LA DIVISIÓN TERRITORIAL
POLÍTICO-ADMINISTRATIVA CON BASE EN LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA
Fabricio Zanzzi
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4. ¿Cómo instrumentar la participación ciudadana en la división territorial
político-administrativa?
Hay que considerar, en una sociedad libre, los siguientes aspectos para una
óptima división territorial político-administrativa, no sólo para viabilizar el
desarrollo económico local, sino también para continuar en el interminable
proceso de construcción de ciudadanía:
4.1. Etnias.
Considerando lo dicho en los puntos 1.1 y 1.7, para instrumentar la
participación ciudadana en la división territorial las diferentes jurisdicciones
deben considerar a las dieras etnias asentadas en el territorio de la Nación.
Para el caso ecuatoriano, a continuación se presenta el gráfico que contiene la
ubicación geográfica de las etnias:
4.2. Territorios y poblaciones homogéneas en sus particularidades.
Debe,
también, ya que se trata de un tema meramente administrativo, que los
territorios de cada jurisdicción guarden caracteristicas semejantes y sus
poblaciones sean homogéneas a fin de equilibrar las fuerzas políticas de las
poblaciones que conformarán una jurisdicción, como ya se dijo en el punto 2. Al
respecto, Ruiz (2000)42 ejemplifica cómo aconteció en el caso
mexicano, que consideró "la pertenencia de los municipios a las cuencas
hidrográficas y agropecuarias; la existencia de actividades económicas afines y
la integración en cadenas productivas de alcance intermunicipal; la dotación de
servicios; la homogeneidad sociológica, el sentido de pertenencia y el arraigo
cultural; la existencia de redes que propicien la cohesión regional; la visión
de futuro; y los indicadores sectoriales específicos de las dependencias
estatales para definir cuál seria la cabecera de cada región.".
Al tocar el tema territorial se debe analizar si es mejor, para el eficiente
cumplimiento de los roles de los administradores públicos en su gestión como
previsores y decisores de políticas de largo plazo, que las jurisdicciones sean
grandes o pequeñas. Al respecto Aghón (1993) 43 señala que es ventajoso contar
con pequeñas jurisdicciones porque "se estima que las pequeñas jurisdicciones
independientes o localidades están en mucho mejor posición de satisfacer estas
demandas en razón de la cercanía que existe entre políticos y ciudadanos, lo que
supone mayor grado de identificación que las necesidades básicas locales y mejor
fiscalización o control en la ejecución de los proyectos". En el mismo sentido
indica que "La lucha por el poder político en las pequeñas dependencias puede
causar menor daño que en las grandes. Las prácticas ilegales adquieren mayor
transparencia, por tanto disminuye el riesgo de que el encargado de tomar las
decisiones incurra en conductos discrecionales de muy baja aceptabilidad.". Por
último, explica que se cumplirá lo que se conoce como el Principio de
subsidiariedad "que prefiere lo individual a lo colectivo". En todo caso, al
momento de delimitar las jurisdicciones habrá que sortear ciertos problemas
interjurisdiccionales, reducción de costos, y externalidades (Contaminación,
tributación especial, migraciones, ...).