DESCUBRIMIENTO Y CONQUISTA:

Del nombre de los españoles


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Alfonso Klauer

Crisis y cambio de política: tributos indiscriminados

El tributo de los nativos –conforme nos lo recuerda Klein–, data “desde los comienzos de la conquista española de América. Inicialmente, fue aplicado a los cabezas de familia indígenas de 18 a 50 años de edad que eran propietarios de tierras”.

Sin embargo, coincidiendo con la agudización de la crisis del imperio, fue extendido “a principios del siglo XVIII, a todos los indígenas sin tierras”.

Ésta, a todas luces –y por decir lo menos –, era una medida estúpida, absolutamente contraproducente, de graves consecuencias en el mediano o incluso en el corto plazo.

Mucho nos gustaría saber, por ejemplo, qué encierran los archivos de España sobre las deliberaciones que al interior de la Corona se dieron en torno a la dación –o no– de esta absurda disposición. Detengámonos un instante en el asunto.

¿Por qué desde los comienzos mismos de la conquista no se aplicó indiscrimidamente el tributo a todos los nativos, tanto a los que tenían como a los que no tenían tierras? Pues, evidentemente, porque si se agregaba ello a la ya violenta situación que representaban el resto de los aspectos de la conquista –que con detenimiento hemos revisado–, resultaba una medida exageradamente injusta, y, por consiguiente, de potencialmente violentas repercusiones.

Sin duda así tiene que haber razonado alguno de los asesores de Carlos V. Este tipo de razonamientos tiene que haberse dado también en el siglo XVIII. Alguien, aunque fuera solitariamente y desoído, tiene que haberlo dicho. Pudo más, sin embargo, la desesperación económica en que se desbarrancaba el Imperio Español, fruto de la farra y del dispendio de los siglos anteriores.

No obstante, pues, a pesar de los desoídos importantes argumentos, se siguió adelante con la idea y se amplió el tributo a todos los nativos, incluso a los campesinos sin tierras.

Esta estructura impositiva, en la que, en relación con sus magros ingresos, los campesinos pobres –siendo además poco numerosos al cabo del genocidio– soportaban un peso tan desproporcionadamente grande, no se había inventado en América.

Era del mismo estilo de la que imperaba en España antes del “descubrimiento”. Libres de impuestos la nobleza y el clero, la recaudación impositiva recaía “mayormente sobre el estado llano”, es decir, sobre los pobres.

El Tributo no era sin embargo el único aporte de los campesinos. Como se recordará, ellos además debían entregar un décimo de su producción agrícola y ganadera –los diezmos–, para contribuir al sostenimiento del culto.

Y, por mediación de la administración colonial, los tributos que pagaban los campesinos financiaban los salarios del clero y la edificación de iglesias. Su aporte, finalmente entonces, era elevadísimo.

Queda la sensación de que alguien en el Consejo de Indias hubiera dicho: “si en efecto estamos a punto de perder las colonias, saquemos hasta el final todo lo que se pueda”.

No se crea que esto último es fruto de la imaginación. Ya en 1617, Gondemas, embajador de España en Londres, había escrito al rey: si no mejoran las cosas [en las Indias], los ingleses y los holandeses pronto van a encontrarse capaces de capturar el imperio [español].

Es decir, más de cien años antes de que se inicie la aplicación de impuestos absolutamente agravantes e injustamente discriminatorios, al interior del gobierno imperial había conciencia del amenazante riesgo de perder las colonias en manos de potencias rivales.

Así, imponiéndose la desesperación, prosperó pues el absurdo. Y cuando para los últimos 60 años se comparan las recaudaciones por impuestos a la actividad minera con las recaudaciones por tributos a los nativos, se aprecia cómo fueron creciendo en importancia éstos últimos.

Ello de por sí incubaba explosivas consecuencias: la carga tributaria a los cada vez más pobres se hacía cada vez más onerosa.

Complementariamente, debe observarse lo siguiente: para algún momento del siglo XVIII, el científico alemán Alexander von Humboldt estimó que en México el valor anual de la producción minera representaba alrededor de 23 y la producción agrícola 29 millones de pesos.

Entre ambas pues, el valor de la producción sumaba 52 millones de pesos, correspondiendo a la minería el 44 % y a la agricultura el 56 %. ¿Correspondía sin embargo a esos porcentajes la distribución de la carga impositiva?

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