POLÍTICAS Y GESTIÓN PÚBLICA PARA EL ESTUDIO MUNICIPAL: ÓPTICA ACADÉMICA

POL?TICAS Y GESTI?N P?BLICA PARA EL ESTUDIO MUNICIPAL: ?PTICA ACAD?MICA

Maria Cecilia Montemayor Marin y otros

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I. INTRODUCCIÓN: EL MUNICIPIO EN EL SISTEMA CONSTITUCIONAL MEXICANO

La constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos a través de su artículo 115 reconoce la autonomía Municipal en forma relativa. Sin embargo resulta evidente que solamente podrá haber plena autonomía toda vez que el municipio cuente con el reconocimiento de un poder tributario que sea original y esencialmente propio lo que le permitiría estar en aptitud de cumplir con sus fines. Llegado a este tema son múltiples las preguntas que nos formulamos:

¿En qué medida podemos hablar de autonomía cuando los Municipios en México no tienen recursos propios suficientes para cumplir su cometido?; ¿La falta de personal capacitado en el ejercicio de las funciones administrativas repercute en el ejercicio de las funciones de los gobiernos locales?; ¿Los municipios cuentan actualmente con estructuras sólidas para hacer frente a las demandas de los ciudadanos de sus respectivas localidades?; ¿La debilidad ancestral de los municipios es producto de la evolución histórica del país?

Múltiples estudios parecen coincidir en que la debilidad institucional, la carencia de recursos económicos, la falta de personal profesional y capacitado para el desempeño de la función gubernamental y la inconsistencia de sus estructuras administrativas, son algunas de las razones por las cuales los gobiernos locales no pueden realizar las funciones que les conciernen. Tocante a esto Cabrero (2004:1) señala: “Desde esta perspectiva, esta condición estructural de precariedad del municipio mexicano es resultado de un sistema político que se ha caracterizado por su centralismo y verticalidad en la forma de conducción de los asuntos de gobierno y por un desprecio hacia los municipios, considerándolos instancias prácticamente minusválidas para la función gubernamental.”

A partir de los años 80 se inicia en México un proceso de cambio en la Administración Publica Federal, tendiente a la descentralización administrativa. En 1982, se dieron los primeros pasos hacia una descentralización, toda vez que a escasos 5 días de haber tomado posesión del Poder Ejecutivo el Lic. Miguel de la Madrid, envió al Congreso de la Unión la iniciativa de reforma al referido artículo 115 Constitucional, que se refiere al Municipio, en donde se destaca como uno de sus principales objetivos el fortalecimiento de la autonomía Municipal consignada en el mismo texto constitucional.

El fundamento de su propuesta entre otros consintió en la consideración de que la descentralización exige un proceso decidido y profundo pero que ésta deberá de ser de manera gradual ordenada y eficaz luego de un análisis a fondo de las competencias constitucionales entre la Federación, los Estados y Municipios a fin de establecer las atribuciones y facultades que le corresponda a cada orden de gobierno, con el propósito de estar en aptitud de determinar aquellas que se puedan distribuir y lograr así un justo equilibrio entre las tres instancias de gobierno.

Posterior a esta reforma aprobada en 1983 el Municipio deja de ser una organización perteneciente a dos órdenes de gobierno (Federal y Estatal) en donde se desempeñaba como una forma de organización interior de las entidades federativas y se instituye como el tercer orden de Estado y de gobierno. Arroyo y Sánchez (2003:87) afirman “desde la década de los ochenta del siglo pasado, México ha hecho grandes reformas a sus leyes; por ejemplo en el aspecto económico, el Estado prácticamente se retiró de la generación de bienes y servicios que controlaba, se abolió la propiedad social de la tierra y se introdujo a la competencia internacional. Es de esperarse que estas modificaciones se reflejaran en la actividad económica municipal”

A pesar de que efectivamente el Municipio a todas luces ha cambiado a partir de las reformas al artículo 115 Constitucional de 1983, 1987 y 1999, se puede afirmar que aún no existe en la Constitución Federal normas que den sustento a las bases de distribución de participaciones a los Estados y Municipios en las materias de la hacienda publica.

En otro orden de ideas, el Municipio en México ha trascendido con graves problemas administrativos. Tales problemas derivan de una diversidad de factores qué están relacionados con la historia y la configuración institucional misma del sistema de gobierno y del sistema político, económico y social del país (Cabrero: 2004).)

Algunos de los datos que nos permiten constatar la escasa capacidad administrativa en los Municipios y que reflejan la importancia de profundizar en el estudio del marco jurídico y administrativo pueden ser éstos: Más del 80% de los municipios no cuentan con una normatividad interna administrativa; la mayoría de los Municipios afirman haber recaudado impuestos y derechos muy por abajo (75%) de lo presupuestado; reconociendo inclusive el 17% no contar ni siquiera con una computadora; además de que gran parte de los municipios carecen de personal calificado en el manejo administrativo y tributario (Cabrero 2003:159)

Por otra parte, otro problema que enfrenta no sólo el Municipio sino el Estado y la misma Federación es que un alto porcentaje de población económicamente activa no cumple con sus obligaciones fiscales y más aun ni siquiera están dados de alta formando parte de la economía informal; lo cual puede suceder por diversas razones tales como desconocimiento de leyes, la complejidad de nuestras leyes tributarias, y la falta de cultura de pago.

El objetivo de la presente investigación es analizar la regulación jurídica que, tanto a nivel federal como Estatal rigen al Municipio, así como las disposiciones internas de los mismos gobiernos locales. El propósito que con este trabajo se pretende es el de proponer ciertas modificaciones en su marco jurídico destinadas a renovar las relaciones del Municipio con los Estados y la Federación.

A tal efecto, hemos estructurado esta Ponencia en 5 apartados: el primero de ellos dirigido a examinar la situación que guarda el Municipio posterior a la reforma del articulo 115 Constitucional en el año 1983 de donde se deja sentir la escasa capacidad administrativa por no contar con una normatividad interna; a continuación se realiza un análisis histórico de la evolución hasta la actualidad de cada uno de los niveles con el propósito de entender que muchos de los graves problemas administrativos que prevalecen en este orden de gobierno son producto de su legado histórico; en el tercera sección exploramos sobre la legislación vigente en los Municipios de Tamaulipas; el apartado cuarto va encaminado a investigar el actual marco normativo de la Hacienda Municipal en Tamaulipas; y un quinto dedicado a las conclusiones y propuestas de las modificaciones del marco jurídico destinadas a actualizar las relaciones del Municipio con los Estados y la Federación.