Revista: Caribeña de Ciencias Sociales
ISSN: 2254-7630


UNA OLIGARQUÍA CRIOLLA EN CUBA COLONIAL: EL CABILDO DE SAN SALVADOR DE BAYAMO EN EL SIGLO XVIII

Autores e infomación del artículo

Gerardo Licea Bello*

Universidad de Granma. Cuba

Correo: gliceab@udg.co.cu.


RESUMEN
El Cabildo bayamés fue, a lo largo de toda la etapa colonial, uno de los que más sobresalió en la defensa de los intereses locales criollos frente a la política centralizadora de la metrópoli y las autoridades coloniales, pero no se podría encontrar nada más alejado de la democracia que la estructura y funcionamiento de este órgano del poder local. Desde finales del siglo XVI los cargos de regidor, sacados a pública subasta para satisfacer las necesidades financieras de la Monarquía, fueron acaparados por las principales familias de la localidad, que se perpetuaron en los mismos a través del sistema de renunciaciones, lo que permitió que este cargo se convirtiese en una especie de título nobiliario, que podía ser trasmitido en herencia. Dado que los regidores elegían a los restantes miembros del Cabildo: Alcaldes Ordinarios y Síndico procurador general, se comprenderá que tenían en sus manos un poder considerable. Aunque en 1751 el Cabildo bayamés sufrió un duro golpe, con el establecimiento en la villa de un Teniente de Gobernador nombrado por el Capitán General, eso no representó el fin de su preeminencia social y de su autoridad política. Un análisis de la integración del Cabildo bayamés nos permitirá discernir las familias e individuos que integraban esta “oligarquía concejil” en el transcurso del siglo XVIII, sus mecanismos de perpetuación en el poder y movilidad social, y acercarnos a los principales conflictos inter-oligárquicos del  período.
Palabras clave: Bayamo, Cabildo, oligarquía,  regidores.

Para citar este artículo puede utilizar el siguiente formato:

Gerardo Licea Bello (2020): “Una oligarquía criolla en Cuba colonial: el cabildo de San Salvador de Bayamo en el siglo XVIII”, Revista Caribeña de Ciencias Sociales (febrero 2020). En línea:
https://www.eumed.net/rev/caribe/2020/02/oligarquia-criolla-cuba.html
http://hdl.handle.net/20.500.11763/caribe2002oligarquia-criolla-cuba


La villa de San Salvador de Bayamo fue, junto a La Habana, la única localidad de la Isla que durante el período de aguda contracción demográfica y socioeconómica que comenzó a mediados del siglo XVI no se vio reducida a una simple aldea. No resulta extraño que, cuando en 1595 la Audiencia de Santo Domingo decidió implementar de forma sistemática la venta de oficios concejiles en la Isla de Cuba, en cumplimiento de la Real Cédula despachada por Felipe II en 1591, comisionando al efecto al capitán Francisco Varona Saravia, fuera precisamente Bayamo el lugar donde se realizaron las enajenaciones más jugosas para la Real Hacienda, de tal modo que en cuestión de pocos meses quedaron vendidas ocho regidurías, de ellas dos con oficios anexos: el regidor alférez real y el regidor alguacil mayor. En las primeras décadas del siglo XVII se crearon nuevas regidurías para ser vendidas, y desde 1628 la villa contó con 10 regidores1
Fue durante las dos últimas décadas del siglo XVII que la oligarquía bayamesa consolidó sus privilegios frente a las pretensiones de los gobernadores de Santiago de Cuba. Si bien en la primera mitad del siglo XVII había sido práctica común que los gobernadores departamentales nombraran tenientes de gobernador para la Villa, y en ocasiones los propios gobernadores decidieron residir en Bayamo, dejando un teniente de gobernador en Santiago de Cuba, ambas prácticas fueron abandonadas antes de mediar el siglo. Cuando en 1673 el gobernador Andrés Magaña intentó retomarla, nombrando al capitán Rodrigo Díez Peralta, con el fin de supervisar las elecciones concejiles, recibió la oposición cerrada de las autoridades locales, que obtuvieron una real Cédula en su favor2 . Diez años más tarde, un nuevo gobernador departamental intentó imponer nuevamente un teniente gobernador, en la persona del cap. Andrés de Cisneros Estrada, y el cabildo “acordó no recibirlo por no ser letrado ni despachado por el Rey, cuyo acuerdo sostuvieron los vocales apelando del auto conminatorio del enunciado gobernador de Cuba, recibiéndolo por último a consecuencia de resolución de la Real Audiencia de Santo Domingo, y aunque ocurrieron a S.M mandó el Supremo Consejo de Indias cumplir la determinación de la Audiencia, pero con prevención de que no se proveyera otro en lo sucesivo” 3 .  Pero notables irregularidades ocurridas a principios de 1692 4 dieron pretexto a intentar una vez más el establecimiento  de un teniente gobernador.  Aunque en este caso no se trataba de funcionario foráneo, sino de un miembro de la oligarquía bayamesa, el nombramiento tampoco fue bien recibido. En 1693 el alcalde ordinario Santiago Odoardo pedía al Rey a nombre de los bayamesas, que “los gobernadores no nos molesten con pechos, ni menos los llamen a dicha ciudad por ningún pretexto por molestarlos...ni les inquieten en el pacífico gobierno de que gozan y han gozado en la obediencia de los alcaldes5 . Esta vez sus peticiones fueron atendidas al pie de la letra. Por Real Cédula de 7 de noviembre de 1693 el Rey ordenó:

  1. “que sin grabe causa y urgentissima necesidad no llameis a essa ciudad [Santiago de Cuba] a ninguno de los vecinos del Bayamo si no fuese en ocasión presissa de guerra”
  2. “que una de las varas de alcaldes ordinarios recaiga siempre en los rexidores y otra en los vecinos”
  3. “que la provisión de todos los abastos corra por la misma Villa sin que voz ni vuestros subsesores tengan en esto más interbención que la de aprobarlos”6

Este documento se convirtió en la bula dorada de la oligarquía bayamesa, que no se cansaría de alegarla en los más disímiles momentos y por las causas más diversas. Las contradicciones con las autoridades departamentales continuaron, pero ahora los bayameses contaban con una baza a su favor, suficiente como para evitar, en la mayoría de los casos ser detenidos o juzgados por cualquier infracción o delito cometido. En 1712 se produjo un hecho trágico, cuando el gobernador Luis Sañudo de Anaya exigió al regidor alférez real y alcalde ordinario Pedro de Aguilar remitir dos reos bayameses a Santiago de Cuba, el alcalde se negó, ateniéndose al contenido de la Real Cédula en cuestión. El gobernador, quizá no muy al tanto de cuestiones legales, y poco familiarizado con el territorio y las gentes bajo su mando, se trasladó a Bayamo, dónde ofendió y maltrató al alcalde, que en un acto impulsivo echó mano a su espada y lo hirió mortalmente, falleciendo al día siguiente (19 de mayo de 1712).7 A consecuencia de estos hechos el oidor de la Audiencia de Santo Domingo Tomás Hernández Pérez, designado para instruir y fallar la causa judicial, abolió el oficio de regidor Alférez Real, demolió la casa de Aguilar y sembró de sal el solar, y condenó varias personas a diversas penas. Pero Aguilar no pudo ser aprehendido; según la versión oficial huyó a Jamaica, pero de acuerdo a una  tradición recogida por el historiador holguinero Diego de Ávila y Delmonte, se refugió en el hato de Uñas, en la parte norte de la jurisdicción 8.
Comparada la evolución de Bayamo con la de otras localidades de la Isla resulta evidente que en esta Jurisdicción se consolidó tempraidnte una oligarquía terrateniente que permanecería en sus posiciones de privilegio por un período excepcionalmente largo, lo que se hace evidente al comparar los apellidos de los integrantes del cabildo bayamés en los siglos XVII y XVIII y en la primera mitad del siglo XIX, o mejor aún, cuando se va más allá del apellido y se reconstruye el árbol genealógico de los regidores perpetuos del siglo XIX, que en la mayoría de los casos, es posible remontar hasta más de dos siglos atrás, y al constatarse la trasmisión hereditaria de algunas regidurías por períodos excepcionalmente largos. Esto, si por un lado revela la continuidad de las élites dirigentes de la localidad, evidencia por otra parte el escaso dinamismo de la evolución histórica de la región, donde no se produjo ninguna ruptura o cambio socioeconómico comparable con las que ocurrieron en localidades como La Habana o Santiago de Cuba, que fueron acompañadas por un recambio o sustitución de las familias más antiguas por otras de origen más reciente. En el caso bayamés, resulta todo un símbolo el caso del oficio de regidor alguacil mayor, que se conservó ininterrumpidamente durante dos siglos y medio en manos de Francisco Vázquez Valdés Coronado y sus descendientes, el último de los cuáles fue el patricio Francisco Vicente Aguilera Tamayo, presidente del Comité Revolucionario de Bayamo, y uno de los iniciadores de la Guerra de los Diez Años, considerado en su tiempo el hombre más rico de la región oriental de Cuba.
Esto no quiere decir que no ingresaran apellidos nuevos a la élite local, pero estos, por lo general se integraron mediante alianzas matrimoniales a las familias preexistentes, creando una apariencia de ruptura o sustitución que esconde la continuidad esencial de las viejas estirpes. Tampoco negamos la existencia de cierta movilidad social, pero esta, más que en el ascenso de nuevas familias, consistió en la pérdida de status social de muchas de ellas, prominentes en etapas anteriores (como los Lagos Mejía, Torres, Milanés, Mojena, Borrero y Silveira, entre otras) y la concentración del poder y la riqueza en un grupo reducido de familias inextricablemente unidas entre sí, entre las que va a despuntar en el transcurso del siglo XVIII el apellido Tamayo, al heredar diversos miembros de esta antigua familia, mediante enlaces matrimoniales, títulos y propiedades de los Vázquez Valdés Coronado,  de los Infante y los Santiesteban, y con ello el liderazgo del bloque familiar que hasta entonces había gravitado en torno a los Vázquez. Otras familias integraban este bloque familiar o orbitaban en torno al mismo, como los Estrada, Aguilera, Palma, Céspedes, Zayas, Silva y Odoardo, entre otros. De hecho sería el representante de una de las familias “menores” de este grupo, el Dr. José Antonio de Silva y Ramírez de Arellano (casado primero con una Aguilera Tamayo y luego con una Tamayo Aguilera), el que obtendría el honor de recibir el primer y único título nobiliario concedido en la región, el de Marqués de Guisa, con señorío de vasallos incluido.
Otro bloque familiar, consolidado en el primer cuarto del siglo XVIII y que llegaría a tener la hegemonía en el cabildo, era el organizado en torno a los Sánchez de Lorenzana, que ejercían el oficio de regidor fiel ejecutor desde 1668 y que integraron además los Antúnez, Brizuelas, Muñoz, Verdecie, Mariño y Espinosa, que por algún tiempo llegaron a ser la facción dominante en las elecciones concejiles. Sin embargo, este grupo comenzó a debilitarse ya a mediados del siglo XVIII, al parecer por una muy desafortunada gestión de sus propiedades, y para finales de siglo su influencia y poder económico había desaparecido, aunque sus descendientes conservaron sus regidurías hasta mediados del siglo XIX. La rivalidad entre este grupo familiar y de los Vázquez daría lugar entre 1758 y 1764 a un encarnizado pleito por el oficio de regidor alférez real, del que en última instancia emergería como principal beneficiada la Real Hacienda, al rematarse el cargo en cuestión en la astronómica cifra de  $ 10 000 (es decir 80 000 reales) a pesar de haber sido tasado inicialmente en solo $ 400.9
Ese pleito, en el cual cada parte se esforzó por hacer relucir al máximo sus méritos y las manchas del contrario, demuestra hasta qué punto era “pre-moderna” la sociedad bayamesa del siglo XVIII, al guiarse por consideraciones extraeconómicas: se trataba de un cargo sin emolumentos, cuya única utilidad práctica consistía en tener voz y voto en cabildo junto a los demás regidores y sustituir provisionalmente a cualquiera de los alcaldes ordinarios en caso de ausencia o vacancia temporal. Su distinción especial estaba dada por tener asiento preferente en el cabildo y corresponderle llevar el pendón real en festividades y ocasiones solemnes, lo que conllevaba asimismo la obligación de organizar a su costo la proclamación de cada nuevo monarca. En este caso ambas familias estuvieron dispuestas a trocar una parte significativa de su patrimonio a cambio del lustre que proporcionaba el detentar este cargo. Aunque en la puja los Sánchez se vieron poco menos que humillados, y los Vázquez se sintieron realizados poniendo el oficio a un precio que resultaba inalcanzable para sus competidores, de hecho resultó una especie de victoria pírrica, por el enorme gasto que implicó, hasta tal punto que a la muerte del comprador Bartolomé Vázquez ninguno de los herederos quiso adjudicarse el oficio por la enorme merma de bienes tangibles que representaría y se acordó mantenerlo indiviso, trasmitiéndolo de una rama de la familia a otra. 
Un tercer bloque familiar comenzó a constituirse en la segunda mitad del siglo XVIII en torno a dos figuras influyentes: el regidor alcalde mayor provincial de la Santa Hermandad Felipe Pabón Arencibia y Fonseca, y su yerno Bernardo Antonio Figueredo Céspedes, regidor depositario general, quien se convertiría en las dos últimas décadas del siglo en la figura más influyente del consistorio, y al mismo tiempo, un verdadero quebradero de cabeza tanto para los tenientes gobernadores de turno, como para los gobernadores departamentales. En este caso, se trata de dos hacendados que, aunque, bien conectados a las familias tradicionales, se caracterizaron por una excepcional espíritu emprendedor y habilidad para los negocios, que les permitió multiplicar sus propiedades y elevar considerablemente su status social (aunque no fueron los únicos ejemplos, casos similares fueron, con anterioridad, el regidor Rodrigo de Tamayo Aguilera y el Dr. José Antonio de Silva, entre otros menos destacados)
A lo largo del siglo XVIII el principal tema de conflicto de la oligarquía bayamesa con el gobierno departamental fue el del abasto, o la pesa, es decir, la obligación de los hacendados bayameses de abastecer de carne al mercado santiaguero a precios topados. Con esta cuestión se vinculaba el viejo tema del contrabando, pues los bayameses preferían enviar carne salada hacia La Habana o el extranjero que enviar su ganado a Santiago de Cuba. La pesa se consideraba una enojosa obligación, y se acudía a todo tipo de argumentos o subterfugios para evitar cumplirla. Aunque se ha escrito sobre la existencia de una “Primera Crisis del Ganado” en 1747, y de una segunda en 179610 , lo cierto es que un análisis detenido de las fuentes disponibles revela la existencia de un conflicto prácticamente permanente, con una serie de momentos álgidos y otros de relativa calma. De hecho, más grave que las de 1747 y 1796 parece haber sido la crisis de 1730, año en que, según el gobernador Pedro Ignacio Jiménez y el cabildo santiaguero:
“... llegó a verse esta ciudad en muy estrecha aflicción por haver faltado a esta obligación de tal suerte que se pasaban los meses sin ver carne en la carnesería y sin que para conmoverlos vastasen ni el vernos en tal trabajo ni las continuas providencias que por este govierno se dieron ya reconviniéndolos con despachos y apercebimientos ya multándolos con penas pecuniarias porque aunque sobrevino algún mal tiempo de falta de aguas no fue tan riguroso que dexase de haber ganados pues en otras ocasiones también acaecido lo mismo y no ha faltado a cumplir con remitir los ganados y aunque han faltado con tanto extremo y porque la omisión y descuido assí de las justicias ordinarias Cavildo de dha villa como de sus vecinos pueden ser causa de que se continúen las faltas de ganados y llegue a verse esta república en tal estrechez que no se puedan sujetar sus moradores y que estos por mantenerse y buscar el sustento natural se transporten a otras partes y venga esta ciudad a perder su vecindad...”11
En este caso el gobernador ordenó comparecer en Santiago de Cuba al alcalde ordinario primero de la Villa, Francisco de Zayas Vázquez, quien, como de esperar, se negó amparándose en la Real cédula ya conocida. El gobernador replicó suspendiéndolo del cargo, pero se vio obligado a reponerlo poco después, teniendo que tolerar, además, las reclamaciones de ambos alcaldes ante la Real Audiencia “por el agravio q se les avía hecho” 12. El gobernador escribía al Rey que:
“porq según el poco respecto con q se hallan dhos Alcs Ords y a su imitación los que les subzedieren, es necesario q queden corregidos y prevenidos para en lo adelante (....) suplico a V.M con el rendimiento q devo, se sirva declarar si en materias tan graves como la necesidad deven valerse del Privilegio q tienen para no comparecer siendo legítimamente llamados (...) consintiendo y manteniendo el trato y comercio ilícito, de q resultan graves consecuencias falta de respecto a las Rs órdenes y a este Govierno” 13
Cartas similares, repitiendo los mismos argumentos y más o menos las mismas palabras, serían escritas durante los siguientes 70 años, tanto por los gobernadores orientales como por los tenientes gobernadores que a partir de 1751 asumieron el mando político y militar de la Jurisdicción bayamesa, pero lo cierto es que la Real Cédula en cuestión no fue derogada, y solo muy lentamente las autoridades coloniales pudieron ir estableciendo su autoridad por encima de los privilegios en cuestión.
El establecimiento de la tenencia de gobierno en 1751 14 si bien constituyó un duro golpe para la oligarquía bayamesa, no marcó el fin de su poder político. De hecho el análisis de las relaciones entre los Tenientes gobernadores y las familias de la élite bayamesa a lo largo de la segunda mitad del siglo XVIII evidencia la incapacidad de los primeros para imponer su autoridad sin convertirse en la mayoría de los casos en instrumento inconsciente de alguna de las facciones oligárquicas que continuaban se enfrentaban por el control de los oficios concejiles electivos (especialmente las Alcaldías ordinarias).  El hecho de que los tenientes gobernadores fuesen nombrados por el Capitán General de la Isla, y no por el Gobernador del Departamento, al que por otra parte estaban subordinados, se convirtió en una fuente de conflictos y malentendidos que fueron aprovechados por los bayameses, especialmente en los primeros años posteriores a la creación de la tenencia de gobierno.
El primer Teniente gobernador, Ignacio Moreno de Mendoza fue cooptado por la oligarquía local, al contraer matrimonio secreto con una joven y rica viuda, Francisca Antonia Odoardo Tamayo, lo que lo convirtió en pariente cercano de los Tamayo, Estrada, y otras familias de la élite. Su hijo Ignacio llegaría a ser alcalde ordinario en 1781, con solo 22 años, a pesar de sus “ligerezas y notorias muchachadas” gracias a “un empeño de una Sra. hecho a Dn Rodrigo de Tamayo” según escribía enfadado el teniente gobernador Josef  Díaz de Tejada al gobernador “.... y lo peor es qe la gente ignorante me hase blanco desta condescendencia en qe no tengo arbitrio 15 lo que evidencia a las claras las limitaciones de la centralización borbónica en el interior de la Isla.
Al interior de la élite la pesa también constituía uno de los principales motivos de enfrentamiento, pues cada hacendado trataba de contribuir lo menos posible a la misma, en consecuencia era práctica habitual subdeclarar el número de cabezas de ganado que cada cual “manifestaba” poseer, a fin de reducir la cantidad que les correspondía  en el repartimiento de las “obligaciones”. En 1797 un Teniente Gobernador explicaba parte del problema en los siguientes términos:
“...aunque en las manifestaciones del año próximo pasado ascendieron a 89.870 cabezas, con exclusión de la nacencia del año anterior, se sabe que ocultaron algunos la cuarta parte, otros el tercio, y los más atrevidos la mitad, habiendo poquísimos que hayan hecho con exactitud: de aquí dimanan las quejas de unos contra otros, además de la predilección con que suelen comportarse los repartidores, siendo origen de los partidos de esta villa, y objeto con que se sustentan: es innegable que es acto heroico decir verdad con perjuicio de sus intereses, y que si un bayamés ganadero, puede sacar de su Hato, V. G., cuarenta reses, y venderlas, a ocho, diez, o doce pesos, que son los corrientes, no ha de declarar gustoso toda su crianza, para pesar catorce, o quince, a cuatro pesos, cuatro reales, cinco pesos, y dos reales, o seis pesos, y dos reales, que son así mismo los precios corrientes a que se ferian las obligaciones” 16
Aunque el sistema de manifestaciones fue el que estuvo vigente para el repartimiento de la pesa durante la mayor parte del período analizado, durante un breve período, entre 1777 y 1782 se ensayó otro método radicalmente distinto: el reparto por posesiones, es decir, obligar a cada hacendado a entregar una cantidad de ganado proporcional a la extensión de sus haciendas, cuantificada en pesos de posesión. El autor de este proyecto fue el capitán Pedro del Prado y Pardo, pero sus principales defensores resultaron ser Bernardo Antonio Figueredo Céspedes y Juan Salvador de Aguilera Vázquez, dos de los principales hacendados de la región, pero que a diferencia de la gran mayoría de sus congéneres, se caracterizaban por tener un número considerable de cabezas de ganado en posesiones relativamente poco extensas, mientras que la tónica general era la existencia de enormes extensiones de tierra yerma o escasamente poblada de ganado. Figueredo y Aguilera lograron movilizar a su favor la opinión pública de la mayoría de los pequeños hacendados y del teniente gobernador, pero recibieron la cerrada oposición de la mayoría de los miembros del Cabildo, entre los que se encontraban algunos de los mayores propietarios (por posesiones) de la Jurisdicción: el regidor alguacil mayor Dr. Francisco Tamayo (dueño de 8 725 pesos de posesión), y los regidores Rodrigo de Tamayo (el mayor propietario de todos, con 13 800 pesos de posesión, solo superado por los 46 mil pesos de posesión del Convento de Predicadores) y Francisco Antúnez Sánchez (dueño, junto a sus hermanos, de 7 mil pesos de posesión en común). También se encontró entre los más irreductibles enemigos del nuevo método el síndico procurador general Lic. Manuel José de Estrada, pariente y ahijado del Dr. Francisco Tamayo y yerno de otro de los mayores propietarios de la jurisdicción, el alguacil mayor del Santo Oficio Gabriel de Palma Aguado (6 370 pesos de posesión)17 . Pronto la Villa se dividió en “posesionistas” y “antiposesionistas”. Ambas partes se dedicaron a argumentar por extenso los vicios que implicaba el método contrario y los verdaderos motivos de sus impulsores. Así el doctor Francisco Tamayo alegaba 
que el repartirse por posesiones y no por cavezas es contra la Ley ochenta y una de las Municipales de esta Ysla, que se halla vigente en todos los Lugares que la pueblan, y ha sido observada en esta dicha villa, sin alteración hasta el mismo momento en que se procedió contra ella (...) que dicho repartimiento se ha establecido contra los Privilegios de este cuerpo Capitular (...) que concretado a las posesiones y sugetos a quienes se ha repartido concive que en señalarsele Abastos a las Posesiones Yermas se procede contra la humanidad dexando expuesta la Villa a perecer, y obligando al basallo a que dé lo que no tiene (....) Que en repartirle a las posesiones incompetentemente Pobladas, como a las competente y superabundantemente pobladas se viola la Justicia distributiva (...)Que a esto concurre que cuatro sugetos de esta Villa eficaces y artificiosos han seducido a un Copioso número de hacendados los más de ellos rudos, y agrestes, para que con ellos pidan dicho reparto por Posesiones y lograr así aquellos bajo del velo del bien común afianzar sus intereses particulares, por ser pocas sus posesiones, y superabundantes sus crianzas.18
Mientras el Lic. Estrada, sin atacar directamente el principio del reparto por posesiones, arremetía contra sus promotores
“... es notorio en esta villa y constante  a todo el Cuerpo Capitular que este sugeto [Bernardo Figueredo] ha sido el único en toda esta Jurisdicción que ha logrado el veneficio de criar en su hacienda de ochocientas a novecientas Cavezas, sin haver nunca pesado ni aún hecho manifestacion de ellas (....) que aun no haviendoles computado a los contrarios más que como un tercio de sus crianzas en el repartimiento que se hizo por Cómputo, salen oy en el de Posesiones alibiados don Juan de Aguilera en sesenta y cinco reses y el Bachiller Figueredo en veinte y seis: y pregunto: De este bien, que ellos efectivamente gozan qual es el que le participa (por exemplo) Doña Isabel Polanco que sin tener una res siquiera le repartieron trece? ya se ve que ninguno” 19
Por su parte Aguilera y Figueredo replicaban que:
“.... la repugnancia a dho nuebo método solo recide en el Convento de predicadores, porque este no quiere pesar con igualdad de los demás vecinos, ni por manifestaciones, ni por posesiones, en el Dr Algl mayor Dn Franco Tamayo, que fue el autor de las consideraciones, Rexr D Josef de Espinosa, Dr Abogado D. Juan Luis Antúnez y el Sr Alce D. Mauricio de Céspedes. (...)  Han ganado a la Diputación y al Proc. Gral pa pr su conducto proyectar embarasos, dificultades y mayores quimeras, pero la Juiciosa reflexn de Vssa haciendo cotejo de ambos repartimientos (....) descubrirá el verdadero motivo de esta repugnancia hallando qe en el primero solo tenía el Dr Tamayo 80 reses de pesa pr Junio y ahora le resultan 175 pr Nove y Enero: que el Dr Antúnez solo tenía 40 pr agosto, en nombre de Da Leonor Sánchez su madre, y que ahora pesa 97 pr Junio y Agosto, y se le han aliviado 43 con el sobrante qe resulta de la deducción a un 2 % pa alivio de los despoblados, y no está contento (...) Porque havituados los susodhos a gozar de la inmunidad de no pesar con Justa equidad y proporción a sus caudales y crianza les hace fuerza constreñirse a perder su particular comodidad...” 20
Tanto el gobernador departamental como el  teniente gobernador pusieron todo el peso de su autoridad  en favor del nuevo método, creyendo que pondría fin a las sub-declaraciones de ganado que caracterizaban el método de manifestaciones. Lograron que el Cabildo, en principio, lo aceptara, pero modificando el repartimiento hecho por Del Prado, y otorgando numerosas rebajas a los propietarios de posesiones yermas y poco pobladas. El conflicto, puramente económico, provocó un realineamiento de alianzas familiares, así los promotores del nuevo método, vinculados tradicionalmente al bloque familiar encabezado por los Tamayo, tuvieron en éstos sus principales oponentes, al tiempo que  los Antúnez, enemigos tradicionales de Tamayos y Estradas, se unieron a estos para hacer frente al enemigo común. El principal “posesionista”  entre los regidores era el alcalde mayor provincial de la Santa Hermandad Felipe Pabón, señal inequívoca de que sus 8 600 pesos de posesión se encontraban bien poblados de ganado, lo que lo convertía probablemente en el más rico hacendado de la Jurisdicción en ese momento.
Las elecciones concejiles de 1º de enero de 1778 se convirtieron en un campo de batalla, y los posesionistas se vieron forzados a falsificar el acta de la sesión, con la connivencia del teniente gobernador, a fin de que pudiesen ser confirmados como alcaldes ordinarios el alcalde mayor provincial Felipe Pabón y Pedro del Prado, y como procurador general el propio Juan Salvador de Aguilera, en el transcurso del año este último logró ingresar como regidor perpetuo al consistorio, comprándole su regiduría a Diego de Zayas Santiesteban  en $ 2 mil, lo que dio origen a nuevos pleitos, esta vez con el regidor Rodrigo de Tamayo, quien acusó a Aguilera de fraude al fisco, por haber pagado el tercio correspondiente a la Real Hacienda en base a los $ 300 en que estaba tasado nominalmente el cargo, y no sobre el precio de venta real. Pronto se comprobó, sin embargo, que el fraude en cuestión era una práctica institucionalizada por la costumbre e imposible de desarraigar a esas alturas, pues hubiera sido necesario encausar a todos los regidores. Al final la sangre no llegó al río, Figueredo y Aguilera pronto se reconciliaron con los enemigos de la víspera, y el primero ingresó también en el Cabildo como regidor depositario general. A partir de entonces Figueredo sería la figura más influyente en el Cabildo y, si en 1777 parecía a los ojos de un teniente gobernador demasiado cándido como un dechado de lealtad y desinterés, ocho años después el teniente gobernador de turno, exasperado por la insubordinación permanente de los regidores, y el papel que desempeñaba Figueredo en las mismas escribía al gobernador: 
“...Ya la prudencia de VS tocará el infeliz estado en qe se halla esta república, perturbada pr unos sugetos qe pr razón de sus empleos debían contribuir al mejor reximen y pacificación de ella: ellos son los qe apandillados alteran la paz pública, se abrogan facultades de qe carecen, vierten públicamente expresiones cediciosas e indecorosas contra el Govno y como quieren vivir acéfalos, ponen la mira de sus insultos contra su lexitimo superior, y Presidte de su cuerpo, sin reparar qe como subalterno y lugarteniente de VS, los desaires qe me proporcionan trascienden a la Superioridad de VS. El Autor de estas cavilaciones, fermentaciones y maquinas es el Rexor Figueredo (...) él es el principal movil qe rixe y govierna a los referidos capitulares, a quienes tiene infatuados con sus torcidas máquinas, y con la prepotencia qe logra pr su caudal (...) He levantado Auto para justificar todo quanto en orden a el hecho llevo informado a VS (...) y aseguro a VS baxo mi palabra de honor, qe no encontraba Abogdo qe me tirase el Auto, tanto es el miedo qe los facultativos de esta Villa tienen a Figueredo y su pandilla...”21
Al terminar el siglo la situación seguía siendo la misma, algunos de los personajes que durante décadas habían desempeñado un papel fundamental el cabildo y la sociedad bayamesa (el doctor Francisco Tamayo,  Rodrigo de Tamayo, Felipe Pabón, Juan Salvador Aguilera, etc.) habían desaparecido, pero en esencia nada había cambiado y la influencia de Figueredo era mayor que nunca. Sería en el transcurso de las primeras décadas del siglo XIX que las autoridades coloniales lograrían finalmente un control político efectivo de la Jurisdicción, abocando a los descendientes de los orgullosos regidores perpetuos a la lucha por la independencia, al compás de las notas del himno compuesto- nada más y nada menos- que por el nieto del oligarca Bernardo Antonio Figueredo.

BIBLIOGRAFÍA  BÁSICA

 Este trabajo se basa fundamentalmente en la consulta de fuentes primarias  conservadas en los siguientes fondos documentales: el Fondo Gobierno General del  Archivo Nacional de Cuba (ANC), La Habana; el Fondo Protocolos de Escribanos del Archivo Histórico Provincial de Granma, Bayamo, y las transcripciones de documentos del Archivo General de Indias conservadas en el Fondo personal Enrique Orlando Lacalle, del Centro de Información de la Casa de la Nacionalidad Cubana, en Bayamo. También se han consultado algunos documentos del Archivo General de Indias, Fondo Audiencia de Santo Domingo a través del sitio web Portal de Archivos Españoles (PARES) De fundamental importancia es el libro genealógico escrito en el siglo XVIII Las Familias de Bayamo, de Pedro del Prado y Pardo. Ediciones Bayamo, 2012. También han sido útiles algunos libros que contienen transcripciones de documentos originales, los que se citan en el lugar correspondiente. Se omite dar una bibliografía más amplia, que ocuparía varias páginas, pero solo incluiría obras de utilidad muy limitada.
*Dpto. de Historia y Marxismo (Bayamo), Universidad de Granma Email: gerardolg@infomed.sld.cu ; gliceab@udg.co.cu.
1 El proceso se puede seguir a través de diversos  expedientes del Archivo General de Indias. Fondo Audiencia de Santo Domingo. Serie Confirmaciones de oficios vendibles y renunciables, disponibles en PARES (pares.mcu.es)
2 Leví Marrero: Cuba. Economía y sociedad, vol. 4: El siglo XVII (II), pp. 16-17.
3 Manuel  J. Estrada: Noticias sobre Bayamo, en Memorias de la SEAP, t. XII, 1841, p. 338-339
4 Ver Olga Portuondo: El Departamento Oriental en documentos. Tomo I (1510-1799), Editorial Oriente, Santiago de Cuba, 2012, p. 215-216
5 Leví Marrero: ob. cit., p. 17.
6 ANC. Gobierno General, Leg. 539. Exp. 27094. Octubre de 1793 (En todas las citas textuales se respeta la ortografía original).
7 Jacobo de la Pezuela: Historia de la Isla de Cuba. Editorial Bailly-Bailliére, Madrid, 1868, tomo II, p. 281-282
8 Diego de Ávila: Memoria  sobre el origen del Hato de San Isidoro de Holguín, Imprenta El Arte, Holguín, 1926, p. 82.
9 Casa de la Nacionalidad Cubana. Fondo Enrique Orlando Lacalle. Documentos transcritos del Archivo General de Indias. Audiencia de Santo Domingo. Leg. 1592,  s/n (Resumen de Lacalle)
10 Ludín Fonseca García: Bayamo. Oligarquía y poder, 1796-1812. Ediciones Bayamo, 2010.
11   Centro de Información de la Casa de la Nacionalidad Cubana. Fondo Enrique Orlando Lacalle. Documentos transcritos del Archivo General de Indias.  Legajo 361, s/n.  Cartas del gobernador y cabildo de Cuba
12 ibídem
13 ibídem
14 Un estudio circunstanciado del establecimiento de la Tenencia de gobierno fue realizado por la Dra. Olga Portuondo en su excelente libro Nicolás Joseph de Ribera. Ed. Ciencias Sociales, La Habana, 1986.
15 ANC. Fondo Gobierno General Leg. 538. Exp. 27094. Enero de 1781.
16 Francisco Sánchez Griñán: Apuntación de las gracias más adecuadas al actual estado de la villa del Bayamo. ANC. Fondo Realengos. Leg. 76 No. 13. En  Ludín Fonseca García: ob. cit., p. 74-75.
17 ANC. Fondo Gobierno General. Leg . 536, Exp.27092. Año 1777.
18 Centro de Información de la Casa de la Nacionalidad Cubana. Fondo Enrique Orlando Lacalle. Documentos transcritos del Archivo General de Indias.  Audiencia de Santo Domingo. Legajo 1466, s/n.
19 ibídem
20 ANC. Fondo Gobierno General. Leg . 536, Exp. 27092
21   ANC. Fondo Gobierno General. Leg.  538. Exp. 27094.


Recibido: 31/10/2019 Aceptado: 10/02/2020 Publicado: Febrero de 2020


Nota Importante a Leer:
Los comentarios al artículo son responsabilidad exclusiva del remitente.
Si necesita algún tipo de información referente al articulo póngase en contacto con el email suministrado por el autor del articulo al principio del mismo.
Un comentario no es mas que un simple medio para comunicar su opinion a futuros lectores.
El autor del articulo no esta obligado a responder o leer comentarios referentes al articulo.
Al escribir un comentario, debe tener en cuenta que recibirá notificaciones cada vez que alguien escriba un nuevo comentario en este articulo.
Eumed.net se reserva el derecho de eliminar aquellos comentarios que tengan lenguaje inadecuado o agresivo.
Si usted considera que algún comentario de esta página es inadecuado o agresivo, por favor, escriba a lisette@eumed.net.

URL: https://www.eumed.net/rev/caribe/index.html
Sitio editado y mantenido por Servicios Académicos Intercontinentales S.L. B-93417426.
Dirección de contacto lisette@eumed.net