Evaluación de la aplicación de políticas públicas de salud en la ciudad de Cartagena

EVALUACI?N DE LA APLICACI?N DE POL?TICAS P?BLICAS DE SALUD EN LA CIUDAD DE CARTAGENA

Julio Mario Orozco Africano

Volver al índice


COMPETENCIAS DEL DISTRITO EN MATERIA DE SALUD

Luego de revisar las políticas de salud del orden internacional y nacional, veamos las responsabilidades que la ley de competencias y recursos le asigna a los distritos. De aquí deducimos LO QUE DEBERÍA HACER el DADIS.

La Ley 715 de 2001, en su artículo 45 reza:

“Artículo 45. Competencias en salud por parte de los Distritos. Los distritos tendrán las mismas competencias que los municipios y departamentos, excepto aquellas que correspondan a la función de intermediación entre los municipios y la Nación.

La prestación de los servicios de salud en los distritos de Barranquilla, Cartagena y Santa Marta se articulará a la red de prestación de servicios de salud de los respectivos departamentos. En los mencionados distritos, el laboratorio departamental de salud pública cumplirá igualmente con las funciones de laboratorio distrital.”