BIBLIOTECA VIRTUAL de Derecho, Economía y Ciencias Sociales


REGULACIÓN AMBIENTAL: LOS BOSQUES NATIVOS

Marco E. Salusso



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4.2.1- Análisis del Proyecto

Esta Ley busca lograr un desarrollo sostenible en el uso de los recursos forestales nativos, y no la sobreprotección de los mismos, (a pesar que la ley declara el estado de emergencia forestal y la prohibición de los desmontes hasta finalizado el Ordenamiento de los Bosques Nativos). Dentro de este desarrollo sostenible considera tanto explícitamente a los propietarios, como a los pueblos indígenas, originarios y a las comunidades campesinas, y en forma implícita a los habitantes de la Nación en general; no considerando a la comunidad internacional, que también consumen los bienes y servicios que proporcionan los bosques.

El Ordenamiento de los Bosques Nativos, su clasificación en distintas categorías de conservación, el Programa Nacional de Protección de los Bosques Nativos , la exigencia de Evaluación del Impacto Ambiental para toda actividad vinculada a los Bosques y la obligatoriedad de cumplimiento de un Plan de Aprovechamiento Sustentable por parte de los usuarios y propietarios: permite que los bosques puedan seguir cumpliendo su función en el proceso productivo de proveer de recursos para la producción (tanto de productos maderables como no maderables), como así también proveer Servicios Ambientales.

Ejemplo: Las zona bajo la categoría I y II, permiten que los bosques sigan cumpliendo con su función de sumideros de carbono, regulación hídrica, conservación de la biodiversidad, etc. Mientras que la categoría III, permite que los bosques cumplan su función de proveedores de insumos para el proceso productivo.

Cuando se plantea la definición de las categorías la ley establece una Innovación al incorporar el concepto de “Valor”, dándole mayor “Valor” a la categoría I, que a la II y a la III. Al considerar que es un “sector de muy alto valor de conservación que no deben transformarse, por sus ubicaciones relativas a reservas, su valor de conectividad, la presencia de valores biológicos sobresalientes y/o la protección de cuencas que ejercen, ameritan su persistencia como bosque a perpetuidad” a diferencia de las otras categorías. En el siguiente cuadro se puede observar como se compone el VET para cada una de las categorías mencionadas.

El tipo de instrumento de política para cumplir los objetivos del presente proyecto de ley, son netamente instrumentos de Comando y Control; no obstante en el Artículo 10, inciso “g”, deja la posibilidad abierta al uso de Instrumentos e Incentivos Económicos tales como: “exenciones impositivas, estímulos, subsidios, créditos que tengan como objeto incentivar el cumplimiento de los objetivos de la presente ley”.

Los instrumentos de Comando y Control, son los artículos que prescriben objetivos de calidad ambiental y de manejo y conservación de los Bosques Nativos y se basan en la ecuación coerción-sanción. Dentro de estas normas están la:

 Prohibición del desmonte o del aprovechamiento de los bosques sin autorización (Artículo 4)

 Los permisos de desmonte o de aprovechamiento sustentable (Artículo 11)

Siguiendo la ecuación coerción-sanción, la ley establece las sanciones por incumplimiento de las normas: apercibimientos, multas entre 300.000 y 30.000 sueldos básicos de la categoría inicial de la administración pública nacional, suspensión o revocación de las autorizaciones.

Los permisos son otorgados por la Autoridad Competente, que pueden resultar, en ocasiones, una manera eficiente para regular la actividad forestal de los bosque nativos, pero el proyecto de ley al no basarse en factores que se relacionen con ninguna evaluación objetiva de los beneficios y los costos de los Bosques puede no cumplirse con el objetivo de garantizar el aprovechamiento sustentable

La Ley le otorgo un nivel de discrecionalidad significativo a la Autoridad de Aplicación, situación que puede resultar adversa.

Otros problemas que se presentan están dados: por la falta de información completa, la veracidad de los Estudios de Impacto Ambiental, y la capacidad de control de la Autoridad. que pueden generar Costos de Control significativamente altos.

Gráficamente, se observa la Curva de Costos de Control y la Curva de Beneficios de los Bosques, si el nivel de desmonte u otro uso, que estableciera la Ley o la Autoridad de Aplicación , esta dado en Cs , sería un punto eficiente, porque maximiza los beneficios y minimiza los costos. Pero si existe protestas y presiones por parte de la opinión pública el punto Cs se movería a la izquierda, y en el caso, que la Autoridad se encuentre presionada por grupos de interés económicos, Cs se movería a la derecha, en ambas situaciones no se maximizarían ni se minimizarían los beneficios y costos, estableciéndose niveles de uso de los recursos forestales no óptimos.

Suponiendo que no existen presiones de grupos ambientalistas ni de intereses económicos, y se conocieran las funciones de Beneficios y Costos, se determinaría Cs, y este punto debería ser la cantidad total máxima de hectáreas comprendidas en la Categoría III del Ordenamiento de los Bosques Nativos. Por lo tanto de 0 a Cs la Autoridad de Aplicación tiene la posibilidad de Autorizar Desmontes y otros Usos.

Otra cuestión crítica en el análisis es determinar la función de Costos de Control, y la Curva de Beneficios.

 Curva de Costos: estarían comprendidos los costos de funcionamiento de las Autoridades de Aplicación de cada Jurisdicción, y la Autoridad Nacional de Aplicación, se incluirían dentro de estos costos: los costos de administración, supervisión en campo, grupos técnicos especializados en silvicultura, etc. Actualmente según informes del INTA presentados al Senado de la Nación, los organismos encargados de los Bosques carecen de capacidad institucional y técnica, por lo cual los costos de control en el corto plazo serían importantes.

 Curva de Beneficios: estaría determinada por los Beneficios que proporcionan los Bosques sean Ambientales o no, a las comunidades indígenas, originarias, campesinas y regionales. El Ordenamiento de los Bosques Nativos, daría un marco de referencia para lograr determinar la función de beneficio.


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