LA COMUNICACIÓN GUBERNAMENTAL EN LOS AYUNTAMIENTOS DE VERACRUZ, PERIODO 2008-2010

Armando Zavariz Vidaña

Las comisiones municipales en los Ayuntamientos de Veracruz

Las comisiones municipales se encuentran reguladas en los artículos 39 al 59 de la Ley Orgánica para el Estado de Veracruz. Son órganos que se integran por ediles con el propósito de contribuir a cuidar y vigilar el correcto funcionamiento del Ayuntamiento en la prestación de los servicios públicos municipales, así como de las dependencias de la administración municipal, pudiendo, en su caso, proponer el nombramiento, suspensión o remoción de sus empleados.

En el Estado de Veracruz todo Ayuntamiento debe tener las comisiones municipales siguientes:

Además de las anteriores, el Ayuntamiento puede formar otras comisiones, de carácter permanente o transitorio según las necesidades que se deban atender. O también, para su mejor prestación, puede reasignar o reagrupar las funciones y servicios públicos municipales y notificarle al Congreso del Estado.

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