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IV. ANÁLISIS DE LAS SANCIONES E IMPORTANCIA DEL MERCADO CLANDESTINO EN LA PROVINCIA DE CÁDIZ

IV.1. LA SITUACIÓN EN LA PROVINCIA DE CÁDIZ

En la provincia de Cádiz se hacen sentir igualmente la desestructuración de la política económica, el estancamiento económico y la falta de poder adquisitivo junto a la hambruna generalizada de los cuarenta.

En medio de este panorama hay que destacar la deficiente actividad industrial, especialmente la ralentización de los astilleros. Por otra parte, las salinas y el puerto sufren una situación de aletargamiento1. La política de intervención tuvo escasos efectos.

Pese a que el intervencionismo se aplicó al resto de los sectores. El principal problema de la construcción naval fue no obstante la falta de materiales y la de energía eléctrica2, lo que condicionó la serie de impulsos legislativos con el fin de apoyar la industria naval. En cuanto a la propiedad de la tierra, señalar que el proceso de colonización iniciado en los cuarenta se intensificó en la década siguiente en Cádiz, en las que se destacan las de tierra de secano. En el término de Jerez la intervención colonizadora se realizó después, durante los cincuenta. Pero las intervenciones colonizadoras en la provincia tuvieron pocas repercusiones sobre la estructura propietaria.3

En otro orden de cuestiones, en noviembre del 1945 se recoge en la prensa de Cádiz4 la noticia de que “más de 40 pantanos han sido concluidos…. Y que pese a las dificultades de todo orden que ha habido que vencer, se va cumpliendo el plan general de Obras Públicas más amplio que España ha conocido ya que excederá en su coste de los dos mil quinientos millones de peretas” .

Una cuantía muy elevada para esos años (hay un error, se transcribe tal y como aparece la noticia).

A finales de esta década, en agosto de 1947, Cádiz sufre una explosión que agrava aún más si cabe la difícil situación de estos momentos.5

LOS ABASTOS Y EL RACIONAMIENTO

La orden del Ministerio de Industria y Comercio de mayo de 1939 establecía un sistema de racionamientos de artículos esenciales para asegurar el abastecimiento. El Decreto del 28 de junio de 1939 del Ministerio de Industria y Comercio fijaba las cantidades que serían entregadas en las raciones. Pero dichas cantidades fueron oscilando a lo largo del periodo analizado así como los productos intervenidos y sus precios, a medida que se iba regulando el proceso, llegando incluso a disminuir las cantidades establecidas en las cartillas.

Al igual que en el resto de España, las raciones variaban si se trataba de mujeres, de mayores de 70 o de menores de 14 años. Para los dos primeros, la ración era el 80% de la de hombre adulto mientras que para los menores el 50 ó 60% del mismo:6 El racionamiento que se estableció en un principio sería familiar y luego individual.

Para poder adquirir los artículos sería imprescindible tener la cartilla de racionamiento. Se clasificaban además en tres tipos: la de primera, la de segunda y la de tercera que correspondía a sectores de mayor a menor poder adquisitivo. Había un aporte especial de suplementos de cupones para quienes por su trabajo (principalmente minero), lo precisasen y entonces la venta se hacía en economatos. Pero en situaciones de empeoramiento, se pedía que las raciones se cediesen a éstas personas.

Para la mayor parte de los productos y en particular para el pan, la leche en polvo, la carne (que era sustituida principalmente por tocino), el chocolate, la sal, se impone un nuevo sistema de racionamiento en el año 1941.

Esta variación corresponde a la reorganización de la C.G.A.T. en verano de 1941, dada la urgencia de las disposiciones anteriores, en las que no había incluido artículos que se consideraban de primera necesidad.

En 1941 la falta de los artículos básicos de alimentación es en Cádiz preocupante. El racionamiento es muy severo y las cantidades claramente insuficientes7: 250 gramos de azúcar morena, ½ Kg. de arroz, 100 gramos de café, 50 gramos de tocino o manteca, ¾ de aceite por persona y mes, ¼ de kg. de patatas por persona. El aceite es de 1/8 de litro por persona y mes a finales de octubre y la carne se suministra a los enfermos cuando lo justifican.

En las historias de vida, recopiladas en la presente investigación, se muestra cómo los productos que más escaseaban, y que se compraban en domicilios particulares en el mercado negro, eran principalmente el aceite, el pan, las patatas. Muchos de los productos podían ser sustituidos por falta de existencias. Por ejemplo en vez de patatas, habitualmente se suministraba boniatos; o se incrementa el consumo de patatas en las dietas por la falta de pan, que ocurría cuando las campañas de trigo eran desastrosas, como en los años 1940 y 1941.

Llega a tal punto la escasez, que en 1941 la Dirección Técnica de Recursos y Distribución8 establece la intervención de los boniatos, creando las centrales reguladoras para dirigir la producción según el consumo. En este caso, la producción sobrante de Baleares, se dirigiría a Cádiz.

El aspecto del pan, debido a la falta de materias primas, es muy malo. En “Diario de Cádiz” aparece información el 5 de Abril de 1940, sobre las recomendaciones de la Comisaría de Abastecimientos para que se mejore su presentación. Sin embargo, a fines de abril de 1940 se recorta la ración y la Falange lanza una consigna para que quienes puedan sustituyan este producto, renunciando así a sus raciones en beneficio de trabajadores. En noviembre, tras el cambio en los tipos de cartillas según capacidad económica, se reduce la ración de nuevo y es minimizada cuando se retrasa la llegada de trigo.

Las tareas de vigilancia sobre la recogida de cosechas y la obtención y distribución de recurso, se organizaron sobre la clasificación del territorio nacional en diez Zonas de Abastecimiento, regidas cada una por un Comisario de Recursos.

En la clasificación en Zonas de Abastecimiento Cádiz era la segunda zona, junto a las provincias de Badajoz, Sevilla, Huelva, y Córdoba. El aspecto del reparto en zonas, muestra una visión militar y de conflicto bélico.

Las circulares de la Comisaría destacan entre 1940 y 19419 a Cádiz como deficitaria en huevos y patatas principalmente y las zonas de Pontevedra y La Coruña respectivamente, las encargadas del suministro en tales productos.  

Los artículos que se encontraban intervenidos en el año 1941, tras la nueva regulación10 eran:

1º.- Cereales consistentes en Trigo, avena, cebada, centeno, escaña, maíz, alpiste, mijo, panizo y sorgo.

2º.- Legumbres consistentes en: Algarrobas, almortas, altramuces, garbanzos, guisantes, habas, judías, lentejas, veza y yeros.

3º.- Subproductos de molinería consistentes en: salvado.

4º.- Aceite.

5º.- Arroz.

6º.- Azúcar.

7º.- Bacalao

8º.- Café

9º.- Chocolate.

10º.- Cornezuelo de centeno.

11º.- Ganado de abastos.

12º.- Jabón.

13º.- Leche condensada y en polvo.

14º.- Pan.

15º.- Patatas y boniatos.

16º.- Piensos consistentes en: Alfalfa, pulpa de remolacha, garrofa, esparceta y alholva.

17º.- Purés

18º.- Pasta para sopa.

19º.- Quesos y manteca de vaca.

20º.- Tocino.

Ello tenía aplicación con carácter general, pero además regían otras limitaciones en cuanto a productos intervenidos por el S.N.T. que aquí no se recogen y que se incluyen en la circular citada.

En cuanto a la situación de la ciudadanía, Cádiz sufre, la falta de respuesta al régimen, las condiciones difíciles de subsistencia con un claro empeoramiento de las condiciones de vida, de clases trabajadoras y sus familias.11

La difícil situación de los primeros años de la posguerra, y en general de los años cuarenta, hace imposible la subsistencia, con las intervenciones establecidas añadiendo a ello el hecho de que en muchas ocasiones no se cumplía con el cupo establecido por ración.

La política de distribución, que establecía raciones claramente insuficientes por persona, no pudo aplicarse, y las cantidades medias establecidas oficialmente para el racionamiento, no fueron distribuidas.

La reducción salarial de 1939 y el estancamiento salarial posterior, fue aún más dramático por la carestía y la escasez de alimentos de consumo diario. Pero el racionamiento establecido por la orden del Ministerio de Industria y Comercio no aseguraba los mínimos para la subsistencia.

Siguiendo las pistas proporcionadas por quienes vivieron los hechos12, los jornales oscilaban durante el treinta y nueve según las tareas a realizar: alrededor de las 9 pesetas diarias de un jornal obrero masculino; de uno a seis duros, según la edad, para los trabajos del campo (corcho, arar, recoger productos); cinco o seis reales en las tareas de mantenimiento en el puerto en Barbate, etc.

El gasto alimentario era de 6 perras gordas para un plato diario de garbanzos o de arroz. La carestía de los alimentos diarios de subsistencia, había bajado claramente las posibilidades y la calidad de vida. No había lugar para cualquier otra compra necesaria. Pero se hizo también habitual cobrar en especias, y de ello dan cuenta para la provincia, los informes entre alcaldías e inspecciones (Vallejo Sánchez: 1996) referente al caso de Sanlúcar y Cádiz.

En estas condiciones, sería milagroso en las familias, no tener que recurrir al mercado negro para proveerse de alimentos básicos. Los años 1941 y 1946 fueron de los peores en lo que a escasez de alimentos se refiere.

Según los estudios13 sobre el racionamiento, en el año 1942, mejoró algo el abastecimiento en España, pero que los informes de la Comisaría de Abastecimientos, indicaban un peso muy elevado del mercado negro.

No obstante los autores anteriormente citados explican como, los informes mensuales de la Dirección General de Seguridad informaban que la mejora en el abastecimiento, producía una bajada en los precios alcanzados en el mercado negro.

El estudio de las sanciones durante esta fecha (tratado en el presente capítulo), confirma para el caso de Cádiz que en este año así como en el siguiente y en el cuarenta y ocho, se recogieron más prácticas de pérdida y venta de cartillas de racionamiento.

Se abren muchos expedientes o Actas de controles, las llamadas “Actas de Repeso de pan”, que se han podido comprobar para los años 1940 y 1945 específicamente en la consulta de los expedientes individuales14. En estas actas, no existen sanciones por lo general, pero sí muestran que existía un riguroso control no solo de inspección, sino de sus efectos: lo que suponía la presencia constante de los agentes de control. Las visitas motivaban efectos así mismo sobre la población y sobre los futuribles o posibles infracciones.

Sin embargo trocear raciones, revender cartillas o partes de las mismas, eran situaciones repetidas. La subida de los precios de los consumos se establecía de esta forma. El producto podía ser caro en el mercado negro, pero la venta o reventa en partes, lo hacía asequible, y como las condiciones no mejoraban las raciones o el abastecimiento elemental, la población se veía obligada a recurrir a esta práctica. Por otro lado, aunque escaso en peso o cantidad, el producto mejoraba las raciones tipo, lo cual inducía también a la compra. Las clases menos adineradas recurrían a esta práctica, así que las cantidades cobraban especial significado. El mercado negro era obligado también para las clases menos favorecidas.

Años más tarde, un detallado informe del II Consejo Económico Social15, con datos del año anterior, expone aún las dificultades de subsistencia de los trabajadores y sus familias durante este año. Sugiere tímidamente, “Con un espíritu de crítica sana (sin que en ningún momento pueda tomarse como obstaculación ni protesta de tipo subversivo)” un desnivel entre los precios de tasa en materias alimentarias y artículos de vestido y calzado necesarios para la subsistencia con los salarios, de aproximadamente el 215 por 100. El citado informe indicaba que la subida de precios había sido excesiva y que los salarios no daban para hacer frente a los gastos más elementales.

Sin embargo, 11 años antes, en 194616, se declara la intención firme de la regulación por parte del gobierno de la subida de los precios mediante la lucha contra la especulación, para abaratar el coste de la vida, asegurando que “está próxima la etapa de relativo bienestar y sosiego de las economías privadas modestas”, pero no inminente.

Mientras tanto, en la vida cotidiana se hace sentir la escasez y el sacrificio. En los hoteles, restaurantes, tabernas, pensiones y cafés, no se podía hacer uso de ostentación de ningún tipo, así la intervención estaba apoyada por un sin fin de normativas que regulaban esta posibilidad y parecían someter a un régimen muy estricto a los clientes. Por ejemplo17 no se podría mostrar ostentación en escaparates de artículos alimenticios, de tal forma que constituya un alarde de abundancia; No se podría servir en cubiertos o en carta más de dos platos, un postre y entremeses para el almuerzo ni sopa, dos platos y un postre; no se podría presentar la carta con más de una clase de carne; ni servir platos o tapas de pájaros; no servir más de un huevo por persona; ni servir postres u otros platos de huevo o mayonesa, cuando se haya servido el plato de huevo; ni mantequilla fuera del desayuno o merienda; ni servir más de dos días por semana nata y helados de leche o nata; ni que se coma más pan del establecido…  

La circular nº 174 de la C.G.A.T. fechada el 11 de junio de 1941 de la Inspección General de Zonas Económicas18 encabeza la misiva de esta forma:

“ La constante desobediencia a las órdenes de esta Comisaría General en materia de abastecimientos en lo que se refiere principalmente al ramo de la Hostelería y similares con pública burla y meditada acción, contrapesando la posible sanción, cuando no la falta de circunstancias para determinar la competencia de las Fiscalías de Tasas, hace necesario que esta Comisaría sin invadir esferas que no le son propias, adopte medidas preventivas retirando los cupos a todos los establecimientos que atentos tan solo a su lucro e interés, descuidan con voluntad dolosa y falta evidente de patriotismo aquellas obligaciones que los momentos imponen y el más elemental deber de ciudadanía aconseja.”

Así, las infracciones, también en cuanto a la composición de platos, el servicio de carne o racionamiento de pan, serían, según se indicaba en esta circular, sancionadas con la privación de cupos de artículos intervenidos, por un plazo mínimo de seis meses y la retirada de las cartillas de suministros colectivos.

Se indicaba en la misma circular que los establecimientos seguirían siendo vigilados. La carta terminaba pidiendo, como la mayoría de las notificaciones procedentes de la C.G.A.T., acuse de recibo y pidiendo la máxima energía en la aplicación de las normas. Las restricciones en productos habituales en la alimentación, son como puede observarse muy severa.

El recurso a fuentes extras que incrementasen la ración era inevitable. Los establecimientos de hostelería infringían esta norma incluso pequeños negocios y los comercios. La gran mayoría de ciudadanos padece esta situación, los más humildes denuncian que los pesos y medidas incluso en negocios autorizados estaban falseados. Se recogen casos de venta y/o desaparición de cartillas, los comerciantes venden también estas cartillas o partes de ellas a otros… El abastecimiento alimentario es extremadamente difícil.  


1 MILLÁN CHIVITE, J. L. (1993: 208)

2 MARÍNEZ ROMERO, Mª F. ( 1991)

3 Véase LOZANO SALADO, L. (2000: 92 y ss.)

4 En “Diario de Cádiz” del día 23  

5 Este suceso es tratado también en el capítulo V de la presente investigación, con las informaciones y desde la perspectiva de los actores que vivieron los hechos, pues a este hecho se hace una referencia constante.

6 Informaciones diferentes en porcentajes según se indica en la Tesis de ALBURQUERQUE respecto a las circulares (1973: 33) o lo indicado por MOLINERO e YSÀS (2001) pues no se ha podido consultar directamente las circulares. En este caso no coinciden los datos de los autores con disposición establecida con las indicaciones de la C.G.A.T. de mayo del mismo año.  

7 GUILLOTO GONZÁLEZ, F.(1988: 41)

8 Circular nº 208 del 11/9/41, Delegación Provincial de Abastecimientos de Cádiz, Legajos G 3.496 de la C.G.A.T. en A.H.P. de Cádiz  

9 Circulares nº 67, nº 91 y nº 193 (primera y última de la Delegación provincial de Abastos y la restante de la Sección de Previsiones).

10 Circular Nº 188 del 31 de julio 41 del Comisario General y enviada al Comisario de Recursos de la zona de Cádiz. En el artículo nº 9 habla de los artículos que rigen para los productos intervenidos por el S.N.T., en A. H. P. de Cádiz.  

11 CARO, D. (2000: 126 )  

12 En capítulo V de la presente investigación  

13 MOLINERO C., e YSÀS P. (2001)

14 Veáse expedientes consultados en ANEXO 1 capítulo IV

15 II Consejo Económico Sindical del 57, Cádiz.  

16 En la editorial de la revista I.C.E., del 25 de agosto de 1946 denominada “La batalla de los precios”, I.C.E., del 25 de agosto de 1946 se habla de una batalla en un doble sentido, pues se expresa que el caudillo, cuando se propone ganar una batalla, la gana. En dicha batalla es necesario según el discurso de Franco que se adjunta al artículo, que se ha de luchar contra la codicia.

17 El resumen de prohibiciones procede de la Circular nº 161 del 22 de abril de 1941 de la Inspección General de Zonas Económicas de la C.G.A.T., archivada en las dependencias de Cádiz unos días después. Dichas restricciones se amplían en posteriores circulares como es la nº 185 de la Dirección Técnica de Consumo y Racionamiento, que se refiere a tapas, fritos guisos y bocadillos principalmente (también de vendedores ambulantes). En compendio de circulares de la C.G.A.T., Biblioteca, A.H.P. de Cádiz.

18 Circulares de la C.G.A.T., tomo nº 2, En A. H. P., Biblioteca.