LAS CONDICIONES DE VIDA DE LOS ECUATORIANOS


Galo Viteri Díaz(CV)

 

 

2.3 Institucionalización de la política ambiental

Para la aplicación de una política ambiental, se requiere esencialmente de una base jurídica, administrativa y organizativa que permita su instrumentación, así como la realización de una gestión integral e integrada del ambiente . Es por ello que el marco institucional ambiental, presupone la existencia de una estructura organizativa estatal, dotada de autoridad y competencia suficientes, para la aplicación, ejecución y control de la política y la gestión ambiental. Todo ello encaminado al logro de un desarrollo económico y social sostenible . Esta organización institucional, al mismo tiempo, presupone la determinación de las atribuciones y competencias administrativas entre los órganos y organismos estatales vinculados con la gestión ambiental. De forma que permita la armonización de las políticas y decisiones para lograr una adecuada integración.

La política ambiental cubana, fortalece su gestión, a partir de los cambios ocurridos en el esquema institucional existente, con la promulgación del Decreto-Ley No.147, de 21 de abril de 1994 “De la Reorganización de la Administración Central del Estado”. En este Decreto-Ley 174 se dispone que las atribuciones y funciones de la Comisión Nacional de Protección del Medio Ambiente y el Uso Racional de los Recursos Naturales (COMARNA), las cuales fueron aprobadas por acuerdo del Consejo de Ministros de fecha 24 de octubre de 1979, se transfieran al CITMA, quien sería el organismo rector de dirigir, ejecutar y controlar la política del Estado y el gobierno en materia ambiental, sustituyendo en este empeño a la hasta entonces Academia de Ciencias de Cuba en el sistema de los OACEs.

Para la dirección de su gestión, el CITMA tiene a su disposición, formando parte de su estructura, áreas básicamente ligadas a la actividad ambiental. Dentro de estas áreas se encuentran dos unidades del sector estatal: unidad de gestión y la unidad de supervisión; y varios centros de investigación y servicios.

Por su parte, la Asamblea Nacional del Poder Popular (ANPP), como máximo órgano legislativo, cuenta con una Comisión parlamentaria encargada de la temática del medio ambiente. Mientras que el Consejo de Ministro, como máximo órgano de gobierno, que representa los OACEs, cuenta en su estructura con el CITMA como órgano encargado de ejercer el papel rector de la política ambiental. Por otra parte, según acuerdo del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, se establece que es función común de todos los OACEs, incorporar la dimensión ambiental en las políticas, planes, proyectos, programas y demás acciones que realice el organismo, siempre en correspondencia con el desarrollo económico y social sostenible. A su vez, estos organismos deben cumplir con las disposiciones y medidas que se deriven de la política ambiental nacional y a ese fin, dictar las disposiciones que correspondan, dentro del marco de su competencia y controlar su cumplimiento.

Para apoyar la gestión del CITMA se crearon estructuras para la atención a temas priorizados, siendo uno de los temas esenciales el MIZC, por lo que surge la necesidad de buscar soluciones eficaces y la creación de estructuras destinadas a este fin:

• Consejo Nacional de Cuencas: Creada el 5 de mayo de 1997 por acuerdo del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros y presidido por el CITMA. Sus principales funciones son la coordinación e integración del trabajo de cuencas. A partir de este Consejo Nacional se han formado 14 Consejos provinciales y dos de Cuencas específicas.

• Grupo Nacional de Bahías: encargado del control ambiental de las principales bahías del país, entre ellas: La Habana, Matanzas, Cienfuegos, Nipe y Santiago de Cuba. La actividad del Grupo Nacional de Bahías se centra en la evaluación y coordinación de acciones en las bahías, por parte de los actores involucrados, con vista a disminuir su contaminación.

Para que el MIZC resulte eficiente, es fundamental que se definan e implementen las estructuras institucionales específicas del MIZC en el país, de manera que se determine la participación de los niveles locales y regionales en esta gestión, asegurando la participación de la ciudadanía en ellas. A partir de la existencia de un marco institucional, quedan identificadas las responsabilidades específicas de cada una de estas estructuras sobre los recursos naturales y su manejo, así como, se establecen las políticas apropiadas para conseguir una utilización sostenible e integrada de los recursos. Por lo tanto, un mecanismo institucional deberá asegurar los siguientes aspectos :

• Que se definan las responsabilidades sectoriales correspondientes.

• Que se establezcan los arreglos pertinentes de coordinación/integración.

• Que se mantenga informados a los organismos, en todos los niveles, de las políticas en la zona costera, para procurar su coherencia a la hora de aplicarlas.


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