Observatorio Iberoamericano de la Economía y la Sociedad del Japón
Vol 1, Nº 6 (septiembre 2009)

 

EL PACIFISMO CONSTITUCIONAL JAPONÉS Y LA OFENSIVA NACIONAL-CONSERVADORA

 

Yanet Jimenez Rojas
Universidad de La Habana, Cuba

 

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INTRODUCCIÓN

No es desconocida la situación que legó la II Guerra Mundial a Japón: la posguerra recibió una nación devastada moral y económicamente. No se trataba únicamente de orgullo vencido, a ello se impone añadir el agravante de ser ocupado por fuerzas extranjeras sin oportunidad alguna de asistencia divina . A mediados de agosto el mensaje radial transmitido por el Emperador conminaba al pueblo japonés a que: (...) siguiendo la marcha de los acontecimientos, aceptéis lo insoportable y soportéis lo insufrible, hasta lograr una gran paz para todas las edades (...) .

En este contexto se inició la ocupación estadounidense, encaminada ante todo a la anulación de los soportes económicos y políticos del militarismo . El desmantelamiento de la industria bélica, la liberación de los presos políticos, el reconocimiento de la libertad de sindicalización, el derecho a huelga y a la jornada de ocho horas fueron algunas de las disposiciones tomadas a tono con ese empeño. Serían complementadas con reformas del sistema de enseñanza, la eliminación de los títulos de nobleza (exceptuando el emperador y su familia más allegada) y el reconocimiento de la igualdad ciudadana.

Sin embargo, esta orientación democratizadora no fue definitiva ya que hacia 1947 era palpable el ascenso militar e ideológico del comunismo a escala global. El deterioro de las relaciones Este-Oeste y el creciente avance del Ejército Rojo en China amenazaban con dejar a los Estados Unidos sin un aliado seguro en Asia Oriental y frente a estos riesgos se optó por alterar la política de ocupación. Ya no se trató tanto de democratizar como de propiciar una recuperación económica que conservara a Japón dentro de la órbita capitalista .

Precisamente de esta coyuntura surgió la voluntad norteamericana de convertir al país en: “un baluarte contra la amenaza de guerra desatada por los países totalitarios” . Para ello fue imprescindible recurrir a la alianza con los sectores oligárquicos nativos –tradicionalmente dados al conservadurismo- y se favoreció, por lo mismo, su reintegración política y económica . Una vez que este grupo consolidó su poder el Tratado de San Francisco (1951) dejó creadas las condiciones para dar por terminada la ocupación al tiempo que se anudaban fuertemente los vínculos entre Estados Unidos y Japón a través del Tratado de Cooperación y Seguridad Mutua .

Simultáneamente, en el plazo de los 7 años en que se extendió la ocupación estadounidense (1945-1952), se modelaron muchas las características que luego se utilizarían para definir el sistema de posguerra y que sentaron las bases del inédito proceso de crecimiento de la segunda mitad de los cincuenta. Gracias al despegue económico, el éxito emergió como un factor inalienable de la experiencia japonesa, una imagen que sería asociada frecuentemente a que el país asumiera una proyección exterior de paz y cooperación tras el fin de la guerra.

A partir de este momento las relaciones exteriores de Japón tuvieron una orientación básicamente comercial-exportadora que se complementó con sustanciales aportes a países en vías desarrollo mediante ayuda financiera y técnica. No pocos investigadores reconocieron en este hecho uno de los soportes principales del “milagro” y una de las cartas de triunfo del “nuevo capitalismo japonés” en tanto abrió las puertas a muchos más mercados de los que siempre se había ambicionado conquistar.

Esta transformación constituyó un importante cambio de estrategia ya que desde la Era Meiji (1868-1912) –ante el reto de conquistar una mejor posición internacional dentro de un sistema dominado por Occidente- se había apostado por el empleo del “hard power”, la agresividad y el expansionismo. Después de la derrota en la II Guerra Mundial se obstruyó legalmente esta alternativa gracias a la adopción de una nueva carta magna (1947); elemento fundamental en que se afianzó y legitimó el abandono formal del militarismo y la implementación de una diplomacia más suave donde la gestión económica y el desarrollo eran prioritarios mientras los temas relativos a seguridad nacional y defensa quedaban en manos de Estados Unidos.

La nueva constitución fue, justamente, la disposición de mayor importancia emprendida durante el período de ocupación. Incluyó dos cambios básicos con relación a la Constitución de 1889: el artículo primero donde se redujo al Emperador únicamente a símbolo del Estado (transfiriendo la soberanía al pueblo) y el artículo noveno en que la nación renunciaba a la guerra y al sostenimiento de cualquier potencial belicista. La inclusión de este último criterio amparó y sostuvo la posición internacional de Japón en las décadas siguientes habilitando una forma de inserción global que prescindía del poder político y basaba su fuerza y alcance en la influencia emanada de su alto nivel económico.

Al margen de sus repercusiones en el diseño de la estrategia exterior, el pacifismo constitucional ha sido fundamental en la definición de la vida social y política al interior de Japón desde la segunda mitad del siglo XX. Polémico por sus definiciones e indefiniciones, a partir de la promulgación de la constitución y hasta nuestros días el artículo noveno ha suscitado numerosas discusiones en los círculos académicos y políticos de dentro y fuera del país.

Es oportuno señalar que en la política japonesa encontramos interesantes paradojas: por un lado, el conservadurismo se aplica a los que insisten en la importancia de rehacer la sociedad japonesa de posguerra (constitución incluida) mientras que, por el otro, el término radical o izquierdista es aplicable a los que defienden estructuras e instituciones que se establecieron después de 1945 en nombre de la democracia. Si consideramos la proyección hacia el exterior descubrimos que el llamado nacionalismo engloba frecuentemente a aquellos que defienden la subordinación de la nación a Estados Unidos y el estrechamiento de los vínculos políticos y militares entre ambos países al tiempo que los que apoyan un Japón independiente de la órbita norteamericana pueden llegar a ser calificados como "no- japoneses" .

Atendiendo a este criterio y a los frecuentes nexos que hay entre conservadurismo y nacionalismo en la alta dirección del Partido Liberal Demócrata (PLD) , en adelante se manejaran indistintamente ambos términos para aludir a esta corriente que -aprovechando su condición de grupo político dominante- en los últimos años ha abierto reiteradamente el debate acerca de la funcionalidad y pertinencia de los postulados pacifistas en la carta magna y ha dado pasos graduales impulsando o institucionalizando una revaluación de estas premisas.

Hay numerosos factores que intervienen o se conectan directamente con esta cuestión; todos ellos son agentes de cambio y, a la vez, desafíos fundamentales que debe enfrentar el pacifismo constitucional japonés para abrirse paso en el siglo XXI. A tono con ello, el propósito del presente trabajo es aproximarse al estudio del tema empezando por definir las características del articulado pacifista y por establecer cuáles son las acciones más importantes emprendidas por el conservadurismo que afectan o contradicen los postulados de la muchas veces denominada “Constitución de Paz”. A través del estudio de estos aspectos será posible determinar el alcance de la ofensiva revisionista y sus implicaciones directas sobre la permanencia o no de la paz como idea rectora de la carta magna japonesa.

El espíritu pacifista en la Constitución de 1947

Las constituciones son consideradas piedra angular del ordenamiento jurídico de las naciones ya que, jerárquicamente hablando, de ellas dependen todas las demás disposiciones y normas legislativas. Así, la implantación de una carta magna es un asunto de importancia vital dadas las implicaciones directas que tiene sobre la vida política, social y económica de un país.

En el caso de Japón los argumentos para la adopción de un nuevo documento constitucional fueron aportados por la Declaración de Postdam (mediados de 1945) donde quedaron definidos los términos de la rendición y reconstrucción del país una vez finalizada la guerra. Con relación a esto, el principal criterio utilizado para sustituir la Constitución Meiji fue la eliminación de todos los obstáculos a la democracia, el aseguramiento de los derechos y libertades ciudadanas fundamentales y el alejamiento de los postulados militaristas, aspectos todos que fueron demandados en la mencionada declaración.

Ahora bien, en la Constitución de 1947 fueron establecidos un conjunto de máximas que regulan y fijan -al menos formalmente- los fundamentos pacifistas del estado japonés de postguerra. La carta magna fue ratificada en un contexto de ascenso del movimiento democrático y en medio de un rechazo generalizado al pasado belicista. No obstante, más allá de ser un reflejo de esta circunstancia, el espíritu pacifista del documento tuvo una alta dosis del empeño estadounidense en evitar el rearme y el resurgir de las aspiraciones expansionistas que acompañaron al Japón de preguerra.

De hecho, por lo general la constitución ha sido presentada como un producto básicamente norteamericano concediendo a Douglas McArthur, Comandante Supremo de las fuerzas de ocupación, un protagonismo esencial en lo referido a la adopción de la renuncia a la beligerancia . Esta dejación, inspirada en la idea de “un mundo sin guerra” expresada en el Pacto de Briand-Kellogg (1928) , se combinó con los mandatos de Postdam buscando sepultar definitivamente la ideología militarista vencida. Del mismo modo, es un genuino resultado de la primera etapa de la ocupación estadounidense donde el enfasis estuvo puesto en la democratización.

De cualquier forma, hubo una aceptación general de los principios anti-guerra por parte de la población japonesa ya que se desarrolló una desconfianza profunda hacia el ejército y una fuerte aversión a su empleo como herramienta de la política nacional. El tácito rechazo a un pasado reciente se combinó con la satisfacción de ser abanderados de la negación de la guerra, inaugurando una era de dominio del ideal pacifista.

La paz y su defensa aparece en el texto constitucional concretamente en 2 sitios: el preámbulo y el Capítulo II integrado únicamente por el artículo 9. En tanto introducción, el preámbulo cumple una función cardinal ya que le corresponde expresar la experiencia histórica y, sobre todo, el “querer ser” de una comunidad. En él se presagian los pilares ideológicos y las creencias políticas que amparan el resto del articulado.

Con relación a la paz se declara en el prefacio del documento:

Nosotros, el pueblo japonés, actuando por intermedio de los representases debidamente elegidos de la Dieta Nacional, determinados a asegurar para nosotros y para nuestra posteridad los frutos de la cooperación pacífica con todas las naciones y los beneficios de la libertad para toda nuestra tierra, y resueltos a evitar los horrores de una nueva guerra como resultado de la acción del gobierno, proclamamos que el poder soberano reside en el pueblo y establecemos firmemente esta Constitución(…).

Nosotros, el pueblo japonés, deseamos una paz duradera y, profundamente conscientes de los altos ideales que controlan las relaciones humanas, hemos resuelto preservar nuestra seguridad y existencia, confiados en la justicia y la buena fe de los pueblos amantes de la paz. Deseamos ocupar un lugar digno en la sociedad internacional que lucha por la preservación de la paz y por la abolición definitiva en el mundo de la tiranía y la esclavitud, de la opresión y la intolerancia. Reconocemos que todos los pueblos de la tierra tienen el derecho de vivir en paz, libres de temor y de necesidades .

Podemos observar en este fragmento una exhortación permanente a la paz mundial precedida por la sensata promesa de no volver a sufrir los horrores de la guerra. Asimismo, los principios de libertad y pacifismo aparecen como la única forma digna de entendimiento internacional, siendo explícito el compromiso de Japón de trabajar en pos de lograr este objetivo.

El artículo noveno apoya esta línea de pensamiento al plantear que:

Aspirando sinceramente a una paz internacional basada en la justicia y el orden, el pueblo japonés renuncia para siempre a la guerra como derecho soberano de la nación y a la amenaza o al uso de la fuerza como medio de solución en disputas internacionales.

Con el objeto de llevar a cabo el deseo expresado en el párrafo precedente, no se mantendrán en lo sucesivo fuerzas de tierra, mar o aire como tampoco otro potencial bélico. El derecho de beligerancia del estado no será reconocido .

Esta proyección es un claro reflejo de la pertubación causada a escala global por la Segunda Guerra Mundial, de ahí que guarde estrechas semejanzas con lo planteado en otros documentos como The Charter of the United Nations (1945) . Es evidente, también, el aporte de la amarga lección de Hiroshima y Nagasaki manifiesta en la negación a la utilización de la guerra en el entendido de que no hay razón alguna que justifique el uso de la fuerza.

Haciendo un examen de los ya citados preámbulo y artículo 9 es posible señalar que, en líneas generales, el pacifismo constitucional japonés arranca de tres principios básicos :

- El reconocimiento del humano derecho a vivir en paz.

- La renuncia a manifestaciones belicistas como medio de solucionar disputas internacionales y

- La supresión de las fuerzas armadas.

La última norma ha sido y es hasta el presente la más controvertida de las tres ya que está directamente relacionada con una cuestión esencial: cómo hacer corresponder la eliminación de las fuerzas militares con las objetivas y legítimas necesidades defensivas del Estado? La ambigüedad con relación a este aspecto queda expresada en el artículo 9 y ha sido el campo de cultivo de numerosas interpretaciones en los más de 60 años del establecimiento transcurridos desde la promulgación de la Constitución. Al no especificar la concepción que se tiene de la defensa nacional se crearon condiciones para que la dirección política japonesa concediera, según fuera el caso, múltiples sentidos a esta premisa.

Así, por ejemplo, a menos de 10 años del establecimiento del texto constitucional, en 1954 fueron creadas las Fuerzas de Auto-defensa (FAD) en el supuesto de que no contradecían el mandato del segundo acápite del artículo 9 ya que no era posible limitar el derecho a la autodefensa ni a sostener fuerzas con un mínimo de equipo para esos efectos. Este fue sólo uno de los primeros capítulos de la larga senda de revaluaciones que se han realizado hasta la actualidad.

Reinterpretaciones aparte, el conservadurismo japonés ha manejado la opción de la reforma constitucional en más de una ocasión aprovechando su condición de grupo político dominante. Desde la dirección del Partido Liberal Demócrata (PLD) en numerosas oportunidades se han atacado fuertemente las disposiciones del artículo noveno y, en general, de la carta magna.

Acciones directas hacia la materialización de modificaciones fueron emprendidas aceleradamente a fines del siglo pasado. En ese sentido, han sido limitaciones claves las dificultades prácticas que impone el ejercicio democrático japonés para validar modificaciones al texto , la no colaboración de los partidos políticos de oposición y el amplio respaldo popular a las claúsulas pacifistas.

No obstante, es indudable que el tema de la revisión constitucional ha ganado terreno en los espacios de discusión y se cierne hoy como una amenaza fundamental a la permanencia del artículo noveno. ¿A qué se debe esto? ¿Cuáles son los principales argumentos, desafíos en definitiva, que sostienen actualmente el discurso revisionista?

La actual ofensiva contra la “Constitución de paz”.

Tal como se ha dicho, las demandas políticas de cambio en la constitución, en especial las relativas a la eliminación o modificación del artículo 9, han sido una constante. Lo que ha cambiado a lo largo del tiempo son los argumentos que refrendan esta aspiración y las vías para materializarlo. Así, durante la postguerra inmendiata el criterio más sostenido por los revisionistas conservadores consistió en afirmar que la constitución fue impuesta por la ocupación estadounidense y no recogía, por tanto, la voluntad del pueblo japonés. Hoy, este punto de vista ha cedido terreno ante el juicio de que el artículo noveno no se ajusta a la realidad internacional de la post- Guerra Fría.

Ciertamente el mundo ha cambiado. La ausencia del antagonismo Este - Oeste (característico de los años sucesivos al fin de la II Guerra Mundial) lejos de eliminar rivalidades y confrontaciones ha estimulado el desarrollo de nuevos tipos de conflicto global y ha exacerbado amenazas como el terrorismo. Este hecho ha sido utilizado para justificar la obligatoriedad de realizar cambios que posibiliten a Japón una participación más activa en la defensa de la seguridad internacional. Simultáneamente se ha producido un cuestionamiento de la alianza entre Estados Unidos y el archipiélago así como del papel que este último debería asumir a tono con los nuevos tiempos . Un aspecto como este ha sido primordial toda vez que tradicionalmente se asumió como uno de los factores más relevantes –si no el principal– en el desarrollo la política exterior de la nación .

En ese sentido, los convenios de seguridad entre ambos países se redimensionaron y para 1996 La Declaración Conjunta Norteamericana - Japonesa sobre Seguridad ratificó la alianza nipo-norteamericana como piedra angular de la seguridad en el Asia-Pacífico insistiendo, al mismo tiempo, en el examen de las directrices de cooperación defensiva vigentes desde fines de la década del setenta . Apenas un año más tarde la declaración sería completada introduciendo criterios vinculados a las relaciones en tiempo de paz, las posibles respuestas a un ataque contra Japón y a las situaciones que pudieran afectar la paz y seguridad regional .

Estas y otras acciones emprendidas estuvieron aparejadas a cuestiones como la hegemonía estadounidense, el determinismo económico y geoestratégico del área asiática del Pacífico y la permanencia de la zona como importante foco de conflictos . Las claras limitaciones impuestas por el artículo 9 a la existencia o fortalecimiento de las fuerzas armadas japonesas así como al papel que las mismas podían cumplir a nivel internacional impulsaron la ofensiva conservadora que, desde la dirección del PLD, promovió la normalización del país para, a expensas de ella, desembarazarse de la dependencia estadounidense y bien funcionar como su aliado en la región o como un ente autónomo .

Con este propósito durante el gobierno del Primer Ministro Keizo Obushi se establecieron en la Dieta comités de investigación de la Constitución que completarían el análisis de todos los aspectos que serían necesarios revisar en la misma, incluyendo –por supuesto- el incómodo artículo 9. Ante las críticas recibidas por esta decisión la respuesta del premier japonés fue tajante: “(...) la Constitución no es un texto sagrado” .

Desde 1992 la Ley de Cooperación con las Operaciones de Mantenimiento de la Paz -emitida por la Organización de Naciones Unidas facilitó a las FAD la obtención de una mayor libertad de acción y una participación más activa en favor de la armonía internacional. Cuando tras el 11 de septiembre de 2001 nuevamente se fundamentó la necesidad de agilizar el proceso de revisión constitucional, enarbolando en esta ocasión la urgencia de luchar contra el terrorismo, se iniciaron paralelamente una serie de legislaciones que buscaban fijar el cometido de las Fuerzas de Auto-Defensa en las nuevas condiciones . Las mismas se realizaron a partir de reinterpretaciones de la constitución que evitaran cualquier sospecha de inconstitucionalidad .

En la práctica, las fuerzas japonesas quedaron en libertad de actuar en su propio territorio, en aguas internacionales y el espacio aéreo internacional y, de serles solicitado, dentro del espacio de terceros países . Las operaciones de este rango precisan la autorización de la Dieta antes de poder contribuir a las peticiones de Naciones Unidas así como las de otras organizaciones internacionales y deben, asimismo, ser ratificadas periódicamente.

A partir de este momento se ha producido desde la dirección gubernamental una ruptura cada vez más abierta con la política de apego al pacifismo constitucional sostenida durante la posguerra. El argumento de la pasividad japonesa en materia de seguridad y defensa, utilizado en 1991 para censurar la actitud oficial del gobierno durante la Guerra del Golfo , ha sido explotado por el conservadurismo político una y otra vez a fin de alcanzar respaldo a sus proyectos y acercarse a una reactivación de las fuerzas militares bajo el discurso de las necesidad de la defensa nacional y autodefensa colectiva .

El tránsito hacia una normalización militar llevó en enero de 2007 a la instauración del Ministerio de Defensa, elevando al rango de ministerio la antigua Agencia de Defensa (estructura administrativa que integraba las FAD). Como el resto de las carteras ministeriales se le otorgó a la entidad la posibilidad de convocar reuniones de Gabinete, proponer nuevas legislaciones y solicitar directamente presupuestos a la cartera de finanzas. Del mismo modo, las operaciones internacionales de paz y de apoyo logístico que hasta entonces eran reconocidas como actividades secundarias por el ejército japonés pasaron al nivel de “funciones principales" .

Abe Shinzo, por entonces Primer Ministro, llevó adelante la propuesta de un proyecto de ley para autorizar un referendo nacional que propiciara enmiendas constitucionales . Las altas y bajas de la política japonesa y la situación general del país no han permitido consolidar este proyecto pero esto no significa que el articulado pacifista esté libre de peligro. Este año la votación anual realizada por el Yomiuri arrojó que un 51. 6 % de los encuentados está a favor de una revisión mientras que los que se oponen a ella representan solamente un 36.5% de un 43.1% que habían constituido con anterioridad. Del mismo modo, si antes un 24% defendía la permanencia íntegra del artículo noveno ahora solo lo hace un 21% .

Debe señalarse que no obstante esta ofensiva y sus avances, la sociedad civil japonesa no ha permanecido al margen de la situación. En respuesta a ella desde mediados del 2004 se fundó la Asociación en Defensa del Artículo 9, haciendo un llamado a la opinión pública para evitar contrarrestar al revisionismo constitucional y garantizar así el futuro en paz del país. Los ecos de esta organización se han extendido por todo el país a través un sinfín de agrupaciones y asociaciones alcanzando incluso relevancia internacional .

También partidos de oposición al PLD y sus aliados han demostrado su inconformidad; especialmente el Partido Comunista Japonés que ha colocado la defensa de la constitución pacifista como una de sus tareas centrales . No obstante, aunque el pacifismo japonés ha articulado movimientos de respuesta a la ofensiva del conservadurismo, no parece ser suficiente.

Detrás de los cambios, qué?

Las condiciones generales que ha atravesado el mundo desde fines del siglo pasado han estado influido directamente en los acontecimientos presentados. Tal como se ha visto, el estado de las relaciones internacionales en la post Guerra Fría y la consecuente redefinición de la alianza nipo-norteamericana ha sido un factor de peso empleado por la dirección política conservadora para apoyar enmiendas a la constitución y al articulado pacifista.

A partir de este momento se ha buscado obtener libertad de acción en la política exterior rechazando las normas que garantizaron la seguridad y prosperidad en las décadas anteriores. Dicha situación, está mediada por la crisis del modelo de desarrollo japonés y el cuestionamiento del sistema de posguerra . La opción del cambio como una necesidad y garantía única de solución a los problemas ha sido ampliamente empleada por el revisionismo.

Muchos de los políticos japoneses, ante la incapacidad de resolver los problemas, han recurrido al nacionalismo como una vía de escape. Esto no sólo ha servido para desviar la atención general de las dificultades ya que ha funcionado como un vehículo efectivo para reforzar la urgencia de un Nuevo Japón, tema que por supuesto arrastra la cuestión del rearme y una participación más activa a nivel internacional.

Protagonistas de esta línea discursiva fueron primeros ministros como Koizumi Junichiro o Abe Shinzo. La reivindicación del pasado japonés y la idea de la normalización del país (entendida esta como la institucionalización de las fuerzas armadas y la derogación del artículo noveno) fueron muy debatidas durante sus mandatos acaparando la atención de los medios nacionales e internacionales y de la atención pública en general .

Lamentablemente estos no han sido hechos aislados. En noviembre de 2008 el entonces jefe de la Fuerza Aérea japonesa, el general Toshio Tamogami, fue removido de su cargo tras el enorme revuelo internacional que causó su ensayo Was Japan a aggressor nation . En dicho trabajo se aseguraba que Japón no desencadenó la II Guerra Mundial con sus acciones militares en Corea y China, y que el país tiene derecho ante todo derecho a defenderse de las amenazas exteriores.

De hecho, otra imagen altamente explotada ha sido la de un Japón “desvalido y expuesto” frente a amenazas como Corea del Norte y su política nuclear. La adquisición de armas de mayor poder ofensivo y el desarrollo de un programa de defensa antimisiles son algunas de las soluciones que han propuesto los círculos conservadores justificando que esas medidas están orientadas a garantizar una defensa efectiva .

Ciertamente estas actitudes no han favorecido mucho la percepción regional que se tiene del país. En aquellas naciones que fueron víctimas de las incursiones militares durante la guerra se mantienen las reservas acerca del papel de Japón en el mantenimiento de la paz y la seguridad regional e internacional. El clima de tensiones generado durante la administración de Koizumi debido a sus frecuentes visitas a Yasukuni o las reiteradas reclamaciones de una disculpa formal por las acciones cometidas durante los años del militarismo son solo algunas de las manifestaciones más visibles de una desconfianza profunda y de una herida que permanece abierta en la memoria histórica del continente .

CONCLUSIONES

Haciendo un balance general de las proyecciones de la dirección nacional-conservadora japonesa, se puede observar que desde los años noventa se inició una remodelación de los enfoques asumidos a inicios de la posguerra y se trabajó intensivamente en construir y materializar una nueva imagen del país. En esa dirección se introdujo el propósito de incrementar el liderazgo y la representatividad regional e internacional, apuntalando la participación económica pero sobre todo buscando aumentar la intervención directa en la toma de decisiones diplomáticas, de defensa y seguridad.

Por supuesto, el logro de este objetivo contradice abiertamente el espíritu y la letra de la constitución pacifista. De ahí que, en el rechazo a la clásica representación de Japón como “gigante económico y enano político”, se haya acrecentado el movimiento de revisión. La reinterpretación del articulado en base al derecho de autodefensa, el desarrollo de estrategias que gradualmente y a largo plazo conduzcan a la modificación y, por último, la proclamación de nuevas leyes al margen de la carta magna, han sido vías fundamentales para aproximarse a este propósito.

La posición de Japón en el contexto global, la que tiene o la que según el conservadurismo debería tener, han sido exacerbadas por esta línea gubernamental con la intención de socavar la actitud reacia del ciudadano japonés hacia un cambio constitucional. De alguna manera se recogen los frutos de esta “campaña” al extenderse cada vez más los debates acerca de la obligatoriedad o no de la reforma y la objetividad de la normalización, definida aquí como el único modo de ocupar una posición justa en la comunidad internacional.

La Constitución de 1947 está basada en un ideal de paz y se le ha visto como un documento que transmite ese mensaje al mundo. Aún cuando muchos japoneses puedan estar de acuerdo con un cambio constitucional, no todos los que lo apoyan desean derogar la cláusula pacifista. La mayor limitación al revisionismo sigue estando en la propia sociedad japonesa; de la capacidad de reaccionar ante el movimiento de revisión constitucional utilizado por el conservadurismo como una justificación de sus creencias políticas dependerá el futuro y supervivencia del pacifismo constitucional japonés.

Hoy por hoy la reciente ascensión de Hatoyama Yukio (Partido Democrático) no refleja únicamente el fracaso de la administración del Partido Liberal Demócrata y el descontento generalizado del electorado nipón debido a la crisis. Representa, también, la posibilidad de interrumpir la carrera hacia el militarismo, el rearme y el fortalecimiento de las relaciones con los Estados Unidos; es, en definitiva una oportunidad de reafirmar los ideales pacifistas de la constitución.
 


Para citar este artículo puede utilizar el siguiente formato:

Jimenez Rojas, Y.:  “El pacifismo constitucional japonés y la ofensiva nacional-conservadora" en Observatorio de la Economía y la Sociedad del Japón, septiembre 2009. Texto completo en http://www.eumed.net/rev/japon/

 

 

 

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