Observatorio Economía Latinoamericana. ISSN: 1696-8352


DEVOLUCIÓN DEL IVA A PERSONAS DE LA TERCERA EDAD Y SU IMPACTO ECONÓMICO PERIODO 2011 - 2017

Autores e infomación del artículo

Edgar Salas L.*

Universidad Espíritu Santo – Ecuador

esalas@uees.edu.ec

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Resumen
La legislación ecuatoriana ha tenido cambios en sus políticas sociales para sectores vulnerables, implementando la devolución del IVA a personas de la tercera edad. Este rubro de reembolso se ha venido incrementando en los último años, y si no se regula de manera adecuada al proceso, aunque se beneficioso para un sector, podría afectar en el presupuesto general del estado y la economía del país.

Palabras clave: políticas sociales – reembolso – presupuesto – estado -  economía.

Abstract
Ecuadorian legislation has had changes in its social policies for vulnerable sectors, implementing the VAT refund for seniors. This item of reimbursement has been increasing in recent years, and if it is not regulated in an appropriate manner to the process, although it is beneficial for a sector, it could affect the general budget of the state and the economy of the country.

Keywords: social policies - reimbursement - budget - state – economy.

Para citar este artículo puede uitlizar el siguiente formato:

Edgar Salas L. (2018): "Devolución del IVA a personas de la tercera edad y su impacto económico periodo 2011 - 2017", Revista Observatorio de la Economía Latinoamericana, (octubre 2018). En línea:
https://www.eumed.net/rev/oel/2018/10/devolucioniva-tercera-edad.html
//hdl.handle.net/20.500.11763/oel1810devolucioniva-tercera-edad


INTRODUCCIÓN
El Impuesto al Valor Agregado con su naturaleza tributaria indirecta tiene mayor peso en el consumo y, cargas a bienes y servicios que las personas naturales o jurídicas realizan, y que deben pagar obligatoriamente al Estado. Es por esto que su imposición tributaria se ha vuelto una de las partes más sustanciales para que el país pueda garantizar suficientes recursos económicos.
La normativa tributaria establece la devolución de impuestos de acuerdo a dos tipos: (a) Pago indebido o en exceso, es decir, reconocimiento de los pagos fuera de lo establecido por la ley o que se hayan cancelado sin obligación para hacerlo, esto aplicará para cualquier impuesto y, (b) Sectores específicos beneficiarios para el reintegro del IVA con el objetivo de favorecer a sectores vulnerables del país,y proporcionar beneficios tributarios a las personas de la tercera edad que realizan compras de bienes o servicios de primera necesidad, para su uso o consumo personal, y además promocionar el ahorro, inversión o reinversión(Servicio de Rentas Internas, 2017).
En la investigación se expresa que el proceso de la devolución del IVA para las personas de tercera edad deberá estar claro y dentro de procesos rigurosos, con lo cual se minimizan los riesgos, por ejemplo en aquellas que provienen de solicitudes que están mal realizadas o que no son reales.
Los vacíos que existen en la parte legal, abren una ventana para los incumplimientos lo cual afecta el régimen tributario del país, su progreso, equidad, a la recaudación, a las normativas y a la economía en general, para el desarrollo del país.

Análisis de la devolución del IVA
De acuerdo a la Ley Orgánica el “Impuesto al Valor Agregado grava al valor de la trasferencia de dominio o a la importación de bienes muebles de naturaleza corporal, en todas sus etapas de comercialización, así como los derechos de autor de propiedad industrial y derechos conexos; y al valor de los servicios prestados”(Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno, 2015).
En Ecuador existen tarifas del 12% y 0% de IVA, la tarifa del IVA subió al 14% transitoriamente por la Ley Orgánica de solidaridad y de corresponsabilidad ciudadana para la reconstrucción y reactivación de las zonas afectadas por el terremoto de 16 de abril de 2016, la misma que fue publicada por el SRI el 20 de mayo 2016, la devolución del IVA para las personas de la tercera edad para compras o consumos de bienes y servicios (SRI, 2016).
De acuerdo a la Constitución de la República del Ecuador y a lo que establece la Ley del Anciano, estos, gozan del beneficio de la devolución del IVA, el cual en ocasiones es mal utilizado, y con esto se genera la mala aplicación de la ley, afectando directamente el valor de las devoluciones y, así mismo incidiría en la recaudación neta tributaria, y se generaría menos ingresos al Estado.
Sin embargo a pesar de que se han realizado algunas reformas en el proceso de la devolución del IVA, aún el SRI no logra instituir un claro control para restar los valores devueltos indebidamente, dado que en la normativa vigente no especifican exactamente los bienes y servicios que la persona de tercera edad puede considerar para realizar este proceso.
De acuerdo al Servicio de Rentas Internas (2017) la recaudación del IVA del año 2016 fue de alrededor 46% respecto a los rubros totales por impuestos recolectados, sin embargo solo el 1% de este ha sido devuelto a las personas de la tercera edad, por diferentes razones como el desconocimiento del derecho o trámites tediosos. Aunque la recaudación del IVA haya sido creciente hasta el 2015, la devolución del IVA ha ocurrido lo contrario, decreciendo año a año.

De acuerdo a la percepción de los contribuyentes, el control tributario en Ecuador es débil, por lo cual perciben que los valores que solicitan por el beneficio puede ser correcto, o ellos en su defecto se aprovechan de la carencia de control y no cumplen con las normativas, creando un efecto negativo con una devolución indebida, perjudicando al Estado con la disminución del presupuesto, dado que los valores devueltos son mayores a la realidad.
También se puede encontrar el desconocimiento o mal asesoramiento a las personas mayores para el requerimiento de este beneficio, creyendo que se lo puede solicitar en todas las compras que se realizan, y les generan falsas expectativas al adulto mayor dado que los valores que serán devueltos pueden ser menores a los que declaren inicialmente.
En el 2006 ocurrió una reforma a la Ley del Anciano decretada en el Ecuador desde el año 1991, con esta reforma el Servicio de Rentas Internas estableció que se reintegraría el 12% del IVA (siendo la tarifa vigente) en compras de bienes o servicios de primera necesidad adquiridos por personas de la tercera edad para su uso y consumo personal (Servicio de Rentas Internas, 2017). Sin embargo, este derecho no ha sido mayormente difundido en la población, por lo cual existe un gran porcentaje de personas adultas mayores que lo desconocen.
Con el pasar de los años, las personas se han ido enterando de este derecho por terceros, y como pudimos observar en la Tabla #1 se fue incrementado los rubros de devolución del IVA, sin embargo, a principios del año 2016 presentaron un proyecto de ley de reformas tributarias “Ley Orgánica para el Equilibrio de las Finanzas Públicas”, la misma que pretendía disminuir abusos a los beneficios tributarios de las personas de la tercera edad.
Dado que se evidenciaba un aprovechamiento indebido de las deducciones especiales que se les concedían a este grupo por la compra de automóviles, es por ello que en el año 2016 se nota una gran reducción en estos rubros de devolución. Sin embargo para el año 2017, se denota un incremento considerable en la devolución de este impuesto.
En el año 2016 se revisaron 62 trámites que fueron ingresados y devueltos en el año 2015, y se pudo constatar que el 57.9% de la devolución carecía de varios requisitos con lo establecido por Ley para obtener el beneficio, lo que correspondía a comprobantes de bienes y servicios que no correspondían al consumo de un adulto mayor.
Los montos a recibir por concepto de la devolución del IVA fueron de: (a) Hasta abril 2016: Máximo 5 remuneraciones básicas unificadas de la tasa vigente y, a partir de la reforma, (b) Desde mayo 2016: Máximo 2 remuneraciones básicas unificadas de la tasa vigente.
En Ecuador la población total era de 14.483.499 habitantes según el CENSO 2010, de los cuales 940.905 correspondían a personas de la tercera edad, es decir personas con 65 años o más (Lucero Luzuriaga, 2014). El Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC) de acuerdo con las proyecciones por edades el número de personas de la tercera edad en el 2016 habría llegado a 1.143.494 y, para el 2050 representarán alrededor del 20% de la población total (Toapanta Masabanda, 2015).
Lucero Luzuriaga (2014) señala que alrededor del 50% de las personas de la tercera edad en Ecuador aún forman parte de la población económicamente activa, y son capaces de generar sus propios ingresos para el gasto de alimentos, salud, incluso para mantener su familia. Toapanta Masabanda (2015) señala que la mayoría de actividades realizadas por este grupo en específico son de tipo informal y que las mujeres la dedicación a quehaceres domésticos son como trabajo no remunerado.

CONCLUSIONES
Se determina que la devolución del IVA a personas adultas mayores, no ha tenido un estudio a profundidad en el cual se pueda determinar que la gestión tributaria para cumplir con lo usuarios sea eficiente, es por ello que se estima y en mayor parte se asegura que este derecho no es del interés del SRI, pero de acuerdo a investigaciones realizadas por universidades se propone el estudio de este tema.
El mayor porcentaje de personas dentro de este sector, no acceden a su derecho por desconocimiento y, los que logran realizarlo se apoyan de familiares u otras personas cercanas. En su mayoría no llegan al monto máximo de la devolución y además de eso desconocen los montos máximos.
De acuerdo a los rubros presentados el IVA es uno de los mayores ingresos que tienen el Estado, y la devolución del IVA aunque este establecido constitucionalmente ha ido disminuyendo, por lo que no afecta significativamente a la economía ecuatoriana hasta el momento, aunque no ha dejado de representar un rubro en el gasto fiscal.
En un análisis más profundo si para los siguientes años, el número de personas de este sector aumenta significativamente, y los trámites se vuelven más amigables para el beneficiario, el costo fiscal podría ser alto, por ello se denotan las reformas realizadas en estos últimos periodos y contrarrestar los valores de devolución.
Sin duda la devolución del IVA es beneficioso para las personas de la tercera edad, sin embargo el mayor problema que se puede presentar para el país, es que no se regule de manera adecuada al proceso, sin control o restricciones, convirtiéndose en un beneficio para otros y no para quienes realmente lo necesitan.

BIBLIOGRAFÍA

Instituto Nacional de Estadísticas y Censos. (2014). Recuperado el 12 de noviembre de 2017, de http://www.ecuadorencifras.gob.ec/documentos/web-inec/Bibliotecas/Compendio/Compendio-2014/COMPENDIO_ESTADISTICO_2014.pdf
Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno. (2015). Registro Oficial Suplemento 463.
Lucero Luzuriaga, H. (2014). Repositorio IAEN. Recuperado el 12 de noviembre de 2017, de http://repositorio.iaen.edu.ec/xmlui/bitstream/handle/24000/3788/TESIS%20DE%20GRADO%20DE%20GESTION%20PUBLICA.pdf?sequence=1&isAllowed=y
Servicio de Rentas Internas. (12 de noviembre de 2017). Obtenido de http://www.sri.gob.ec/web/guest/20
Servicio de Rentas Internas. (12 de noviembre de 2017). SRI. Obtenido de SRI: http://www.sri.gob.ec/web/guest/estadisticas-generales-de-recaudacion
Toapanta Masabanda, J. (2015). Repositorio UTEP. Recuperado el 12 de noviembre de 2017

*Director Académico de la Facultad de Comunicación en la Universidad de Especialidades Espíritu Santo, Máster en Diseño & Branding

Recibido: 04/10/2018 Aceptado: 08/10/2018 Publicado: Octubre de 2018

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