Revista: Caribeña de Ciencias Sociales
ISSN: 2254-7630


APLICACIÓN DEONTOLÓGICA AL SERVICIO PÚBLICO

Autores e infomación del artículo

Cristhian Damián Vega Guacollantes*

Estudiante

Jeverson Santiago Qishpe Gaibor**

Docente

Universidad Politécnica Salesiana, Quito - Ecuador

Correo: cvegag@est.ups.edu.ec


Resumen
En el presente artículo se muestra el papel que tiene la deontología como código en las funciones del servicio público; haciendo referencia a un análisis teórico sobre la práctica moral y ética como base de la deontología en el ámbito de la administración pública. Para lo cual se estableció ciertas definiciones y normativas como punto de partida en la implementación de los códigos deontológicos entre el servidor público y la sociedad. Finalmente, se esclarece un análisis de la importancia que implica la implementación de dichos códigos deontológicos en los actuares de los servidores público.      
PALABRAS CLAVES: Ética-Deontología-Servidores Públicos-Moral-Deontología Profesional-Ética Pública
Abstract
In this article show the role of deontology as a code un public server function; referring to a theoretical analysis of moral and ethical practice as a base of deontology in the field of public administration. For which certain definitions and regulations were established as a starting point in the implementation of deontological codes between the public servant and society. Finally, an analysis of the importance implied in the implementation of said deontological codes in the acts of public servants is clarified. 
KEY WORDS: Ethical-Deontology-Public Servers-Moral-Professional Deontology- Public Ethics

Para citar este artículo puede utilizar el siguiente formato:

Cristhian Damián Vega Guacollantes y Jeverson Santiago Qishpe Gaibor (2019): “Aplicación deontológica al servicio público”, Revista Caribeña de Ciencias Sociales (noviembre 2019). En línea:
https://www.eumed.net/rev/caribe/2019/11/deontologia-servicio-publico.html
//hdl.handle.net/20.500.11763/caribe1911deontologia-servicio-publico


  1. INTRODUCCIÓN

En el análisis de la implementación de los códigos deontológicos como medio para alcanzar la transparencia dentro del servicio al país es necesario que considere los antecedentes, el ámbito y la relación entre el estado-sociedad. Para lo cual es de gran importancia tener en cuenta los actuares éticos y morales en las sociedades (Rodríguez-Toubes Muñiz, 2010); debido a que las personas buscan la propia felicidad, incluyendo la fisiología, psicología, social, ecológica y espiritual (Gherardi, 2003). Al existir una gran discrepancia entre las definiciones entre la ética y la moral; ya que la ética está asociada a la razón la cual es la encargada de reflexionar frente a normas y códigos que integran a la sociedad; sin embargo, la moral se relaciona al comportamiento social, cultural que se impone cada sociedad (“Diferencia Entre Ética Y Moral,” 2010). Partiendo de estos significados y la diferencia que estos tienen, se esclarece el concepto de deontología, aunque este se ha visto modificado con el pasar del tiempo y los constantes cambios sociales; a pesar de ello su uso se basa específicamente en el ámbito laboral debido a que se encuentra asociada a un grupo conocido como la moral especial; debido a su estrecha relación con la ética y la moral. Es importante recalcar que la deontología profesional da lineamientos o códigos para cualquier profesión (Vargas, 2012). Para el artículo en mención se ha esclarecido ciertas etapas en las que se realiza un análisis de lo que un servicio público, cual es la importancia en la sociedad y como los códigos deontológicos puede ser aplicados en el mismo; dichos apartados tienen la finalidad de analizar de forma teórica con fuentes bibliográficas de índoles constitucionales y gubernamentales, y de cómo los códigos deontológicos se implementan en los actuares de la administración pública. 

  • DESARROLLO

En la literatura la aplicación de la deontología se ha ido desarrollando para adaptarse a las distintas profesiones, estructurándose a partir de las normas éticas; en las que van más allá del derecho, recalcando su objetividad en la conducta en los distintos ejercicios profesionales. Sin embargo, este tipo de normas han sido de reclamos por parte la sociedad y que el gobierno debería recibir atención a como ejecutarlas e implementarlas en las distintas instituciones que manejan los servicios públicos; a pesar de todas las advertencias estas normas no se han podido establecer ya que en las instituciones públicas aún existen una serie de vicios que impiden realizar con eficiencia y funcionamiento su operación, todas estas situación han ocasionado que la sociedad observe a la administración pública como ineficiente, lenta, ineficaz y problemática; complementado a esta situación en muchos casos dichas instituciones se ven involucradas en situaciones de corrupción logrando que la sociedad pierda confianza en el gobierno. Cualquier mejora en la operación del organismo público, apoyada en la técnica e innovación hacia una mejor eficiencia y responsabilidad solo será posible si se fomentan principios y valores éticos, deontológicos y morales a los servidores públicos (Martínez Chávez, 2003).  

  • SERVICIO PÚBLICO

El servicio público nace como una idea vaga e inconcreto en Francia y España a mediados del siglo XlX; en el cual se esclarece que el servicio público emerge desde el ámbito jurisprudencial con respecto al derecho civil haciendo que tenga como referencia directa del tradicional derecho administrativo. Dado las condiciones cambiantes en las sociedades se exige que la interacción entre los ciudadanos y le gobiernos sea más fuerte, coincidiendo en que las autoridades o gobernantes no sean las únicas las que definan el bien público ni sean las responsables exclusivas de conseguirlo; por lo cual para garantizar estas prestaciones se crea el servicio público con el fin de satisfacer realmente a la sociedad en cada uno de los ámbitos (Ariño Ortiz, 2016).  Cabe recalcar que una discusión teórica de la noción del servicio público puede ubicarse en dos partes: las personas que prestan los servicios al estado (servidores públicos) incluyendo a personas que ejercen actos de autoridad, y las personas que definen al estado como una autoridad capaz de excluir cualquier actividad económica del mercado y convertirla en pública, sin que necesariamente garantice las satisfacciones del interés público. El progreso en el derecho del servicio público permite conocer la diversidad de las actividades estatales y la catalogación de las mismas; por consecuente se puede distinguir la clasificación de las personas jurídicas tanto orgánica como funcional; es de valor menciona que el interés público supera siempre al interés privado, no obstante, el interés público puede verse perjudicado por desviarse el sentido de las actividades gubernamentales en cuestiones de los casos de corrupción (Echeverri Uruburu, 2013).

  • MORAL

La moral proviene de termino latín mores la cual quiere decir costumbre, en la cual engloba las costumbres adquiridas en una cierta sociedad; estas costumbres a lo largo del tiempo van evolucionando y abarcando grandes diferencias respecto a las normas de la sociedad y de otra época, sirven para orientar la conducta de los integrantes de esa sociedad (“Diferencia Entre Ética Y Moral,” 2010). La moral acompaña a la vida de las personas desde siempre dado que es entendida como la capacidad universal que tiene los seres humanos para poder diferenciar entre lo bueno y lo malo en cada sociedad, cruzando incluso con la parte cultural y según el momento histórico puede llegar a relativizar varias cosas cuando nos referimos a la moral. Es de valor mencionar que ha sido instituida por una moral y por ciertos sectores dominantes de la sociedad que han creído que esas eran las formas en las que se deben organizar la sociedad para mantener un equilibrio en el comportamiento y una hegemonía en el tema de la producción; es importante recalcar que el capitalismo ha impuesto una moral de trabajo, una moral de disciplina haciendo que los trabajadores muestren un comportamiento moral y honesto en función de los interés de los capitalistas, y no de la convivencia social. Considerando esta perspectiva la moral no es más que una connotación histórica que hace que según la sociedad de la que se esté analizando o hablando, también exista una transformación; la moral no es más que una superestructura ideológica que normalmente está justificando a quienes tienen el poder de decir que es lo bueno y que es lo malo (Pinto Quintanilla, 2017).

  • ÉTICA Y ÉTICA PÚBLICA

La ética proviene de la palabra griega ethos; que a lo largo del tiempo ha tenido dos significados o dos modos de entender y explicar el comportamiento moral de las personas el primero nos dice que depende del carácter o del modo de ser de la persona y que está determinado por la herencia, por lo tanto las normas y valores son inmutables a un cambio; la segunda definición nos indica de cómo entender la ética, y que el comportamiento moral depende de los hábitos o costumbres según los escritos de la sofistica de Platón y de Aristóteles (Varó Peral, n.d.).
De dichas definiciones que se ha dado a lo largo del tiempo en la ética, en contexto la ética nos da la capacidad de tomar decisiones a partir de la voluntad, y da la capacidad de comprender que es lo que nos conviene y que no, que cosas son buenas, que se debe hacer y decidir negar, en esa perspectiva se da la libertad de formar y transformar la realidad. En relación a lo mencionado la ética es la capacidad de decidir lo mejor en pro de los demás y en pro nuestro considerando las acciones que pueden desencadenar (Pinto Quintanilla, 2017).
En el caso de análisis de los servidores públicos existe una ética especial llamada ética pública que no es más que la ética aplicada al ámbito público, la cual implica un cambio esencial en las actitudes de los individuos que se traduce en actos específicos orientados al interés público lo que implica una ética de la responsabilidad; la ética pública indica principios y normas aplicados a la conducta de los servidores públicos, se concibe como un área de conocimiento que agrupa valores y virtudes dispuestos a encaminar el espíritu del servicio público. Al hablar de la ética pública no conlleva solo a los servidores públicos, sino va más allá y comprende también a los mismos gobernantes, es decir a los políticos.
La ética pública tiene como objetivo hacer que los individuos que ocupan un cargo en el servicio público lo hagan con diligencia y honestidad como resultado de la aplicación de la razón humana, la madurez de juicio en toma de decisiones, la responsabilidad y el sentido del deber social; admitir una verdadera ética reclama un cambio profundo de concepción, de actitud psíquica, mental y física que impidan ondear en casos de corrupción o actividades ilegales. Es preciso indicar que el uso de la ética en el servicio público es de gran importancia ya que su ausencia provoca que muchos de las instituciones de la administración pública caigan en escándalos de corrupción (Rodríguez-Arana Muñoz, 2017); al considerarse a la ética como un conjunto de normas y leyes, la ética pública tiene como valores fundamentes los siguientes, recalcando que tienen una doble tarea:

  • Establecer las aspiraciones de la sociedad respecto a los actuares de la administración pública.
  • Sirve como un elemento de control para adecuar los códigos éticos a las funciones públicas.

Los valores éticos pueden considerarse más que el derecho, no se los toma como un plus, aunque ya se hallan normalizados en códigos aún no se los considera absolutamente esencial; el problema de la ética no es su aplicación en códigos éticos, sino de la ineficacia de las personas para poder implementarlas en los actuares cotidianos (Bautista, 2018).
Un buen documento que abarque todos los enfoques de la ética pública debe tener en cuenta distintos enfoques tales como:

  • Valores adquiridos por los servidores públicos en su entorno social.
  • Nivel de responsabilidad de cada servido público con la administración o función pública.
  • Obligatoriedad de actuar de manera racional conociendo los límites que simbolizan los principios de la función pública.
  • Comprobación de las conductas no éticas de los servicios públicos, con la finalidad de que se puedan sancionar.
  • Definición general del código para que se pueda evitar conflictos en la interpretación de los actuares éticos.

Sin embargo, la ética pública tiene conflictos en su aplicación ya que debe tener un equilibrio tanto con los servidores públicos como con el administrativo (Naessens, 2010).

  • ETÍCA EN EL SERVICIO PÚBLICO

El servicio público conforma todas las instituciones que abarca la administración pública con el fin de facilitar de una manera continua y sin fines de lucro la necesidad y el interés general; cabe mencionar que es directa en cuanto al Estado y al Poder Público o Político y es el que se encarga por medios y órganos administrativos de prestar estos servicios. Como servicio debe cumplir al estado con los principios de suficiencia, seguridad, economía, rapidez, calidad, eficiencia e innovación (Carretero Sánchez, 2010). 
Es de valor mencionar que la ética del servicio público es fragmentada en dos aspectos primordiales, el primero tiene que ver con la obligación moral propia de los individuos (servicio público) en el cual se debe considerar que los actos realizados deben ser identificados con aspectos de responsabilidad, honestidad y fidelidad; tal como se mencionó en el anterior punto. Como segundo aspecto se tiene que cada acto realizado conlleva a la posible sanción en caso de que en el ejercicio de su cargo realice o violente las disposiciones constitucionales, legales o reglamentarias. Sin embargo, la ética en el servicio público está directamente relacionado con los trabajadores que laboran en las distintas instituciones, es por ello que todos los individuos que se relacionan en este servicio deben actuar acorde a un modelo ético y estar formados en ética, entendiendo esta como una herramienta poderosa de las personas para desarrollar plenamente el juicio; en el que mostrando sus valores morales se pueda llegar a que la sociedad conviva de una mejor manera. En el servicio público se tiene una clasificación general respecto al todo el personal que labora y opera en las instituciones que participan en el servicio público en el cual se señala al funcionario y al político; ambos personajes tienen como meta común servir a la sociedad a la que representan (Hernández Ortega, Nahum Lajud, & Amezcua García, 2017).
Cabe recalcar que los actuares de los servidores públicos se encuentran estrechamente comprometidos con la sociedad, ya que por medio de elecciones se los escoge con el fin de promover la igualdad de derechos sociales, fomento para la creación de empleos, el desarrollo de la ciudadanía y de robustecer la democracia (Peñaloza Contreras, 2010). Un profesional que actúa en la función pública debe ser capaz de poner todos sus conocimientos profesionales en pro de la sociedad; sin embargo, los casos de corrupción en el ámbito del servicio público han hecho que los profesionales pierdan el objetivo y no trabajen ética y deontológicamente.

  • ÉTICA DE LOS SERVIDORES PUBLICOS

La ética en los servidores públicos tiene un enfoque más centrado en las situaciones de aplicación, esto quiere decir cómo se habló con antelación en el tema anterior que todas las decisiones que se tome como servidor público afecta directa e indirectamente a la población, lejos de cada abstracción, estos actos se materializan en cada realización de múltiples instancias en el servicio público (Instituto Nacional de Administración Publica, 2017). Cada servidor en el día a día se allá con diferentes dilemas éticos los cuales algunas veces se solucionan de manera rutinaria y en otras circunstancias con el fruto de un intenso análisis reflexivo;  el sentido común nos puede ayudar a discernir los principios básico de entre lo bueno y lo malo según la característica moral en la que se hayan desarrollado, esto no siempre resulta lo correcto ya que la persona se puede equivocar debido a que se genera múltiples situaciones de un profundo debate moral ocasionado una gran incertidumbre en el servidor público sobre si su actuaciones es o no la correcta, por lo cual para realizar un juicio correcto y poder identificar si la decisión tomada es justa o injusta, buena o mala, adecuada o inadecuada. Es importante que los servidores públicos cuenten con un conjunto de enseñanzas y normas que les guíen en las decisiones, es por ello que la ética pública da al servidor público la capacidad y el conocimiento para actuar de manera correcta en cada situación por muy complicada que sea, al presentar criterios para encontrar respuesta idónea (Pellicer García, 2018). Es de importancia recalcar, que lo ideal sería que el servidor público explore a cada caso la mejor solución tratando de no sacrificar ningún valor, aunque se prioricen algunos.

  • DEONTOLOGÍA PROFESIONAL

La deontología proviene de dos etimologías griegas deon que significa deber y logos que significa ciencia o conocimiento, esta proviene del estudio de los deberes del comportamiento de las personas que actúan en un campo en específico.
Se podría denominarse a la deontología como una teoría ética la cual se encarga de regular los deberes, separando en normas morales y reglas de conducta. Cuando se la quiere aplicar en el campo profesional se la denomina deontología profesional y en ella se determina los deberes a los que los profesionales se exigen en el desempeño de sus actividades. Estos deberes se escriben en códigos de ética que rigen el desempeño de los representantes de la profesión; la deontología profesional se entiende por criterios compartidos por el colectivo profesional convertidos en un código deontológico (Lagasca, 2009).
A la deontología comúnmente se la confunde con la ética profesional dado que actúan como sinónimos en la categoría de la profesión aunque no lo sean; la ética profesional se refiere al convivir individual (Vargas & Deusto, 2001), mientras que la deontología presenta un modelo de acción que se concreta con un conjunto de deberes, normas y obligaciones que los profesionales descubren y exigen según avancen en el proceso de profesionalización (Vargas, 2012). Por lo que en la tabla 1 se puede observar las diferencias que se pueden dar entre ambas. Una definición más concreta de la deontología es que estudia los deberes profesionales de un colectivo, sea este público o privado, regulando su comportamiento; siempre y cuando estos deberes sean aprobados por instituciones pertinentes a los profesionales. Al estar inscritos por instituciones conlleva a que, si no se cumplen de manera correcta estas normas, pueden llevar a sanciones con competencias judiciales (Carretero Sánchez, 2010).

Una de las características que tiene la deontología en comparación a la ética profesional es que cuando no se aplica según los códigos y normas establecidos esta tiende a consecuencias de carácter sancionador.

  • CODIGO DEONTOLOGICO DEL SERVICIO PÚBLICO

Es de importancia esclarecer y fomentar el uso de los códigos deontológicos para que los profesionales eviten tomar decisiones que involucren buscar el bien común y no el bien en el ejercicio de la profesión, es por ello que los códigos se definen como la expresión escrita del conjunto de deberes profesionales realizados por un grupo de determinada profesión en el cual indican los impedimentos que se deben examinar para laborar con bien, estos límites mediante los códigos tiene argumentos necesarios para el actuar profesional, por consecuente estos códigos no son un manual escrito de aplicación severa (Vargas, 2012). Se tiene que la deontología en el servicio público va ligada con ciertos códigos y conductas que el gobierno como tal aplica a los servidores públicos en la práctica profesional. Los códigos deontológicos tienen la capacidad de aumentar la ventaja en los labores profesionales y todos estos tratan de ser realizados para garantizar un cierto grado de calidad en la prestación de sus servicios, sin embargo, estos no siempre resulta de la manera correcta ya que pueden desencadenar efectos adversos (Sánchez Vidal, 2018). A pesar de ello, los códigos no son un factor fundamental para arreglar problemas que se susciten en ámbito del servicio público, ya que existen otras formas de solucionar tales como considerar la renovación espiritual, de valores y de convencimiento de que no es menos valido ni menos inteligente si se respeta el fin general, el interés público y el otro llamado bien común; los códigos deontológicos que parten como referencia son:

  • Se pueden convertir los códigos en una decoración con el único fin de sobreponerse sobre las otras profesiones, aclarando que se tiene un documento con el código, pero los profesionales no conocen nada del tema.
  • Contra los usuarios se podría usar como una defensa, debido a que se usaría para fomentar el corporativismo permitiendo una lucha entre las diferentes profesiones.
  • Cuando dichos códigos son elaborados por expertos, se indica las acciones malas o buenas de ser un profesional; todo esto sin la participación de los interesados.

La deontología del servicio público se encuentra enfocada a todos aquellos servidores que ejercen la función pública, da igual el estrato o nivel y ámbito, el propio servidor público puede ejercer de controlador, abogado, actuando como regenerador de comportamientos poco éticos o amorales; es por ello que como deberes de un servidor público basado en el análisis deontológico es necesario, ya que al encontrarse ligadas con entidades gubernamentales deben encargarse de que el país tenga un desarrollo en todas las competencias, por lo que entre las normas que se debería exigir a un servidor público serían las siguientes:

  • Dar ejemplo y honradez en las intervenciones públicas.
  • Que su actuación sea normal, manifestando que sea un ajuste a los derechos de la sociedad en general y que no tengan una actuación privilegiada.
  • Un servidor público debe tener un actuar correcto en relación con los demás servidores, un acatamiento del orden superior jerárquico, corregir y facilitar el complimiento de las obligaciones y colaborar con superiores, inferiores y otros funcionarios de diversas competencias.
  • Por ultimo un servidor público debe tener principios de colaboración y cooperación entre las entidades de administración pública.
  • No debe aprovechar crisis sociales o económicas para llevar a cabo actos fraudulentos o de corrupción.
  • No debe aprovechar su estatus de servidor público para realizar actividades ilícitas, ya que tiene como deber público el actuar con bien en la sociedad.
  • Un servidor público debe tener una remuneración digna y suficiente para evitar que la intimidación o sobornos para realizar actividades inapropiadas, dado que la función pública maneja grandes cantidades de recursos económicos.

Estos podrían ser algunos de los ejemplos que de ser el caso puedan ser implementados en el uso de la deontología como código para los servidores públicos, ya que plantearse estos ayudarían a mejorar la convivencia de la sociedad y las funciones públicas (Grau, 2013).

  • ANÁLISIS

Con base a los antecedentes y definiciones de temas que abarcan o involucran en la formación de la deontología en el servicio público, se puede considerar que dichos códigos no han sido utilizados en su totalidad o a su vez ignorados por la administración pública, haciendo un enfoque global en la actualidad de los distintos gobiernos se observa que existen muchos casos de corrupción, en el cual los servidores públicos no han actuado con honestidad y con un juicio correcto en la toma de decisiones para el crecimiento de la sociedad; si es bien que los códigos deontológicos en el servicio público aún no se encuentran bien definidos o a su vez no son conocidos por las personas involucradas en el caso es muy difícil que se adopte a una sociedad en donde los ambientes políticos y democráticos cambian conforme las personas lleguen al poder. Un claro ejemplo de que los servidores públicos no actúan de manera eficiente, segura y eficaz tal como se menciona en la ética pública es cuando las personas se dirigen a instituciones de salud pública (países en vías de desarrollo) en donde son tratadas de una manera inmoral y antiética dado que primero se precautela el uso de los bienes antes que la vida y la salud de las personas. Otro ejemplo es el uso de los fondos económicos para la realización de proyectos que aumenten la calidad y calidez de la sociedad, se ven utilizados en fines muy distintos a los que fueron impartidos haciendo gastos indebidos o manipulando instituciones para que se soborne a servidores públicos y evitar que se haga una denuncia por su uso inadecuado.
Por lo que concierne es de gran importancia que los códigos deontológicos sean aplicados de manera correcta hacia todas las áreas, en especial a la administración pública dado su compromiso con las personas y el país en donde desempeñan su labor; para ello es necesario empezar con la educación y el compromiso moral y ético de todos los profesionales para buscar no solo el bienestar común si no el bienestar social. Es por ello que se debe considerar todos los aspectos para poder implementarlos y considerando también los problemas que estos acarrean.

  • CONCLUSIONES

Es importante saber cómo aplicar y cuáles son los códigos deontológicos que se asocian a cada profesión con el fin de comprender las normas éticas y normativas laborales referentes a principios de los servicios y servidores públicos.
Las implementaciones de los códigos deontológicos en el servicio público carecen de fuerza dado que en cada país o en cada sociedad se ejecutan de acorde a sus actuares morales, y usarlos mejoraría la calidad y eficiencia de la gente y de las entidades asociadas a la administración publica. 
A lo largo del tiempo los casos de corrupción han ido en aumento, debido a que las decisiones y actuares de los servidores públicos van encaminadas al bienestar propio y no al bienestar en común de la sociedad, es por ello que aplicar dichos códigos ayudarían a que los servidores públicos realicen en trabajo al que fueron encomendados.

  • REFERENCIAS

Ariño Ortiz, G. (2016). El servicio público.
Bautista, O. D. (2018). La ética en la gestión pública, 1–23.
Carretero Sánchez, S. (2010). Corrupción, funcionarios públicos y papel de la Deontología. Revista Telemática de Filosofía Del Derecho (RTFD), (13), 1–26.
Diferencia Entre Ética Y Moral. (2010), 1–2.
Echeverri Uruburu, Á. (2013). La noción del servicio público y el Estado social de Derecho. Novum Jus, 7(2), 111–127. Retrieved from https://editorial.ucatolica.edu.co/ojsucatolica/revistas_ucatolica/index.php/Juridica/article/viewFile/658/676
Gherardi, C. R. (2003). Principios Eticos de la Investigacion en Seres Humanos. MEDICINA (Buenos Aires), 63, 63–69. https://doi.org/10.4067/S0034-98872011000200018
Grau, N. C. (2013). La transparencia en la gestión pública ¿Cómo construirle viabilidad? Transparencia En La Gestión Pública: Ideas y Experiencias Para Su Viabilidad. Retrieved from http://biblioteca.senplades.gob.ec/jspui/handle/30000/252
Hernández Ortega, P. A., Nahum Lajud, P., & Amezcua García, E. L. (2017). IMPORTANCIA DE LA FORMACIÓN ÉTICA DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS Y DE LA APLICACIÓN DE LA LEY PARA GARANTIZAR UN DESEMPEÑO ÍNTEGRO, 126–133.
Instituto Nacional de Administración Publica. (2017). Etica y Administración Publica. Elementos para la formación de una conducta integra en los servidores publicos. Instituto Nacional de Administración Publica, LII(3), 1–268.
Lagasca, C. (2009). Deontología Profesional: Los Códigos Deontológicos. Unión Profesional, 40. https://doi.org/http://www.unionprofesional.com/estudios/DeontologiaProfesional_Codigos.pdf
Martínez Chávez, V. M. (2003). VIII Congreso Internacional del CLAD sobre la Reforma del Estado y de la Administración Pública, 28–31.
Naessens, H. (2010). Ética pública y transparencia Ética y Ética pública, 2113–2130.
Pellicer García, J. L. (2018). SERVIDORES PÚBLICOS: EL TRABAJO BIEN HECHO, 1–8.
Peñaloza Contreras, C. A. (2010). ÉTICA Y ATENCIÓN AL CIUDADANO. Retrieved June 14, 2019, from http://epn.gov.co/elearning/distinguidos/ETICA/index.html
Pinto Quintanilla, J. C. (2017). Moral, Ética, Política y Servicio Público, 16.
Rodríguez-Arana Muñoz, J. (2017). Ética Y Empleados Públicos. Gestión y Análisis de Políticas Públicas, (9), 29–34. https://doi.org/10.24965/gapp.vi9.112
Rodríguez-Toubes Muñiz, J. (2010). Deontología de las profesiones jurídicas y derechos humanos. Cuadernos Electronicos de Filosofia Del Derecho, 20, 92–118.
Sánchez Vidal, A. (2018). Etica de la intervención social / A. Sánchez Vidal.
Vargas, L. P. (2012). Deontología y código deontológico, 1723, 65–79.
Vargas, L. P., & Deusto, P. U. De. (2001). Funciones de los códigos deontológicos. CEESC (Coord): Ética y Calidad En La Acción Socieducativa. Barcelona: Collegi d’Educadores i Educadors Socials de Catalunya, 161–175.
Varó Peral, Á. (n.d.). ¿Qué es la Ética? Contenidos Conceptuales, 1–8.

*Estudiante de Ingeniería Eléctrica, Universidad Politécnica Salesiana Campus Quito
**Maestría en Pedagogía, Docente de la Carrera de Pedagogía, Universidad Politécnica Salesiana Campus Quito. Av. Isabela La Católica N.23-52 y Madrid - Quito-Ecuador jquisphez@ups.edu.ec


Recibido: 29/07/2019 Aceptado: 28/11/2019 Publicado: Noviembre de 2019


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