Régimen Económico Social Fronterizo
BIBLIOTECA VIRTUAL de Derecho, Economía y Ciencias Sociales

 

LO QUE LOS POBRES QUIEREN SABER

José Manuel Fernández Núñez

 

 

 

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Régimen Económico Social Fronterizo

(Un ejemplo 4V para el caso de Rep. Dominicana)

Es de supremo y permanente interés nacional el desarrollo económico y social del territorio de la República a lo largo de la línea fronteriza, así como la difusión en el mismo de la cultura y la tradición religiosa de la nación.

Por ser nuestro vecino, un país que comparte frontera terrestre con la Rep. Dominicana se emitirá a sus ciudadanos (en el momento de su entrada) un carné de identidad como extranjero en tránsito, este proceso será gratuito y obligatorio, todo haitiano podrá permanecer todo el tiempo que desee en el país, siempre que:

1.- Desarrolle una actividad productiva, o turística. No la vagancia ni el desempleo.

2.- Pague impuesto de un 10% de su sueldo.

3.- Demuestre que puede cubrir todos sus gastos de sostenimiento de él y de su familia o dependientes declarados.

No será necesario adquirir la nacionalidad dominicana ni transformar su estado de “transito”.

Por cada valor en propiedades de inmuebles y empresas de los haitianos en la República deberá existir el doble del valor invertido en propiedades o empresas por dominicanos del lado haitiano.

Este requisito será regulado por una comisión nombrada por la Cámara de Cuentas.

En cuanto al uso de la moneda, se depositarán los fondos y capitales generados por las actividades productivas, en una cuenta para su manejo electrónico.

Al salir del país se le transfieren a bancos haitianos los fondos que el ciudadano solicite.

Al ingresar al país se alimenta con sus datos, un banco de datos de extranjeros, para fines de la documentación suministrada gratuitamente.

Los extranjeros de todos los países del mundo podrán residir en el país sin necesidad de documento diferente al suministrado por nuestro gobierno, sin necesidad de nacionalizarse ni declarar residencia, siempre que cumplan los requisitos de ocupación y el impuesto del 10% de sus ingresos.

Los visitantes extranjeros que no estén debidamente alfabetizados para el manejo electrónico de su economía, serán ingresados de inmediato a un Programa de Alfabetización el cual deberán pagar de sus fondos propios.

Todo caso de insolvencia de extranjeros se manejará por vía de una cuenta internacional con el país de procedencia. Sin consulta previa a dicha nación extranjera se anotarán los casos irrefutablemente documentados, de forma que estos gobiernos cubran los gastos de sus nacionales en nuestro país. Esto es responsabilidad civil internacional. Así se alimenta una balanza de pagos entre las naciones en materia específica de Derechos Humanos. Para el caso haitiano se recurrirá a los organismos de ayuda económica internacional para que cubran dichos gastos. De todas formas esa deuda internacional será usada como respaldo EMP.

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