Edgar Salas L.*
Universidad Espíritu Santo – Ecuador
esalas@uees.edu.ec
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Resumen
  La legislación ecuatoriana ha tenido cambios en sus  políticas sociales para sectores vulnerables, implementando la devolución del  IVA a personas de la tercera edad. Este rubro de reembolso se ha venido  incrementando en los último años, y si no se regula de manera adecuada al  proceso, aunque se beneficioso para un sector, podría afectar en el presupuesto  general del estado y la economía del país. 
Palabras clave: políticas sociales – reembolso – presupuesto – estado - economía.
Abstract
  Ecuadorian legislation has had  changes in its social policies for vulnerable sectors, implementing the VAT  refund for seniors. This item of reimbursement has been increasing in recent  years, and if it is not regulated in an appropriate manner to the process,  although it is beneficial for a sector, it could affect the general budget of  the state and the economy of the country.
Keywords: social policies - reimbursement - budget - state – economy.
Para citar este artículo puede uitlizar el siguiente formato: 
Edgar Salas L.  (2018): "Devolución del IVA a personas de la tercera edad y su impacto económico periodo 2011 - 2017", Revista Observatorio de la Economía Latinoamericana, (octubre 2018). En línea: 
https://www.eumed.net/rev/oel/2018/10/devolucioniva-tercera-edad.html
//hdl.handle.net/20.500.11763/oel1810devolucioniva-tercera-edad
INTRODUCCIÓN 
El Impuesto al Valor Agregado con su naturaleza tributaria  indirecta tiene mayor peso en el consumo y, cargas a bienes y servicios que las  personas naturales o jurídicas realizan, y que deben pagar obligatoriamente al  Estado. Es por esto que su imposición tributaria se ha vuelto una de las partes  más sustanciales para que el país pueda garantizar suficientes recursos  económicos. 
La normativa tributaria establece la devolución de  impuestos de acuerdo a dos tipos: (a) Pago indebido o en exceso, es decir,  reconocimiento de los pagos fuera de lo establecido por la ley o que se hayan  cancelado sin obligación para hacerlo, esto aplicará para cualquier impuesto y,  (b) Sectores específicos beneficiarios para el reintegro del IVA con el  objetivo de favorecer a sectores vulnerables del país,y proporcionar beneficios  tributarios a las personas de la tercera edad que realizan compras de bienes o  servicios de primera necesidad, para su uso o consumo personal, y además  promocionar el ahorro, inversión o reinversión(Servicio de Rentas Internas, 2017). 
En la investigación se expresa que el proceso de la  devolución del IVA para las personas de tercera edad deberá estar claro y  dentro de procesos rigurosos, con lo cual se minimizan los riesgos, por ejemplo  en aquellas que provienen de solicitudes que están mal realizadas o que no son  reales.
Los vacíos que existen en la parte legal, abren una  ventana para los incumplimientos lo cual afecta el régimen tributario del país,  su progreso, equidad, a la recaudación, a las normativas y a la economía en  general, para el desarrollo del país.
Análisis  de la devolución del IVA
   De acuerdo a la Ley Orgánica el “Impuesto al Valor Agregado grava al valor de  la trasferencia de dominio o a la importación de bienes muebles de naturaleza  corporal, en todas sus etapas de comercialización, así como los derechos de  autor de propiedad industrial y derechos conexos; y al valor de los servicios  prestados”(Ley Orgánica de Régimen  Tributario Interno, 2015). 
   En Ecuador existen tarifas del 12% y 0% de IVA, la  tarifa del IVA subió al 14% transitoriamente por la Ley Orgánica de solidaridad  y de corresponsabilidad ciudadana para la reconstrucción y reactivación de las  zonas afectadas por el terremoto de 16 de abril de 2016, la misma que fue  publicada por el SRI el 20 de mayo 2016, la devolución del IVA para las  personas de la tercera edad para compras o consumos de bienes y servicios (SRI, 2016).
   De acuerdo a la Constitución de la República del  Ecuador y a lo que establece la Ley del Anciano, estos, gozan del beneficio de  la devolución del IVA, el cual en ocasiones es mal utilizado, y con esto se  genera la mala aplicación de la ley, afectando directamente el valor de las  devoluciones y, así mismo incidiría en la recaudación neta tributaria, y se  generaría menos ingresos al Estado.
   Sin embargo a pesar de que se han realizado algunas  reformas en el proceso de la devolución del IVA, aún el SRI no logra instituir  un claro control para restar los valores devueltos indebidamente, dado que en la  normativa vigente no especifican exactamente los bienes y servicios que la  persona de tercera edad puede considerar para realizar este proceso.
   De acuerdo al Servicio de Rentas Internas (2017) la recaudación del IVA del año 2016 fue de alrededor  46% respecto a los rubros totales por impuestos recolectados, sin embargo solo  el 1% de este ha sido devuelto a las personas de la tercera edad, por  diferentes razones como el desconocimiento del derecho o trámites tediosos.  Aunque la recaudación del IVA haya sido creciente hasta el 2015, la devolución  del IVA ha ocurrido lo contrario, decreciendo año a año. 
De acuerdo a la percepción de los contribuyentes, el  control tributario en Ecuador es débil, por lo cual perciben que los valores  que solicitan por el beneficio puede ser correcto, o ellos en su defecto se  aprovechan de la carencia de control y no cumplen con las normativas, creando  un efecto negativo con una devolución indebida, perjudicando al Estado con la  disminución del presupuesto, dado que los valores devueltos son mayores a la  realidad. 
   También se puede encontrar el desconocimiento o mal  asesoramiento a las personas mayores para el requerimiento de este beneficio,  creyendo que se lo puede solicitar en todas las compras que se realizan, y les  generan falsas expectativas al adulto mayor dado que los valores que serán  devueltos pueden ser menores a los que declaren inicialmente.
   En el 2006 ocurrió una reforma a la Ley del Anciano  decretada en el Ecuador desde el año 1991, con esta reforma el Servicio de  Rentas Internas estableció que se reintegraría el 12% del IVA (siendo la tarifa  vigente) en compras de bienes o servicios de primera necesidad adquiridos por  personas de la tercera edad para su uso y consumo personal (Servicio de Rentas Internas, 2017). Sin embargo, este derecho no ha sido mayormente  difundido en la población, por lo cual existe un gran porcentaje de personas  adultas mayores que lo desconocen.
   Con el pasar de los años, las personas se han ido  enterando de este derecho por terceros, y como pudimos observar en la Tabla #1  se fue incrementado los rubros de devolución del IVA, sin embargo, a principios  del año 2016 presentaron un proyecto de ley de reformas tributarias “Ley  Orgánica para el Equilibrio de las Finanzas Públicas”, la misma que pretendía  disminuir abusos a los beneficios tributarios de las personas de la tercera  edad.
   Dado que se evidenciaba un aprovechamiento indebido  de las deducciones especiales que se les concedían a este grupo por la compra  de automóviles, es por ello que en el año 2016 se nota una gran reducción en  estos rubros de devolución. Sin embargo para el año 2017, se denota un  incremento considerable en la devolución de este impuesto.
   En el año 2016 se revisaron 62 trámites que fueron  ingresados y devueltos en el año 2015, y se pudo constatar que el 57.9% de la  devolución carecía de varios requisitos con lo establecido por Ley para obtener  el beneficio, lo que correspondía a comprobantes de bienes y servicios que no  correspondían al consumo de un adulto mayor.
   Los montos a recibir por concepto de la devolución  del IVA fueron de: (a) Hasta abril 2016: Máximo 5 remuneraciones básicas  unificadas de la tasa vigente y, a partir de la reforma, (b) Desde mayo 2016:  Máximo 2 remuneraciones básicas unificadas de la tasa vigente.
   En Ecuador la población total era de 14.483.499  habitantes según el CENSO 2010, de los cuales 940.905 correspondían a personas  de la tercera edad, es decir personas con 65 años o más (Lucero Luzuriaga, 2014). El  Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC) de acuerdo con las  proyecciones por edades el número de personas de la tercera edad en el 2016  habría llegado a 1.143.494 y, para el 2050 representarán alrededor del 20% de  la población total (Toapanta Masabanda,  2015).
   Lucero Luzuriaga (2014) señala que alrededor del 50% de las personas de la  tercera edad en Ecuador aún forman parte de la población económicamente activa,  y son capaces de generar sus propios ingresos para el gasto de alimentos, salud,  incluso para mantener su familia. Toapanta  Masabanda (2015) señala que la mayoría de  actividades realizadas por este grupo en específico son de tipo informal y que  las mujeres la dedicación a quehaceres domésticos son como trabajo no  remunerado. 
CONCLUSIONES 
   Se determina que la devolución del IVA a personas  adultas mayores, no ha tenido un estudio a profundidad en el cual se pueda  determinar que la gestión tributaria para cumplir con lo usuarios sea  eficiente, es por ello que se estima y en mayor parte se asegura que este  derecho no es del interés del SRI, pero de acuerdo a investigaciones realizadas  por universidades se propone el estudio de este tema.
   El mayor porcentaje de personas dentro de este  sector, no acceden a su derecho por desconocimiento y, los que logran  realizarlo se apoyan de familiares u otras personas cercanas. En su mayoría no  llegan al monto máximo de la devolución y además de eso desconocen los montos  máximos. 
   De acuerdo a los rubros presentados el IVA es uno de  los mayores ingresos que tienen el Estado, y la devolución del IVA aunque este  establecido constitucionalmente ha ido disminuyendo, por lo que no afecta  significativamente a la economía ecuatoriana hasta el momento, aunque no ha  dejado de representar un rubro en el gasto fiscal. 
   En un análisis más profundo si para los siguientes  años, el número de personas de este sector aumenta significativamente, y los  trámites se vuelven más amigables para el beneficiario, el costo fiscal podría  ser alto, por ello se denotan las reformas realizadas en estos últimos periodos  y contrarrestar los valores de devolución.
   Sin duda la devolución del IVA es beneficioso para  las personas de la tercera edad, sin embargo el mayor problema que se puede  presentar para el país, es que no se regule de manera adecuada al proceso, sin  control o restricciones, convirtiéndose en un beneficio para otros y no para  quienes realmente lo necesitan.
BIBLIOGRAFÍA
Instituto Nacional de Estadísticas y Censos. (2014). Recuperado el 12 de noviembre  de 2017, de  http://www.ecuadorencifras.gob.ec/documentos/web-inec/Bibliotecas/Compendio/Compendio-2014/COMPENDIO_ESTADISTICO_2014.pdf
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   Servicio de Rentas Internas. (12 de noviembre de 2017). SRI. Obtenido de SRI:  http://www.sri.gob.ec/web/guest/estadisticas-generales-de-recaudacion
   Toapanta Masabanda, J. (2015). Repositorio UTEP. Recuperado el 12 de noviembre de 2017