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Jaime CARNER ROMEU (1867-1934)
[I]. Natural de El Vendrell (Tarragona) donde nació el 22.II.1867
y fallecido en Barcelona. Hijo del veterinario Joan Carner y de Josefa Romeu,
realizó sus estudios en las Escuelas Pías de Barcelona, logrando en los exámenes
del Bachillerato en el Instituto, entre 1876 y 1882, en todas las materias, la
calificación de Sobresaliente, salvo en Retórica y Poética (Bueno), Geografía
(Notable), Aritmética y Álgebra (Bueno) y Geometría y Trigonometría (Notable).
Culminó los estudios de Derecho muy brillantemente en la Universidad de
Barcelona, entre los cursos 1882-1883 a 1885-1886, para ulteriormente dar inicio
a su carrera como abogado trabajando de pasante en el despacho del alcalde de
Barcelona, Francesc Rius Taulet, bufete que posteriormente heredaría y en el que
trabajaron, entre otros, Josep Vilardaga, Isidre Durand Balada (uno de los
sancionados y desterrados en 1926 por su oposición a la Dictadura de Primo,
militante luego de Esquerra Republicana y casado con la única hermana de Lluís
Nicolau d’Olwer) y su yerno, Manuel Reventós Bordoy.

[II]. Políticamente, se afilió al movimiento catalanista al
formarse el Centre Nacional Català presidido por Narcís verdaguer Callís,
ocupando Carner Romeu la vicepresidencia (1899). Al fusionarse el Centre
Nacional Català con la Unió Regionalista para formar la Lliga Regionalista
(1901) fue uno de los dirigentes de este nuevo partido de tendencia republicana
y de izquierdas siendo el principal organizador de las famosas elecciones
llamadas “de los cuatro presidentes” (1901) y con la Lliga Carner llegaría a
ostentar representación en el consistorio de la ciudad condal (1903). Luego se
separaría del partido de Prat de la Riba y de Cambó tras la visita que hizo
Alfonso XIII a Barcelona (1904). La actitud crítica de parte del Consistorio
municipal se tradujo en la ausencia de varios concejales, entre los cuales
estaba Carner, a los actos de bienvenida al monarca. Por este motivo, que sirvió
como detonante, se separaron de la Lliga Regionalista y con los elementos
escindidos mas izquierdistas Jaume Carner fundó el semanario El Poble Català
-que se convirtió en diario (mayo de 1906)- y el Centre Nacionalista Republicà
del que Carner fue elegido presidente (finales de 1906). Este Centre
Nacionalista Republicà volvió luego a fusionarse con la Lliga en la coalición
Solidaritat Catalana, con la cual Jaume Carner saldría elegido diputado por el
distrito de El Vendrell (1907). En aquellas elecciones, dicha coalición cosechó
un apoteósico triunfo, conquistando cuarenta de los cuarenta y cuatro escaños
que estaban en juego en Cataluña. Carner participó en la famosa sesión
parlamentaria dedicada a los más que dudosos negocios que sobre ciertos
materiales de construcción, venían realizando en Barcelona los concejales
radicales, formulando la correspondiente denuncia. Esta intervención de Jaume
Carner originó que en la misma Cámara los propios republicanos condenaran la
conducta de Alejandro Lerroux y sus correligionarios. Carner Romeu fue también
uno de los fundadores del partido Unió Federal Nacionalista Republicana (1910)
que sustituyó al Centre Nacionalista Republicà, que formando coalición electoral
con los republicanos de Lerroux, obtuvo una sonora derrota política (1914). Esta
circunstancia ocasionó la separación temporal de Carner Romeu de la vida
política activa consagrándose a su despacho de abogado que llegaría a ser uno de
los más prestigiosos de Cataluña. Por su bufete pasaron asuntos de relevancia a
la par que su figura aparecía en los consejos de administración de importantes
empresas industriales -Carner fue uno de los fundadores de la Compañía de
Industrias Agrícolas- al tiempo que actuaba como abogado oficial de muchas de
las más poderosas entidades de crédito y empresas de Barcelona. Disfrutaba de
una situación económica muy cómoda y había alcanzado gran prestigio como jurista
-con frecuencia le eran solicitados informes y observaciones sobre muy
diferentes cuestiones legales por personajes políticos en ejercicio, en
concreto, el 26.VI.1931, pocos meses antes de su nombramiento para ocupar la
cartera ministerial, sus servicios como asesor legal de relieve y defensor de la
autonomía catalana le fueron solicitados por Ángel Ossorio Gallardo- y hombre de
negocios.
[III]. Su apartamiento de la actividad política duró hasta la
proclamación de la Segunda República, fecha en la que fue elegido diputado a
Cortes por la candidatura de Esquerra Republicana de Catalunya (1931) y formó
parte de la Comisión que redactó el proyecto de Estatuto de Autonomía de
Catalunya. Tras la promulgación de la Constitución republicana, Azaña reorganizó
el gobierno, sin la colaboración de los radicales, hecho que permitió el acceso
de Jaume Carner, a los 64 años de edad, a formar parte del segundo gabinete
republicano como Ministro de Finanzas (16.XII.1931) gozando del apoyo de la
Ezquerra. En este puesto permanece hasta el 12.VI.1933, año en el que dimite al
serle diagnosticada una grave enfermedad oncológica. En el desempeño de las
funciones propias de su cargo de Ministro de Hacienda, Jaume Carner intervino en
varias ocasiones en contenciosos relacionados con el Banco de España y, como
dato de especial relevancia, presentó en el Parlamento un Presupuesto (1932) en
el que proponía la reducción de los gastos de defensa, aumentaba las cantidades
asignadas a todos los niveles de la Educación y establecía las bases necesarias
para poner en vigor el impuesto sobre la renta que culminaría en la Ley de
Contribución General sobre la Renta (20.XII.1932), que vió la luz bajo su
mandato, como tributo complementario de la imposición de producto culminando así
los proyectos anteriores de muy diverso signo de Cobian (1910), Suárez Inclán
(1913), Bugallal (1919), Cambó (1921) y Calvo Sotelo (1926). Es destacable el
dato de que entre el 14 de Abril de 1931 y el 18 de Julio de 1936, diez
ministros ocuparon la cartera de Hacienda y en dicho periodo solo fueron
aprobados por las Cortes dos nuevos presupuestos (el resto fueron solo
prórrogas) uno para el ejercicio de 1932 y otro para el de 1933 elaborados ambos
por Jaume Carner que, en otro orden de cosas, varió radicalmente la política
cambiaria llevada a cabo hasta entonces y dejó actuar libremente a la peseta,
decisión que estaba en la línea de las ideas económicas defendidas, entre otros,
por Flores de Lemus. El breve pero intenso mandato de Jaume Carner en el
Ministerio de Hacienda tuvo como objetivo primordial la mejora en la condiciones
de competitividad de la economía española para lo cual se propuso acabar con el
régimen arancelario existente y reformar el sistema fiscal, así la Ley de
Reforma Tributaria (11.III.1932) incluía modificaciones en el Impuesto sobre
Derechos Reales, siendo quizás la más importante el llamativo incremento (20%)
del gravamen sobre herencias.
Por otro lado, haciendo gala de una extraordinaria
elocuencia, Jaume Carner realizó una durísima intervención en el Congreso contra
Juan March (14.VI.1932) -personaje que conocía por motivo de las numerosas
actividad mercantiles llevadas a cabo por ambos gracias a las cuales había
tenido oportunidad de coincidir en gran cantidad de asuntos- en la sesión
parlamentaria en la que se discutía la concesión o no del suplicatorio del
mallorquín para que pudiera ser procesado por sus actuaciones, especialmente las
relacionadas con el contrabando, situadas por completo al margen de la ley. A
raíz de la intervención de Carner -a él se debe la famosa frase “o la República
acaba con March, o March acaba con la República”- Juan March fue procesado,
condenado y encarcelado por ilegales prácticas monopolísticas.
[IV]. Jaume Carner, hombre dotado de una gran honradez,
lealtad, paciencia y competencia, se distinguió en sus intervenciones
parlamentarias como un excelente orador. Colaboró en diversos periódicos
especialmente en el ya mencionado El Poble Català y publicó diversos
trabajos jurídicos y económicos, entre los cuales cabe destacar Orientacions
politiques y socials del Centre Nacionalista Repúblicà, Barcelona, 1907;
Els catalans i el comerç modern, Barcelona, 1919; Sucesión intestada de
los impúberes en Cataluña según la doctrina del Tribunal Supremo, Barcelona,
1920 y La democràcia nacionalista de Catalunya (ed. a cargo de Alfred
Pérez-Bastardes, Barcelona, 1984) (María Encarnación Gómez Rojo).
Este artículo forma parte del
Diccionario crítico de Juristas
españoles, portugueses y latinoamericanos
[de L. A. Séneca a 2005]
Editado por Manuel J. Peláez Albendea