aumentar de forma notable la superficie regable prevista en el denominado “Pacto del Agua” de Aragón y también en otras Comunidades Autónomas de la cuenca, en proyectar acciones dirigidas a mejorar los regadíos ya existentes y a ampliar los riegos actuales únicamente con vistas a la reconversión de las producciones excedentarias por otras claramente deficitarias.

12ª) La navegabilidad del río Ebro en su tramo final, desde el embalse de Riba-roja hasta el mar, constituye un ambicioso proyecto en proceso de ejecución por la Generalitat de Cataluña ("Direcció General de Ports i Costes, Departament de Política Territorial i Obres Públiques") y otras diversas administraciones de la zona. Es obvio que cualquier variación del régimen hidráulico fluvial (caudales mínimos, régimen de desembalse...) puede tener incidencia directa en esta nueva modalidad de explotación del recurso y, sin embargo, en el Plan Hidrológico de la Cuenca del Ebro, no se contemplan, al parecer, las concomitancias que pudieran presentarse. También es necesario incorporar al Plan una propuesta de actuaciones en prevención de las avenidas y en defensa de las márgenes del río, especialmente las que se puedan derivar de la explotación del mismo como consecuencia del mencionado Proyecto de Navegabilidad, así como efectuar la correspondiente reserva de caudales.


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