LA ECONOMÍA DEL FIN DEL MUNDO
CONFIGURACIÓN, EVOLUCIÓN Y PERSPECTIVAS ECONÓMICAS DE TIERRA DEL FUEGO


Miguel A. Mastroscello

Volver al index

 

 

3.7. COMPOSICIÓN DEL SECTOR PÚBLICO FUEGUINO

Va de suyo que el Sector Público no constituye una sola unidad que toma decisiones, sino que posee una complejidad determinada por la existencia de distintos niveles gubernamentales —con sus respectivas organizaciones administrativas— y, dentro de cada uno de ellos, de un sistema de división de poderes.

En el caso de Tierra del Fuego, un primer enfoque dirigido al nivel provincial, permite distinguir la siguiente composición:

 La Administración Central, que comprende a las distintas unidades de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, así como a los órganos de contralor: la Fiscalía de Estado y el Tribunal de Cuentas. Su funcionamiento se financia con los ingresos tributarios y no tributarios de la Tesorería General de la Provincia, entre los que se encuentran las Regalías por hidrocarburos , y con los recursos transferidos por el Gobierno Nacional, tales como los provenientes del Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos y los de programas o fondos con afectación específica.

 Los Organismos Descentralizados, entre los cuales se encuentran aquellos que, asumiendo ciertas características de las empresas, están dedicados a la provisión de los servicios sanitarios, de energía eléctrica y de administración portuaria. Otros entes están orientados a la ejecución de obras de infraestructura en materia vial y edilicia, al desarrollo del turismo y a la promoción social. Se financian con recursos propios o de fuentes afectadas de manera específica a sus actividades (como el Fondo Nacional de la Vivienda o el de Coparticipación Vial), aunque también suelen recibir aportes de otros ámbitos gubernamentales.

 El Organismo de la Seguridad Social , que provee los servicios de jubilación y de cobertura médica a los trabajadores estatales (incluyendo a los del nivel municipal), y se financia por completo con recursos propios (contribuciones patronales y aportes de sus afiliados).

 El Banco de Tierra del Fuego, que funciona dentro del marco normativo del Banco Central de la República Argentina, y se financia con el producido de su actividad de intermediación financiera y provisión de servicios bancarios en general, aunque también suele requerir aportes del tesoro provincial.

Además, están las administraciones municipales con sus diferentes poderes (Departamento Ejecutivo, Concejo Deliberante y Tribunal de Faltas) y sus dependencias, que se sostienen en parte mediante los ingresos propios por prestación de servicios y con recursos coparticipados por la administración provincial.

Corresponde aquí que dediquemos unos párrafos a las relaciones financieras Nación-Provincia-Municipios, para lo cual nos referiremos por primera vez al régimen promocional de la ley 19.640, vigente para Tierra del Fuego, sobre el cual volveremos en la Segunda Parte de esta obra.

Se trata de un mecanismo de exenciones fiscales por el cual, además de otros aspectos significativos, los principales impuestos nacionales no se aplican en el ámbito provincial. Por lo tanto, la actividad económica en Tierra del Fuego no contribuye con fondos a la masa coparticipable aludida en el apartado 3.4., lo que sitúa al fisco y a los habitantes de la provincia en lo que la jerga de los economistas denomina con la expresión en inglés “free-riders”, algo así como “pasajeros que no pagan boleto”. En otros términos, la provincia extrae recursos de un pozo común al que no hace aporte alguno.

Esta situación es excepcional, dado que no se presenta en ninguna otra jurisdicción del país (ni siquiera en aquellas más pobres), y reconoce motivaciones que analizaremos más adelante. Entre tanto señalaremos aquí un hecho curioso, como lo es la opinión enraizada en amplios segmentos de la población fueguina que consiste en considerar que la citada ley 19.640 sólo beneficiaría a los propietarios de las industrias radicadas a partir de su instauración en 1972. Tal argumento desconoce u olvida que el sistema promocional exime del pago del IVA a las transacciones llevadas a cabo en el ámbito provincial, y que el mismo es un impuesto indirecto que afecta principalmente a los consumidores.

Por otra parte, los empresarios fueguinos que no se dedican a la industria transformadora de materias primas extrarregionales también están exentos de pagar el Impuesto a las Ganancias. Además, se debe tener en cuenta que ese beneficio no se limita sólo a los patrones, sino que de manera indirecta se extiende al sector de los trabajadores, ya que en caso de ser suprimido, sería muy probable que muchos dueños de pequeños y medianos talleres y comercios del medio debieran optar entre cumplir con el fisco o reducir su plantel de personal.

Otro aspecto significativo es el de las relaciones entre la Provincia y las Municipalidades, ya que así como la Nación coparticipa ingresos a las provincias, éstas a su vez lo hacen con los municipios. En este plano, veremos que Tierra del Fuego también se destaca.

La gran mayoría de las provincias argentinas transfiere a sus municipalidades entre el 10 y 15% de sus ingresos por coparticipación federal: Tierra del Fuego, en cambio, reparte el 25%, lo que constituye la proporción más alta del país. Tengamos en cuenta, además, que la coparticipación nacional representa alrededor de la mitad de los recursos totales de la administración provincial fueguina.

Por otra parte, las jurisdicciones que tienen en sus territorios explotaciones petrolíferas y/o gasíferas, redistribuyen también las regalías que les pagan las empresas productoras, desde un máximo de 50% (Entre Ríos, cuyos ingresos por este concepto son muy bajos) hasta un mínimo de 7% (Santa Cruz, que en el contexto del país podríamos calificar como provincia petrolera por excelencia). Tierra del Fuego, para cuyo fisco las regalías conforman una significativa quinta parte de sus recursos totales, transfiere a sus municipios el 20% de ese monto, el cual es el segundo porcentaje más elevado del país.

Por último, la provincia ocupa también el primer lugar en el hipotético ranking de coparticipación a las municipalidades del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, con el 45%, mientras la mayoría de las jurisdicciones transfiere entre 10 y 20%. En este caso, esos fondos equivalen a más del 10% de los ingresos fiscales provinciales.

Para completar la información, recordemos que Tierra del Fuego es la jurisdicción que tiene el menor número de municipalidades, y que éstas perciben la totalidad del impuesto a los automotores (patentes) y del que grava la propiedad inmobiliaria en el ámbito urbano, tal como ocurre en varias de las demás provincias.


Enciclopedia Virtual
Tienda
Libros Recomendados


1647 - Investigaciones socioambientales, educativas y humanísticas para el medio rural
Por: Miguel Ángel Sámano Rentería y Ramón Rivera Espinosa. (Coordinadores)

Este libro es producto del trabajo desarrollado por un grupo interdisciplinario de investigadores integrantes del Instituto de Investigaciones Socioambientales, Educativas y Humanísticas para el Medio Rural (IISEHMER).
Libro gratis
Congresos

15 al 28 de febrero
III Congreso Virtual Internacional sobre

Desafíos de las empresas del siglo XXI

15 al 29 de marzo
III Congreso Virtual Internacional sobre

La Educación en el siglo XXI

Fundación Inca Garcilaso
Enciclopedia y Biblioteca virtual sobre economía
Universidad de Málaga