BIBLIOTECA VIRTUAL DE DERECHO, ECONOMíA, CIENCIAS SOCIALES Y TESIS DOCTORALES


DIÁLOGOS SOBRE PARTICIPACIÓN SOCIAL Y TOLERANCIA COMO FUNDAMENTOS DEL ESTADO CONSTITUCIONAL DEMOCRÁTICO

Autores e infomación del libro

Mario Jesús Aguilar Camacho

Ricardo Contreras Soto

riconsoto@hotmail.com


Al igual que en otros tiempos, hay quienes pretenden “sacralizar” las palabras y con su simple invocación aspiran a transformar la realidad. Los liberales de los siglos XVII y XIX pronunciaban la palabra libertad, y la misma era utilizada como una panacea con la cual pretendían terminar con todas las desigualdades y conjurar los abusos del Ancient Régimen y de la Humanidad misma.
En la actualidad, uno de los vocablos de sobra proferido es: tolerancia. Cuando esta palabra es pronunciada, la generalidad de las personas la relacionan con el concepto planteado por el liberalismo -capitalista y contractualista- para el cual, en este ilusorio mundo globalizado, adquiere tintes irrefutables: la tolerancia es la palabra mágica que resuelve todos los males ocasionados por el fanatismo, la intransigencia y el fundamentalismo.
El tolerante de esta época, legatario de la ideología liberal, se encierra; es el individualista que se confina en una especie de círculo privado y autónomo -su propia esfera jurídica- donde puede ejercitar (plena-mente) su libertad, mientras su actuar no afecte los círculos particulares de sus vecinos, de sus semejantes (sería algo así como la plasmación de la alegoría del “puedes suicidarte, si quieres, pero no me manches la alfombra”).
Julián Marías nos advierte sobre esta actitud hermetista y de cerrazón, y ve en ella al principal enemigo de la verdadera tolerancia. En muchos de los casos este talante se vuelve reduccionista y se desentiende de los contextos; en otras ocasiones se convierte al fundamentalismo rígido o al dogmatismo fanático, y por ende  se extiende al extremo de no aceptar lo que acontece en el mundo real. En estos casos, cuando no se acepta que las personas que nos acompañan, en las distintas organizaciones a las cuales pertenecemos, son diferentes, se les desconoce, se les ignora o se les niega; ante lo cual, el sujeto que pre-juzga no solo pierde la libertad, sino que se convierte en vasallo de la discordia, de la incapacidad de convivir conservando todas las diferencias y las discrepancias accidentales y ocasionales; muchas de las veces se niega a cohabitar, si no en armonía, por lo menos en tolerancia según la versión de Arthur Schopenhauer en la parábola del puerco espín.
En este sentido, el llamado buen burgués, prototipo de la mentalidad capitalista, vive inmerso en su autonomía privada. La extensión, mayor o menor, de su círculo de acción, está marcada por su capacidad individualista, la cual no será más amplia que la circunferencia de ese ámbito personal de autonomía. A su moral le basta saber que no hace daño directo a sus semejantes, claro que tampoco apoya -a través del principio de solidaridad-, a aquellos que están a su lado, a sus próximos, sus prójimos que requieren del mutuo flujo de aportaciones para construir una cultura objetiva y una sociedad ordenada, en suma del conjunto de las diversidades y de las verdaderas libertades.
Esta introspección en el cerrado campo de la autonomía privada, lleva a enclaustrarse a este buen hombre en su propia subjetividad, planeando como fórmula máxima de convivencia. “déjame vivir como yo quiera, dentro de este ámbito de mi propia libertad y de mis propiedades, y prometo respetar también tus peculiares maneras de vivir dentro de tus particulares autonomías”.
Nada más contrario al carácter abierto de la tolerancia. Quien vive en las indiferencias se ha cerrado a los demás, vive para sí mismo, se convierte en intransigente. Nos dice Juan de la Borbolla que, a veces, la cerrazón se debe a la escasez de inteligencia, a la incapacidad de reflexionar y contrastar sobre lo que se ha leído u oído.
Esta blanda manera de defender el coto obstruido de la autonomía personal, muchas de las veces se manifiesta a través de un silogismo como el siguiente: “respeta mi manera de ser y de vivir, así como yo tolero lo que hagas dentro del ámbito de tu libertad”. La podríamos citar como la indiferencia del individuo idiote, como la persona aislada, sin nada que ofrecer a los demás, obsesionada por las pequeñeces de su casa -señalada por Savater- y que en la antigua y clásica Atenas se abstenía de participar y contribuir con el bien común, pues se encontraba muy a gusto en su zona de confort; entendida ésta como ese estado mental donde nos encontramos cómodos con nuestra vida actual, con nuestras aspiraciones cubiertas y sin presiones; en pocas palabras: para que queremos superarnos, si luego nos vamos a complicar la vida; entonces así estamos bien.
Incluso los países pueden estar en zona de confort. Sin profundizar en el tema, México es un país que a lo largo de su historia ha permanecido en su zona de confort. Para muchos, no ha “necesitado” producir riqueza, pues su fuente de riqueza ha sido y es el petróleo.
Como ejemplo de esta actitud se puede citar que en julio 18 de 2008 el entonces titular de la Auditoría Superior de la Federación (ASF), Arturo González de Aragón, cuestionó la debilidad de la recaudación del sistema tributario, que permitió, en el sexenio del entonces presidente de la república Vicente Fox, devolver 680 mil millones de pesos a grandes empresas, y esto se “compensó” con la transferencia de los excedentes petroleros a la hacienda pública; lo anterior aunado a que alrededor de 400 grupos empresariales enteraron al fisco solo 1.78% ciento de sus ingresos por concepto de impuesto sobre la renta, mientras que la inmensa mayoría de los contribuyentes entrega como contribución el 28% de sus ingresos.
Permanecer en zona de confort es señal de conformismo, ignorancia, miedo, falta de confianza, falta de nuevas aspiraciones y falta de ambiciones. Una vez que llegamos a nuestra zona de comodidad, podemos tomar un leve descanso, pero hay que considerar que estamos en un escalón, y que existen otros escalones que subir.
Por ello, el tolerante neoliberal acepta y en ocasiones promueve, por ejemplo, el consumo de drogas en ghetos reducidos; pero se rebela contra aquel que expulsa el humo de su cigarro hacía los perímetros físicos en los que él se encuentra. Ahí se acaba la complacencia; luego, esa tolerancia muchas veces no es tal, sino más bien es manifestación de un egoísmo exacerbado; de un dejar hacer… dejar pasar… siempre y cuando no me afecte.
Seguimos gobernando por decreto. Tal parece que conjuramos los males con las palabras: con esta ley combatimos la delincuencia; con esta otra se acaba con el contrabando y la piratería ¡Vade, aléjate intolerancia! ¡Retro, no más discriminación!
Sigue la línea repitiéndose, nuevamente las palabras quieren por sí solas transformar la realidad, y con ellas y unos pases mágicos, se exorcizan y se esfuman todas las desigualdades y abusos sociales.
Se transcribe a continuación una definición de la palabra autoritarismo: sistema político con un pluralismo limitado, no responsable, sin una ideología elaborada y directora (pero con mentalidad peculiar), carente de movilización intensa y en los que un líder o un grupo reducido ejerce el poder dentro de los limites formalmente definidos, pero bastante predecibles.
Hace falta únicamente una aclaración: para crecer hay que tener aspiraciones y ambiciones sin importar su tipo: se puede aspirar a tener dinero, a viajar, aspiraciones artísticas, de pertenencia a grupos sociales, aspiraciones religiosas, amorosas, etc. Lo importante es recordar que nada en este universo es estático, y si uno no mejora, entonces se viaja en sentido contrario.
En este texto se presentan las aportaciones de experimentados y noveles autores; pero en los cuales confluye una coincidencia, en la aspiración de construir una Democracia Constitucional; es decir, se aspira a tener a la Constitución como vinculante de los poderes y en respeto de un Garantismo Jurídico, componente germen de un Estado Social, Democrático y de Derecho, en el cual sea la Constitución la que determine las formas y límites sobre los cuales se ejerce el Poder público y no la ley, como ha venido siendo en el Estado Liberal de Derecho; con una clara línea de acción encarrilada sobre los conceptos del constitucionalismo moderno: “más principios que reglas; más ponderación que subsunción; omnipresencia de la constitución en todas las áreas jurídicas y en todos los conflictos mínimamente relevantes, en lugar de espacios exentos en favor de la opción legislativa o reglamentaria; omnipotencia judicial en lugar de autonomía del legislador ordinario; y coexistencia de una constelación plural de valores, a veces tendencialmente contradictorios”  (Prieto, 2002: 121). La directriz de los textos aquí vertidos es el respeto de los derechos humanos, las garantías sociales, la protección de las minorías, todas encaminadas en un cauce democrático,  y que estos se erijan como factores elementales en la reconstrucción de la Nación.
Parte de inicio el Dr. Mario Jesús Aguilar con el tema “El mundo político y democrático de los varones”. Discriminación de las mujeres y los pueblos indígenas en México”. El autor subraya que en México existe un significativo número de personas que sufren de triple marginación por ser: mujeres, indígenas y pobres. Esta situación se magnifica cuando una mujer indígena desea acceder al “mundo político y democrático de los varones”. Con este pretexto se introduce en el tema de la doble violación de los derechos por parte de las autoridades político electorales y de las encargadas de la impartición de justicia: 1. De los derechos políticos de los ciudadanos de los pueblos indígenas; y 2. De la libertad de los pueblos indígenas de revocar y cambiar sus usos y costumbres. El tema se refiere al enfrentamiento de índole jurídico, político, económico, social y cultural entre: 1. Los defensores de la igualdad jurídica que sustenta la democracia de concepción liberal (derechos políticos);  2. Quienes apoyan la autonomía de los pueblos indígenas y la prevalencia de sus usos y costumbres (garantías sociales);  y  3. Quienes luchan por la consideración y el respeto a las mujeres (derechos humanos).
Antonio Guiza Cabrera en su aportación “El Juez Constitucional Mexicano en la actualidad y la democracia” hace un breve recuento de la historia política y judicial reciente en México, desde la gestación de la independencia judicial en 1995, pasando por la transición democrática en el 2000 y la inclusión de nuevos modelos Ius filosóficos Europeos, como el Neoconstitucionalismo. El autor presenta una opción judicial de respuesta a las frases peyorativas que se convirtieron en lugares comunes: “La politización de la Justicia” o la “judicialización de la Política”. Y esto se refiere a esa incursión protagónica y pública de los tribunales en cuestiones, que solían resolverse por vías verticales y  políticas, tales como elecciones populares y vulneración de derechos colectivos, inclusive la invalidación de leyes, surgen preguntas cuyas respuestas suelen polarizarse: ¿Por qué debe prevalecer la opinión de personas sin mandato popular, frente a los millones que votamos por un candidato? ¿Se sustituyen a la intención del pueblo representada por un legislador, cuando invalidan un ordenamiento legal?  Y la pregunta toral: ¿Qué papel deben desempeñar los jueces y como se legitiman en el modelo democrático?
“El deber de solidaridad contributiva” es el tema que aborda Caratachea Sánchez Ulises Noé, en el cual comenta que la obligación tributaria en México, tradicionalmente se ha manejado únicamente como correspondiente a la Potestad Tributaria del Estado (obligación tributaria potestativa), pero, ésta también corresponde a un deber de solidaridad social de los sectores públicos y privados con los menos favorecidos (obligación tributaria social solidaria), como responsabilidad social solidaria y justificación jurídica, criterio que la propia Suprema Corte de Justicia de la Nación, en pleno, refiere en su tesis aislada: “OBLIGACIONES TRIBUTARIAS. OBEDECEN A UN DEBER DE SOLIDARIDAD”. Se indica que lo que Constituye un Principio Constitucional Tributario, exigible para los obligados, que no pujan con otro principios constitucionales y un Derecho Fundamental Social-Tributario, contenido tanto en la Constitución como en Pactos Internacionales (conjugador del iusnaturalismo, iuspositivismo y realismo jurídico), donde el Estado debe respetar, asegurar y promover su cumplimiento, obligando a todos (Gobernados, el Estado y la Comunidad Internacional) a su respeto, aseguramiento y promoción, con el fin de que aquellos superen su condición de menos favorecidos.
“La ley improbable y expulsión radical de la ley: aportes sobre un debate en torno a la construcción de subjetividad del adolescente y la imputabilidad del mismo.” Klein Alejandro, desarrolla la idea de que los jóvenes tienen que enfrentar escasas o nulas oportunidades de trabajo y educación en su cotidianeidad y como resultado, sus vidas se vuelven una lucha de supervivencia. Esta es la razón por la cual, según el autor,  el adolescente no es capaz de experimentar un normal proceso de crecimiento. Esto es el período social y subjetivo que denominó de “adolescentes sin adolescencia”, envolviendo conductas de riesgo, abuso de drogas, etc. Desde allí ya no es posible decir que el joven está “fuera” de la ley o es un joven “transgresor”, sino que se establecen nuevas formas sociales de la ley, la transgresión y las formas del chivo expiatorio.
“Sujetos políticos en ámbitos interculturales: individuo, persona, ciudadano” Salcedo Alfaro Claudia, aborda los problemas que se presentan en el terreno  de la definición de los sujetos políticos participantes en los procesos de democratización  en estados nacionales con presencia de pueblos indígenas como es el caso de México.
En el discurso de la democracia moderna el sujeto político es el ciudadano pensado como un individuo autónomo y racional; esta caracterización choca con la concepción de persona que manejan la mayoría de los pueblos mesoamericanos en donde la pertenencia a la comunidad es central. El objetivo es plantear los conceptos iniciales y los puntos de encuentro que se necesitan para indagar las formas en las que estos pueblos traducen y relacionan sus propias concepciones sobre la política y lo político para exigir su participación política en igualdad de condiciones.
“Consideraciones para la regulación del comercio electrónico” Bulman Rayas Alejandro, Relaciones tan rápidas como las son entre comerciantes, sobrepasan las capacidades evolutivas del marco legal internacional, no se diga el mexicano.  Las empresas dedicadas a promover el comercio electrónico (y que como ejemplo podemos citar “mercadolibre.com”, “despegar.com”, etc.) se desligan de toda responsabilidad en las transacciones efectuadas, pues manifiestan únicamente ser empresas que publicitan las transacciones comerciales, sin embargo, las personas que acuden a dichas páginas WEB ya sea con el fin de vender o comprar algún bien, u ofrecer o adquirir un servicio, no tienen los medios de asegurarse de la identidad de las personas con las que celebran dichos actos jurídicos comerciales. Se toca el tema de si dicho acto constituye o no un contrato como fuente de obligaciones, y si éste pudiera reputarse civil o mercantil dependiendo de la naturaleza misma del contrato. De tal manera, se toca el tema de la regulación en materia de comercio electrónico, en donde se pretende establecer si dicha normatividad es suficiente. El tema de la manifestación en una operación electrónica, así como áreas de oportunidad en la solución de controversias.
Como punto final, es imprescindible destacar la iniciativa del profesor Ricardo Contreras en la creación del Foro Internacional sobre Multiculturalismo, en su segunda edición, en la cual se ofrecen y comparten estos trabajos de investigaciones, los cuales se caracterizan y son referidos a la tolerancia, al respeto y la valoración de las distintas formas y modos de ser, así como a una aspiración democratizadora y constitucionalista; esta pretensión se percibe lo más alejada posible de la paradójica frase de Voltaire: “Proclamo en voz alta la libertad de pensamiento y muera el que no piense como yo”.
Mario Jesús Aguilar Camacho

 


Nota Importante a Leer:
Los comentarios al artículo son responsabilidad exclusiva del remitente.
Si necesita algún tipo de información referente al articulo póngase en contacto con el email suministrado por el autor del articulo al principio del mismo.
Un comentario no es mas que un simple medio para comunicar su opinion a futuros lectores.
El autor del articulo no esta obligado a responder o leer comentarios referentes al articulo.
Al escribir un comentario, debe tener en cuenta que recibirá notificaciones cada vez que alguien escriba un nuevo comentario en este articulo.
Eumed.net se reserva el derecho de eliminar aquellos comentarios que tengan lenguaje inadecuado o agresivo.
Si usted considera que algún comentario de esta página es inadecuado o agresivo, por favor, escriba a lisette@eumed.net.

URL: https://www.eumed.net/libros/index.html
Sitio editado y mantenido por Servicios Académicos Intercontinentales S.L. B-93417426.
Dirección de contacto lisette@eumed.net