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La construcción del Sistema Nacional de Coordinación Fiscal: Poder y toma de decisiones en una esfera institucional

Dr. Rigoberto Soria Romo

 

 

Parte II El Sistema Nacional de Coordinación Fiscal como objeto de estudio


UNA EVALUACIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE COORDINACIÓN FISCAL


El regreso de algunas potestades a los estados


En 1996 se consolida una reforma adicional. Pero este cambio no se da directamente en el SNCF, ni en el sistema de participaciones, sino en el conjunto de ingresos intergubernamentales. 12bPara inducir este cambio coincidieron tres factores: una creciente demanda de ingresos por parte de estados y municipios; la dificultad de introducir modificaciones a los mecanismos y a la fórmula de distribución participaciones del FGP y la insuficiencia de recursos de la SHCP para satisfacer la demanda de estados y municipios.
Esta reforma refleja un cambio en uno de los principales objetivos del sistema de relaciones fiscales intergubernamentales que pasó de la simplificación fiscal al fortalecimiento financiero de las haciendas estatales y municipales, lo que en principio es una situación deseable. La forma de fortalecer financieramente las haciendas locales ha sido regresar algunas potestades tributarias a estados y municipios.
La reforma al artículo 115 de la Constitución realizada en 1983 dio a los municipios exclusividad en los impuestos relacionados con la propiedad raíz, como son el predial, el de traslación de dominio y aquellos relacionados con plusvalía y contribución de mejoras.
Posteriormente se ha regresado a los estados la potestad tributaria o administración sobre diversas fuentes entre las que destacan el impuesto sobre transmisión de dominio, el ISAN, tenencia, en sus dos modalidades (mayores de 10 años o menores de 10 años de uso), impuesto sobre hospedaje y los impuestos al ingreso sobre personas físicas y sobre las ventas y servicios al público en general. Por su parte el Congreso federal ha rechazado en distintos momentos una sobre tasa al impuesto sobre el consumo a la gasolina y un impuesto local al consumo, cuyo rendimiento estaba destinado a los gobiernos locales. También se ha restablecido la potestad de los estados en algunos derechos como la venta de bebidas alcohólicas, anuncios en la vía pública o la publicidad, excluyendo la que se realiza en los medios de comunicación masiva.
De acuerdo con una recopilación de Indetec (Mayo de 2001: 164-166) para 2001 estaban vigentes un total de 23 impuestos estatales, algunos de los cuales corresponden a las nuevas potestades, pero otros son denominaciones nuevas de impuestos que fueron suspendidos al inicio del SNCF y otros que fueron transformados de derechos a impuestos. En el cuadro 19 se presenta un listado parcial de los mismos comparándolos con los vigentes al inicio del SNCF.
Cuadro 19
Impuestos vigentes en la actualidad comparados con los suspendidos a la entrada en vigor del SNCF
Impuestos vigentes en la actualidad Principales impuestos estatales suspendidos a partir de enero de 1980, con la vigencia del SNCF
1) Sobre diversiones y espectáculos públicos 1) Diversiones y espectáculos públicos (estatal y municipal)
2) Sobre loterías rifas, sorteos, concursos y juegos permitidos 2) Impuesto municipal juegos permitidos, rifas, loterías y apuestas
3) Erogaciones por remuneraciones al trabajo personal 3) Sobre honorarios
4) Sobre nómina
5) Sobre ejercicio de profesiones y/o honorarios 5) Ingresos sobre profesiones y ejercicios lucrativos Impuesto sobre honorarios
6) Compra-venta de vehículos de motor usados 6) Enajenación de vehículos de motor entre particulares
7) Enajenación de bienes muebles usados o sobre adquisición de bienes muebles o traslación de dominio de bienes muebles usados
8) Local sobre tenencia o uso de vehículos
9) Sobre actividades mercantiles e industriales
10) Sobre adquisición de bienes inmuebles 10) Traslación de dominio y otras operaciones con bienes inmuebles o Arrendamiento y subarrendamiento de bienes inmuebles
11) Derecho sobre giros relacionados con bebidas alcohólicas 11) Producción, destilación, enajenación y operaciones de compraventa de alcoholes, aguardientes, mostos y bebidas alcohólicas
12) Derechos sobre anuncios y publicidad exterior 12) Anuncios y propagandas
Fuente: Revista Indetec, No. 125, mayo de 2001, Guadalajara y Ortiz Ruiz, Miguel, Evolución del sistema de participaciones, 1980-1997, Indetec, Guadalajara, 1998, p. 90.
Como se puede ver, muchos de los impuestos vigentes antes de 1980 han sido reinstalados, lo que lleva a la conclusión de que a partir de 1996 este sistema dio un paso atrás, pues lo que se había logrado en materia de simplificación se ha revertido ante la necesidad de los estados y municipios de recursos crecientes que ha obligado a flexibilizar el sistema para regresar la potestad tributaria de los estados en muchas de las materias eliminadas en su etapa inicial. En otras palabras se ha caminado mucho para regresar al mismo lugar. Como señala un entrevistado, “a este paso se estará en igual situación a los años previos a 1980” (Ponce, entrevista, marzo 18 de 2004).
Es indudable que el SNCF permitió incrementar los ingresos de los estados de la federación y les dio un sentido de estabilidad, aunque ha incrementado su dependencia, como se ha mostrado (Ibarra et. al,: 2003). Finalmente, se debe reconocer que el SNCF y los mecanismos de distribución de participaciones se han racionalizado y transparentado su funcionamiento en términos de la disponibilidad de información y su oportunidad. También se entregan a tiempo las participaciones correspondientes a estados y municipios. Sin embargo, el problema de fondo que es la suficiencia de recursos para los tres ámbitos de gobierno persiste a pesar de los caminos intentados.   


 

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