Contribuciones a la Economía


"Contribuciones a la Economía" es una revista académica con el
Número Internacional Normalizado de Publicaciones Seriadas
ISSN 16968360

La consolidación de los estados financieros como resultado histórico de la acumulación capitalista y del desarrollo de la Contabilidad: un análisis desde la economía política marxista

Abel Sarduy Quintanilla (CV)
Universidad Central “Marta Abreu” de Las Villas,
Cuba
abelsq@fce.uclv.edu.cu

RESUMEN: La contabilidad como ciencia histórico-social, es resultado del desarrollo social, a través de ella es posible caracterizar cada uno de los estadios de desarrollo de la sociedad. Como conocimiento social, se nutre en su desarrollo de la realidad económica. Por su carácter clasista, en cada modo de producción, está asociada a las particularidades de las relaciones de producción y al nivel alcanzado por las fuerzas productivas. En el presente trabajo se aborda, desde la óptica analítica de la economía política marxista, la problemática de la consolidación de los estados financieros, como área de estudio particular del desarrollo de la contabilidad, vinculado al análisis histórico lógico del proceso de acumulación y concentración del capital en el Capitalismo hasta llegar a la etapa superior imperialista. Se precisan algunos detalles de los estados financieros consolidado en varios países y regiones, tomando en cuenta los niveles de desarrollo y las consideraciones jurídicas y normativas que en ello influyeron. 

Clasification JEL: M41 (Accounting)

Para citar este artículo puede utilizar el siguiente formato:

Sarduy Quintanilla, A.: “La consolidación de los estados financieros como resultado histórico de la acumulación capitalista y del desarrollo de la Contabilidad: un análisis desde la economía política marxista" en Contribuciones a la Economía, junio 2007. Texto completo en http://www.eumed.net/ce/


1.      La concentración y centralización de los capitales, en el modo de producción capitalista, y el origen de la consolidación de estados financieros.

El origen de la contabilidad se asocia, prácticamente, a la época del surgimiento y desarrollo del excedente económico y de la producción mercantil, que data desde 5000 a.n.e; marcando su carácter clasista en cada uno de los modos de producción presentes hasta hoy. Sin embargo, se puede afirmar que la consolidación de los estados financieros, como perfil del área genérica de la contabilidad, es relativamente joven, apareciendo en la última década del siglo XIX, como consecuencia de la concentración de la producción y de los capitales en el desarrollo del modo de producción capitalista.

Las relaciones mercantiles, surgidas en el proceso de la descomposición de la comunidad primitiva y desarrolladas en el seno de la sociedad esclavista y feudal con el impulso necesario de la aparición del dinero, históricamente, crearon las condiciones para el surgimiento del modo de producción capitalista, como consecuencia de la acumulación de riquezas, que devino en la propiedad capitalista sobre los medios de producción y el surgimiento del trabajo asalariado.

Con el propio desarrollo de las relaciones de producción capitalistas se produce el proceso de concentración y centralización del capital y de la producción, estimulado por el desarrollo de las fuerzas productivas y la ley económica fundamental del sistema. El desarrollo de los procesos de acumulación capitalista, fundamenta la tendencia histórica del sistema. La expropiación del muchos capitalistas por otros hizo posible el desarrollo de la acumulación capitalista. Las sociedades anónimas constituyeron la forma más importante y más difundidas que permitió dicho proceso.

El capital en sociedad, constituye una respuesta de las relaciones sociales de producción capitalista, frente al desarrollo de las fuerzas productivas y los imperativos impuestos por las mismas a la realización de la ley económica fundamental del sistema. Las sociedades aparecieron ante la imposibilidad de los capitales individuales de alcanzar determinados objetivos asociados a la valorización del capital. Diversas son la formas de sociedades en que los capitalistas pueden asociarse, sin embargo, la aparición de la forma jurídica de sociedad anónima (SA) y posteriormente, los grupos de sociedades, como un nivel mayor de concentración y centralización de los capitales, fueron los que crearon la necesidad, en sus inicio, de los estados financieros consolidados.

Aunque los antecedentes de las SA se encuentran en el siglo XVI –desde la llamada acumulación originaria del capital- es a partir de la década del 60 del siglo XIX cuando se acelera la creación de este tipo de sociedad, derivado de la agudización del déficit del capital productivo, dado por la crisis económica de 1866 y el paso del capitalismo de libre competencia al imperialismo.

Las SA llegaron a convertirse en la forma fundamental de concentración y centralización de los capitales individuales y de organización de la producción de las modernas empresas capitalistas de entonces. La empresa privada capitalista individual, como forma fundamental de organización de la producción en las condiciones del capitalismo de libre competencia, representaba un freno al desarrollo de las fuerzas productivas. Las sociedades anónimas daban respuesta a la necesidad de organizar la producción en grandes empresas,  y respondían a la insuficiencia de los capitales individuales para realizar dichas inversiones.

Al último tercio del siglo XIX le fue inherente importantes descubrimientos científicos y adelantos técnicos, en la energética y en la tecnología, característico del desarrollo alcanzado por las fuerzas productivas,  En este contexto se desarrolla nuevamente la concentración y la centralización de la producción y del capital (manifestación de la ley de acumulación capitalista), provocando que una parte fundamental de la producción social se concentrara en pocas empresas, lo que trajo como consecuencia, en muchos casos, que se monopolizaran dichas producciones. En esencia, la forma monopolista, es el resultado de la concentración de la producción y de los capitales, utilizando como mecanismo fundamental las forma jurídica de organización de empresas: las SA.

Como se sabe, las SA constituyeron un cambio sustancial de las relaciones de propiedad en el seno del capitalismo, en tanto forma de solución de contradicciones, generaban en su desarrollo, nuevos niveles de agudización de la contradicción económica fundamental del sistema. Al respecto Lenin dijo que “la libre competencia engendra la concentración de la producción y que dicha concentración en  un cierto grado de desarrollo, conduce al monopolio”[1]

En estas circunstancias, los niveles de centralización del capital que presuponían las SA, eran aún insuficientes para responder al desarrollo de las fuerzas productivas, siendo necesario mayores niveles de concentración de los capitales, que se gestan como SA, lo que significa el desarrollo de la base material para el tránsito de la economía capitalista regulada por la libre competencia a la economía capitalista regulada por los monopolios. Aunque está claro que no todas las SA constituyen un monopolio.

“Los monopolios son grandes empresas o la unión mediante acuerdos de estas grandes empresas, que controlan y/o concentran la mayor parte de los medios de producción, de la fuerza de trabajo empleada y por consiguiente de la producción y/o circulación de las mercancías, de una o de varias ramas, en virtud de lo cual pueden, dominar las condiciones de producción y de la realización y, hasta cierto límite, imponer los precios y asegurarse así de manera estable altas ganancias.”[2] 

Los monopolios reflejan además del nivel de concentración, el grado de centralización, con la agrupación de varias empresas grandes en manos de corporaciones monopolistas. En el capitalismo monopolista las formas de concentración y centralización del capital experimentan sensible modificaciones, así como las formas de agrupaciones monopolistas.

El proceso de monopolización capitalista no se desarrolla solamente en la industria, sino que el alto nivel de concentración y centralización del capital bancario originó también el monopolio bancario, proceso que tiene su base en la concentración de la producción. El proceso de fusión de los monopolios bancarios e industrial, dio lugar al capital financiero, originándose los grupos de capital financiero, a través de los cuales un puñado de magnates financieros controlan los enormes complejos de empresas industriales, financieras y de toda índole que abarcan todos los aspectos de la economía del capitalismo moderno.

Aunque se ha dicho que las SA constituyeron la forma fundamental de  concentración y centralización de los capitales, el proceso de combinación de empresas, como nueva manifestación de la acumulación de los capitales, ha adoptado distintas formas, que ha devenido en modelos de organización empresarial con estructuras muy complejas, que en su desarrollo se conoce como “combinación”, pero que en esencia representa el hecho de “combinar actividades siguiendo una dirección única”.

Los estados financieros consolidados tienen su origen en la acumulación capitalista, paralelo al surgimiento de los monopolios, pero no en todas sus formas es necesario tal práctica contable. La agrupación de varias empresas (sociedades) bajo una dirección única, constituye la principal razón para el surgimiento de los estados financieros consolidados. Los primeros postulados indicaban la participación financiera mayoritaria como patrón fundamental a tener en cuenta para los estados financieros consolidados, necesidad que se refuerza y se complica con los Holding y los grupos de capital financieros. La necesidad de éstos tiene como esencia, que los grandes capitalistas que dominaban el grupo de sociedades no solo le interesaban la situación financiera y los resultados de cada una de las sociedades de manera independiente, sino la marcha del negocio en su conjunto, es decir, del grupo que controlaban como si se tratase de una sola empresa. Al respecto, el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad -International Accounting Standards Board -(IASB), define que los estados financieros consolidados “son los estados financieros de un grupo, presentados como si se tratase de una sola entidad económica”[3].

El desarrollo de las técnicas contables, dirigidas a la consolidación de los estados financieros, en el seno del capitalismo monopolista, es una muestra más del carácter clasista de la contabilidad. En estas circunstancias, la contabilidad, se vio inmersa en darle respuestas a los requerimientos informativos que demandaban los propietarios de las grandes empresas combinadas, por ello aparecen los estados financieros consolidados, que aparecen como necesidades de control de éstas. Por tanto, cualquier indagación en los orígenes de la consolidación ha de analizar el nacimiento y desarrollo del concepto “grupos de emprersas”, como sujeto al que la misma se refiere. Esta situación expresa que el desarrollo de los procesos contables, es también muestra del resultado del desarrollo de las fuerzas productivas.

 2.  Las prácticas de consolidación por regiones y países.

Es en los países de mayor desarrollo del capitalismo donde primero tiene lugar la consolidación de los estados financieros, muestra del desarrollo alcanzado en  el proceso de acumulación del capital, propio de la etapa superior: el imperialismo. Los estados financieros consolidados aparecieron por primera vez al inicio del siglo - XX en Estados Unidos, época de una gran expansión económica, durante la cual un número de corporaciones se convirtieron en empresas gigantes, testigo de fusiones corporativas. J.P. Morgan propietario de U.S. Steel Company (la primera compañía de mil millones de dólares en el mundo) insistió en la preparación y en la diseminación de estados financieros consolidados desde la fundación de la empresa en el año de 1901. Los principios sobre los que se sustentaron las prácticas de los Estados Financieros Consolidados en EEUU, en general, forman actualmente parte de los principios seguidos internacionalmente.

Hasta la primera mitad del siglo XIX sólo existieron unos pocos holding en Estados Unidos, porque la normativa exigía estatutos especiales que permitieran a una sociedad poseer acciones de otra. Además, existían otras formas más sencillas de formalizar acuerdos que redujeran la competencia,  entre las que destacan el fideicomiso (trustee) y el pool.

La primera sociedad holding que se conozca fue la Baltimore and Ohio Railroad, que en 1832 consiguió autorización legal para tener en su cartera acciones de otras sociedades. La apertura legal de las anteriores limitaciones, hacia la última década del XIX, en varios Estados de la Unión,  hacen que se incremente la presencia del holding; a ello se une la Ley Sherman de 1890, que trata de poner freno a las prácticas monopolísticas, limitando los principales métodos de articular prácticas monopolísticas (el fideicomiso y el pool), pero no a la figura del holding.

Aunque varios acontecimientos llevaron a que la sociedad holding dejara de ser un instrumento antimonopolio, ésta sobrevivió y prosperó en Estados Unidos. Pero es después de la II Guerra Mundial, y sobre todo a partir de los años 60, cuando la sociedad holding experimenta su mayor desarrollo, hasta convertirse en el tipo social predominante en la economía.

En la Tabla 1. Primeras prácticas de consolidación, se pueden apreciar las compañías y las fechas de los primeros estados consolidación que tuvieron lugar en Estados Unidos a finales del siglo XIX e inicios del XX.

Por su parte en Europa, es el caso de Reino Unido, el de mayor significación en sus orígenes. La Ley de sociedades británica no prohibía participaciones en el capital de una sociedad en otra; sin embargo la mayoría eran participaciones que los bancos o los fondos de inversión mantenían como inversión financiera, más que como forma de integración empresarial. Los holding que existían, a diferencia de los de Estados Unidos, no buscaban la restricción de la competencia; de hecho hasta 1918 no existen normas que persiguieran las prácticas monopolísticas. En 1907 varias empresas habían adoptado la fórmula del holding, tales como el Nobel Dynamite Trust, que había sido constituido en 1886 y la English Sewing Cotton Company, constituida en 1897

 

Tabla 1. Primeras prácticas de consolidación.

Cotton Oil Trust”

1886

National Lead Company

31-12-1892

General Electric Company

31-12-1894

U. S: Rubber Company

31-3-1902

U. S. Steel Corporation

31-12-1902

Eastman Kodak Company

31-12-1902 cuenta de pérdidas y ganancias

Bethlehem Steel Corporation

31-12-1905

Fuente: Childs, W. H. (1949): Consolidated Financial Statements, Cornell University Press.

Después de la Primera Guerra Mundial, con el desarrollo económico y el incremento de la competencia, el holding tiene un definitivo impulso, que se consolida tras la segunda guerra mundial.

Analizado los antecedentes que dieron lugar a la necesidad de los Estados Financieros Consolidados, a continuación se presenta el desarrollo normativo y técnico que han tenido éstos en diferentes regiones y países del mundo.

En Estados Unidos, la técnica de la consolidación no se generaliza hasta la primera década del siglo XX. Ya en los años 20 la consolidación es una  práctica habitual. Los primeros manuales dedicados específicamente a la consolidación son los de Finney (1922) y Newlove (1926). La normativa contable reguladora de la información consolidada no aparece hasta 1959; en este año, la AICPA (American Institute of Certified Public Accountants) publica “Consolidate Financial Statements”, normativa pionera en la normalización de la información consolidada.

En los años 30, se consideran a los estados financieros consolidados como la mejor forma de representar la situación y resultados de una sociedad matriz. De esta forma, se otorga el rango de estados principales a los consolidados, considerando a las cuentas individuales como información irrelevante. Con el desarrollo de la normativa contable, que incorpora obligaciones de información financiera, ésta se refiere a las cuentas consolidadas.

En Europa el desarrollo de la sociedad holding, y por tanto de la consolidación, es más tardío.  La vinculación de la contabilidad europea al derecho mercantil y fiscal, ha motivado que en este entorno se haya enfatizado en las cuentas individuales. Por ello, a diferencia de los Estados Unidos, las cuentas consolidadas se han considerado un complemento a las cuentas individuales.

El Reino Unido es el país europeo que tiene mayor experiencia en la consolidación. Los primeros estados consolidados datan de 1910 y corresponden a la sociedad Pearson and Knowles Coal and Iron Co.  La regulación general de la consolidación empieza en las Leyes de Sociedades de 1947 / 1948, después de que esta ha alcanzado un desarrollo importante en la práctica.  En 1939 se autoriza a la Bolsa de Londres a exigir los estados consolidados. Esta normativa permitía tratamientos alternativos a la consolidación (presentar las cuentas de las sociedades dependientes). No obstante, la opción predominante fue la consolidación.

Por su parte en otros países europeos la práctica evolucionó de una manera mucho más lenta. En Alemania no fue obligatorio consolidar, hasta que se publica la Ley de Sociedades Anónimas de 1965. La doctrina alemana ha definido la obligación de consolidar en términos de unidad de decisión, frente a la forma imperante en Estados Unidos y Reino Unido, que delimita la misma a partir de la existencia de participaciones mayoritarias. En la última década del siglo XX, los grupos alemanes empiezan a presentar las cuentas consolidadas de acuerdo con los principios americanos (USA GAAP), o las normas del IASB. La presión de los grupos alemanes, junto a los de otros países como Francia, es lo que ha llevado a los países europeos a buscar la armonización de las cuentas consolidadas con las de otros países. Es posible relacionar esta situación al nivel de internacionalización de la economía y de sus interrelaciones crecientes que no pocos asocian a la globalización.

En Francia la obligación de consolidar también ha sido instaurada de forma muy tardía. La normativa francesa que requería la preparación de estados financieros consolidados entró en vigor a finales de la década de los años ochenta del siglo XX. En Italia, sólo las compañías cuyas acciones se encuentran registradas en la bolsa de valores, debían preparar estados financieros consolidados. En Suiza las grandes compañías y las registradas en la bolsa de valores también debían prepararlos. Y en Japón, la adopción de tal normatividad data de 1977.

En España desde 1977 la regulación fiscal había permitido la tributación consolidada del impuesto sobre sociedades, lo que contribuyó a la popularización de las técnicas de consolidación. La Orden Ministerial de 15 de julio de 1982, sobre la formulación de las cuentas de los grupos de sociedades, constituye la primera regulación contable de la consolidación, aunque tuvo carácter voluntario. La obligación de consolidar aparece con la reforma que tiene lugar en los años 90, para adecuar la normativa a la comunitaria.

Cabe señalar dos momentos importantes sobre el desarrollo de la consolidación en Europa. El primero de ellos es la publicación en 1983 de la Séptima Directiva; a raíz de la misma se instaura por primera vez la obligación de consolidar en muchos de los estados miembros. El otro tiene lugar en la década de los noventa de siglo XX: debido a la globalización, incremento de la competencia y desarrollo de los mercados financieros que tienen lugar en la época, el componente informativo de la contabilidad adquiere una mayor importancia, las cuentas consolidadas se empiezan a convertir en las cuentas principales de cara a la comunicación financiera, como consecuencia, acuerdan, a finales de la década de los noventa, que la información consolidada de las empresas cotizadas sea elaborada conforme a las normas del IASB.

Desde una aproximación comparativa, el papel que han venido desempeñando las cuentas consolidadas ha sido diferente. En los Estados Unidos las sociedades sólo tienen que publicar información consolidada. En Europa, las cuentas consolidadas han sido vistas más como cuentas complementarias que como cuentas principales. Esto explica por qué en la mayoría de los países europeos la consolidación no se convierte en una práctica habitual hasta después de los años 70.

Si bien se justifica la necesidad de la elaboración de los estados financieros consolidados, tanto en el área anglosajona como la de Europa continental, a la hora de llevar esta idea a la práctica se encuentran con concepciones diferentes, que en realidad constituyen modos distintos de entender la consolidación.

Los diversos planteamientos sobre la información financiera y las participaciones en la propiedad de la empresa, suponen la existencia de diferentes enfoques. Cada uno de ellos conlleva la obtención de información consolidada distinta, por lo que es importante conocer cuál es el proceso que se ha seguido en la elaboración de la misma y bajo qué criterios se ha realizado, a fin de poder interpretar correctamente el resultado. En todo este período se han desarrollado principalmente dos teorías: Teoría de la Entidad y Teoría de la Extensión, que se distinguen por los objetivos que pretende abarcar el término consolidación. Por ello, los desarrollos teóricos sobre cuestiones más concretas van a ser dispares.

En la Tabla 2. Comparación de las teorías de consolidación, se puede apreciar de forma concisa las diferencias entre amabas teorías, al abordar los conceptos asociados a la consolidación.

Tabla 2. Comparación de las teorías de consolidación de estados financieros.


 

CONCEPTO

TEORIA DE LA ENTIDAD

TEORIA ENTIDAD (FINANCIERA)

Área Geográfica

Europa continental

Anglosajona

Grupo

Unidad económica no sólo financiera

Necesaria existencia de participación financiera para poder consolidar.

Consolidación

Considera que las cuentas se refieren a una entidad económica única. Muestra la situación de un ente diferente a las partes que lo componen, siendo considerado como una entidad autónoma.  Los accionistas de las entidades dependientes son propietarios de la sociedad autónoma.

Muestra la situación del grupo desde el punto de vista de los accionistas mayoritarios. En el concepto “extensión” son una prolongación de los de la sociedad dominante y muestran la situación del grupo desde el punto de vista de los accionistas mayoritarios.    Los accionistas de las sociedades dependientes son asimilados como acreedores. Los estados consolidados sustituyen a los estados individuales de la matriz.

Ámbito de la consolidación

Se consolidan las sociedades en las que exista control. Se da cabida tanto a los grupos de subordinación como a los de coordinación. Se contempla la información de otras empresas sobre las que la matriz tiene no solo su dominio sino también su influencia.

Cuando se posean participaciones dominantes. Es necesaria la existencia de participación financiera para poder consolidar, por lo que se sitúa en el sentido restringido del concepto de grupo.

Socios externos y

cálculo del resultado

Dentro de los fondos propios. El resultado final es el “resultado consolidado”, que no se ve afectado por la existencia de “socios externos”

Fuera de la agrupación de fondos propios. El resultado final es el “Resultado atribuible a la matriz”, y el  “Resultado atribuible a los socios externos” aparece como un gasto al calcular el resultado final

Así pues, más que una teoría de la consolidación, lo que existe son desarrollos teóricos del ámbito de aplicación, y sobre todo, de la técnica de la consolidación. Los dos enfoques conceptuales dan lugar a soluciones muy distintas al abordar la definición del ámbito de consolidación y la forma en que se concreta el proceso de consolidación. 

En cualquiera de las dos concepciones, se acepta la exigencia de confeccionar información para terceros y por ende, de consolidar, es por ello que los Estados Financieros Consolidados son una consecuencia de las obligaciones informativas impuestas al Grupo.

No obstante, paulatinamente las normas y recomendaciones de diversos organismos van unificando las prácticas de consolidación, tanto por convenios como por la convergencia en cuanto al papel y objetivos a los que sirven las cuentas consolidadas. De hecho ya se han reducido en gran medida la variedad de alternativas que había en los años 30. La adopción o armonización, en varios países o grupo de ellos, de las NIC/NIIF ha propiciado a dicha unificación. Se conoce de la intención del IASB y del  Consejo de Normas de Contabilidad Financiera de los EE. UU. (FASB) en desarrollar un proceso de convergencia.

El proceso de convergencia entre las normativas de los diferentes países, tanto referidas a la consolidación como en otras, son una respuesta a la globalización de la economía, que ha tenido como causa en el desarrollo de la internacionalización de los mercados de capitales y la complejidad de la actividad económica.

CONCLUSIONES

1.      El crecimiento empresarial, como resultado de la concentración y centralización de los capitales en el desarrollo del imperialismo condicionó la necesidad de los estados financieros consolidados.

2.      Las teorías, normativas y prácticas de consolidación de los estados financieros se iniciaron y se han desarrollado en el modo de producción capitalista, ya en la fase imperialista. 

3.      El desarrollo de las teorías, normativas y prácticas de consolidación de los estados financieros en los diferentes países, es expresión del desarrollo de las relaciones de producción y de las fuerzas productivas.

4.      El proceso de internacionalización de las empresas y de los capitales, ha orientado a la convergencia de las teorías, las normativas de los países y de las prácticas de consolidación, aunque persisten diferencias.

 


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[1] V. I. Lenin. Obras Escogidas en tres tomos. Ed. en Español. Moscú 1970. T I. Pág. 704. Citado en Economía Política del Capitalismo. Colectivo de Autores. Editorial Ciencias Sociales. La Habana 1980, Pág. 176.

[2] García Fernández, Francisco y Campos Alfonso Julia M.  Lecciones de Economía Política del Capitalista. Tomo II, Primera Parte. Editorial Félix Varela. Cuba. 2002. Pág. 12.

[3] International Accounting Standards Boards (IASB). Norma Internacional de Contabilidad 27 Estados Financieros Consolidados y Separados (NIC 27). En Línea


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