Revista: Caribeña de Ciencias Sociales
ISSN: 2254-7630


CONTROL SOCIAL FORMAL EN LA PREVENCIÓN DEL DELITO CONTRA LA VIDA

Autores e infomación del artículo

Lilian Lorente Ocaña*

Deneisi Rodríguez Cardona**

Yiriannis Rodríguez Peña***

Universidad de Guantánamo, Cuba

Correo: lilianlo@cug.co.cu


Resumen:
En los últimos años se ha experimentado en la provincia de Guantánamo un incremento de la comisión del delito contra la vida evidenciándose una mayor incidencia en las comunidades; escenario importante para el desarrollo histórico de nuestra nación, como factor estratégico y elemento táctico de nuestro proyecto social.
En tal sentido, el presente trabajo tiene como objetivo: valorar la relación que existe entre el papel preventivo de las agencias socializadoras formales en el incremento del delito contra la vida para elaborar un conjunto de recomendaciones que contribuyan a disminuir la problemática.
Se concluye que la insuficiente labor preventiva de las agencias socializadoras formales influye de manera directa en el incremento del delito contra la vida.
Palabras Claves: agencias del control social formal-delito-prevención social-conducta desviada.
Summary:
Of late years an increment has been  experienced at Guantánamo's province of give them the crime becoming evident a bigger incidence in the communities; important scene for the historic development of our nation , like strategic factor and tactical element of our social project.
In such sense , the present work has like objective:  Appraising the existing relation between agencies' preventive paper reliable socializadoras in the increment of the crime to elaborate a set of recommendations that they contribute to decrease the problems.
One comes to an end than agencies' insufficient preventive work the reliable socializadoras influence of direct way the increment of the crime.
Key words: You procure of the social formal control crime social prevention deviated conduct.

Para citar este artículo puede utilizar el siguiente formato:

Lilian Lorente Ocaña, Deneisi Rodríguez Cardona y Yiriannis Rodríguez Peña (2020): “Control social formal en la prevención del delito contra la vida”, Revista Caribeña de Ciencias Sociales (febrero 2020). En línea:
https://www.eumed.net/rev/caribe/2020/02/prevencion-delito-vida.html
http://hdl.handle.net/20.500.11763/caribe2002prevencion-delito-vida


Introducción
El fenómeno criminal ha venido cambiando en la medida en  que el mundo ha venido evolucionando. La tendencia al crecimiento del delito a escala mundial es una característica  de los inicios del siglo XXI.
El estudio de la comisión de delitos por lo general ha estado enmarcado dentro de las investigaciones de las conductas desviadas. Su abordaje teórico, metodológico y práctico ha sido tratado desde diferentes perspectivas científicas, como un objeto de estudio complejo por su carácter dinámico, histórico y cultural. Ocupándose de su tratamiento las ciencias sociológicas, psicológicas, jurídicas, entre otras.
Desde la perspectiva sociológica se le ha otorgado importancia debido a su tendencia al crecimiento.
Nuestro país consta de una política de prevención que se encuentra  avalada y fundamentada desde el punto de vista ideológico por los propios principios éticos de nuestra revolución traducida en el diseño y desarrollo de políticas sociales concretas. No obstante la prevención requiere de una regulación jurídica que en Cuba se deriva en primera instancia de la Constitución de la República, donde se refleja la promoción por el estado cubano de la formación integral de los ciudadanos.
Las normas jurídicas establecen y organizan el sistema de prevención desde el punto de vista funcional y estructural regulando las vías, medios y métodos preventivos que estipulan los derechos y obligaciones de los sujetos preventivos.
El municipio de Guantánamo ha venido experimentando en los últimos años una tendencia al crecimiento en cuanto a la comisión del delito contra la vida evidenciándose una mayor incidencia en las comunidades; escenario importante para el desarrollo. 
Los delitos contra la vida constituyen uno de los delitos de mayor flagelo para las sociedades, fundamentalmente porque afectan directamente la integridad de las personas.
El papel de las agencias socializadoras formales en la prevención del delito contra la vida es un tema poco tratado por la ciencia detectándose dificultades en su accionar.  
Por ello, es importante conocer las formas organizativas de las prácticas preventivas de  estas instancias formales así como su interacción con los factores socializadores informales de la comunidad. Con el fin de proponer un sistema de recomendaciones que contribuyan a disminuir las  dificultades existentes en esta dirección.

  • BREVE EVOLUCIÓN  HISTÓRICA Y TEÓRICA DE LA PREVENCIÓN DEL DELITO COMO CONDUCTA DESVIADA. 

La vida social humana está gobernada por normas o reglas. Nuestras actividades desembocarían en un caos si no nos ajustáramos a reglas que definen ciertos tipos de comportamientos como apropiados en determinados contextos, y otros como inapropiados. Por lo que abordaremos el delito como una conducta desviada desde una perspectiva sociológica.
Desde hace muchos años, los problemas de la conducta humana que se desvía de las exigencias sociales ha sido objeto de estudio por científicos de diferentes especialidades, unos han puesto mayor énfasis en la conducta delictiva, es decir, aquella que se aparta del cumplimiento de las normas legales; otras han centrado su atención en la inadaptación del hombre a situaciones conflictivas y terceros han abarcado un espectro amplio que incluye los dos primeros.
El término "desviado" surge,  precisamente en Estados Unidos donde los criminólogos tenían una formación sociológica y un claro interés por abarcar como su objeto de estudio una diversidad de fenómenos y de parámetros hasta ahora no asociados al comportamiento  delictivo.
El término "desviado" resulta mucho más amplio y dúctil que el término "delincuente"; aunque el mismo siempre aparece asociado a    un criterio normativo:

  • conducta que se separa de la media de los comportamientos  estandarizados.
  • conducta que contradice o viola una norma social.
  • conducta así calificada por los demás (reacción social).

La adhesión al término desviado también ha sido criticado, puesto que se le señala su implicación devaluadora, en tanto significa un  acuerdo con juicios de valor dominantes en la sociedad, es decir a  su ideología y a sus normas.
Esta sin dudas resulta la crítica consecuente de los teóricos de la reacción social, que pretenden no reconocer la necesidad de un orden social para la vida humana, cuyas formas de expresión son diversas; pero una esencial es la existencia de normas que garantice el respeto al "otro"; por lo que la Psicología social define a la conducta desviada como: toda violación de las normas sociales, desde las simples normas de convivencia social, hasta las normas del derecho y la moral, que son las más importantes en toda sociedad, relacionándola con los elementos económicos, sociales y políticos conectados con la  formación económico social.
La conducta desviada como expresión de la subjetividad individual, se encuentra determinada por las particularidades que asume la relación del individuo en los diferentes grupos humanos,  en su historia y en la contemporaneidad y que resulta a su vez un     reflejo del macro-medio social que se conforma a partir de una  realidad económica, social y política que caracteriza una determinada etapa; es parte indiscutible del contenido definido     como objeto de estudio de la psicología social.
Señala además que la sociedad no puede existir sin orientar y coordinar el comportamiento de sus miembros, sin ordenar las relaciones entre ellos. Esto significa que el individuo no puede estar al margen del orden establecido en la sociedad.
En este sentido se explica que la conducta desviada, como toda conducta humana, antes de expresarse es decidida por el hombre y esta decisión es resultado de la percepción individual de la realidad contextual con que se vincula; percepción que a su vez está mediatizada por la subjetividad individual, configurada por toda la historia vincular del individuo, en la que ha estado expresada la influencia social mediatizada por la subjetividad de los grupos e instituciones en los que ha estado insertado a lo largo de su vida: familia, escuela, grupos informales, comunidades, institución laboral, medios de comunicación masiva, etc.
Desde la Criminología se abordan los factores explicativos de la conducta desviada y la conducta delictiva (robo, homicidio, daño, etc.). Entendida esta como aquel comportamiento de uno de los miembros de una sociedad, que se aleja de los estándares habituales de conducta. También puede ser definida como aquella acción que se comete y no es aceptada por la sociedad o es mal vista, pero la ley no marca como delito o conducta que deba sancionarse.
Desde la perspectiva sociológica la conducta desviada ha tenido sus antecedentes que parten desde la concepción de Emile Durkheim de anomia al igual que Robert Merton que lo utilizó para referirse a la tensión a la que se ven expuestos los individuos cuando las normas aceptadas entran en conflicto con la realidad social, entre otros autores que le dan una explicación desde diferentes puntos de vista al fenómeno de la conducta desviada.
Asociado al concepto anterior se define que el delito es un una acción típica, anti jurídica, imputable, culpable, sometida a una sanción penal. Supone una conducta infraccional del Derecho penal, es decir, una acción u omisión tipificada y penada por la ley; en sentido legal, los códigos penales y la doctrina definen al "delito" como toda aquella conducta (acción u omisión) contraria al ordenamiento jurídico del país donde se produce, es aquel comportamiento o acción, de un individuo o varios, que omite las normas propuestas por la ley; por lo que delito contra la vida o la integridad corporal es  la acción de lesionar o matar a una persona o la tentativa o peligro de estos resultados, los que por definición tienen como objeto de esas acciones a una persona viva. Dentro de los que se destaca asesinato, lesiones, robo con violencia, amenaza entre otros.
Para entender de forma más adecuada los procesos de desviación es preciso entender el concepto de regulación social del comportamiento, es decir, del control social.
Los grupos, en una u otra medida, ejercen una censura de conducta, un control del comportamiento individual que se ve influido por factores como: la naturaleza configurativa del grupo, el contingente humano que lo conforma, la estructuración de los canales de comunicación, el nivel de cohesión o conflictividad interna, el grado de informalidad e institucionalización de los roles sociales, las subdivisiones internas del grupo.
El control social hace referencia a los medios y métodos empleados por los grupos sociales para conseguir que el comportamiento de sus miembros se ajuste a la forma esperada.
Además está relacionado con conceptos tales como normas, roles, instituciones sociales y el estatus donde se considera, que este se ejerce cuando hay un alto grado de conformidad con las normas establecidas ayudando al funcionamiento de las instituciones sociales reforzada y asegurada bajo el papel de una serie de agencias adicionales de dominación y control de unos hombres sobre otros.
En este proceso cobra especial relevancia el papel de los agentes informales y formales de control social.
La ciencia criminológica hace referencia y define: las agencias informales son como por ejemplo, la familia, la escuela, la profesión entre otras y están las agencias formales del control social que son: la policía, los fiscales, los jueces, los procuradores, sistemas penitenciarios; quienes actúan usando un conjunto de normas: Código Penal, Código Procesal Penal, Código de Procedimientos Penales, Código de Ejecución Penal, etc., que se relacionan en un complejo dinámico de funciones  cuyas sanciones a diferencia de las del control social informal nunca son neutras sino negativas y estigmatizantes, encontrándose por este motivo, sometidas a normas que tratan de asegurarle objetividad y respeto de las garantías de las personas involucradas en el conflicto social.
Estas agencias formales e informales que intervienen en la prevención social no son más que estructuras que tienen mecanismos educativos para generar estímulos, ofrecer normas para regular la conducta social y generar actitudes positivas.
El control social formal también es el establecimiento de procedimientos públicos y la delegación en ciertas instituciones para lograrlo, le es inherente asimismo cierto grado de formalización, la cual cumple importantes funciones; selecciona, delimita y estructura las posibilidades de acción de las personas implicadas en el conflicto, orientándolas. Dentro de esta instancia, se encuentran aquellos organismos que regulados mediante una disposición legal, se encargan de regular sus funciones y objetivos, encaminados principalmente a aportar una vía para lograr el orden social que ha sido quebrantado, dentro de los que se destacan la Fiscalía, los Tribunales y la PNR.
La comisión del delito contra la vida es un fenómeno contrario al desarrollo, al progreso y la consecución de una vida mejor en sociedad, que socava el orden social imperante. Estas conductas desviadas no surgen por espontaneidad, por lo general están asociadas a la falta de control, por lo que constituyen una forma de desestabilización del equilibrio social ya que impiden que la sociedad funcione adecuadamente acorde a las normas, valores y pautas de comportamiento establecidas.
La Sociología es una ciencia que cuenta con un conjunto de concepciones teóricas que posibilitan desde diferentes paradigmas, la interpretación y comprensión de estos procesos sociales, donde intervienen aspectos macro-micro y objetivos-subjetivos en la relación dialéctica individuo-sociedad.
Desde el punto de vista macro-objetivo resulta interesante la categoría de Hecho Social del sociólogo (Durkheim, 1972, p. 29) el que lo define como: “…maneras de obrar, sentir y pensar, objetiva y externa, que existe fuera e independientemente de la conciencia del hombre y que ejerce una función coercitiva sobre él”. En este sentido estamos hablando de agencias o instancias sociales formales que partiendo de su función social se encargan de ejercer coerción hacia el individuo mediante mecanismos legales que contribuyen a mantener un orden social.
Nuestra sociedad está formada por un conjunto de instituciones sociales que se encargan de mantener el orden social y la estabilidad del sistema, además de hacer cumplir las leyes establecidas, dentro de las cuales se encuentran las agencias socializadoras del control social formal; estas tienen un conjunto de funciones que van encaminadas hacia la prevención social y la educación de los individuos a través de patrones legales, que designan cuales son las conductas adecuadas o las acciones que cada individuo debe tener frente a la sociedad, partiendo de las diferentes estrategias preventivas que definen cuales son los roles que deben desempeñar los individuos en el marco de sus relaciones sociales.
A pesar del esfuerzo que realizan estas agencias, nuestra realidad muestra que dentro del funcionamiento de estas instituciones existen fisuras, como falta de coordinación, sistematicidad en las acciones que desarrollan para prevenir esos fenómenos sociales negativos. Estos elementos provocan en el marco comunitario desequilibrio social, conflictos, marginación, por lo que se necesita de parte de estas agencias formales mayor esfuerzo, preparación e integración  con los mismos miembros de las comunidades para ayudar a la disminución de estas conductas.
Desde esta perspectiva científica consideramos también válidos los puntos de vista teóricos del sociólogo Talcott Parsons, quien precisa:
…para que un sistema funcione, debe existir una correspondencia funcional entre las partes que la integran, y por tanto, una interdependencia, pues el funcionamiento de las partes contribuye al equilibrio del sistema, la configuración de la estructura afecta a los demás y al sistema como un todo, lo que trae como consecuencia el desequilibrio del mismo (Parsons, 1996, p.27).
En tal sentido las estrategias preventivas en el contexto comunitario requieren de un trabajo coordinado y sistemático por parte de estas agencias formales, teniendo en cuenta aquellos factores comunitarios que también integran el sistema de prevención social a ese nivel en nuestro país, logrando así la unificación de las acciones de enfrentamiento con calidad, ante la comisión de este tipo de delito.
En este aspecto son elementos esenciales en el funcionamiento del sistema preventivo, el proceso de Socialización y Control Social, a desarrollar como parte de las estrategias preventivas comunitarias en esta dirección, dado que, según (Parsons, 1996, p.49), la socialización es “…una experiencia que dura toda la vida. Como las normas y los valores inculcados durante la infancia.”, considerando de la misma manera que el Control Social, lo constituyen “…todos los medios de mantener a los individuos en la acción típicamente esperada y aprobada dentro del sistema social.”
Por lo tanto “La socialización y el control social constituyen los principales mecanismos que permiten al sistema social mantener el equilibrio.” (Parsons, 1996, p.51), lo cual resulta válido para el trabajo de prevención social en las comunidades guantanameras.
Visto de esta forma, los sujetos del sistema preventivo en Cuba integrado en lo fundamental por instituciones como: Educación, Salud, Inder, Cultura y el Minint, entre otras, así como las organizaciones políticas y de masas: PCC, UJC, CDR y FMC, tienen su proyección más acabada hacia el perfeccionamiento de estos dos procesos, con el desarrollo de acciones que tributen a esta labor con un tratamiento diferenciado en el nivel individual, grupal y comunitario, en función de lograr que lo establecido para mantener el orden social se encuentre internalizado por los individuos, donde se cumpla con lo estipulado y se desarrollen iniciativas propias, atendiendo a las características específicas de cada espacio, donde estos deben convertirse en objeto y sujeto de su propia transformación.

  • EL SISTEMA DE PREVENCIÓN SOCIAL EN LA NACIÓN CUBANA.

Cuba, al igual que los restantes países de América Latina, sufrió  el proceso de conquista y colonización trayendo como consecuencia final del mismo la extinción de la población aborigen de la Isla y con ello las señales de lo que pudiera haber significado una explicación acerca de las conductas que constituían violaciones de las normas de convivencia en comunidad.
Las primeras preocupaciones sobre los temas vinculados a la criminología aparecen en nuestro país en el siglo XVIII y con fiel exponente es el caso de Félix Varela Morales (1787-1953), quien en su obra “Cartas a Elpidio” (1835-1838) va descomponiendo el tema general en cuestiones particulares y analiza las causas del mismo, reduciéndolas a dos grupos: unas en el ser humano y otras en el fruto del entendimiento de la sociedad.
Otras personalidades de la historia que se ocuparon del tema fueron José Antonio Saco López (1797-1879), Felipe Poey (1799-1891) antropólogo cubano, José Martí (1853-1895), Fidel Castro en la Historia me Absolverá donde expuso los males de la Seudorrepública y denunció a los Tribunales de Justicia como órganos represivos que solo se limitaban a sancionar respondiendo a los intereses de la burguesía sin una proyección sobre la reeducación social del delincuente, entre otros que se encargaron de desarrollar trabajos relacionados con la criminología.
En nuestro país antes del triunfo de la revolución había un elevado índice de delincuencia debido al sistema social que imperaba en esos momentos. Estos hechos delictivos eran más de 10000 anuales y las modalidades de los delitos contra la propiedad conjuntamente con los delitos contra la integridad personal alcanzaban el 60% de los hechos delictivos conocidos.
Esta etapa se caracterizó por tener una policía eminentemente represiva que empleaba el garrote, la detención, la tortura y la muerte al servicio de los politiqueros de turno; la influencia norteamericana se percibía en los estilos, medios, equipos y las estructuras para el desempeño de su labor.
Cuando triunfa la revolución en virtud de su programa político se dio a la tarea del desmantelamiento del aparato estatal del sistema capitalista; creándose las  premisas políticas y sociales para un trabajo orientado de  prevención social y dentro de ella, la atención priorizada a niños y jóvenes con problemas de conducta, creando las condiciones para reeducarlos con el objetivo de convertirlos en  ciudadanos útiles para la nueva sociedad.  Importancia decisiva para el trabajo de prevención tuvieron las Leyes 457 y 459, orientadas a los menores detenidos y para aquellos que practicaban la mendicidad.
Se crearon instituciones que se encargaran de la prevención y enfrentamiento del delito. Poniendo en vigor el 27 de febrero de 1959, la Ley 111 que creaba el Ministerio de Bienestar Social que tendría a su cargo el estudio, atención y orientación de esta actividad, posteriormente al desintegrarse pasa a ser atendida por los órganos del Poder Local a través del Departamento de servicio social.
En el año 1961 se creó el Ministerio del Interior el cual continuó los trabajos iniciados por el Ministerio de Bienestar Social en el campo de prevención y reeducación social. A mediados de la década de los 60 el trabajo de prevención ya se desarrollaba en un contexto mucho más amplio, con la participación masiva de la población a través de las organizaciones de masas.
En 1967 se constituyeron las Comisiones de Prevención de la Delincuencia de Menores y en ese propio año se funde con la de Prevención Social en una sola comisión dirigida por el Partido.
Posteriormente y de manera sistemática se han elaborado y perfeccionado  las normativas que rigen esta labor, así como se han estrechado las relaciones de cooperación con los demás organismos estatales, organizaciones políticas y sociales que participan en esta tarea.
El 29 de agosto de 1986 se dictó el Decreto Ley 95, que regula y precisa el funcionamiento de las Comisiones de Prevención  Social en el país.
En 1990 en La Habana se celebró el Octavo Congreso sobre prevención del delito y el tratamiento de la delincuencia donde dentro de otras cuestiones se examinaron el desarrollo de la prevención basada en la comunidad y las medidas sustitutivas de la reclusión, además de que se recomendó a la Asamblea General que aprobara más instrumentos internacionales que todos los congresos anteriores juntos.
La labor de prevención social continuó profundizándose durante todos estos años, en consonancia con la directiva trazada por el Partido y el Estado. A esos efectos, el MININT, conjuntamente con los organismos interesados en la actividad de prevención social, ha venido coordinando sus planes para asegurar una  nueva gestión en la lucha contra los delitos.
Del mismo modo se hace una caracterización general del sistema señalando su vinculación en la estructura sociopolítica de las  comunidades cubanas y su interrelacionan con los organismos y organizaciones que denominamos factores sociales,  que tienen entre sus fines lograr el funcionamiento adecuado de las mismas.
Entre estos factores, se destacan los Órganos del Poder Popular  (Circunscripción y Consejo Popular), los CDR, la FMC, el PCC,  la UJC, la Asociación de Combatientes, las Instituciones Culturales, la familia, la escuela, los médicos de familia y la Organización de Pioneros, ya que son considerados como agentes activos del proceso de prevención social en la medida que asumen determinados objetivos que se traza la sociedad y se identifican, colaboran y apoyan las tareas que en un momento determinado se trazan las instituciones oficiales de la prevención social.
Se puede señalar que el sistema de prevención social en Cuba tuvo sus antecedentes en la concepción de asistencia social primaria, limitados por las relaciones sociales predominantes, para las cuales no era vital el desarrollo de una sociedad moralmente sana. Después del triunfo revolucionario se tomaron una serie de medidas y se dictaron un conjunto de disposiciones legales que contribuyeron a establecer un sistema coherente de control social. Sin embargo, no siempre los objetivos del sistema de prevención social se cumplen a cabalidad.
Hay que señalar que la situación de la provincia de Guantánamo no difiere de la del país en materia de prevención social. Sin embargo una particularidad notoria en esta provincia era la represión policial  que en ocasiones se hacía brutal y despiadada, pues esta actividad no tenía por objeto estudiar las causas que engendraban la delincuencia, ni mucho menos darle solución  a los problemas sociales que la generaban.
Al  igual que en el resto del país al triunfar la Revolución en Guantánamo se tomaron medidas para prevenir la delincuencia principalmente la juvenil, por lo que las funciones de las agencias socializadoras del control social formal cambiaron para ser más preventivas y trabajar en la disminución de este fenómeno.
Los delitos contra la vida como problema social está dado por contradicciones sociales debido a consecuencias de determinados fenómenos: pérdida de valores en la conducta social de los individuos, deformaciones en el modo de vida, influencia de grupos, problemas socioeconómicos, la funcionabilidad de la familia como primera agencia socializadora del control social informal que contribuye a la educación y adaptación del individuo a la vida social y la propia comunidad como entorno donde el ser social interactúa y desarrolla capacidades y habilidades en función de sus necesidades más básicas.

  • PRINCIPALES RESULTADOS DE LA INVESTIGACIÓN.

El control social formal es una categoría que aparece como un importante componente de la estructura social, donde intervienen un conjunto de agentes que hacen posible la prevención del delito contra  la vida como uno de los tantos problemas sociales que encontramos en la sociedad;
En la investigación realizada, se pudo constatar que entre las principales deficiencias detectadas por parte de estas instancias formales y de mayor incidencia son:

  • Falta de coordinación  para elaborar un plan conjunto de acciones preventivas.
  • Ausencia de un trabajo de orientación social sistemático.
  • Falta de calidad y preparación de las  actividades preventivas a desarrollar en la comunidad.
  • Falta de integración entre las instancias formales para el ejercicio de la prevención social con los factores fundamentales de la comunidad.
  • Falta de evaluación y control de las actividades que se realizan en la comunidad, por parte de las agencias formales del control social.
  • Falta de motivación y percepción del riesgo por parte de los factores de la comunidad.
  • Falta de preparación tanto de los representantes directos de las agencias de control social formal así como de los factores de la comunidad.

Estos fenómenos tienen su proyección más acabada en la comunidad como bien se ha mostrado, siendo ésta, el nivel dentro del sistema preventivo, que debe enfrentar de una manera más directa y con mayor frecuencia aquellas manifestaciones conductuales que no se corresponden con el modo de vida, establecido por la colectividad.
La actividad de prevención social supone, asimismo, ajustar las múltiples relaciones sociales que surgen en el intercambio sujeto-objeto, en las diferentes esferas de actuación, apoyándose en el funcionamiento de los correspondientes sujetos del sistema, que deben contribuir a la manutención del orden establecido.
No por esto podemos dejar de mencionar los esfuerzos, la labor realizada y los logros alcanzados por la Revolución cubana en materia de Prevención Social.
El vínculo indisoluble entre la sociología y la política social, pondera la  necesidad real de profundizar y diseñar acciones que se lleve a cabo y se extienda a todos los agentes socializadores del control social formal para así ayudar en la disminución del delito contra la vida.

CONCLUSIONES
La conducta desviada, como toda conducta humana, antes de expresarse es decidida por el hombre y esta decisión es resultado de la percepción individual de la realidad contextual con que se vincula. La conducta desvíada requiere de un análisis dialéctico y por tanto de un abordaje transdisciplinario.
La comisión de delito como conducta desviada, desde su surgimiento y evolución atendiendo a sus formas de manifestarse y tipologías ha sido un fenómeno de gran preocupación para toda sociedad ya que en su conjunto provoca desequilibrio social, por lo que la prevención social se debe representar como un sistema de gestión, que sintetiza la totalidad de acciones y medidas realizadas a fin de formar hábitos de conducta adecuados, tanto en el orden personal como en el social, que garanticen el cumplimiento de las normas legales y morales de convivencia, donde el papel de las agencias socializadoras del control social formal tienen un papel primordial en la prevención de este tipo de conductas desviadas.

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*Licenciada en Sociología. Universidad de Guantánamo, Cuba lilianlo@cug.co.cu
** Licenciada en Sociología. Universidad de Guantánamo, Cuba deneisi@cug.co.cu
*** Licenciada en Sociología. Universidad de Guantánamo, Cuba yiriannis@cug.co.cu


Recibido: 22/10/2019 Aceptado: 18/02/2020 Publicado: Febrero de 2020


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