DERECHO: ¿CUÁL DERECHO?
DE LA CONSTITUCIÓN BURGUESA A LA CONSTITUCIÓN DE NUEVA DEMOCRACIA

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Álvaro Bedoya Salazar

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1.1 El Estado y el derecho

Hecho el anterior esquema del desarrollo de las sociedades, viene ahora la pregunta: ¿cuando surge el Estado y al servicio de quién se mueve la maquinaria estatal, incluyendo el derecho y la justicia? Este aspecto de al servicio de quién será un pilar fundamental en el desarrollo del presente trabajo.

Federico Engels, en su obra El origen de la familia, la propiedad privada y el Estado, sienta las bases para la respuesta:

La codicia vulgar ha sido la fuerza motriz de la civilización desde los primeros días hasta hoy; su único objetivo determinante es la riqueza, otra vez la riqueza y siempre la riqueza, pero no la de la sociedad, sino la de tal o cual miserable individuo (...) Siendo la base de la civilización la explotación de una clase por otra su desarrollo se opera en una constante contradicción. Cada progreso es al mismo tiempo un retroceso en la situación de la clase oprimida, es decir de la inmensa mayoría. Cada beneficio para unos es por necesidad un perjuicio para otros; cada grado de emancipación conseguido por una clase es un nuevo elemento de opresión para la otra (...) y así como hemos visto, entre los bárbaros apenas puede establecerse la diferencia entre los derechos y los deberes, la civilización señala entre ellos una diferencia y un contraste que salta a la vista del hombre menos inteligente, en el sentido de que da casi todos los derechos a una clase y casi todos los deberes a la otra (...) En una palabra, introduce una hipocresía convencional que no conocían las primitivas formas de la sociedad, ni aun los primeros grados de la civilización, y que llega a su cima en la declaración: La explotación de la clase oprimida es ejercida por la clase explotadora exclusiva y únicamente en beneficio de la clase explotada; y si esta última no lo reconoce así y hasta se muestra rebelde, esto constituye por su parte la mas negra ingratitud hacia sus bienhechores, los explotadores.

Continúa Engels

Veamos el juicio que acerca de la civilización emite Morgan: ‘Desde el advenimiento de la civilización ha llegado a ser tan enorme el acrecentamiento de la riqueza, tan diversas las formas de este acrecentamiento, tan extensa su aplicación y tan hábil su administración en beneficio de los propietarios, que esa riqueza se ha constituido en una fuerza irreducible opuesta al pueblo; la inteligencia humana se ve impotente y desconcertada ante su propia creación. Pero, sin embargo, llegará un tiempo en que la razón humana sea suficientemente fuerte para dominar a la riqueza, en que fije las relaciones del Estado con la propiedad que este protege y los límites de los derechos de los propietarios. Los intereses de la sociedad son absolutamente superiores a los intereses individuales, y unos y otros deben concertarse en una relación justa y armónica. La simple caza de la riqueza no es el destino final de la humanidad, a lo menos si el progreso ha de ser la ley del porvenir, como lo ha sido la del pasado. El tiempo transcurrido des el advenimiento de la civilización no es más que una fracción ínfima de la existencia pasada de la humanidad, una fracción ínfima de las épocas por venir. La disolución de la sociedad se yergue amenazadora ante nosotros, como el término de una carrera histórica cuya única meta es la riqueza, porque semejante carrera encierra los elementos de su propia ruina. La democracia en la administración, la fraternidad en la sociedad, la igualdad de derechos, y la instrucción general, inaugurarán la próxima etapa superior de la sociedad, para la cual laboran constantemente la experiencia, la razón y la ciencia. Será un renacimiento de la libertad, la igualdad, y la fraternidad de las antiguas genes, pero bajo una forma superior.

V. I. Lenin, en su obra El Estado y la revolución, aborda el problema en forma descarnada:

El Estado es el producto y la manifestación del carácter irreconciliable de las contradicciones de clase. El Estado surge en el sitio, en el momento y en el grado en que las contradicciones de clase no pueden objetivamente, conciliarse. Y viceversa: la existencia del estado demuestra que las contradicciones de clase son irreconciliables.

Continúa Lenin, citando a Marx:

Según Marx, el Estado es un órgano de dominación de clase, un órgano de opresión de una clase por otra, es la creación de un ‘orden’ que legaliza y afianza esta opresión, amortiguando los choques entre las clases.

Sobre el tema que se trata agrega José Stalin, en su obra Cuestiones del leninismo:

La historia conoce cinco tipos fundamentales de relaciones de producción: el comunismo primitivo, la esclavitud, el feudalismo, el capitalismo y el socialismo (...) En el comunismo primitivo aún no había surgido la idea de la propiedad privada sobre los medios de producción, exceptuando la propiedad personal de ciertas herramientas, que al mismo tiempo que herramientas de trabajo eran armas de defensa contra las bestias feroces. No existía aún explotación, no existían clases. (...) En el esclavismo el esclavista es el primero y fundamental propietario con plenitud de derechos. Ricos y pobres, explotados y explotadores, hombres con plenitud de derechos y hombre privados totalmente de derechos; una furiosa lucha de clases entre unos y otros tal es el cuadro que presenta el régimen de la esclavitud. (...) Bajo el régimen feudal durante este periodo, la propiedad privada hace nuevos progresos. La explotación sigue siendo tan rapaz como bajo la esclavitud, aunque un poco suavizada. La lucha de clases entre los explotados y los explotadores es el rango fundamental del feudalismo. (…) El capitalismo lleva en sus entrañas la revolución, una revolución que está llamada a suplantar la actual propiedad capitalista sobre los medios de producción por la propiedad socialista (...) Bajo el régimen socialista, la base de las relaciones de producción es la propiedad social sobre los medios de producción.

Se toma como base de este trabajo, las anteriores definiciones sobre la aparición de la propiedad privada y del Estado y su papel como órgano de opresión de una clase contra otra, y no como garantía de derechos y justicia para los hombres.

El mismo carácter reviste el derecho. Es innegable que su aplicación es y ha sido política de una clase para subyugar al resto, y no científica y dialéctica para llevar a la humanidad a la tierra prometida. Claro que existe una parte del derecho que por su carácter y su forma es científica, como lo es, por ejemplo, la investigación judicial, o la medicina legal, la grafología, la dactiloscopia, la prueba de ADN, el mapa del genoma humano y toda la tecnología de punta que sirva para que en el proceso de investigación no se condene al inocente sino al culpable, tal cual debe ser uno de los papeles fundamentales del Estado, vale decir, la aplicación recta de la justicia y el derecho, tanto más cuando ese Estado se precia constitucionalmente de ser un “Estado Social de Derecho”, pilar en que se asienta, por lo menos en teoría, el derecho positivo.

¿Qué es el derecho positivo? Germán Conde Betancur y Javier Gonzaga Valencia, profesores de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales, CREAD, de la Universidad de Caldas, dicen:

Derecho positivo es el conjunto de normas que realiza en cada comunidad jurídicamente organizada y en una determinada época de la historia, el ideal del derecho, según el concepto que se tenga de justicia.

Y Manuel Felipe Tamayo, en Introducción a la ciencia del derecho, agrega:

Es el derecho en vigor en cada país.

Debe agregarse que el derecho positivo es el derecho en vigencia, no sólo en un país sino también en una región determinada de un país o Estado. Así, se tiene que el Código de Régimen Político y Municipal de Caldas puede tener normas diferentes y legalizar algo que el Código similar de Cundinamarca o Antioquia prohíben, ejemplo típico: el chance.