Concepto de Sociedad Civil
BIBLIOTECA VIRTUAL de Derecho, Economía y Ciencias Sociales

LA PROLIFERACIÓN DE LAS ONG´s EN EL ESTADO DE TLAXCALA

Ramos Montalvo Vargas

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CAPÍTULO I. LA SOCIEDAD CIVIL

1.1 La Oportunidad de la Sociedad Civil.

Un concepto elemental para explicar el fenómeno de las Organizaciones No Gubernamentales; en lo sucesivo denominadas ONG’s, es el de Sociedad Civil. A continuación se expresan algunas ideas básicas.

La importancia de incluir en este marco la idea de sociedad civil radica en que ésta representa el eje teórico con el cual y alrededor del cual, podemos cimentar la explicación del fenómeno de las ONG’s que representa el ¿qué?, para posteriormente darnos a la tarea de explicar el ¿cómo? se expresa el complicado universo de las ONG’s y entender el ¿porqué? de esta manifestación social, difundida expresión y moda en los últimos años.

1.2 Concepto de Sociedad Civil.

En primer lugar, se parte de la idea central de que la definición de la Sociedad Civil es un asunto de consenso más que un fenómeno de descubrimiento de una realidad social no conocida. El concepto tiene un carácter polifacético, la noción tiene una connotación polémica, destinada a resaltar y enjuiciar uno u otro aspecto del orden existente. Como muchas otras categorías de la teoría política; sociedad civil, al igual que Organización No Gubernamental, no son conceptos claros y unívocos; y como advierte Alberto J. Olvera (2003:19) en México, su generalización es más reciente, y se ha acompañado del uso simultáneo de definiciones afines, como el de Organización No Gubernamental, pero no debe limitarse a este tipo de organizaciones, porque bien lo señala este mismo autor citando a Cohen y Arato (2000:31), al precisar que la sociedad civil no es un actor colectivo, no es un espacio único o unificado, no se limita a ONG’s y no constituye una especie de actor histórico transformador por naturaleza, sino resultado de la construcción moderna del los sistemas políticos, sociales y económicos.

En segundo lugar se trata de definir el perfil, de determinar el entorno, de concebir la naturaleza de la sociedad civil como un proceso de autodefinición, de conocimiento del fenómeno mismo dentro de la estructura social más que un proceso de contraste o de antagonismo. Por esta razón, expresa Álvaro De La Ossa (1997:26) la definición de la Sociedad civil es un esfuerzo más descriptivo que conceptual. A continuación se muestra un esquema que propone el autor para visualizar la estructura de la Sociedad Civil.

Gráfica No. 1.

Propuesta Taxonómica de la Sociedad Civil

FUENTE: De La Ossa, Álvaro: En: “LA INTEGRACIÓN SOCIAL: NUEVAS RUTAS HACIA LA DISCORDIA”;

Serie Temas Centroamericanos No. 11, Ed. Friederich Ebert Stiftung, 1997, pág. 27.

El esquema anterior expresa la composición de la sociedad en términos asociativos u organizativos; donde en el costado izquierdo con la Sociedad Civil organizada se mencionan grupos que se encuentran excluidos por representar intereses distintos a los de una minoría, representada por grupos privilegiados, capitalistas, gobernantes, etc. ubicados del lado derecho; y que son, la clase que tiene el control político, económico, ideológico y hasta militar. Sin embargo, sería interesante analizar ese fenómeno antagónico de clase, a través de su manifestación en las regiones –motivo de otra investigación-; mientras tanto, dejamos sólo establecida la hipótesis que en nuestro país, el esquema planteado se asocia bastante a la realidad desde nuestro punto de vista.

Esta marcada distinción entre Sociedad Civil y Resto de la Sociedad, nos obliga a poner énfasis en el papel de las ONG’s como alternativa organizativa para reducir esa brecha que se ensancha cada vez más en términos de las condiciones de pobreza y marginación ante la dificultad por acceder a productos, servicios y en general mejores condiciones de vida de la mayoría de la población -como se muestra en el Anexo 1-, donde la mayoría de la población ocupada gana entre menos de uno y hasta cinco salarios mínimos.

También hay que precisar desde este momento, que las ONG’s son parte de las Organizaciones Civiles y éstas a su vez forman parte de la Sociedad Civil, cuyo término es más sugestivo que preciso y hace pensar en individuos que sostienen entre sí relaciones caracterizadas como civilizadas; aspecto fácil de comprender, y evoca también la idea de que sus miembros gozan de la calidad de ciudadanos, otra cosa fácilmente comprensible. De cualquier modo, el núcleo central de sociedad civil es suficientemente claro. Por sociedad civil entonces, se entienden las asociaciones en que conducimos nuestra vida, y que deben su existencia a nuestras necesidades e iniciativas. Sin embargo, Ralf Dahrendorf (1995:41) acertadamente explica que a veces son fruto de un proyecto meditado profundamente y, otras asociaciones poseen una breve duración, como los clubes deportivos y los partidos políticos. A veces tienen raíces históricas y se jactan de tener siglos de vida, como las comunidades religiosas o las universidades. Otras están constituidas por los lugares en que trabajamos y vivimos: empresas y comunidades locales –en Tlaxcala así se expresan las ONG’s-; pero también la familia forma parte de la sociedad civil. La red de relaciones creada por estas asociaciones constituye la realidad de la sociedad civil: una realidad singular todo lo contrario de universal, que a su vez es producto de un largo proceso de civilización; pero que a pesar de todo, a menudo queda expuesta a las amenazas de gobernantes autoritarios o de las fuerzas de la globalización. La idea anterior, es el marco general del cual parten las discusiones, ya que para Cohen y Arato (2000:37) la concepción de un tercer campo diferente de la Economía y el Estado es lo que llamamos Sociedad Civil y ese verdadero conjunto de relaciones Estado - Sociedad Civil - Economía representa el centro de análisis a nuestro juicio para efectuar estudios y análisis del desarrollo regional.

En Centroamérica por ejemplo, también ha existido la sociedad civil cuya participación a través de grupos para lograr la paz de algunos países en conflicto es fundamental; pues sin la participación, los compromisos de las partes (gobiernos y fuerzas insurgentes) quedarían, en el mejor de los casos como las obligaciones exigibles de cualquier contrato. Nos referimos a Centroamérica porque es una realidad concreta con matices de conflicto social. En este sentido la importancia de las propias organizaciones de la sociedad civil permite hacer una reflexión crítica sobre su contribución a la democratización de la sociedad en su conjunto y sobre el aporte que están llamadas a brindar en el proceso de desarrollo. En este marco, la noción de sociedad civil se expresa en contraposición con la noción de Estado. De ahí, el porqué nos podemos referir a una dicotomía entre ambas nociones. De hecho, una definición negativa por cuanto se identifica con el ámbito de lo no-estatal (el concepto se ha definido por negación respecto al estado), no deja de ser vaga al presentarla como todo lo que está fuera de la circunscripción estatal, como lo expresa Karen Ponciano Castellanos (1996:29). Ahora, intentaremos construir el término mediante una breve explicación sobre las diversas corrientes que definen el concepto citadas por este último autor:

En el iusnaturalismo, particularmente a través de los aportes de Thomas Hobbes, el término sociedad civil es la antítesis del estado de naturaleza, caótico y anárquico por definición. En contraposición, la societas civilis surge como producto de un pacto entre hombres que deciden salir de ese estado de naturaleza, de la sociedad natural. El concepto de sociedad civil solía también designar el espacio de competencia del poder civil o del Estado frente a la iglesia o poder religioso. En ese sentido, se formulaba la siguiente dicotomía: sociedad civil-sociedad religiosa, que complementaba la contraposición entre sociedad civil-familia (o sociedad doméstica). Por lo tanto, el término de sociedad civil ha sido utilizado en diferentes circunstancias para distinguirla, según el caso, de las nociones de sociedad natural, sociedad doméstica o sociedad religiosa.

Con respecto a la primera de estas tres nociones, corresponde hacer notar un significado diferente al modelo hobbesiano de sociedad civil: nos referimos al significado aristotélico del término. Para Aristóteles, la sociedad civil es una sociedad natural (responde a la naturaleza social del ser humano), mientras para Hobbes la sociedad civil es la antítesis de la sociedad natural o estado de naturaleza. A pesar de estas distinciones, en ambos casos la noción de societas civilis se utiliza para identificar el origen del Estado moderno. Por otra parte, el concepto en cuestión, se ha asimilado al concepto de sociedad civilizada, contraponiéndose a la sociedad primitiva. Esta acepción está igualmente presente en los escritos de Hobbes. En el estado de la naturaleza cada ser humano se enfrenta a los demás como un individuo aislado que sólo busca satisfacer sus propios intereses: no hay un poder superior que administre sus conflictos, no hay leyes o normas que rijan las relaciones entre los seres humanos. Por su parte, la sociedad civil (o sociedad civilizada, según esta corriente) no es la vida salvaje, natural (en el sentido hobbesiano del término), sino una vida en común organizada, a través de instituciones con un ordenamiento propio.

Estas ideas son también desarrolladas por el liberalismo, que postula que la sociedad civil, si bien es el campo de acción de la libertad individual, donde se actúa de acuerdo a los intereses privados, no es una libertad salvaje sino una libertad organizada a través de restricciones y mecanismos que facilitan el ejercicio de dicha libertad, expresa Fernando de Trazegnies Granda (1994).

Hasta aquí la noción de sociedad civil (ya sea en su acepción aristotélica o iusnaturalista) al designar la forma o las formas de asociación y organización social que regulan las relaciones entre los miembros de una comunidad, describe al Estado en sí (Kant hablaba de Estado Civil). No es sino con los escritos de Hegel que esta concepción sufre cambios importantes: la sociedad civil representa un momento del proceso de formación del Estado (concepción pre-estatal). Como afirma Norberto Bobbio (1989) la sociedad civil hegeliana representa el primer momento de la formación del Estado administrativo, donde la distinción hegeliana entre sociedad civil y Estado representa la distinción entre un Estado inferior y un Estado superior. El primero actúa mediante dos poderes jurídicos subordinados, que son el poder judicial y el poder administrativo.

Estos cambios en el concepto de sociedad civil fueron retomados por Marx quien les imprimió una modificación sustancial: la identificación de sociedad civil con lo anti-estatal. En efecto, para Marx el espacio donde se producen las relaciones económicas es la sociedad civil (la base estructural) sobre la cual se erige una superestructura jurídica y política. En ese sentido, no sólo separa el ámbito de la sociedad civil del ámbito estatal sino que la considera (en tanto seno del conjunto de relaciones económicas) como el lugar donde se originan los cambios que se plasman en la superestructura, modificando relaciones de poder. En otras palabras, Marx no sólo separa es espacio de la sociedad civil del ámbito estatal, sino que la concibe como la antítesis del Estado mismo.

Finalmente, existe una acepción de sociedad civil que nace precisamente de la disolución del Estado. Gramsci es el que desarrolla este concepto, rescatando ciertamente la dicotomía Sociedad Civil/Estado, pero diferenciándose del planteamiento marxista el proponer que la esfera de la sociedad civil se ubica en la superestructura y no en la base, es decir, en el ámbito de formación del poder ideológico y político. En la tesis gramsciana, el ideal marxista se concreta en la medida en que la sociedad civil absorbe a la sociedad política o Estado. De suerte que mientras en el pensamiento iusnaturalista; la sociedad del consenso por excelencia es el Estado, en el pensamiento gramsciano la sociedad del consenso sólo es aquella sociedad destinada a surgir de la extinción del Estado (concepción post-estatal).

Por otro lado, el liberalismo de alguna u otra manera introduce la dicotomía entre sociedad civil y Estado, pero con una connotación diferente. La sociedad civil, para esta corriente de pensamiento, es el sujeto de la historia y no el Estado (como en la tesis hegeliana por ejemplo) y; por lo tanto, es el espacio de realización plena del ser humano (entendiendo que el bienestar de cada uno es la satisfacción de sus necesidades y el logro de sus intereses). De ahí que para los liberales, es la sociedad civil quien debe ser capaz de organizarse eficientemente sin la necesidad de la presencia permanente del Estado.

Actualmente, la distinción entre Sociedad Civil y Estado sigue presente en las discusiones teóricas. Norberto Bobbio (1989), en su libro Estado, Gobierno y Sociedad: por una Teoría General de la Política al referirse al debate actual sobre sociedad civil, afirma que existen dos procesos complementarios:

a). Un proceso de estatización de la sociedad que no es más que la reapropiación de los espacios en la sociedad por parte del Estado, especialmente a través de la regulación de las relaciones de tipo económico.

b). Un proceso de socialización del Estado mediante la participación de la sociedad bajo diversas formas de organización, en la formación y ejercicio del poder político.

En la medida en que ninguno de los dos procesos puede realizarse a plenitud (ello equivaldría en el primer caso a la conformación de un Estado totalitario en cuanto supone la extinción de la sociedad civil, y en el segundo caso a la extinción del Estado), la dicotomía entre sociedad civil y Estado sigue, por ende, vigente. En torno a este tema, debe hacerse la siguiente aclaración: Bobbio plantea que dichos procesos, es decir, el proceso de emancipación de la sociedad frente al Estado que fue seguido por un proceso inverso de reapropiación de la sociedad por parte del Estado, es lo que caracteriza al Estado Social (concepto que el mismo autor reconoce haberlo tomado de los planteamientos de los juristas alemanes). Bobbio sostiene, en esa línea, que existe un proceso de transformación del Estado de Derecho en Estado Social.

En ese contexto, Bobbio al hablar de sociedad civil, se está refiriendo al espacio donde se ubica el fenómeno de la opinión pública, entendida como la expresión pública de consenso y disenso con respecto a las instituciones y donde se ubican las nuevas fuentes de legitimación del poder. Este tipo de sociedad civil (que crea opinión pública) solamente se manifiesta a plenitud de las democracias; porque como resalta el autor, un Estado sin opinión pública (en el que la sociedad civil es absorbida completamente en el Estado) es un Estado autoritario.

Para ir acercando la discusión, en la región centroamericana han existido reuniones importantes para destacar la trascendencia de la sociedad civil; una de ellas fue la Concertación Centroamericana para hablar de las características de la organización regional en 1994. Al referirse en este evento a la sociedad civil, Abelardo Morales G. (1997:22), explica que se incluyó el tema de las ONG’s; como formas de expresión de la sociedad civil. Entre las valoraciones favorables derivadas de esta inclusión, se encuentra la que habla de la importancia de haber contribuido a la apertura de espacios de trabajo de los movimientos sociales a nivel regional que han favorecido los procesos de paz, reconciliación y la participación de sectores organizados de la sociedad civil en las estructuras de la integración regional. Eso ha contribuido al diálogo, el entendimiento y la tolerancia necesarios para buscar formas de desarrollo pacífico en la región.

También es digno de resaltar que a nivel mundial la importancia que se tuvo al abordar el universo de las ONG’s y la Sociedad Civil en los Tratados Alternativos del Río ´92, en Construyendo el Futuro (1993:57) cuya reunión se presenta como una de las expresiones de la participación de la sociedad civil en un proceso que ya tenía décadas de desarrollo previo al encuentro y que tuvo puntos culminantes en la Reunión Mundial de ONG’s (París, Diciembre, 1991), de la cual se elaboró la Agenda para conformación del Tratado.

Lo cierto es que existe un redimensionamiento de la sociedad civil frente al Estado. Hay un necesario reconocimiento a su diversidad, entre los movimientos frágiles y los estables: movimientos urbano-populares, sindicales, campesinos, estudiantiles, ecologistas, vecinales, indígenas, de derechos humanos, de asociación de intereses y desde luego de Organizaciones No Gubernamentales (ONG’s). Esto es lo que ahora gravita en una sociedad civil.

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