El advenimiento de la Ley 100 de 1993
BIBLIOTECA VIRTUAL de Derecho, Economía y Ciencias Sociales

 

POR QUÉ REFORMAR LA REFORMA
¿Debe reformarse la Ley de Seguridad Social en Salud en Colombia? ¿Hacia dónde debe apuntar la Reforma?

 Julio Mario Orozco Africano

 

 

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1.1.2. El advenimiento de la Ley 100 de 1993.

La Ley 100 de 1993 aparece como una respuesta a los artículos 48 y 49 de la Constitución Política, los cuales obligaban a una reforma con las siguientes características:

• La atención en salud y el saneamiento ambiental concebidos como servicios público y por lo tanto un deber del Estado.

• La Seguridad Social como servicio público y como mecanismo para garantizar el acceso al servicio de salud.

• La Seguridad Social como derecho irrenunciable

• La eficiencia, la universalidad y la solidaridad, como principios rectores del sistema.

• La participación de los particulares en la gestión de los servicios.

• La ampliación progresiva de la cobertura de la Seguridad Social.

• La garantía a todas las personas del acceso a los servicios de promoción, protección y recuperación de la salud.

• El deber del Estado de regular el sistema (establecer políticas, organizar, dirigir y reglamentar la prestación de servicios de salud y de saneamiento ambiental y ejercer vigilancia y control)

• La organización descentralizada del sistema, definiendo competencias a la nación, las entidades territoriales y los particulares a los que se le delegue la prestación del servicio público, por niveles de atención y con participación de la comunidad.

• La obligatoriedad y gratuidad de las atenciones básicas mínimas en salud y saneamiento ambiental.

Es así como la Ley 100 crea el régimen contributivo para garantizar el aseguramiento de la población con capacidad de pago, un régimen subsidiado para los pobres y un régimen de transición para los pobres que no accedan al subsidio de salud en el ínterin.

Además, se diseñó un plan de beneficios básico (Plan de Atención Básica - PAB) que cubre a todos los habitantes del territorio nacional de manera gratuita, y abarca acciones de saneamiento ambiental, de promoción de la salud, de prevención de enfermedades y control de riesgos epidemiológicos, de vigilancia epidemiológica y atención de enfermedades de interés en salud pública. Este plan se financia exclusivamente con recursos de carácter fiscal y se ejecuta en el ámbito territorial a través de competencias establecidas para los departamentos, distritos y municipios.

Para la población con capacidad de pago, afiliada al Régimen Contributivo de Salud, existen los llamados Planes Adicionales de Salud (PAS) a los que se les aplica preexistencias, no tienen cobertura familiar y no tienen predefinidos un contenido de atenciones en salud, pues para cada uno se requiere una autorización expresa de la Superintendencia Nacional de Salud.

Por fuera del Sistema General de Seguridad Social en Salud definido por la Ley 100 de 1993, prevalecen algunos regímenes exceptuados o especiales, como son: el régimen de seguridad social de ECOPETROL, Magisterio, Ferrovías, Fuerzas Armadas, Policía Nacional, Banco de la República, entre otros.

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