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Aproximación al concepto del Derecho desde la perspectiva triádica: Descripción de su estructura, su dinámica y su finalidad

Sebastiao Batista
 

Tercera Parte - Aplicación del paradigma triádico al campo del derecho
 

Principios práctico-operativos

 

 

Además de razonar e intuir los hechos y sus fines, bajo el prisma de los principios lógicos, creencias y fe que componen su visión del mundo, el hombre adopta también principios relativos al modo como alcanzar sus metas o como actuar en el mundo; con esto consigue, a partir del pensar y del sentir, dirigirse o realizarse en el mundo del saber, del ser y del poder, siendo o no eficaz ante sus fines68. Estos principios son de naturaleza pragmática, puesto que posibilitan la resolución de problemas concretos, bien como la consecución de metas específicas69. Cuando reunidos, y constituyendo un sistema, ellos plantean una filosofía de la acción, ante las necesidades materiales o morales protegidas en un ordenamiento jurídico dado. Así, fundamentan y justifican la organización y funcionamiento de las instituciones, técnicas y estrategias de los procesos sociales, con vista a la consecución de los fines que se le otorgan. Con efecto, estos son los principios que justifican los medios admitidos para la consecución de los fines institucionales70. Es decir, constituyen el camino a recorrer para llegarse a un resultado, o bien constituyen el modo de actuar en un proceso social.

 

Estos principios deben entenderse como procedimientos que se establecen por medio de normas o reglas, provenientes de un orden mental conciente y razonado o inconsciente e intuitivo, para lograr un fin determinado. De hecho, ellos permiten la puesta en marcha, desde el plano de la logosfera, de los conceptos, y no solamente de los provenientes del conocimiento científico, sino que también del conocimiento sintético-intuitivo. En realidad, constituyen las justificaciones o medios de comprobación de los métodos que se usan para obtener un fin u objetivo, científico o no71. Así, además de la racionalidad científica, justifican también los procedimientos acerca de las creencias, especialmente sobre los medios adecuados a la consecución de los valores que tienen creencias por fundamento72.

 

Con respecto al Derecho, se notan en el proceso de creación de normas o en los de toma de decisiones judiciales o administrativas, o bien en la burocracia de los legislativos, de los tribunales y demás procesos operativos del Derecho73, que pueden explicitarse por “Los cuatro factores operacionales”74, por medio de los espacios, plazos, agentes y pautas o procedimientos de la acción jurídica, institucionalizada o aceptada, tácitamente, por una comunidad bajo determinada jurisdicción. Así, se tiene, por ejemplo, la jurisdicción por motivo de territorio o de naturaleza de la demanda de cada tribunal y sus instancias, los plazos y edades propios para los distintos procesos o agentes, los principios como el principio procesal de la igualdad de las partes, según el cual los sujetos de la contienda deben disponer de iguales medios y posibilidades para defender, fundar y sostener sus posiciones y lo que les convenga; principio de la eventualidad, que dice que las partes pueden aducir simultáneamente diversas pretensiones, en el caso de que no se pueda acoger a una que acoja a las demás; principio de la simplificación y economía de trámites, en virtud del cual se debe evitar y superar los trámites superfluos; principio de la publicidad, que predica la publicidad de las decisiones procesales, etc.


 

68 En Kant, lo práctico es lo que se realiza por la razón mediante la libertad. Por tanto, una buena práctica presupone una teoría adecuada, ya que se trata de la realización de un fin a partir de una orientación teórica (Kant, I. Crítica de la razón pura, Madrid 1988, Alfaguara, 6ª ed. P. 627).

69 Para James, una experiencia perceptual o conceptual debe conformarse con la realidad, en el sentido de que se obtenga algún resultado satisfactorio intelectual y prácticamente (James W. El significado de la verdad, Madrid 1980, Aguilar, 5ª ed., p. 116).

70 Estos principios se refieren a la actividad humana material y social de transformación sea de la naturaleza, sea de la sociedad o sea del propio hombre, e resultan de la unidad dialéctica entre la acción humana y el conocimiento. Corresponde a la praxis, por medio de la cual, según Marx, el hombre ha de demostrar la verdad, es decir, la realidad y la fuerza de su pensamiento (Marx, K. Tesis sobre Feuerbach, en Canals, F. Textos de los grandes filósofos: edad contemporánea, Barcelona 1990, Herder, p.19).

71 Conforme Bunge, un método es un procedimiento regular, explicito y repetible para lograr algo, sea material, sea conceptual (Bunge, M. Epistemología, Barcelona 1980, Ariel, p.  28).

72 En Heidegger, se ve que los principios que fundamentan los procedimientos ya definen de antemano los objetos que se buscan en la realidad (Heidegger, M. La pregunta por la cosa, Alfa Argentina, Buenos Aires 1975, p. 93).

73 En el pragmatismo de James, lo práctico se entiende por lo verdadero, lo que se realiza en la realidad, y es sólo lo que es ventajoso para un  modo de pensar, de igual forma que lo justo es sólo lo ventajoso para un modo de conducirse (James W. El significado de la verdad, Buenos Aires 1980, Aguilar, p, 30).

74 Cf. Cuadro en la página 118.

 


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