De Re Rustica

  Lucio Junio Moderato Columela

Ttexto incluido en Jesús Silva Herzog,
Historia del Pensamiento económico-social de la antigüedad al siglo XVI
,
Fondo de Cultura económica, México
(40ed.1961), pp.114-115, Nota 74.
Texto seleccionado y publicado por
M. Grice-Hutchison en
Revista de Estudios Regionales 11, 1983
Alojado en "100 textos de Economía"
http://www.eumed.net/cursecon/textos/

Agregaremos a los preceptos de Catón aquel que uno de los siete sabios ha dejado a la posteridad; el de guardar un medio y una justa medida en toda cosa; y esto debe aplicarse a la adquisición de bienes inmuebles raíces como a todo otro negocio. Según este principio, guardémonos de adquirir más tierra que la que nuestros medios nos permitan cultivar; éste es, por lo menos, el verdadero sentido de la bella sentencia de nuestro poeta, cuando nos dijo: "Admirad si queréis, una gran finca; pero no cultivéis sino una pequeña." El sabio poeta, a lo que me parece, quiso consignar en estos versos un antiguo proverbio de la nación más industriosa del mundo, los cartagineses. La tierra, decían, no debe ser más fuerte que el labrador.

Un pequeño campo bien cultivado produce más que uno grande cultivado mal. Así nuestros ancestros sacaban más provecho de las siete arpentas de tierra que el tribuno Licinio, después de la expulsión de los reyes, había asignado a cada ciudadano, que lo que sacamos nosotros hoy de los fundos más extensos. Curio pensaba que aquella era una fortuna más que suficiente para un Cónsul y un triunfador. En efecto, cuando el pueblo le ofrecía 50 arpentas a título de recompensa después de la victoria que acababa de ganar, debida a su habilidad y a su valor, rehusó el regalo y se contentó con la porción del último de los ciudadanos. Más tarde, cuando nuestras victorias y la exterminación de nuestros enemigos dejaron muchas tierras vacantes, se consideró como un crimen en un senador poseer más de quinientas arpentas, y Cayo Licinio fue condenado por haber sobrepasado por codicia la medida fijada para cada ciudadano, por la ley que él mismo había dado durante su tribunado. Y no fue sólo por castigar su orgullo por lo que se le condenó, sino porque se consideraba un crimen dejar incultos los campos ya devastados por el enemigo, lo que no podía dejar de suceder cuando un ciudadano romano poseía más de lo que su fortuna le permitía cultivar.

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