¿Cómo instrumentar la participación ciudadana en la división territorial político-administrativa?
BIBLIOTECA VIRTUAL de Derecho, Economía y Ciencias Sociales

 

LA DIVISIÓN TERRITORIAL POLÍTICO-ADMINISTRATIVA CON BASE EN LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA
 

Fabricio Zanzzi

 

 

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4. ¿Cómo instrumentar la participación ciudadana en la división territorial político-administrativa?

Hay que considerar, en una sociedad libre, los siguientes aspectos para una óptima división territorial político-administrativa, no sólo para viabilizar el desarrollo económico local, sino también para continuar en el interminable proceso de construcción de ciudadanía:

4.1. Etnias.

Considerando lo dicho en los puntos 1.1 y 1.7, para instrumentar la participación ciudadana en la división territorial las diferentes jurisdicciones deben considerar a las dieras etnias asentadas en el territorio de la Nación.

Para el caso ecuatoriano, a continuación se presenta el gráfico que contiene la ubicación geográfica de las etnias:

4.2. Territorios y poblaciones homogéneas en sus particularidades.

Debe, también, ya que se trata de un tema meramente administrativo, que los territorios de cada jurisdicción guarden caracteristicas semejantes y sus poblaciones sean homogéneas a fin de equilibrar las fuerzas políticas de las poblaciones que conformarán una jurisdicción, como ya se dijo en el punto 2. Al respecto, Ruiz (2000)42 ejemplifica cómo aconteció en el caso mexicano, que consideró "la pertenencia de los municipios a las cuencas hidrográficas y agropecuarias; la existencia de actividades económicas afines y la integración en cadenas productivas de alcance intermunicipal; la dotación de servicios; la homogeneidad sociológica, el sentido de pertenencia y el arraigo cultural; la existencia de redes que propicien la cohesión regional; la visión de futuro; y los indicadores sectoriales específicos de las dependencias estatales para definir cuál seria la cabecera de cada región.".

Al tocar el tema territorial se debe analizar si es mejor, para el eficiente cumplimiento de los roles de los administradores públicos en su gestión como previsores y decisores de políticas de largo plazo, que las jurisdicciones sean grandes o pequeñas. Al respecto Aghón (1993) 43 señala que es ventajoso contar con pequeñas jurisdicciones porque "se estima que las pequeñas jurisdicciones independientes o localidades están en mucho mejor posición de satisfacer estas demandas en razón de la cercanía que existe entre políticos y ciudadanos, lo que supone mayor grado de identificación que las necesidades básicas locales y mejor fiscalización o control en la ejecución de los proyectos". En el mismo sentido indica que "La lucha por el poder político en las pequeñas dependencias puede causar menor daño que en las grandes. Las prácticas ilegales adquieren mayor transparencia, por tanto disminuye el riesgo de que el encargado de tomar las decisiones incurra en conductos discrecionales de muy baja aceptabilidad.". Por último, explica que se cumplirá lo que se conoce como el Principio de subsidiariedad "que prefiere lo individual a lo colectivo". En todo caso, al momento de delimitar las jurisdicciones habrá que sortear ciertos problemas interjurisdiccionales, reducción de costos, y externalidades (Contaminación, tributación especial, migraciones, ...).

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