Revista: Caribeña de Ciencias Sociales
ISSN: 2254-7630


EL PENSAMIENTO CRÍTICO COMO NUEVA METODOLOGÍA EN LA ENSEÑANZA JUDICIAL

Autores e infomación del artículo

José Guadalupe de la O Soto*

Segundo Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil del Vigésimo Segundo Circuito en Querétaro.

jose.delao.soto@correo.cjf.gob.mx


RESUMEN

Se trata denotar la importancia del pensamiento crítico, incluido recientemente en el diseño curricular de los cursos que imparte el Instituto de la Judicatura Federal para la formación de los futuros secretarios de los tribunales federales del Poder Judicial de la Federación, pasando por los modelos pedagógicos que le dan fundamento institucional a la Escuela Judicial o ideario del propio Instituto, así como de los factores que sirven para apreciar y evaluar el proceso de manera que se pueda tomar las mejores “decisiones” durante el mismo, cuyo desarrollo está estrechamente ligado a la expansión de conocimiento, particularmente de la judicatura en la resolución de los asuntos de su conocimiento, aplicación del derecho y su enseñanza.

PALABRAS CLAVE: Pensamiento crítico, importancia y características, pensamiento crítico jurídico.

ABSTRACT

It deals with the importance of critical thinking, recently included in the curricular design of the courses taught by the Federal Judicial Institute for the training of future secretaries of the federal courts of the Federal Judicial Power, through the pedagogical models that they give institutional foundation to the Judicial School or ideology of the Institute itself, as well as the factors that serve to appreciate and evaluate the process so that it can take the best "decisions" during it, whose development is closely linked to the expansion of knowledge, particularly of the judiciary in the resolution of matters of its knowledge, application of the law and its teaching.

KEY WORDS:Critical thinking, importance and characteristics, critical legal thinking.

Para citar este artículo puede utilizar el siguiente formato:

José Guadalupe de la O Soto (2018): “El pensamiento crítico como nueva metodología en la enseñanza judicial”, Revista Caribeña de Ciencias Sociales (octubre 2018). En línea:
https://www.eumed.net/rev/caribe/2018/10/pensamiento-critico-ensenanzajudicial.html
//hdl.handle.net/20.500.11763/caribe1810pensamiento-critico-ensenanzajudicial


I. PREÁMBULO

De inicio, siguiendo el diseño curricular aprobado para el Curso Básico de formación y preparación de secretarios del Poder Judicial de la Federación 2017 (Estudios de Especialidad) a partir de la propuesta de reestructura, elaborado por la Secretaría Técnica de Capacitación y Educación a Distancia de la Escuela Judicial, que a su vez constituye una de las opciones legales de formación con las que cuentan los miembros del Poder aludido para acceder al cargo de Secretario de Juzgado de Distrito o Tribunal de Circuito.

Siendo esa opción la más recurrente y hasta la fecha la más fácil para acceder a dicha categoría, aunque todo el tiempo se ha cuestionado si realmente forma y prepara a los futuros secretarios o más bien conforma el mínimo de conocimientos básicos que deben tener para desempeñar ese cargo en la judicatura y mayormente trascendente si la única instrucción que han recibido dichos funcionarios tanto en su vida profesional como en la formación judicial, es precisamente ese curso ahora de especialidad.

De acuerdo con el modelo pedagógico del Instituto de la Judicatura Federal, se diseñó el Curso Básico (Estudios de Especialidad) que posee un enfoque educativo pertinente y actual que permite responder de manera adecuada a los objetivos académicos de la Escuela judicial. Dicho enfoque está basado en el desarrollo de competencias en los miembros que conforman la comunidad educativa. Inclusive la corriente pedagógica que sustenta al enfoque elegido es el constructivismo cuyo principio rector es el aprendizaje activo.

Obviamente el constructivismo se define como la corriente pedagógica basada en la teoría del conocimiento constructivista, que postula la necesidad de entregar al estudiante las herramientas necesarias que le permitan construir sus propios procedimientos para resolver una situación problemática, lo que implica que sus ideas puedan ser modificadas y siga aprendiendo, entendido como dejar en libertad a los estudiantes para que aprendan a su propio ritmo.

Empero, se ha dicho también que es una concepción errónea, pues este enfoque lo que plantea en realidad es que existe una interacción entre el docente y los estudiantes, un intercambio dialéctico entre los conocimientos del docente y los del estudiante de tal forma que se pueda llegar a una síntesis productiva para ambos, y en consecuencia que los contenidos son revisados para lograr un aprendizaje significativo. 1

Ahora, las competencias hacen alusión a las tres esferas que definen una profesión, es decir, lo que nos permite tener una visión integradora de la misma: saber, saber hacer y saber ser. Según el proyecto Tuning América Latina, el concepto de competencia, en educación, se presenta como una red conceptual amplia, que hace referencia a una formación integral del ciudadano, por medio de nuevos enfoques, como el aprendizaje significativo. Así, la competencia no está limitada a los conocimientos de una persona, o bien, a las habilidades que tiene para desempeñarse en el contexto laboral. Más bien, abarca todo un conjunto de capacidades, por las cuales proyecta y evidencia su capacidad de resolver un problema dado dentro de un contexto específico y cambiante.

Por ello, aludir al fundamento institucional de la Escuela Judicial o ideario del Instituto de la Judicatura Federal, su misión contribuye al perfeccionamiento de profesionales del Derecho, a través de la creación y transmisión del conocimiento y cultura jurídicos, para ejercer funciones jurisdiccionales con sentido analítico, crítico, creativo e innovador, y solucionar problemas mediante la correcta aplicación del ordenamiento jurídico.

La visión en cambio es ser un órgano judicial con liderazgo iberoamericano por la calidad de sus actividades formativas, capaz de coordinar un sistema de formación judicial en todo el país que integra a la docencia e investigación jurídicas conforme a un modelo de enseñanza innovador, sistemático y pertinente, que transforma a profesionales en servidores públicos jurisdiccionales altamente competitivos en la aplicación del Derecho y la justicia.

Sin dejar de mencionar los principios de la carrera judicial, a saber: la excelencia, el profesionalismo y la objetividad.

Por lo que respecta al fundamento pedagógico, dejando de lado las metas curriculares, la escuela judicial ha estimado que un egresado del curso en mención se caracterizará, en lo de interés, por contar con las siguientes competencias:

1. Capacidad de análisis y síntesis:

  • Elaborar  correctamente acuerdos y proyectos de sentencia.
  • Argumentar de manera coherente y consistente.

2. Razonamiento crítico:

  • Reflexionar con objetividad.
  • Emitir valoraciones críticas.
  • Evaluar la consistencia de cada planteamiento.

Todo lo anterior descansa y justifica el concepto, por así decirlo del pensamiento crítico, partiendo de que en esencia la persona crítica y creativa es aquella que tiene un pensamiento claro, sistemático y ordenado, orientado hacia la búsqueda de la verdad, la que diverge de las formas de actuar y pensar establecidas, procurando encontrar opciones originales a ellas, persistiendo siempre en la innovación. De ahí que el pensamiento crítico pueda definirse como se dijo, partiendo del término criticidad, como dinamismo o potencialidad; el pensamiento crítico como ejercicio o acto de esa potencialidad.2

Alguien se ha preguntado qué es lo que hace que actúes de determinada manera muy distinta al resto de los demás, que tus opiniones difieren o se acoplan con la de tus semejantes, otro ejemplo podría ser que realizas actividades prácticas en menor tiempo, pero las que implican pensar y analizar más lleva mayor tiempo en resolverlas.

También es menester saber ¿qué es pensar? Es la actividad y creación de la mente: dícese de todo aquello que es traído mediante la actividad del intelecto. El término es comúnmente utilizado como forma genérica que define todos los productos que la mente puede generar, incluyendo las actividades racionales del intelecto o las abstracciones de la imaginación; todo aquello que sea de naturaleza mental es considerado pensamiento, bien sean éstos abstractos, racionales, creativos, artísticos, etcétera.

A propósito de lo anterior, siempre estamos en constante aprendizaje y éste se ve reforzado si se apoya en la pregunta como un instrumento que permite obtener información de la experiencia propia y de la experiencia de las personas con quienes interactuamos. Aquel que utiliza efectivamente la pregunta descubre el poder que tiene para obtener información de manera organizada, a fin de lograr sus propósitos, aprende a entender las ideas de quienes están en comunicación con ella, la pregunta es también un instrumento para reflexionar y conocerse así mismo, para darse cuenta de las propias capacidades y limitaciones en pro de una mejora personal.3

Bajo esas premisas, el pensamiento crítico se ha dicho que se apoya principalmente en la formulación de lo que se llama criterios de verdad, que a su vez es aquella característica o procedimiento por el cual se puede distinguir la verdad de la falsedad y estar seguros del valor de un enunciado. El criterio implica el requisito o requisitos que se pueden utilizar para la valoración de una declaración.

Asimismo, el pensamiento crítico desde un punto de vista práctico se define como el proceso mediante el cual se usa el conocimiento y la inteligencia para llegar de forma efectiva, a la postura más razonable y justificada sobre un tema. Entre los pasos a seguir, los especialistas señalan que hay que adoptar la actitud de un pensador crítico; reconocer y evitar los prejuicios cognitivos; identificar y caracterizar argumentos; evaluar las fuentes de información; y, finalmente, evaluar los argumentos.

También implica que se debe estar  “centrado”, en el sentido de que no es simplemente pensar, sino pensar sobre algo que queremos comprender y hacer de la mejor manera posible. De este modo, se puede apreciar y evaluar el proceso de manera que se pueda tomar “decisiones” durante el mismo. El desarrollo del pensamiento crítico, estrechamente ligado a la expansión de conocimiento, requiere de los siguientes tres factores:

1. Tendencia a los pensamientos críticos.

2. Acceso a contenidos críticos.

3. Entornos para practicar el conocimiento crítico (en sus dos tipos, conocimiento en sí y conocimiento como instrumento para contribuir a la mejora de la vida).

Ser capaz de utilizar un pensamiento crítico significa que no se acepte la opinión de la sociedad, teniendo así ideas individuales, se conocen los argumentos a favor y en contra, y se toma una decisión propia respecto a lo que se considere verdadero o falso, aceptable o inaceptable, deseable o indeseable. Este pensamiento también es objetivo, basado en el compromiso de las propias ideas según su entorno como creencias individuales. Lo crítico enfrenta y evalúa los prejuicios sociales constantemente.

El resultado de pensar críticamente es la afirmación de un juicio de verdad, después de haber reunido pruebas y ponderado las evidencias suficientes. Este nivel de operaciones surge del tipo de preguntas críticas como: ¿es verdad esto?, ¿le entendí correctamente?, ¿en realidad esto es así o sólo es apariencia? 4

Tener un pensamiento crítico no significa llevar la contraria a todo el mundo o no estar de acuerdo con nadie, pues esto último no sería un pensamiento crítico, sino sólo un modo simple de pensar que se limita a contrariar lo que piensen los demás. Por tanto, un pensador crítico es capaz, humilde, tenaz, precavido y exigente. Además de tener una postura libre y abierta, por ello un pensador crítico comienza a destacarse en su medio y a ser reconocido por sus aportaciones, pero todo se conforma a lo largo del tiempo con una debida experiencia.

Por lo que se puede afirmar, el pensador crítico es un incansable buscador de lo que es cierto, un escéptico del conocimiento, un cuestionador audaz y persistente, un incansable apasionado de la verdad, un inconforme de los juicios irracionales. El pensador crítico es un divergente por vocación, un enamorado de lo original, un incansable buscador de opciones o alternativas, un inconforme de la rutina o de lo establecido un apasionado de la innovación.5

Dicho de otra manera es una habilidad que todo ser humano debe desarrollar, ya que tiene cualidades muy específicas que nos ayudan a resolver problemas de una mejor manera, nos hace más analíticos, nos ayuda a saber clasificar la información en viable y no viable, nos hace más curiosos, querer saber e investigar más acerca de temas de interés. Cuando se desarrollan este tipo de habilidades también se desarrollan muchas otras capacidades del cerebro como la creatividad, la intuición, la razón y la lógica, entre otras.

Entonces, pensar críticamente implica dominar esos patrones, cuya meta final es que pueda ser lo suficientemente sólido como para sostenerse por sí mismo en cualquier contexto, siempre y cuando mantenga su relación con el fenómeno implicado. Derivado de las especificidades analíticas de esta forma de pensamiento, se ha desarrollado una perspectiva que tiende a inhibir el uso y sentido de la crítica porque se considera puede contravenir el orden que guarda la sociedad.

De modo que el pensamiento crítico es aquel que duda de las certezas, de lo que es presentado como único y absolutamente verdadero y que no teme desafiar a la autoridad para encontrar respuestas distintas a las que se le imponen, de ahí que el pensar se presenta como una línea que hay que seguir para poder llegar al lugar de los cuestionamientos que inician con un cuándo, por qué, quién fue, etcétera, esta actividad no tiene barreras es un proceso que se da de forma inmediata que nos abre nuevos horizontes para descubrir y aprender lo que captamos por medio de nuestros sentidos.

También se ha dicho que la educación requiere desarrollar las habilidades de pensamiento por medio de competencias: como la habilidad lectora que les permita ir más allá de una comprensión literal y rebasen el límite hasta llegar a la comprensión crítica y creativa, además, identifique lo que necesita saber y aprender, seleccionando, organizando y evaluando el contenido para apropiarse de la información de manera crítica y utilizarla con sentido ético.

El argumentar ayuda a razonar para analizar situaciones problemáticas o que sean de nuestro interés y esto implica formular preguntas, emitir juicios para proponer posibles soluciones, de tal manera que se puedan diseñar y aplicar estrategias para instruir a otras personas, porque el pensar siempre responde a una motivación que puede estar originada en el ambiente natural, social o cultural, o en el sujeto pensante, es una resolución de problemas y una necesidad que exige satisfacción.

Este proceso del pensar lógico siempre sigue una determinada dirección, ésta va en busca de una conclusión o de la solución de un problema, no sigue propiamente una línea recta sino más bien zigzagueante con avances, que en un hecho particular llegan a lo más complejo del asunto, y en otras ocasiones hasta retrocesos, ya que influye la experiencia pasada de la que se obtuvieron resultados fructíferos o infructuosos.

A lo largo de la historia, psicólogos, pedagogos, sociólogos y filósofos siguen investigando más acerca del funcionamiento del cerebro y si éste ha evolucionado lo que hace que cada día la tecnología esté más avanzada, pero sobre todo se preguntan cómo evolucionará el cerebro un siglo después.

Para Martín López Calva, el pensamiento crítico es, pues, el desarrollo y la auto apropiación de las operaciones de nuestra actividad consciente intencional (ACI). Por tanto, puede afirmarse que estamos hablando de habilidades que deben ejercitarse, más que de contenidos que deben aprenderse. Es por ello que podemos decir que no es forzosamente en el patrón científico o en el filosófico donde hay pensamiento crítico. Existe también pensamiento crítico en el mundo del sentido común. Lo único que hay que tener muy claro es que este pensamiento crítico se da de manera diferente en el mundo de la filosofía, en el de la ciencia o en el del sentido común.6

De ahí que todo docente necesita conocer a su grupo de alumnos para identificar sus necesidades y fortalezas para proveerlos de herramientas estratégicas que le ayuden a hacer uso de la metacognición en donde sean los encargados de regular y evaluar su proceso de enseñanza-aprendizaje.

Primero se describen los inicios de los estudios hacia los procesos de la forma de pensar y sus elementos que intervienen para llegar a conocer cómo el individuo adquiere el conocimiento de acuerdo a las circunstancias en las que se encontrará y su nivel evolutivo de madurez psicológica.

En segundo lugar, se mencionan los tipos de pensamiento que desarrolla cada sujeto dependiendo de los estímulos que reciba de su entorno y las etapas por las cuales transita una idea a otra nueva conceptualización, como lo describe Edward de Bono con su teoría de los seis sombreros, como más adelante se verá.

Éste tiene como finalidad un aporte para conocer más acerca de lo que implica pensar y cuáles fueron sus orígenes, por lo que nuevos investigadores han seguido esta línea y aportan nuevas técnicas y herramientas estratégicas para la enseñanza del aprendizaje.

Para Fidel Cázares y José Luis López, el pensamiento es una de las funciones básicas del cerebro y en él se centran todas las actividades que el ser humano realiza consciente e inconscientemente. Algunas veces pensamos de manera natural y espontánea, y otras dependiendo de la tarea, lo hacemos de forma deliberada. Tanto en la vida académica como en la vida cotidiana usamos el pensamiento para establecer comunicación, tomar decisiones de analizar y sintetizar información, evaluar situaciones, solucionar problemas, entre muchas otras actividades más. 7

De modo que el pensamiento es la actividad y creación de la mente, dícese de todo aquello que es traído a existencia mediante la actividad del intelecto, el término es comúnmente utilizado como forma genérica que define todos los productos que la mente puede generar, incluyendo las actividades racionales del intelecto o las abstracciones de la imaginación; todo aquello que sea de la naturaleza mental es considerado pensamiento, bien sean éstos abstractos, racionales, creativos, artísticos, etcétera.

Mientras que la mente es concebida como un sistema abierto, activo y modificable, susceptible de ser guiada y estimulada para lograr cambios estructurales y funcionales, capaces de producir efectos sobre el desempeño humano.

Pero el origen del pensamiento es el habla y el pensamiento organizado surge por el razonamiento, en donde la lógica y la sintaxis forman parte importante del lenguaje cotidiano, porque razonar implica descubrir los supuestos sobre los que se asientan las afirmaciones, crear o realizar inferencias sólidas o válidas, ofrecer razones convincentes, hacer clasificaciones y definiciones defendibles, articular explicaciones y descripciones, formular juicios y realizar argumentos coherentes.

En su concepción, el ser humano tiene la capacidad de resolver problemas que se presentan constantemente en su entorno. Por su naturaleza, el hombre se enfrenta a lo desconocido e inesperado, sin embargo, no todo el mundo posee este importante repertorio intelectual que lo habilita para tratar con tareas o situaciones nuevas. Como resultado de la actividad de pensar, las personas aplican los procesos y aprendizaje a partir del contexto. Todo esto constituye el desarrollo del pensamiento. 8

También es el conjunto de representaciones mentales mediante un proceso psicológico que realiza el hombre o sujeto pensante, por el cual capta todo aquello que forma parte de su realidad. En la vida diaria esa representación se expone de distintas formas, en ocasiones, poco profunda y subjetiva; en otras precisa, exacta y objetiva. El pensamiento forma parte de un contenido intramental referente a un objeto. Generalmente el objeto extramental (fuera de la mente), independientemente del sujeto que lo conoce.9

Respecto de lo cual, la lógica no estudia todo el pensamiento, pues en realidad éste es muy complejo, ya que abarca diversos aspectos o factores. Se denominan factores del pensamiento a aquellos elementos que concurren en el fenómeno mismo del pensamiento.

Algunas voces han concurrido en que el pensamiento lógico formal sirve para tomar conciencia sobre el análisis o la veracidad de algunas afirmaciones, nos ayuda en la jerarquización de las proposiciones, nos proporciona una manera correcta de razonar y de modo muy especial nos da algunos procedimientos para demostrar proposiciones. Por otra parte, la lógica simbólica dará claridad de pensamiento, la habilidad para ver el camino a través de un acertijo, el hábito de arreglar las ideas en una forma adecuada y clara, y lo más valioso el poder detectar falacias y separar las piezas de los argumentos endebles e ilógicos que encontramos continuamente en libros, periódicos, discursos, y aún sermones que fácilmente engañan a aquellos que nunca se han tomado la molestia de dominar este fascinante arte.

Para entender lo anterior, cabe traer a colación los conceptos siguientes:

Sujeto pensante: es el encargado de producir o generar el pensamiento capaz de captar o aprehender mentalmente las características de un objeto y las relaciones entre varios objetos.

Proceso psíquico: son las percepciones, imágenes, sentimientos, vivencias, etcétera, que surgen cuando se piensa algo. Este proceso es objeto de estudio de la psicología más que de la lógica.

Objeto pensando: es el contenido o tema sobre el cual se refieren los pensamientos.

Formas del pensamiento: consiste en las estructuras que los pensamientos adoptan independientemente de los contenidos a que se refieren, estas estructuras son ideas (conceptos).

Expresión: denominada también factor lingüístico o expresión oral, corporal o escrita de las ideas que tenemos en la mente, emplea códigos como signos y señales.

Ahora, la persona se concibe como un ente moldeable capaz de regular su voluntad, de utilizar su independencia intelectual y de hacer el mejor uso de los avances de la ciencia y del conocimiento para desarrollar su potencialidad y optimizar la producción intelectual, así como su capacidad de aprendizaje.

Las habilidades del pensamiento permiten la utilización de la razón, la aplicación del pensamiento lógico-crítico, el logro del proceso creativo, el discernimiento, la intuición y la inventiva para aprender, generar conocimientos, tomar decisiones y resolver problemas.

Otro beneficio que se obtiene con el desarrollo de habilidades del pensamiento está en el aspecto social. Utilizar la lógica, la experiencia, las inteligencias emocional y práctica, los hábitos y el sentido común para pensar y actuar dentro de un marco de referencia amplio, coherente, válido y equilibrado, repercute en la interacción con el ambiente y con las personas que lo rodean.

Por otra parte, el pensamiento filosófico es un pensamiento crítico, activo, inquieto, inconformista, libre, racional, no empírico y especialmente especulativo (poco práctico) que indaga buscando respuestas sobre aquellos hechos esenciales que la ciencia aún no ha podido responder, y que eleva al hombre como ser racional en su plenitud. No se apoya en supuestos para sustentar sus afirmaciones, sino en verdades comprobadas, para buscar los principios y las causas, basándose en la confianza puesta en la capacidad de la razón para encontrarlos.

Finalmente, este pensamiento se basa en intentar responder a dos preguntas básicas, de dónde venimos y hacia dónde vamos, siendo las primeras preguntas que se formuló el hombre sobre la materia primera para luego extenderse a todo tipo de cuestiones, transformándose en un pensamiento universal que abarca todos los aspectos de la realidad, susceptibles de cuestionamiento.

II. SIGNIFICACIÓN DEL PENSAMIENTO CRÍTICO

Para entender el concepto se debe partir por el significado de pensamiento ampliamente descrito y crítica. La palabra viene del verbo latino "pensare", que ejerce como sinónimo de “pensar”, y el verbo griego "krinein", que puede traducirse como “decidir” o “separar”, son los dos vocablos que muestran el origen etimológico. La etimología de esta palabra expresa: decisión, separación, disentimiento, disputa, discusión, juicio, resolución, sentencia, sentido primó para los griegos.

Miguel Ángel Roque Morales, ha definido al pensamiento crítico como herramienta indispensable que faculta al hombre para caminar de la mano con el conocimiento, así como con la innovación del mismo. Constituye una demanda ascendente en la actividad cotidiana de interpretar la información a un conocimiento sólido y aplicable. Dadas las características de la sociedad actual, es cada vez mayor la necesidad de adquisición y optimización de habilidades del pensamiento.10

Por su importancia y características, el pensamiento crítico se da principalmente cuando los seres humanos aprendemos a tomar decisiones acertadas, mejoramos nuestro futuro y nos convertimos en aportadores a nuestra sociedad, dejando de ser carga para la misma, ofreciéndonos mayor posibilidad de lograr la felicidad y el éxito que todos los seres humanos aspiramos.

Asimismo, el pensamiento crítico es una actividad reflexiva, porque analiza lo bien fundado de los resultados de su propia reflexión como de los de la reflexión ajena. Hace hincapié en el hecho de que se trata de un pensamiento totalmente orientado hacia la acción. Siempre hace su aparición en un contexto de resolución de problemas y en la interacción con otras personas, más en función de comprender la naturaleza de los problemas que en proponer soluciones. Además, la evaluación de la información  y conocimientos previos fundamenta la toma de decisiones en distintos ámbitos del quehacer humano, teniendo en cuenta que nuestras conductas y acciones se basan en lo que creemos y en lo que decidimos hacer. 11

Por su parte, Carlos de Cabo Martín, refirió que el pensamiento crítico se caracteriza por estas tres notas:

Uno, es el pensamiento del conflicto, en cuanto lo expresa e interviene en él tomando partido.

Dos, es un pensamiento –racional-, con una característica muy específica: producir la liberación, el desbloqueo de la razón posibilitando el despliegue de sus capacidades comunicativa y cognitiva, introduciendo al hombre en la historia (hacer de la historia una –historia con sujeto-) con la posibilidad de adueñarse de ella.

Tres, es el pensamiento de lo real, destruye las falsas conciencias, las opacidades e ideologías y se constituye en autoconciencia de una sociedad, de sus luchas y de sus esperanzas.12

Asimismo, el desarrollo del pensamiento crítico ejerce un papel vital desde la formación básica, pasando luego por la universitaria y de posgrado, siendo esta última la de interés, en el caso de los futuros juzgadores secretarios y jueces del Poder Judicial de la Federación, estimulando la crítica y la formación de argumentos.

En resumidas cuentas en el alumno se busca extender la capacidad de investigar y de aprender a pensar por sí mismos, elaborando su propio criterio, por ende, el formador docente tiene como objetivo enseñar a pensar y debe lograr en sus discípulos la motivación para leer críticamente, escribir todo tipo de textos en los que expresen sus razonamientos críticos, de cualquier tema que decidan desarrollar, imprimiendo en sus obras sus ideas propias y originales, mostrar una independencia intelectual y realizando trabajos de investigación que aporten conocimientos nuevos.

Así que el docente en general dentro de su actividad formativa debe promover el trabajo en equipo, el diálogo, desarrollo de debates, el intercambio de ideas, la ayuda recíproca, lectura crítica de trabajos producidos por sus compañeros de clase, autores de libros, artículos, etcétera, siendo para los estudiantes todas estas actividades enriquecedoras en su acervo de conocimientos, dando por resultado el desarrollo constante de su pensamiento crítico, ya que todas esas actividades estimulan el desarrollo de la creatividad y lograr explorar más allá de lo escrito, de lo conocido, aportando conocimientos nuevos de lo que se quiso decir, se deja entrever o quiere decir entrelineas.

De modo que el profesor debe estimular el dialogo maestro-alumno, donde el segundo pueda comprobar que aquél es un lector apasionado, con el compromiso de mejorar constantemente habilidades lectoras y de escritura.

En el desarrollo de su catedra al momento de exponer debe hacerlo de tal forma que ésta resulte clara, breve y precisa, para evitar confundir o perder la atención de los alumnos, debe evitar cualquier frase que atente contra la sensibilidad de los mismos, empleando en el desarrollo de su función la flexibilidad necesaria, a fin de que exista con ellos un diálogo efectivo que permita conocer sus áreas de oportunidad, así como en qué área del conocimiento se encuentra su fortaleza, debe tener consistencia, teniendo comunicación constante con sus colegas para procurar evitar incurrir en contradicción, tratando en todo momento que sus alumnos desarrollen este principio.

También debe generar en los alumnos la confianza de que su formador es una persona que transmite conocimientos veraces, fomentando en ellos la honestidad en el desarrollo de sus trabajos y exámenes, debe de existir un profundo respeto a cada uno de sus alumnos en cuanto su orientación religiosa, ideológica, etcétera.

Las mejores credenciales de un profesor se basan en el ejemplo que pueda evidenciar de múltiples formas para que los futuros juzgadores puedan entender mejor los problemas sociales, políticos y económicos, a los que se van a enfrentar en el quehacer jurisdiccional, así como el impacto de las normas frente a la realidad social. Se trata que el alumno se capacite en el análisis lógico conceptual, en la interpretación legal y constitucional, así como en la argumentación jurídica, para lo que es necesario involucrarlo en la elaboración de proyectos de sentencia o de revisión a través de una lectura crítica, el trabajo en grupo, la elaboración de proyectos de investigación, ensayos, artículos, etcétera.

Adoptar la actitud de un pensador, obviamente crítico, a través de pensar reflexivamente lleva a desarrollar innovaciones y proponer soluciones a problemas a partir de métodos establecidos, sustentar una postura personal sobre temas de interés y relevancia general, considerando otros puntos de vista de manera crítica. Reconocer y prever las barreras y prejuicios del pensamiento crítico, consistentes en limitaciones humanas, uso inadecuado del lenguaje, falta de lógica y percepción, trampas y escollos psicológicos y sociales.

Se debe hacer referencia a las capacidades cognitivas necesarias para pensar de modo crítico, como centrarse, analizar y juzgar.

Citando a Robert Ennis, 13 éstas son algunas capacidades del pensamiento crítico:

1. Centrarse en la pregunta.

2. Analizar los argumentos.

3. Formular las preguntas de clarificación y responderlas.

4. Juzgar la credibilidad de una fuente.

5. Observar y juzgar los informes derivados de la observación.

6. Deducir y juzgar las deducciones.

7. Inducir y juzgar las inducciones.

8. Emitir juicios de valor.

9. Definir los términos y juzgar las definiciones.

10. Identificar los supuestos.

11. Decidir una acción a seguir e interactuar con los demás.

12. Integración de disposiciones y otras habilidades para realizar y defender una decisión.

13. Proceder de manera ordenada de acuerdo con cada situación.

Algunas subhabilidades se adecuan a cualquier tipo de pensamiento ya sea crítico o creativo, mientras que otras como emitir juicios de valor, parecen menos importantes para resolver problemas de física, por ejemplo.

Para Edward de Bono, entre las múltiples técnicas para desarrollar habilidades de pensamiento crítico refiere una estrategia importante que se puede poner en práctica son los propósitos establecidos en su obra Seis sombreros para pensar, 14 que tiene dos ejes centrales: El primero es simplificar el pensamiento, permitiendo que el pensador trate una cosa después de otra, la lógica, la información, la esperanza y la creatividad; y el segundo propósito es permitir una variación en el pensamiento.

Este método está diseñado para sacar el pensamiento del estilo argumentativo habitual y llevarlo a un estado cartográfico, además permite separar lógica de emoción, creatividad de la información y así sucesivamente.

Menciona el autor que el pensamiento de sombrero blanco es una disciplina y una dirección. El pensador se esfuerza por ser más neutral y más objetivo al presentar la información. Te pueden pedir que te pongas el sombrero blanco o puedes pedirle a otro que lo haga. Se puede optar por usarlo o por quitárselo. El blanco (ausencia de color) indica neutralidad. En cambio, el pensamiento de sombrero rojo permite que el pensador diga “así me siento con respecto a este asunto”. Además, legitima las emociones y los sentimientos como una parte importante del pensamiento y hace visibles los sentimientos para que puedan convertirse en parte del mapa y también del sistema de valores que elige la ruta en el mapa.

En cambio, el sombrero rojo provee al pensador de un método conveniente para entrar y salir del modo emocional, así puede hacerlo de una manera que no resulta posible sin este truco o instrumento, aunado a que permite que el pensador explore los sentimientos de los demás cuando les solicita un punto de vista de sombrero rojo. Cuando un pensador está usando el sombrero rojo nunca debería hacer el intento de justificar los sentimientos o de basarlos en la lógica.

Esto es, el sombrero rojo cubre dos amplios tipos de sentimientos. En primer lugar, las emociones comunes que varían desde las fuertes tales como miedo y disgusto hasta las más sutiles como la sospecha. En segundo lugar, los juicios complejos, clasificables en tipos tales como presentimientos, intuiciones, sensaciones, preferencias, sentimientos estéticos y otros tipos no justificables de modo perceptible. Cuando una opinión consta en gran medida de este tipo de sentimientos también se lo puede encajar bajo el sombrero rojo.

También se tiene el pensar de sombrero negro que específicamente se ocupa del juicio negativo. El pensador de sombrero negro señala lo que está mal, incorrecto y erróneo. El pensador de sombrero negro señala que algo no se acomoda a la experiencia o al conocimiento aceptado. El pensador de sombrero negro señala por qué algo no va a funcionar. El pensador de sombrero negro señala los riesgos y peligros. El pensador de sombrero negro señala las imperfecciones de un diseño.

Igualmente, el pensamiento de sombrero negro no es argumentación y nunca se le debería considerar tal, es un intento objetivo de poner en el mapa los elementos negativos; puede señalar los errores en el proceso del pensamiento y en el método mismo; puede confrontar una idea con el pasado para verificar si encaja con lo ya sabido; puede proyectar una idea en el futuro para verificar qué podría fracasar o ir mal; puede hacer preguntas negativas; y no debería utilizarse para encubrir complacencia negativa o sentimientos negativos, los que deberían de utilizar el sombrero rojo.

Por otra parte, el juicio positivo queda para el sombrero amarillo, de presentarse ideas nuevas, el sombrero amarillo siempre se debe usar antes que el negro; es positivo y constructivo, simboliza el brillo del sol, la luminosidad y el optimismo. El pensamiento de sombrero amarillo se ocupa de la evaluación positiva, del mismo modo que el pensamiento de sombrero negro se ocupa de la evaluación negativa. El pensamiento de sombrero amarillo abarca un espectro positivo que va desde el aspecto lógico y práctico hasta los sueños, visiones y esperanzas. El pensamiento de sombrero amarillo indaga y explora en busca de valor y beneficio, después procura encontrar respaldo lógico y práctico hasta los sueños, visiones y esperanzas.

También el pensamiento de sombrero amarillo es constructivo y generativo, de él surgen propuestas concretas y sugerencias, se ocupa de la operatividad y de hacer que las cosas ocurran. La eficacia es el objetivo del pensamiento constructivo de sombrero amarillo. Además puede ser especulativo y buscador de oportunidades, permite incluso visiones y sueños, igual no se ocupa de la mera euforia positiva (sombrero rojo) ni tampoco directamente de la creación de ideas nuevas (sombrero verde).

Siendo este último para el pensamiento creativo, pues la persona que se lo pone va a usar el lenguaje del pensamiento creativo, quienes se hallen a su alrededor deben considerar el producto como un producto creativo. Idealmente, tanto el pensador como el oyente deberían usar sombrero verde, este color es el símbolo de la fertilidad, el crecimiento y el valor de las semillas. La búsqueda de alternativas es un aspecto fundamental del pensamiento de sombrero verde. Hace falta ir más allá de lo conocido, obvio y satisfactorio; con la pausa creativa el pensador de sombrero verde se detiene en un punto dado para considerar la posibilidad de ideas alternativas en ese punto.

En el pensamiento de sombrero verde el lenguaje del movimiento reemplaza al del juicio, el pensador procura avanzar desde una idea para alcanzar otra nueva. La provocación es un elemento importante del pensamiento de sombrero verde y se simboliza con la palabra op. Se utiliza las provocaciones para salir de nuestras pautas habituales de pensamiento. Existen varias formas de plantear provocaciones incluyendo el método de la palabra azar. El pensamiento lateral es una serie de actitudes, lenguajes y técnicas (que incluyen movimiento, provocado y op) para saltar de pautas en un sistema auto organizado de pautas asimétricas. Este sombrero se utiliza para generar conceptos y percepciones.

Por otra parte, el sombrero azul es el del control, el pensador organiza el pensamiento mismo, acerca del pensamiento necesario para indagar el tema y es quien propone o llama al uso de los otros sombreros, además define los temas hacia los que debe dirigirse el pensamiento, los problemas y elabora las preguntas. También determina las tareas de pensamiento que se van a desarrollar y es responsable de la síntesis, la visión global y las conclusiones. Esto puede ocurrir durante el curso del pensamiento y también al final.

Por último, el pensamiento de sombrero azul monitorea el pensamiento y asegura el respeto de las reglas del juego, detiene la discusión e insiste en el pensamiento cartográfico, inclusive refuerza y aplica la disciplina, pudiéndose usar interrupciones eventuales para pedir un sombrero. También puede utilizarse para establecer una secuencia gradual de operaciones de pensamiento que deben respetarse tal como una danza respeta la coreografía, aun cuando se asigne a una persona el rol específico del pensamiento de sombrero azul, este rol está abierto a cualquiera que quiera proponer comentarios o sugerencias de sombrero azul.

III. EL PENSAMIENTO CRÍTICO DEL JUZGADOR

Los juzgadores deben pensar de forma crítica, ya que sus decisiones pueden afectar profundamente la vida, libertad y patrimonio de los justiciables o usuarios de la justicia que eventualmente puede llegar a ser cualquier persona, incluso los propios juzgadores. Pero el pensamiento crítico no se limita a resolver problemas o adoptar decisiones; el juzgador utiliza el pensamiento crítico para hacer observaciones formales, extraer conclusiones válidas, crear información e ideas nuevas, evaluar líneas de razonamiento y mejorar su propio conocimiento.

Una actitud del pensamiento crítico del Juez es que piense por sí mismo. Las personas adquieren muchas creencias en su infancia, no porque existan motivos racionales para ello, sino porque el creer está recompensado o porque no dudan. A medida que maduran y adquieren conocimientos, los pensadores críticos examinan sus creencias, manteniendo aquellas que puedan apoyar con la razón y rehusando las que no.

Dicho de otra manera, esta característica de una persona crítica es tener consciencia de las limitaciones del propio conocimiento. Los pensadores críticos están dispuestos a admitir lo que no saben; están dispuestos a buscar información nueva y reelaborar sus conclusiones a la luz del nuevo conocimiento, es decir, es imposible el pensamiento crítico cuando se es incapaz de admitir lo que no se sabe, de lo cual carecen enormemente, algunos juzgadores de todos los fueros y niveles, portando por consiguiente el estandarte del barbarismo jurídico.

Humildad intelectual significa la capacidad de reconocer los límites de nuestro conocimiento, incluyendo la sensibilidad de las circunstancias en las cuales un egocentrismo innato puede funcionar de forma autorreceptiva y también la sensibilidad a los patriotismos, prejuicios y limitaciones sobre un punto de vista. La humildad intelectual requiere que uno reconozca que no sabe más de lo que en realidad sabe, implica carencia de pretensión intelectual combinada con un conocimiento de la fuerza o de la debilidad de las funciones sociológicas de las propias creencias.15

En cambio hay otros que con una actitud valerosa están dispuestos a considerar y examinar con justicia las propias ideas o puntos de vista, especialmente aquellos frente a los cuales se sufren reacciones fuertemente negativas. Este tipo de valentía surge al reconocer que las creencias son a veces falsas o equívocas.

Máxime que la integridad intelectual requiere que el individuo aplique las mismas exigencias a sus propios conocimientos y creencias que aplica a los demás. Los pensadores críticos pondrán en duda sus conocimientos y creencias con la misma diligencia y meticulosidad con las que desafían a los de otra persona. No les cuesta admitir y evaluar incoherencias en sus propias creencias y entre éstas y las de otros.

Se supone que los juzgadores piensan de forma crítica en hallar soluciones eficaces para el justiciable y los problemas del derecho. Esta determinación les permite aclarar y clarificar conceptos relacionados, a pesar de las dificultades y frustraciones. La confusión y la frustración son incómodas, pero los pensadores críticos resisten la tentación de encontrar una respuesta rápida y fácil.

También es importante mencionar que la empatía es la capacidad para imaginarse a uno mismo en lugar de los demás, con el fin de entender sus acciones y ser receptivos a sus sentimientos y creencias. Es fácil malinterpretar las palabras y acciones de una persona procedente de un entorno cultural, religioso o socioeconómico distinto. Incluso es difícil comprender las creencias o acciones de una persona que atraviesa una situación ajena a la propia experiencia.

Aunque existe diferencia neta entre pensamiento y sentimiento, en realidad son inseparables. Todos los sentimientos se basan en algún tipo de pensamiento, y todo pensamiento suscita cierto grado de sentimiento cuando se enfrentan a los sentimientos de otros, los pensadores críticos consideran qué pensamientos de la persona pudieran contribuir a tales sentimientos.

Las actitudes adoptadas por un pensador crítico son importantes e interesantes, los cuales los convierten en personas únicas. Un profesional en este caso un abogado y particularmente algún miembro de la judicatura, que tiene estas actitudes está listo para resolver los diversos problemas que se presentan día a día o caso por caso. Estos profesionales estarán siempre aptos para cualquier reto que asuman pero siempre conservando la humildad y coraje que los distingue del resto.

Un ejercicio práctico común es reconocer qué demandas de creencias hay en los siguientes ejemplos:

1. La sentencia de la Corte de Estrasburgo sobre el crucifijo: ¿Libertad religiosa contra la religión?

Sobre el tema 16 se dice que Soile Lautsi, ciudadana finlandesa, residente de Abano Terme, Véneto, Italia, con sus dos hijos Dataico y Sami Albertin, frecuentaban la escuela pública “Instituto comprensivo Statale Vittorio da Feltre”, y para el curso 2001/2002 tenían once y trece años respectivamente. Las salas de clase de la Escuela detentaban un crucifijo colgado en las paredes, lo cual fue considerado por Lautsi como violatorio a la libertad de conciencia y de religión, al derecho a la educación y a la enseñanza según las propias convicciones y opuesto al principio de laicidad de la República Italiana.

En reunión celebrada en la escuela el veintidós de abril de dos mil dos, Lautsi exigió que se sacaran los crucifijos. Alegó que su postura estaba amparada por la jurisprudencia, dado que la Corte de Casación había establecido recientemente que la presencia de un crucifijo en salas de votación preparadas para elecciones políticas eran un hecho contrario a la laicidad del Estado. La dirección de la escuela tomó una decisión oficial sosteniendo que la presencia de los crucifijos en las salas escolares eran perfectamente compatibles con la legislación vigente del Estado Italiano. Por ende, la demandante cuestionó la decisión ante el tribunal administrativo de Venecia (noreste). Apoyándose en los artículos 3º y 19 de la Constitución italiana y en el artículo 9º de la Convención Europea de Derechos Humanos, alegó la violación a la libertad de conciencia y de religión, así como el quebrantamiento del principio de laicidad.

Tras perder en todas las instancias nacionales, en el año de dos mil cinco recurrió a la Corte Europea de Derechos Humanos, con sede en Estrasburgo, en contra de la República Italiana (demanda No. 30814/06 en su nombre y en la de sus hijos Dataico y Sami Albertin. Posteriormente, con fecha tres de noviembre de dos mil nueve, se dictó una sentencia que causó conmoción en Italia y en diversos países europeos, porque ordenó expulsar los crucifijos de las escuelas públicas al considerar que su sola presencia violaba la libertad de conciencia y de religión de los menores, así como su derecho a la enseñanza y a la educación. El punto de apoyo de la sentencia fue el carácter laico del Estado italiano y la interpretación antirreligiosa de la Convención Europea de Derechos Humanos.

Es el fallo más controvertido de la historia del tribunal europeo, distintos sectores de la población tales como políticos, juristas, regionales y municipales y medios de prensa italianos, han rechazado la resolución, en vez de cumplir con lo ordenado por el tribunal internacional, han colocado más crucifijos en escuelas, ayuntamientos, tribunales y lugares públicos.

La decisión del tribunal europeo debe de ser leída entonces desde una óptica compleja en la que confluyen aspectos históricos, culturales, religiosos e incluso étnicos, de difícil arreglo. A fin de facilitar el análisis de la sentencia en cuestión, deben examinarse en primer lugar los hechos que le sirvieron de base, después la decisión jurisdiccional, considerando posteriormente los argumentos de quienes la han rechazado, para formular en definitiva una crítica a la decisión desde el ángulo de sus fundamentos doctrinales.

Como se dijo, la demandante alegó que la exposición de la cruz en las salas de clases de la escuela pública frecuentada por sus hijos constituía una profanación de la libertad de conciencia y de religión, así como un atentado al derecho a la educación y una enseñanza conformes a sus propias convicciones religiosas y filosóficas. Además de que la presencia de crucifijos estaba siendo impuesta a los alumnos, a los padres de los alumnos y a los profesores, favoreciendo la religión cristiana en detrimento de otras religiones. Y como fundamento último de la postura de Soile Lautsi, el permitir la exposición del crucifijo significa favorecer una visión religiosa del Estado, en circunstancias que éste es laico y constituye un privilegio para el cristianismo al que éste no tiene derecho.

La Corte sostuvo que la laicidad y neutralidad confesional del Estado exigen la exclusión de la cruz de las escuelas públicas y condenó a Italia al pago de cinco mil euros por concepto de indemnización.

Por su parte, el fundamento del fallo se articula en cinco argumentos principales:

De laicidad: En virtud del principio de laicidad, el Estado debe abstenerse de imponer, aun indirectamente, creencias religiosas en “lugares donde las personas son dependientes de él o en sitios donde ellos son particularmente vulnerables”, como es el caso de las escuelas públicas. El Estado por el contrario en su calidad de laico debe garantizar que los niños “tomen distancia” de las expresiones religiosas a fin de que desarrollen imparcialmente su “capacidad de crítica;

La neutralidad confesional: La presencia a clases debe ser exigida sin consideración a ninguna religión. La presencia de un crucifijo en una sala de clase supone, por el contrario, la exigencia de profesar dicha fe, con lo que el Estado deja de ser neutral y favorece una religión determinada. Con ello vulnera las convicciones de los padres y de sus hijos, que tienen derecho a que sus hijos no sigan tal religión, o simplemente que no sigan ninguna. A fin de garantizar tal convicción y tales derechos, el Estado debe inculcar a los alumnos “un pensamiento crítico” en materia religiosa;

Significación religiosa predominante: la significación religiosa del crucifijo prima sobre cualquier otro mensaje simbólico de contenido cultural o ético humanitario que le sea inherente, por lo que se hace imposible mantener su presencia en los lugares públicos sin que se afecten las opiniones religiosas o creencias divergentes;

Dimensión negativa de las libertades de religión y de enseñanza: ambas libertades se extienden a la necesaria prescindencia de todo culto, práctica o simbología religiosa, pues éstas implican adoptar una actitud positiva en materia de religión, materia en la que el Estado no puede entrometerse; y,

La libertad de enseñanza amparada por el pluralismo: el pluralismo educativo es esencial para la preservación de una sociedad democrática, por lo que no es admisible el compromiso con la simbología de una religión determinada. Ello atenta contra el derecho a la educación y a la enseñanza de acuerdo con las propias convicciones.

Los argumentos de la oposición a la sentencia, el jurista católico y presidente del Tribunal del Vaticano, Giuseppe Dalla Torre, en declaraciones a la agencia italiana ANSA, consideró poco fundadas las motivaciones de la Corte de Estrasburgo, basada en dos razones: que el crucifijo no impone un acto de fe, y que no sólo representa a la cultura católica, sino a la más amplia cultura cristiana europea conllevando un mensaje de caridad, comprensión y respeto al semejante.

Por su parte, el vocero del Vaticano, Federico Lombardi, denunció como sorprendente que el Tribunal Europeo interviniera con tanta contundencia en un campo estrechamente vinculado a la identidad histórica, cultural y espiritual del pueblo italiano. Pareciera que se quisiera negar el papel del cristianismo en la formación de la identidad europea, que sin embargo ha sido y sigue siendo esencial.

El entonces Presidente del Consejo de Ministros italianos Silvio Berlusconi, aseguró, dos días después de la sentencia, que en Italia no se iba a quitar ningún crucifijo de las salas de clases. Calificó el fallo como “absolutamente inaceptable”, desconocedor de la realidad de toda Europa, y más de un país católico como Italia. El gobierno italiano presentó además un recurso ante la Corte Europea e insistió, de todos modos, que aunque el fallo definitivo fuera favorable a la retirada del símbolo cristiano, no sería vinculante para el Estado.

Los Ministros del Gobierno italiano expresaron uno por uno su oposición a la sentencia y en un hecho inédito llamaron públicamente a no cumplirla. La Ministra de Educación Mariastella Gelmini, advirtió que nadie aún menos un Tribunal Europeo impregnado de ideología, lograría arrancarlos de su realidad.

Según la reacción del pueblo italiano, se vio en el fallo de la Corte una intervención inaceptable, el descontento general se dio otra vez en cualquier medio de difusión radio y televisión.

2. Los matrimonios igualitarios o matrimonios gay es perjudicial y en su caso para el menor adoptado (Demanda de creencia-enunciado fáctico).

Sobre este tema, recientemente el tribunal de derechos humanos más importante del mundo, con asiento en Estrasburgo, Francia, estableció por unanimidad acerca del derecho natural y la familia, que “no existe el derecho al matrimonio homosexual.” Los cuarenta y siete jueces de los cuarenta y siete países del Consejo de Europa que integran el propio Consejo, dictaron una sentencia de enorme relevancia.

El dictamen fue fundado en un sinfín de considerandos filosóficos y antropológicos basados en el orden natural, la familia, informes científicos y por supuesto, en el derecho positivo. Fundamentalmente, la sentencia se basó en el artículo 12 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, equivalente a los artículos de los tratados sobre derechos humanos, tal es el caso del 17 Pacto de San José y al 23 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. También se dijo que la noción de familia no sólo contempla “el concepto tradicional del matrimonio a saber, la unión de un hombre y una mujer”, sino que no se debe imponer a los gobiernos la “obligación de abrir el matrimonio a las personas del mismo sexo.”

En cuanto al principio de no discriminación, el tribunal también señaló que no hay tal discriminación, dado que va contra la naturaleza y el orden universal biológico, el gusto disyunción sexual libre es otra cosa “Los Estados son libres de reservar el matrimonio únicamente a parejas heterosexuales”.

De donde surgen los cuestionamientos acerca de la importancia del concepto de familia, a quienes abarca o debe abarcar a la luz de los derechos humanos, frente al derecho fundamental de libertad sexual, teniendo como límite el no degenerar la raza humana.

3. Las autoridades militares deberán mantener los programas de acción para combatir la delincuencia (Demanda de acción).

Hablando del México que recibirá el próximo Presidente, inmerso en un mar de violencia, como se ha dicho un país en el que enfrentamos una trágica paradoja: si continúan soldados y marinos en las calles no habrá paz y si por el contrario regresan de inmediato a los cuarteles, no habrá seguridad en muy amplias zonas del territorio nacional. Otro aspecto es el complejo periodo de transición en el que habrá que reconstruir, al menos esa ha sido una de las propuestas, prácticamente todas las policías, desde la federal hasta la de los municipios, el dilema del mando único policial, así como los aparatos de procuración de justicia.

Lo anterior pues es sabido por todos que en la actualidad nuestro país presenta una crisis de seguridad pública que ha diezmado la credibilidad entre los aparatos de procuración de justicia y la ciudadanía.

Desde el año pasado (2017) fue polemizado fuertemente la Ley de Seguridad Interior, con la que se pretende o pretendía regular la presencia del ejército en las calles, por el gobierno saliente.

Algunas voces mencionaron desde su iniciativa eminentemente partidista cuáles eran los elementos a favor y en contra, los primeros:

1. Otorgar reglas claras a la presencia militar, esto mediante acuerdos entre el gobierno federal y los gobernadores de los Estados, en cuanto a sus funciones y capacidad de acción, como ha sucedido en Sinaloa, donde se ven o han visto convoyes de las policías estatales y municipales junto con el ejército mexicano; incluso en combinación a bordo de las unidades, es decir, dos militares a bordo de la unidad policial, con dos de sus agentes.

2. Obligar a los gobernadores a capacitar a sus policías, ya que so pretexto del mecanismo de operación del cual han abusado los mandatarios estatales al solicitar a las Fuerzas Armadas, con el argumento de que el crimen organizado irrumpe en los delitos de fuero común (secuestro, robo, entre otros), porque les sale más barato llamar a los soldados que invertir en sus cuerpos de seguridad local. De ahí que sólo se pudiera llamar a las fuerzas armadas en caso de terrorismo, desastres naturales o amenazas a la seguridad nacional como el narcotráfico. Aquí cabría cuestionar si el grado de inseguridad que actualmente se vive en México, dada su cantidad por decirlo así, es un problema de seguridad nacional.

3. La intervención de otras instituciones como contrapeso, por ejemplo, antes y después de enviar a las tropas, participar a la Comisión Nacional de Derechos Humanos, así como difundirlo oficialmente a nivel federal y en las entidades federativas en las que se realicen estas acciones, para que se tomen las medidas –de quien sea– que se estimen pertinentes.

Por lo que hace a los contras:

1. La estrategia de sacar a los militares de las calles ha fracasado, pues no se puede negar la realidad de México y la urgencia de dotar a la población de seguridad, aunado a que los policías no están bien capacitados, sin dejar de mencionar los factores que generan impunidad como lo es la procuración de justicia.

2. La falta de consulta ciudadana, esto con relación a la viabilidad y no necesidad que se traduce en populismo puro, de abrir el diálogo racional a favor o en contra de las instituciones de seguridad pública y justicia.

Se habla de factibilidad porque ahora está de moda o se pretende la consulta ciudadana hasta por cuestiones técnicas que el ciudadano de a pie no tiene ni idea, dejando de lado qué implica legal y constitucionalmente el mandato presidencial. Lamentablemente no hay cultura jurídica en México para comprender el problema.

Esto último, pues quien gobierna en un país son las instituciones, erigidas por la voluntad ciudadana a través del sufragio, no así la creencia de que “el pueblo manda y el gobierno obedece”, cuya frase al que suscribe tocó ver pintadas en las bardas (grafiti) de Zinacantán, un pueblo chiapaneco muy cerca de San Cristóbal de las Casas, donde tuvo gran presencia en ejército Zapatista de Liberación Nacional.

3. Se ignoran las recomendaciones internacionales, tanto de la oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos en México de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), como de la Comisión Nacional de Derechos Humanos y la Organización Amnistía Internacional, que se han opuesto a la presencia militar en las calles y, en cambio, abogan a favor de una policía civil que en otros países ha funcionado. Aquí cabe preguntarse en qué lugar quedan las recomendaciones internacionales, es decir, se deben atender a modo o conveniencia tan sólo de alguno o algunos del poder en turno, como ha sucedido y seguirá sucediendo invariablemente valga la expresión.

Hasta aquí lo relativo a si el ejército habrá de seguir los programas de acción y mantenerse en las calles para combatir la delincuencia, o si sólo debe reservarse para mermar el crimen organizado, siendo este último aspecto un tema que merece un estudio más profundizado.

Otro ejemplo importante fue lo acontecido en Cataluña, España, 17 tocante a la aprobación de abolir las corridas de toros a partir del año dos mil doce, pero protegió a los “correbous” que constituyen una serie de fiestas populares tradicionales, en las cuales se hacen diferentes tipos de encierros de toros, vacas o vaquillas, incluyendo el toro embolado, en el que se ata al toro por las patas y el rabo, inmovilizándolo, para ponerle antorchas o bolas inflamables en los cuernos, para luego soltarlo en las calles y el toro ensogado en el que se atan cuerdas a los cuernos por medio de las cuales los toros son arrastrados por las calles; todo lo que el Parlamento de Cataluña consideró una tradición.

Y en entrevista que realizó Ramón González Ferriz a Fernando Savater, algunos de los puntos más desafiantes a destacar son:

1. Si comemos esa especie rumiante o vacuna sin necesidad de matarlos con nuestras manos.

2. Si cuando los comemos sentimos compasión de ellos.

3. Si nos hemos ido volviendo más urbanos, no más humanos.

4. Los animales que ayer fueron rivales y enemigos del hombre, hoy han sido definitivamente vencidos.

5. Si el toreo implica o envuelve un trato razonable con esos animales, tomando en cuenta los fines para los que fueron criados.

6. Si la forma de tratar bien a un toro de lidia y criado para la lidia es precisamente lidiarlo.

7. Que el hombre es un animal simbólico, y que por eso mismo tiene sentido que algunos espectáculos como el toreo –que probablemente sea una derivación de los ritos del pasado en los que los hombres se batían con los animales- se sigan celebrando.

8. Si nuestros ritos y juegos tienen sentido mientras nos sigamos reconociendo en ellos, como aún ocurre con las corridas de toros.

9. Si el problema no es tanto que en algunos casos tratemos a los animales de manera inhumana, sino la confusión entre las obligaciones que tenemos para con los demás hombres y las reglas que nos demos para tratar a los animales.

10. Si sólo es barbarie confundir el pecado de derramar sangre humana con el sacrificio de animales.

11. Si más allá de motivos animalistas, la prohibición de los toros en Cataluña tiene motivaciones nacionalistas para quienes quieren separarse de España.

En México mucho se ha visto con relación a la prohibición de los espectáculos con animales en los circos e igualmente en algunas regiones se han prohibido las corridas de toros, impulsado por algunos grupos sensacionalistas que pugnan por el sufrimiento de los animales, aunque con un discurso un poco menos aventurado y polémico para una sociedad que tiende mayormente al consumo animal, a través de su carne y productos derivados que constituye materia prima para la industria del calzado, por poner un ejemplo.

Otro debate que se ha suscitado en nuestro país, quizá más polémico que los antes anunciados, es la despenalización del aborto.

IV. CONCLUSIONES

A manera de conclusión debe aterrizarse la importancia del pensamiento crítico desde la formación superior, la vida profesional y cómo su desarrollo se puede implementar en la enseñanza judicial, así como en el quehacer jurisdiccional, sin que esté limitado a determinada materia de la ciencia o arte, o a un sector de la población, pues cada ser humano sin distinción de edad, cultura y condición social podrá ponerlo en práctica, realizando los cuestionamientos relativos, aunque no siempre encontrando las respuestas; particularmente en la aplicación del derecho y su enseñanza, la educación judicial y sobre todo la utilización indispensable que desde la judicatura se debe hacer, en resumidas cuentas ser crítico y creativo en la elaboración de las sentencias.

V. REFERENCIAS

Alvear Téllez, Julio, A propósito de la sentencia de la Corte de Estrasburgo sobre el crucifijo: ¿Libertad religiosa contra la religión? Un análisis crítico, en Revista Actualidad Jurídica No 21-Enero 2010, Universidad del Desarrollo, Chile.

Cázares González Fidel Gerardo y López Díaz José Luis, Pensamiento Crítico, Pearson Educación, México, 2005.

De Bono, Edward, Seis sombreros para pensar, Editorial Granica, 1985, Buenos Aires, Argentina.

De Cabo Martín, Carlos, Pensamiento Crítico, Constitucionalismo Crítico, Editorial Trota, Madrid 2014.

López Aymes Gabriela, Pensamiento Crítico en el Aula, en Docencia e Investigación, Año XXXVII, Enero-Diciembre, 2012, número 22.

López Calva, Martín, El pensamiento crítico y creatividad en el aula, Editorial Trillas, 1998, México.

Ortiz Granja, Dorys, El Constructivismo como teoría y método de enseñanza, en Sophia, Colección de Filosofía y Educación, 19:2015 de la Universidad Salesiana de Ecuador.

Roque Morales, Miguel Ángel, Métodos y pensamiento crítico Módulo I, Editorial Chicome, Julio de 2008, México.

Savater, Fernando, Tauroética, Ediciones Turpial, España, 2010.

*Maestro José Guadalupe de la O Soto Secretario del Segundo Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil del Vigésimo Segundo Circuito en Querétaro. jose.delao.soto@correo.cjf.gob.mx
1 Ortiz Granja Dorys, El Constructivismo como Teoría y Método de Enseñanza, en Sophia, Colección de Filosofía y Educación, 19:2015 de la Universidad Salesiana de Ecuador, pp. 93 a 110.
2 López Calva, Martín, El pensamiento crítico y creatividad en el aula, Editorial Trillas, 1998, México, p. 11.
3 Cázares González Fidel Gerardo y López Díaz José Luis, Pensamiento Crítico, Pearson Educación, México, 2005, p.34.
4 López Calva, Martín y otro, op. cit., p. 51.
5 Armando Pugarcía, en el prólogo del libro en cita.
6 López Calva, Martín y otro, op. cit., p. 52.
7 Cázarez Fidel y otro, op. cit., p. 56.
8 Roque Morales Miguel Ángel, Métodos y Pensamiento Crítico Módulo I, Editorial Chicome, Julio de 2008, México, p. 8.
9 Ibidem, pp. 8 y 9.
10 Ibidem, p. 17.
11 López Aymes Gabriela, Pensamiento Crítico en el Aula, en Docencia e Investigación, Año XXXVII, Enero-Diciembre, 2012, número 22, pp.41-60.
12 De Cabo Martín, Carlos, Pensamiento Crítico, Constitucionalismo Crítico, Editorial Trota, Madrid 2014, p.33.
13 Es un filósofo estadounidense considerado uno de los máximos exponentes del pensamiento crítico. Se encargó de profundizar el proceso del pensamiento del ser humano, desde el punto de vista del conocimiento, la interpretación y emisión de juicios y opiniones. La premisa principal de Ennis es que el pensamiento crítico debe cumplir con un proceso que contemple el análisis de las hipótesis presentadas, de manera racional y reflexiva, para posteriormente llegar a una conclusión que tome en cuenta todos los factores involucrados. La definición de Ennis sobre el pensamiento crítico, le ha valido el reconocimiento de estudiosos sobre el tema, quienes concluyen que su teoría es la más acertada, aceptada y consolidada en la actualidad. Esto puede consultarse en el portal: https://www.lifeder.com/robert-ennis/, referido al artículo “Robert Ennis: Biografía, pensamiento crítico, obras” por Andreina Matos Ayala.
14 De Bono, Edward, Seis sombreros para pensar, Editorial Granica, 1985, Buenos Aires, Argentina.
15 Cázarez Fidel y otro, op. cit., p. 108.
16 Se hace relación general del caso conforme a la sentencia relativa, al igual que en el artículo titulado “A propósito de la sentencia de la Corte de Estrasburgo sobre el crucifijo: ¿Libertad religiosa contra la religión? Un análisis crítico.
17 Ver el libro de Fernando Savater, Tauroética, Ediciones Turpial, 2010.

Recibido: 16/10/2018 Aceptado: 24/10/2018 Publicado: Octubre de 2018


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