La República Federal de los Andes

Una propuesta de descentralización del Perú


 

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Alfonso Klauer

De orden geográfico:

Los límites geográficos de las circunscripciones estatales deben ser también los más adecuados. Con ello queremos indicar que estén “naturalmente perfilados” o, si se prefiere, preponderantemente perfilados por grandes accidentes naturales del territorio. Bastará con ello para que, a este respecto, sean lo menos potencialmente conflictivos.

Como se muestra en el Gráfico N° 2, debe respetarse escrupulosamente que sean los grandes accidentes naturales (cumbres cordilleranas, desiertos, grandes ríos, etc.), los que definan los límites geográficos de los Estados Regionales. No obstante, y como ya se ha señalado, múltiples son los casos en que ello no se cumple en el país. Y si bien este problema se da también en el área cordillerana, y en las fronteras de ésta con la amazonía, es particularmente cuestionable en el caso de la costa. De los diversos casos, el que se ilustra en el gráfico es el de los ríos Fortaleza y Pativilca, que resultan cortados por la frontera entre los departamentos de Ancash y Lima.

Por su corta extensión, y porque el adecuado manejo agronómico y del acuífero de los valles es trascendental, resulta inadmisible que diversos e importantes ríos pertenezcan a dos distintas autoridades estatales que eventualmente pueden llevar a cabo políticas distintas y hasta opuestas. Así, muy probablemente, antes de que se desaten los conflictos, tanto en uno como en otro de los Estados Regionales involucrados se obtendrán niveles de ineficiencia agrícola que habrán de restar posibilidades de acumulación económica a poblaciones en las que dicha actividad es precisamente la preponderante. Ésa sería una infortunada concesión, y lo peor del caso es que en beneficio de nadie, y que sólo tendría como resultado prolongar la pobreza.

Pues bien, si la situación ideal es que una misma autoridad maneje íntegramente cada cuenca fluvial de la costa, el problema es entonces más grave al interior de cada uno de los probables nuevos Estados Regionales. Porque en efecto, entre más de 40 ríos costeros, no existe ninguno cuyo curso pertenezca a una sola provincia. Como mínimo pertenecen a dos y en algunos casos hasta a cuatro circunscripciones y, en consecuencia, autoridades distintas.

En el Gráfico N° 3, presentamos con mayor detalle el caso de los ríos Fortaleza y Pativilca. Como puede observarse, la cuenca del primero está dividida entre las jurisdicciones de las provincias de Barranca, en el departamento de Lima; y de Ocros, Bolognesi y Recuay, en el departamento de Ancash. Y virtualmente otro tanto ocurre en el caso del muy importante río Pativilca.

En el Gráfico Nº 4 presentamos el complejo caso que se da en los límites de los departamentos de Lambayeque, Cajamarca y La Libertad. Más adelante, sin embargo, se mostrará también gráficamente todos los casos de los que hasta ahora se ha hablado y otros.

Y, como también se verá detalladamente más adelante, en las integraciones provinciales que deba hacerse con miras a que cada cuenca pertenezca a una provincia y sólo una, debe quedar bien establecido el criterio bajo el que se defina qué provincia prevalece e integra bajo sus nuevas fronteras a otra u otras.

A nuestro juicio debe ser el criterio al que denominaremos de “economía social”. Es decir, deberá optarse por aquella solución que más beneficio reporte al conjunto de los pobladores de cada cuenca, o que menos perjuicios ocasione, porque muy probablemente será la más aceptable; en el entendido de que en muchas provincias habrá resistencia a que la circunscripción quede disuelta e incorporada como parte de otra que a su vez verá acrecentado el territorio de su jurisdicción.

Como resulta obvio, en el caso de la faja costera habrá necesidad de integrar a las provincias típicamente costeñas, en las que los valles son más amplios y de poca gradiente, pero en las que durante gran parte del invierno escasea el agua; con las de las zonas altas, de valles estrechos y gran pendiente, pero con mayor regularidad de disponibilidad de agua, en tanto en esa parte de las cuencas se producen las precipitaciones que cargan los ríos. Y como también es obvio, aquéllas son invariablemente más ricas y más pobladas que éstas.

En razón de ello, es posible postular que será más benéfico al conjunto de ambas poblaciones, que las provincias altas queden integradas como parte de las bajas. En compensación, y para promover la “descentralización dentro de la descentralización”, bien puede promoverse que las capitales provinciales queden entonces en las zonas altas. Éstas, pues, cederían el nombre, pero ganarían la sede provincial. Y más aún y sobremanera trascendente, es harto previsible que bajo ese esquema se impulse más grandemente el desarrollo vial, que a la inversa.

Pues bien, esas complejas situaciones deberán ser abordadas y resueltas lo antes que sea posible. En todos los casos, sin excepción, los límites orientales de los Estados Regionales costeños deberán estar definidos por la línea de más altas cumbres de la Cordillera Occidental. Y en el caso de los Estados Regionales amazónicos, sus límites occidentales deberán quedar definidos por la línea de más altas cumbres de la Cordillera Oriental.

Y, aunque más difícil de precisar, en la medida de lo posible deberá respetarse el mismo criterio para el caso de los Estados Regionales típicamente cordilleranos. Pero además, y también sin excepción, cada valle deberá quedar bajo jurisdicción de una provincia y sólo una.

De orden económico: por ser el caso tradicionalmente más estudiado, incidiremos poco en esto. En definitiva, se trata simple y llanamente de lograr que cada Región tenga suficientes disponibilidades de recursos de distinto género, y de estructura productiva, como para garantizar un mínimo desarrollo autónomamente sustentable. Es decir, que los Estados Regionales deben disponer de una capacidad económica suficiente como para que produzca los excedentes indispensables para reinversión en nuevas actividades productivas, y para atender las enormes demandas de sus poblaciones.

De integración física: aunque estrechamente relacionada con la anterior, puede y debe no obstante distinguírsele. Y es que la pobreza inaudita de la infraestructura terrestre peruana es tal que, por lo menos en el corto y mediano plazos, es decir, mientras no se amplíe significativamente la red vial y ferroviaria, las pocas vías existentes se constituyen en recursos de apalancamiento de repercusiones invalorables.

Las vías existentes deben tenerse en cuenta para coadyuvar a definir qué departamentos pueden y hasta deben integrarse en una sola Región. Y para tener en claro con qué otros Estados Regionales deberá establecerse preferentemente relación económica de complementariedad.

Como ya hemos adelantado, quizá en ningún caso como en el de Cajamarca, parece ser la inexistente integración física la que impulsa a pensar que muy difícilmente puede pensarse que, aislado de los de su entorno, pueda constituirse en una Región autosostenible.

Resulta intolerable, por ejemplo, que los pobladores del área norte de ese departamento, ya sean los de San Ignacio, Jaén o incluso Cutervo, deban atravesar los departamentos de Lambayeque y La Libertad para acceder a la ciudad de Cajamarca. Menos pues hay tráfico comercial entre dichas provincias.

Aunque sin llegar a ese extremo, en términos similares, pero complementando otros criterios, se sustenta el planteamiento que a continuación hacemos en el sentido de que se integren en sendos Estados Regionales los departamentos de Tumbes y Piura, Moquegua y Tacna, Amazonas y San Martín, Huanuco y Pasco, Huancavelica, Ayacucho y parte de Apurímac, y Cusco y el resto de Apurímac.

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