COOPERACIÓN Y CONFLICTO EN EL MERCOSUR

COOPERACI?N Y CONFLICTO EN EL MERCOSUR

Coordinadora: Noemí B. Mellado

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2.4. La opción del facilitador: la insuficiencia de las vías jurisdiccionales

El único canal abierto de negociación que se mantiene, por tanto, es el del .facilitador” español, una suerte de mediación de la corona que nació a raíz de la realización de la Cumbre Iberoamericana en Montevideo en el mes de octubre de 2006 y de la gestión del Rey de España para acercar a sus antiguos súbditos hoy enemistados entre sí, cual padre protector que trae al redil a sus retoños malcriados, con los cuales entretiene relaciones preferenciales en todas las áreas, incluso la de marras al ser la pastera Ence una empresa española.

Todos saben que las opciones que maneja el facilitador son limitadas.

Entre las más difundidas se maneja la construcción de un caño que envíe varios cientos de kilómetros hacia el sur los vertidos supuestamente contaminantes de la empresa de manera de no afectar la zona del río cercana a la playa de Gualeguaychú.

Además de esto, se proyectaría la construcción de una isla artificial en el medio del río que serviría de .pantalla ecológica” para la contaminación visual que representan las chimeneas de la fábrica y, finalmente, se crearía una comisión especial de monitoreo conjunto que incluya a miembros de la asamblea de Gualeguaychú.

La mediación española no da por tierra con la vía planteada por la Argentina ante la CIJ pero demuestra que la lentitud de ésta para resolver ciertos problemas la pueden relegar en el .ranking” de mecanismos de solución de controversias.

Además la CIJ no puede resolver apropiadamente el tema de los cortes de ruta por no ser directamente competente para entender en esa causa, para la que precisaría del consentimiento argentino, que obviamente no sería dado.

Desde estos puntos de vista demuestra su insuficiencia para resolver este caso, al menos de una forma rápida y global.

Peor es la situación del sistema jurisdiccional del MERCOSUR que ha quedado absolutamente inoperante, por su naturaleza en parte, como dijimos, pero también por la voluntad de las partes que, sea no cumplieron sus decisiones (Argentina), sea no confiaron en él para hacerlas cumplir (Uruguay).

Es el gran perdedor jurídico del conflicto.

Están previstas reuniones en Madrid para fines de abril de 2007, con la participación de las Partes y del .facilitador.

Está claro que la controversia no parece encaminarse a una solución jurisdiccional, aunque si fracasa la mediación del facilitador, quedará al menos en pie el juicio ante la CIJ.