4.- Ley de Acceso a la Información Pública del Estado de Sinaloa (LAIPES) y su reglamento.
Artículo 20. Procede la clasificación de la información reservada por las razones de interés público siguientes: (Ref. según Decreto No. 141 del 18 de julio del 2008, y publicado en el P. O. No. 100 del 20 de agosto del 2008)
VI. La que por disposición expresa de una Ley sea considerada reservada.