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Alfonso Klauer
El Poder Electoral Regional
Estará formado por el Jurado Regional de Elecciones y por los Jurados Provinciales de Elecciones, que se constituirán con ocasión de cada elección (general o regional); y por la Oficina Regional de Procesos Electorales, que tendrá un plantel mínimo permanente.
En las elecciones regionales el Jurado Regional de Elecciones se constituye en última instancia. Y este organismo, así como la Oficina Regional de Procesos Electorales, son absolutamente autónomos respecto de sus homólogos federales.
La Oficina Federal de Procesos Electorales debe asumir la responsabilidad de todos los procesos electorales, públicos e institucionales, e incluso partidarios, en los que se elija delegados en toda la región.
Los organismos del Poder Electoral Regional presentarán anualmente al Congreso Regional sus proyectos de Presupuesto, el que finalmente los aprobará.
Otros organismos del Estado Regional
Conforme a sus disponibilidades presupuestales, las regiones podrán ir creando entidades autónomas en las que, a equivalencia del Estado Federal, serán los Congresos Regionales los que nombres a sus máximas autoridades.
Inicialmente, sin embargo, deberá haber:
Intendencia Regional de Administración Tributaria y Contaduría Regional
Intendencia Regional de Registros Públicos y Bienes Regionales
Instituto Regional de Defensa Civil
Instituto Regional de Identificación y Estado Civil
Defensoría Regional del Pueblo
Las Universidades Públicas pasan a ser organismos autónomos regionales. Su presupuesto es aprobado por el Congreso Regional, y pueden y deben desarrollar políticas propias de captación de ingresos, sobre todo con servicios de asesoría, consultoría, investigación y servicio de laboratorios a las entidades regionales, públicas y privadas.