POLÍTICAS Y GESTIÓN PÚBLICA PARA EL ESTUDIO MUNICIPAL: ÓPTICA ACADÉMICA

POL?TICAS Y GESTI?N P?BLICA PARA EL ESTUDIO MUNICIPAL: ?PTICA ACAD?MICA

Maria Cecilia Montemayor Marin y otros

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EL MUNICIPIO, EL AYUNTAMIENTO Y LAS AUTORIDADES MUNICIPALES

La palabra municipio es de origen romano, del latín ¨municipium¨ con raíces en munis=carga, y cìvitas=ciudad (el trabajo de la ciudad). (1)

Es importante resaltar que el municipio a travès de la historia de la humanidad, siempre ha estado ligado a la administración de las ciudades, aun cuando también tenemos antecedentes de que, desde épocas remotas, existió el municipio primitivo de carácter agrario.

Los rasgos occidentales de nuestro municipio derivan de las concepciones grecolatinas de organización social y de las variantes introducidas por España e implantadas durante la conquista de México al establecerse formalmente el primer municipio: el de la Villa Rica de la Veracruz, en 1519 (2)

El Municipio en México es la base de la organización social, política y administrativa del país; se integra con tres elementos que, a la vez le son imprescindibles, determinando su existencia. Estos son: población, territorio y gobierno. (3)

Población, como un conglomerado de individuos que, establecidos en asentamientos urbanos o rurales, de menor o mayor tamaño, expresan civilización en todas sus manifestaciones: educación, arte, cultura, artesanía, comercia, industria y otras, así como la división organizada del trabajo que, en términos de organización constituye la riqueza más importante del municipio.

Territorio, como espacio físico determinado jurídicamente por límites geográficos para cada municipio, en el cual se dan las acciones y transformaciones originadas diariamente por la actividad de la población y gobierno.

Gobierno, como administrador de los bienes y hacienda del municipio, integrado en el Ayuntamiento electo por el voto popular. El Ayuntamiento electo por el voto popular. El Ayuntamiento es el principal responsable de orientar y ordenar las acciones de la población y las suyas propias hacia un continuo y rítmico mejoramiento de la calidad de vida de los individuos.

El Ayuntamiento tiene libertad para administrar sus bienes y hacienda; la hacienda municipal generalmente se forma con los bienes propiedad del municipio, las contribuciones que señalan las legislaturas locales, las participaciones que asigne el Estado y los impuestos, derechos, productos y aprovechamiento que resulten de su administración. Además, el municipio tiene personalidad jurídica para todos los efectos legales, es decir, es sujeto de derechos y obligaciones ante tribunales e instituciones, por lo cual puede, en determinado momento, gestionar y obtener créditos y asesorìa técnica. (4)

Las facultades y obligaciones del Ayuntamiento son:

• Formular normas y reglamentos para prestar los servicios públicos municipales y aquellos que garanticen la tranquilidad y seguridad de las personas y sus bienes; además, para conservar la moralidad, la seguridad y la salud pública.

• Formular la iniciativa de la Ley de Ingresos y Presupuestos de Egresos, remitiéndola a la Legislatura del Estado, para su aprobación.

• Enviar a la Legislatura del Estado, para su autorización, a través del gobernador del estado, los proyectos para contratación de prestamos que afecten los ingresos de administración municipales posteriores.

• Nombrar al Secretario, Tesorero y Jefes de departamento y removerlos con justa causa.

• Crear los órganos necesarios para planear, proyectar, construir, conservar, poner en operación y administrar la prestación de los servicios públicos municipales.

• Impartir justicia a través del Juez Menor Municipal en faltas a los reglamentos que rijan en el municipio.

• Elaborar, aprobar, difundir y ejecutar el Plan Municipal de Desarrollo Urbano.

• Llevar en el municipio el control del Registro Civil de la población.

• Fomentar la integración social de sus habitantes.

• Establecer actividades que satisfagan las necesidades públicas o de interés social, promoviendo para ello la participación de los habitantes.

• Administrar, conservar, incrementar y rescatar el patrimonio económico, histórico y cultural del Municipio.

• Los municipios, conforme se desarrollan, adquieren nuevas responsabilidades y su organización se hace más grande y compleja; es importante que cada funcionario y empleado municipal cumpla una función específica, real y necesaria para aprovechar mejor los recursos.

• Educación (5)

En nuestra Constitución, la fracción IV de su Artículo 31 señala como obligación de los mexicanos, contribuir para los gastos públicos, así de la Federación como del Estado y Municipio en que residan, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes. (6)

De la función de satisfacer la demanda de bienes y servicios de carácter público, por parte de los tres niveles de Gobierno, surge la necesidad de captar los recursos suficientes a través de varias Entidades Fiscales en base a una jurisdicción territorial determinada: el Fisco Federal, el Fisco de las Entidades Federativas y el Fisco Municipal. (7)

En cuanto a los Municipios, la fracción II del Artículo 115 de nuestra Constitución Política, dispone que administraran libremente su hacienda, la cual se formará de las contribuciones que señalen las legislaturas de los Estados y que, en todo caso, deben ser suficientes para que atiendan sus necesidades fundamentales. De éste precepto, se puede concluir que los municipios carecen de potestad tributaria, ya que su Hacienda se integra por los tributos que les señalen las legislaturas locales respecto a materias en que tengan plena competencia, no pudiendo gravar aquellos conceptos cuya facultad esté reservada a la Federación o prohibida a las Entidades Federativas.